* Con relacion al item ÍTEM 2 COMPUTADORA DE ESCRITORIO INTERMEDIA,
indicamos a la convocante que en el la despcricion menciona sobre un dictamen pero las especificaciones tecnica son del estandar Mitic "Según la Plantilla: 2-EETT Standard Computadora Intermedia publicada en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP) con las modificaciones aprobadas según Dictamen MITIC", por el cual solicitamos respetuosamente a la convocante la utilización de las especificaciones técnicas establecida en la Plantilla del sicp conforme a la Resolución DNCP N° 3209/16 considerando además que los oferentes tienen los equipos en su stock en base a las EETT de dicha resolución. De manera a prever la correcta formulación de la oferta.
16-09-2022
16-09-2022
* Con relacion al item ÍTEM 2 COMPUTADORA DE ESCRITORIO INTERMEDIA,
indicamos a la convocante que en el la despcricion menciona sobre un dictamen pero las especificaciones tecnica son del estandar Mitic "Según la Plantilla: 2-EETT Standard Computadora Intermedia publicada en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP) con las modificaciones aprobadas según Dictamen MITIC", por el cual solicitamos respetuosamente a la convocante la utilización de las especificaciones técnicas establecida en la Plantilla del sicp conforme a la Resolución DNCP N° 3209/16 considerando además que los oferentes tienen los equipos en su stock en base a las EETT de dicha resolución. De manera a prever la correcta formulación de la oferta.
Se va a proceder a realizar una adenda al PBC quedando redactado de la siguiente manera: Según la Plantilla: 2-EETT Standard Computadora Intermedia publicada en el Sistema de Información de Contrataciones Públicas (SICP).
2
* Con relacion al item 6 UPS
en donde el PBC solicita "Potencia 850 VA / 480 Watt", solicitamos respetuosamente que también sea aceptada "UPS de 650VA/360W", de linea interactiva teniendo en cuenta que lo ofrecido si estaria acorde con el precio referencial, siendo así la UPS de 850VA no encajaría en el precio referencial de la entidad. De manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita "Potencia 850 VA / 480 Watt", solicitamos respetuosamente que también sea aceptada "UPS de 650VA/360W", de linea interactiva teniendo en cuenta que lo ofrecido si estaria acorde con el precio referencial, siendo así la UPS de 850VA no encajaría en el precio referencial de la entidad. De manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita "Tecnología: Interactiva con tiempo de transferencia menor a 10ms con función de regulación de tensión incorporada, protección de sobretensión y auto detección en inicio, función de encendido en frio y software de monitoreo", solicitamos respetuosamente a la convocante que solo sea aceptado UPS que cumplan con la siguiente tecnologia "Interactivo en Línea, Tiempo de transferencia 2-6ms típico, 10ms máximo. Con Regulación Automática de Voltaje (AVR), Arranque en frío)", considerando que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo requerido. Teniendo en cuenta que lo solicitado no encajaría en el precio referencial de la entidad. De manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita "Tecnología: Interactiva con tiempo de transferencia menor a 10ms con función de regulación de tensión incorporada, protección de sobretensión y auto detección en inicio, función de encendido en frio y software de monitoreo", solicitamos respetuosamente a la convocante que solo sea aceptado UPS que cumplan con la siguiente tecnologia "Interactivo en Línea, Tiempo de transferencia 2-6ms típico, 10ms máximo. Con Regulación Automática de Voltaje (AVR), Arranque en frío)", considerando que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo requerido. Teniendo en cuenta que lo solicitado no encajaría en el precio referencial de la entidad. De manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Consideramos técnicamente similar el Tiempo de transferencia menor a 10 ms y con mayor oportunidad a los oferentes, que limitar a 2-6 ms.
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* Con relacion al item 6 UPS
en donde el PBC solicita "Autonomía Media carga: 10 Minutos, mínimo. ", solicitamos respetuosamente a la convocante que sea aceptado UPS que cumplan con "Autonomía típica (100W) 16 minutos", considerando que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo requerido. Teniendo en cuenta que lo solicitado no encajaría en el precio referencial de la entidad. De manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita "Autonomía Media carga: 10 Minutos, mínimo. ", solicitamos respetuosamente a la convocante que sea aceptado UPS que cumplan con "Autonomía típica (100W) 16 minutos", considerando que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo requerido. Teniendo en cuenta que lo solicitado no encajaría en el precio referencial de la entidad. De manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita "Autonomía carga completa 5Minutos, mínimo", solicitamos respetuosamente a la convocante que sea aceptado UPS que cumplan con "Autonomía de 2 a 1 minutos a plena carga aproximadamente", considerando que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo requerido. Teniendo en cuenta que lo solicitado no encajaría en el precio referencial de la entidad. De manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita "Autonomía carga completa 5Minutos, mínimo", solicitamos respetuosamente a la convocante que sea aceptado UPS que cumplan con "Autonomía de 2 a 1 minutos a plena carga aproximadamente", considerando que lo ofrecido es el estándar para el porte de equipo requerido. Teniendo en cuenta que lo solicitado no encajaría en el precio referencial de la entidad. De manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Favor Remitirse a lo establecido a lo establecido en el PBC, necesitamos lo máximo en portabilidad.
7
Con respecto a las especificaciones tecnicas del item 1 -
Solicitamos sean considerados como opcional el soporte para sistemas operativos Windows xp, vista, server 2008, ya que los mismos se encuentran descontinuados y sin soporte oficial de Microsoft.
16-09-2022
19-09-2022
Con respecto a las especificaciones tecnicas del item 1 -
Solicitamos sean considerados como opcional el soporte para sistemas operativos Windows xp, vista, server 2008, ya que los mismos se encuentran descontinuados y sin soporte oficial de Microsoft.
Con respecto a las especificaciones tecnicas del item 1 -
Solicitamos sea considerado como opcional el soporte para el vidrio de exploracion, ya que teniendo en cuenta las demas especificaciones tecnicas, los equipos de este porte no soportan dicho accesorio.
16-09-2022
19-09-2022
Con respecto a las especificaciones tecnicas del item 1 -
Solicitamos sea considerado como opcional el soporte para el vidrio de exploracion, ya que teniendo en cuenta las demas especificaciones tecnicas, los equipos de este porte no soportan dicho accesorio.
Según el Pliego publicado en fecha 15/09/2022, en la sección Plan de entrega de los bienes, se solicita:
El plazo de entrega de los bienes o prestación de los servicios es:
Al respecto, a dicho tema solicitamos respetuosamente a la Convocante de manera respetuosa aclarar si los equipos de los ítem 5 e ítem 6 sean instalados, pues este aspecto en el caso de contemplarse la instalación de los equipos, reviste de importancia por la necesidad de que se realice una visita técnica a fin de hacer un relevamiento y poder recabar todos los datos posibles a los efectos de poder garantizar el mejor desempeño y funcionamiento de los equipo, evitando desperfectos de modo a que las necesidades de este proceso se satisfagan con la eficiencia, calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones.
Para el éxito de este tipo de llamados no se debe evitar introducir en los pliegos cláusulas que induzcan al error, cláusulas indeterminadas o cláusulas que no se ajusten al objeto y necesidades del llamado.
Atendiendo la naturaleza restrictiva para la interpretación de los pliegos, una mala redacción podría acarrear considerables inconvenientes en la etapa de convocatoria de ofertas como también en la etapa de ejecución del contrato una vez adjudicado.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, en virtud del Art. 20, penúltimo párrafo de la Ley 2051/03, el cual reza: “Las especificaciones técnicas(…), deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Según el Pliego publicado en fecha 15/09/2022, en la sección Plan de entrega de los bienes, se solicita:
El plazo de entrega de los bienes o prestación de los servicios es:
Al respecto, a dicho tema solicitamos respetuosamente a la Convocante de manera respetuosa aclarar si los equipos de los ítem 5 e ítem 6 sean instalados, pues este aspecto en el caso de contemplarse la instalación de los equipos, reviste de importancia por la necesidad de que se realice una visita técnica a fin de hacer un relevamiento y poder recabar todos los datos posibles a los efectos de poder garantizar el mejor desempeño y funcionamiento de los equipo, evitando desperfectos de modo a que las necesidades de este proceso se satisfagan con la eficiencia, calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones.
Para el éxito de este tipo de llamados no se debe evitar introducir en los pliegos cláusulas que induzcan al error, cláusulas indeterminadas o cláusulas que no se ajusten al objeto y necesidades del llamado.
Atendiendo la naturaleza restrictiva para la interpretación de los pliegos, una mala redacción podría acarrear considerables inconvenientes en la etapa de convocatoria de ofertas como también en la etapa de ejecución del contrato una vez adjudicado.
Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, en virtud del Art. 20, penúltimo párrafo de la Ley 2051/03, el cual reza: “Las especificaciones técnicas(…), deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Según el Pliego publicado en fecha 15/09/2022, en la sección Plan de entrega de los bienes, ítem 5, se solicita:
Dentro de los 20 (veinte) días hábiles posteriores a la recepción de la orden de compra.
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la Convocante extender en al menos 120 (ciento veinte) días hábiles, el plazo máximo para la entrega de los bienes adjudicados, contados a partir de la fecha de la recepción de la Orden de Compra, por parte del Proveedor, considerando los períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la importación de estos productos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional y que las importaciones desde China, origen de casi todos los componentes o equipos vinculados al objeto de este llamado se vean resentidas por atrasos que dificultan la normal producción del tipo de equipos solicitados tanto por falta de componentes, como por las serias alteraciones en las cadenas de suministros a nivel mundial, sobre lo cual todas las agencias de noticias a nivel mundial vienen informando.
Tomar en cuenta lo mencionado ayudara no desalentar la participación de del mayor número posible de fabricantes y oferentes, lo cual, contribuirá a mejorar la competitividad este proceso.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
Según el Pliego publicado en fecha 15/09/2022, en la sección Plan de entrega de los bienes, ítem 5, se solicita:
Dentro de los 20 (veinte) días hábiles posteriores a la recepción de la orden de compra.
Al respecto, solicitamos respetuosamente a la Convocante extender en al menos 120 (ciento veinte) días hábiles, el plazo máximo para la entrega de los bienes adjudicados, contados a partir de la fecha de la recepción de la Orden de Compra, por parte del Proveedor, considerando los períodos de tiempo que actualmente son necesarios para la importación de estos productos que no se fabrican en nuestro país, y atendiendo además a que continua vigente la situación de estado de emergencia ante la pandemia declarada por la organización mundial de la salud a causa del Covid – 19, a lo que se suma la situación de los enfrentamientos bélicos entre Rusia y Ucrania con la afectación internacional que ello conlleva, que afecta los procesos de tránsito y circuitos comerciales y logísticos a nivel internacional y que las importaciones desde China, origen de casi todos los componentes o equipos vinculados al objeto de este llamado se vean resentidas por atrasos que dificultan la normal producción del tipo de equipos solicitados tanto por falta de componentes, como por las serias alteraciones en las cadenas de suministros a nivel mundial, sobre lo cual todas las agencias de noticias a nivel mundial vienen informando.
Tomar en cuenta lo mencionado ayudara no desalentar la participación de del mayor número posible de fabricantes y oferentes, lo cual, contribuirá a mejorar la competitividad este proceso.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.