En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Garantía de Mantenimiento de Oferta (*), se establece que:
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios".
Mientras que; en el SICP el tipo de Garantía solicitada es Póliza;
Solicitamos, a la convocante aclarar el tipo de garantía que será requerida para mantenimiento de oferta, teniendo en cuenta que existe una discrepancia en las exigencias solicitada entre el PBC y el SICP del llamado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Garantía de Mantenimiento de Oferta (*), se establece que:
La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios".
Mientras que; en el SICP el tipo de Garantía solicitada es Póliza;
Solicitamos, a la convocante aclarar el tipo de garantía que será requerida para mantenimiento de oferta, teniendo en cuenta que existe una discrepancia en las exigencias solicitada entre el PBC y el SICP del llamado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección Datos de la Licitación, en el apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, solicita lo siguiente: La empresa oferente deberá contar con autorización del fabricante para proveer, instalar y soportar los equipos adquiridos:
Para Representantes debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que los acredite como representante de la marca ofertada y, dichos documentos deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. Los mismos deben ser originales o copias autenticadas por Escribano Público.
Para Distribuidor Autorizado debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que los acredite como distribuidor autorizado de la marca ofertada, para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Con respecto a lo mencionado en el pliego de bases y condiciones, se solicita a la convocante que el requisito de la formalidad del documento autorizaciones del fabricante legalizada y consularizada sea considerado opcional, o en su defecto sea presentado a la firma del contrato en caso de resultar adjudicado determinado oferente. Es importante considerar que por la situación de la pandemia ocasionada por el COVID-19, la emisión de este tipo de documentaciones tienen una demora importante de al menos 65 (sesenta y cinco) días para su emisión por parte de los respectivos fabricantes, y los plazos establecidos por la convocante para la presentación de la oferta resultan irrisorios a los efectos de la tramitación del apostillado/legalización requerida.
Vale mencionar que el hecho expuesto se encuentra dentro de los supuestos de fuerza mayor contemplados en el Pliego de Bases y Condiciones, Condiciones Contractuales, Punto 16. Fuerza Mayor el cual establece: Fuerza mayor: significa un evento o situación fuera del control del proveedor que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia del mismo. Tales eventos pueden incluir sin que éstos sean los únicos guerra o revoluciones, incendios, inundaciones, EPIDEMIAS, RESTRICCIONES DE CUARENTENA , lo cual se condice con lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , en concordancia con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección Datos de la Licitación, en el apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, solicita lo siguiente: La empresa oferente deberá contar con autorización del fabricante para proveer, instalar y soportar los equipos adquiridos:
Para Representantes debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que los acredite como representante de la marca ofertada y, dichos documentos deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. Los mismos deben ser originales o copias autenticadas por Escribano Público.
Para Distribuidor Autorizado debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que los acredite como distribuidor autorizado de la marca ofertada, para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Con respecto a lo mencionado en el pliego de bases y condiciones, se solicita a la convocante que el requisito de la formalidad del documento autorizaciones del fabricante legalizada y consularizada sea considerado opcional, o en su defecto sea presentado a la firma del contrato en caso de resultar adjudicado determinado oferente. Es importante considerar que por la situación de la pandemia ocasionada por el COVID-19, la emisión de este tipo de documentaciones tienen una demora importante de al menos 65 (sesenta y cinco) días para su emisión por parte de los respectivos fabricantes, y los plazos establecidos por la convocante para la presentación de la oferta resultan irrisorios a los efectos de la tramitación del apostillado/legalización requerida.
Vale mencionar que el hecho expuesto se encuentra dentro de los supuestos de fuerza mayor contemplados en el Pliego de Bases y Condiciones, Condiciones Contractuales, Punto 16. Fuerza Mayor el cual establece: Fuerza mayor: significa un evento o situación fuera del control del proveedor que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia del mismo. Tales eventos pueden incluir sin que éstos sean los únicos guerra o revoluciones, incendios, inundaciones, EPIDEMIAS, RESTRICCIONES DE CUARENTENA , lo cual se condice con lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud , en concordancia con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley.
La convocante se mantiene en lo solicitado en la Carta de Invitación. Corresponde indicar que por Resolución DNCP N.º 611/2015, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas ha indicado que es potestad de las Convocantes el requerimiento o no de las autorizaciones del fabricante.
El requerimiento solicitado de manera precisa y positiva busca justamente establecer condiciones claras considerando que el artículo 4º, inciso b), de la Ley N.º 2051/03 De Contrataciones Públicas indica: Las especificaciones técnicas () se establecerán con la mayor amplitud () sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. Además, cabe mencionar que el art. 52. Autorización del fabricante o productor del Decreto Reglamentario 2992/2019 establece que: Cuando la Convocante lo requiera en el pliego de bases y condiciones, el oferente que ofrezca suministrar en virtud del Contrato, bienes que no ha fabricado ni producido, deberá demostrar que es representante o distribuidor autorizado por el fabricante o productor de la marca del bien ofertado. En todos los casos deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante o productor. Favor remitirse a la Carta de Invitación.
3
Mantenimiento de oferta
Considerando que en el portal de la DNCP en el llamado de referencia se menciona Tipo de Garantía: Póliza y en el cuerpo del pbc a foja 18 expresa que La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios".
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si la garantía de mantenimiento de ofertas deberá de ser instrumentada por medio de POLIZA emitida por una aseguradora o efectivamente se trata de una DECLARACIÓN JURADA.
Considerando que en el portal de la DNCP en el llamado de referencia se menciona Tipo de Garantía: Póliza y en el cuerpo del pbc a foja 18 expresa que La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de declaración jurada de acuerdo con el formulario de Garantía de Mantenimiento de oferta incluido en la Sección "Formularios".
Solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar si la garantía de mantenimiento de ofertas deberá de ser instrumentada por medio de POLIZA emitida por una aseguradora o efectivamente se trata de una DECLARACIÓN JURADA.
*- CONSULTA OPCION 2 - AUTORIZACION LEGALIZADA Y CONSULARIZADA:
CONSULTA OPCION 2 -*:
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección Datos de la Licitación, en el apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, solicita lo siguiente: La empresa oferente deberá contar con autorización del fabricante para proveer, instalar y soportar los equipos adquiridos:
Para Representantes debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que los acredite como representante de la marca ofertada y, dichos documentos deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. Los mismos deben ser originales o copias autenticadas por Escribano Público.
Para Distribuidor Autorizado debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que los acredite como distribuidor autorizado de la marca ofertada, para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Al respecto, se solicita a la convocante que el requisito de la formalidad del documento autorizaciones del fabricante legalizada y consularizada sea omitida o que sea de carácter opcional para la presentación de oferta. Dicha solicitud se sustenta en la situación actual por la que atraviesa la comunidad internacional y todo el sistema logístico internacional y de comercio exterior, lo cual es constantemente informado por la prensa internacional y nacional, a consecuencia de la pandemia ocasionada por el COVID-19, que provocan que los trámites de legalización y/o apostillado sufran importantes demoras, por lo que los fabricantes de las marcas extranjeras se encuentran por estos motivos de fuerza mayor afectados para el cumplimiento en los plazos establecidos para la emisión de tales documentos.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes
30-03-2022
04-04-2022
*- CONSULTA OPCION 2 - AUTORIZACION LEGALIZADA Y CONSULARIZADA:
CONSULTA OPCION 2 -*:
En el Pliego de Bases y Condiciones, Sección Datos de la Licitación, en el apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, solicita lo siguiente: La empresa oferente deberá contar con autorización del fabricante para proveer, instalar y soportar los equipos adquiridos:
Para Representantes debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que los acredite como representante de la marca ofertada y, dichos documentos deben estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay. Los mismos deben ser originales o copias autenticadas por Escribano Público.
Para Distribuidor Autorizado debe reunir los siguientes requisitos: Documentación expedida por el Fabricante que los acredite como distribuidor autorizado de la marca ofertada, para tal efecto debe presentar el documento original o copia autenticada por Escribano Público, y el mismo debe estar debidamente legalizado por el Consulado Paraguayo del País de emisión del documento y del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Al respecto, se solicita a la convocante que el requisito de la formalidad del documento autorizaciones del fabricante legalizada y consularizada sea omitida o que sea de carácter opcional para la presentación de oferta. Dicha solicitud se sustenta en la situación actual por la que atraviesa la comunidad internacional y todo el sistema logístico internacional y de comercio exterior, lo cual es constantemente informado por la prensa internacional y nacional, a consecuencia de la pandemia ocasionada por el COVID-19, que provocan que los trámites de legalización y/o apostillado sufran importantes demoras, por lo que los fabricantes de las marcas extranjeras se encuentran por estos motivos de fuerza mayor afectados para el cumplimiento en los plazos establecidos para la emisión de tales documentos.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes
La convocante se mantiene en lo solicitado en la Carta de Invitación. Corresponde indicar que por Resolución DNCP N.º 611/2015, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas ha indicado que es potestad de las Convocantes el requerimiento o no de las autorizaciones del fabricante.
El requerimiento solicitado de manera precisa y positiva busca justamente establecer condiciones claras considerando que el artículo 4º, inciso b), de la Ley N.º 2051/03 De Contrataciones Públicas indica: Las especificaciones técnicas () se establecerán con la mayor amplitud () sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. Además, cabe mencionar que el art. 52. Autorización del fabricante o productor del Decreto Reglamentario 2992/2019 establece que: Cuando la Convocante lo requiera en el pliego de bases y condiciones, el oferente que ofrezca suministrar en virtud del Contrato, bienes que no ha fabricado ni producido, deberá demostrar que es representante o distribuidor autorizado por el fabricante o productor de la marca del bien ofertado. En todos los casos deberá acreditarse la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante o productor. Favor remitirse a la Carta de Invitación.
5
Plazo de entrega de bienes
Con respecto al plazo de entrega del equipo. Se solicita que el plazo de entrega sea de 30 días posteriores a la firma del contrato.
Entendiendo que este tipo de soluciones de seguridad de redes (Equipos de borde) que manejan cifrado requieren un permiso especial de exportación por parte del gobierno de los EE.UU, y que este permiso demora ligeramente los tiempos de importación habituales, solicitamos a la convocante extender a 40 días el plazo de entrega de los equipos.
Con respecto al plazo de entrega del equipo. Se solicita que el plazo de entrega sea de 30 días posteriores a la firma del contrato.
Entendiendo que este tipo de soluciones de seguridad de redes (Equipos de borde) que manejan cifrado requieren un permiso especial de exportación por parte del gobierno de los EE.UU, y que este permiso demora ligeramente los tiempos de importación habituales, solicitamos a la convocante extender a 40 días el plazo de entrega de los equipos.
La convocante se mantiene en lo solicitado en la Carta de Invitación, debido a los plazos que conlleva los procesos licitatorios y atendiendo que el equipo utilizado actualmente ya se encuentra en etapa de finalización de soporte, es decir que el mismo quedara fuera de servicio impidiendo de este modo el acceso a los servicios que otorga la convocante.
6
Plazo de reposición de bienes
En donde dice "El proveedor adjudicado tendrá 24 horas para proceder al reemplazo del equipo con desperfectos de forma posterior a la entrega y puesta en funcionamiento de los bienes, dentro del plazo de garantía del equipo. "
Se solicita encarecidamente a la convocante extender este plazo a por lo menos 10 días, de tal manera a que se cuente con un tiempo prudencial para el diagnóstico y reposición de la pieza, ya que en comparación con el plazo de entrega el mismo queda muy corto para el caso en que se deba importar el bien.
En donde dice "El proveedor adjudicado tendrá 24 horas para proceder al reemplazo del equipo con desperfectos de forma posterior a la entrega y puesta en funcionamiento de los bienes, dentro del plazo de garantía del equipo. "
Se solicita encarecidamente a la convocante extender este plazo a por lo menos 10 días, de tal manera a que se cuente con un tiempo prudencial para el diagnóstico y reposición de la pieza, ya que en comparación con el plazo de entrega el mismo queda muy corto para el caso en que se deba importar el bien.
La convocante se mantiene en lo solicitado en la Carta de Invitación. La convocante ofrece servicio online, considerados críticos, por tal motivo, es inadmisible estar fuera de servicio por más de 24 hs.