Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
a) Para contribuyente de IRACIS.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2018, 2019, 2020)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 3 (tres) últimos años (2018, 2019, 2020)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio en los en los 3 (tres) últimos años (2018, 2019, 2020), no deberá ser negativo.
b) Para contribuyentes de IRPC
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
c) Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.
d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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b. Formulario 106 de los últimos 3 (tres) años (2018, 2019, 2020), para contribuyentes del IRPC |
c. Formulario 104 de los últimos 3 (tres) años (2018, 2019, 2020), para contribuyentes de Renta Personal |
d. IVA General de los últimos 6 (seis) meses, para contribuyentes solo del IVA General |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1- Se estudiará la antigüedad en el ramo que acredita su experiencia (fecha del Certificado de Registro y Autorización del Ministerio de salud Pública y Bienestar Social). La experiencia mínima en la prestación de servicios solicitados en el PBC (Servicio de Seguro Odontológico) deberá ser de 5 (años) años acreditado por medio del certificado mencionado.
2- Demostrar la capacidad de haber suministrado los servicios objeto de la presente licitación, como proveedor y en forma satisfactoria. Para lo cual se deberá presentar como mínimo 3 (tres) contratos (privados y/o públicos), con un mínimo de 500(quinientos) asegurados por cada contrato y sus respectivas constancias de servicio satisfactorio, en los tres últimos años (2019-2020-2021).
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
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El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1. Autorización y habilitación vigente de la Superintendencia de Salud (SUPSALUD) del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, para funcionar en el ramo de la prestación de servicios de medicina prepaga (Pre Paga odontológica).. |
2.Listado en carácter de declaración jurada de Consultorios y/o Centros Odontológicos donde prestan el servicio para los asegurados. |
3. Listado en carácter de Declaración Jurada de Poseer 3 (Tres) Centros Odontológicos en la ciudad de Asunción: Como mínimo el Centro Odontológico principal propuesto deberá contar con 10 (diez) consultorios habilitados y con la siguiente cantidad de profesionales: 5 (cinco) odontopediatras; 2 (dos) periodoncistas; 2(dos) cirujanos maxilofaciales; 5 (cinco) ortodoncistas; 5(cinco) endodoncistas; 3(tres) implantólogos; 1 especialista en Patología y Medicina Bucal, 1 especialista en Odontología Legal, 1 especialista en Clínica del Bebé. Y los otros dos Centros de Asunción deberán contar con 6 (seis) consultorios cada uno como mínimo. |
4. Listado en carácter de Declaración Jurada de Contar en el Gran Asunción con 1 (un) consultorio odontológico como mínimo en: Villa Elisa, Ñemby, Lambaré y 2 (dos) en San Lorenzo, Luque, Fernando de la Mora. |
5. Listado en carácter de Declaración Jurada de Contar en el interior del País por lo menos un (1) consultorio en los siguientes departamentos: Concepción, San Pedro, Cordillera, Guaira, Caaguazú, Caazapá, Itapuá, Misiones, Paraguarí, Alto Paraná, Ñeembucú, Amambay, Canindeyú, Pte. Hayes, Alto Paraguay, Boquerón. |
6. Detallar en carácter de Declaración Jurada de que uno de los Centros odontológicos habilitados en Asunción, deberá contar dentro de sus instalaciones con un equipo de Ortopantomografía (para radiografías odontológicas especializadas), habilitado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y deberá poseer además convenio suscrito por lo menos con 1 (uno) centro de imágenes y diagnóstico, además contar con un equipo con Tecnología CadCam dental. |
7. Listado en carácter de Declaración Jurada de profesionales odontólogos discriminados por zonas, centro odontológico, con sus respectivas especialidades requeridas en las EETT. |
8. Número total de asegurados (Titulares y Adherentes) con los que cuenta actualmente. |
9. Curriculum de la empresa describiendo la infraestructura edilicia y de recursos humanos, detallando estructura administrativa, atención al cliente y cualquier otro dato que demuestre la capacidad suficiente para cubrir cómodamente los servicios demandados al ser adjudicada. |
Observación: Criterios de evaluación en caso de consorcios:
En caso de Consorcios, se analizarán en conjunto los siguientes puntos:
• Todos los integrantes del consorcio deberán cumplir los requisitos legales de Carácter sustancial en su totalidad.
• Todos los integrantes del consorcio deberán cumplir íntegramente los requisitos establecidos en lo que respecta a la Capacidad Financiera.
• En cuanto a la Experiencia y Capacidad Técnica, se deberá Indicar en la oferta cual es el líder del consorcio quien deberá cumplir con al menos el 60% de los criterios de calificación, y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio.
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
1. Declaración Jurada en la que se indique el porcentaje de la prima que deberá ser abonada por beneficiarios adherentes. (hasta el 55% del precio adjudicado por cada titular).
2. Declaración Jurada en la que se indique el porcentaje de cobertura para IMPLANTOLOGIA (80% como minimo) y Protesis sobre implante (80% como minimo).
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.