El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
LISTA DE BIENES
Item |
Código de Catalogo |
Descripción del Bien / servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad Mínima |
Cantidad Máxima |
Presentación |
1 |
47131805-001 |
Limpiador liquido |
Unidad |
30 |
60 |
Bidón |
2 |
47131805-001 |
Limpiador liquido |
Unidad |
15 |
30 |
Bidón |
ESPECIFICACIONES TECNICAS REQUERIMIENTOS MINIMOS
Item |
Código de Catálogo |
Descripción del Bien / servicio |
Especificaciones técnicas / Requerimientos Mínimos |
Unidad de Medida |
Cant. Mínima |
Cant. Máxima |
Presentación |
1 |
47131805-001 |
Limpiador liquido |
Limpiador líquido alcalino clorado concentrado, con baja formación de espuma. Uso: para higienización de equipos de ordeño, reservorio de traslado de leche, tanque de enfriamiento de leche y tuberías. Composición: Cloro disponible: 3,5 % como mínimo. Cloro disponible: 3,5 % como mínimo, hidróxido de sodio, hipoclorito de sodio, poliacrilato, gluconato de sodio, agua. Biodegradable y libre de fosfato. No corrosivo de las partes de acero inoxidable, vidrio, plástico, ni de caucho. Debe estar debidamente lacrada y envasado, con la marca, fecha de elaboración, fecha de vencimiento, composición, contenido neto y la dilución de uso recomendado. Registro sanitario y autorizado por el MSP y BS. Presentación: en bidon de 20 litros. Cotizar por Bidon. |
UNIDAD |
30 |
60 |
BIDON |
2 |
47131805-001 |
Limpiador liquido |
Limpiador liquido Ácido concentrado, con baja formación de espuma. Uso: para remover depósitos minerales, areas taponadas, tanques de enfriado y piedra de leche. Composición: Ph: 2,0 (solución de 1% v/v) ph en agua destilada, Ac. Fosfórico, Ac sulfúrico, Ac. Cítrico UPS. Biodegradable. No corrosivo de las partes de acero inoxidable, vidrio, plástico, ni de caucho. Debe estar debidamente lacrada y envasado, con la marca, fecha de elaboración, fecha de vencimiento, composición, contenido neto y la dilución de uso recomendado. Registro sanitario y autorizado por el MSP y BS. Presentación: en bidón de 20 litros. Cotizar por Bidon. |
UNIDAD |
15 |
30 |
BIDON |
CONDICIONES GENERALES
Identificación del producto, su venta y comercialización
A ser aplicado para cada Ítem.
Garantías
A ser aplicado para cada Ítem.
El presente proceso licitatorio se da inicio a solicitud de la Prof. Dra. Haleydis Ortiz, Jefa del Departamento de Producción Animal. El Departamento de Producción Animal, solicita a la Dirección de Administración y Finanzas el inicio del llamado a licitación para la ADQUISICIÓN DE ARTÍCULOS DE HIGIENIZACION DE EQUIPOS Y ACCESORIOS DE ORDEÑE DE LECHE DEL DEPARTAMENTO DE PRODUCCION ANIMAL, utilizada en los trabajos de limpieza de los equipos de extracción, acopio y procesamiento de leche realizados en la Granja Didáctica Experimental con que cuenta nuestra Institución.
Por ello, y en el marco de lo citado precedentemente se ha procedido a planificar y programar el proceso licitatorio en concordancia con las necesidades a ser suplidas con el presente proceso licitatorio.
Atendiendo las características del presente procedimiento de contratación, es oportuno mencionar que los requisitos establecidos van dirigidas a potenciales oferentes cuya infraestructura, capacidad técnica y legal sea apta para ejecutar sin inconvenientes el contrato objeto de la presente licitación.
Consideramos que nuestra solicitud se encuentra enmarcado bajo el Art. 4° Principios Generales, inc a) Economía y Eficiencia: Garantizarán que los Organismos, Entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, y b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta Ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
1. Una vez adjudicado, las inspecciones y pruebas se realizarán en base a las especificaciones técnicas requeridas, verificando que el bien ofertado cumple con todas y cada una de ellas, en caso contrario serian devueltas y en un plazo no mayor a 05 (cinco) días corridos contados a partir de la recepción de la Nota de Comunicación por parte del Proveedor y/o de su rechazo en la recepción misma del bien, la adjudicataria deberá volver solicitar la verificación del bien ajustándose estrictamente a las especificaciones técnicas requeridas evitando así la causal de rescisión del contrato contraído entre las partes.
2. Los bienes deberán ser nuevos y estar bien embalados, no se deberá observar ninguna avería de forma y contenido, se realizara una inspección minuciosa de cada BIEN por los técnicos designados por la convocante.
3. En los casos que se requieren y/o en cualquier etapa de la ejecución del contrato, ante indicios o detección de variaciones de concentración, principios activos de los insumos, la convocante podrá requerir informes laboratoriales del MSPyBS, INTN o el CEMIT, que servirán como una herramienta de verificación de los parámetros determinados en las especificaciones técnicas.
4. Para dichas pruebas, el proveedor deberá cubrir los costos y reponer directamente la cantidad utilizada para el muestro de calidad, en el plazo indicado en el punto 1).
5. En el caso que se detectara diferencias entre lo requerido y lo proveído conforme a los análisis realizados, se remitirá todo el lote del insumo analizado, el cual deberá ser repuestos en el plazo indicado en el punto 1).
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Para Bienes: Nota de Remisión, la cual deberá llevar la firma y aclaración de los responsables asignados de la dependencia receptora para el efecto
Frecuencia: mínimo conforme a la necesidad en atención al tipo de bien requerido.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
Se ha optado por la aplicación de la modalidad por Contrato Abierto por Cantidad mínima y máxima, que, por la naturaleza del llamado, no puede determinarse cantidad ni frecuencia.
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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