Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
08-03-2022 - 12:50
Fecha de Fin
11-03-2022 - 15:51
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1) PBC - h) Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y específica en obras, Numeral 4: Observamos ( …como mínimo el 70 (setenta) %) lo indicado difiere de lo establecido en el cuadro de requisitos (50 %). //
2) PBC - i.1. Requisitos documentales para evaluar el presente criterio: Indican ( Planilla de IPS donde se constate la nómina mínima de 5 (cinco) personales de obras…). No se debe requerir una cantidad mínima de personal inscripto en IPS, porque este se constituye en un requisito de ejecución, no de participación.
3) PBC- Se visualiza que el porcentaje requerido para socio y líder difiere en los siguientes puntos (capacidad financiera, experiencia Gral. en obras, experiencia especifica en obras y capacidad en materia de equipos). Se solicita unificar el % (porcentaje) requerido.//
4) PLANILLA DE PRECIOS: Incluir la imputación presupuestaria en el PAC y el CDP, tomando en consideración lo indicado en la lista de precios.//
Observaciones
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No se previo Objeto de Gasto
Descripción
Se solicita incluir en el PAC el objeto de gasto correspondiente y necesario para todos los bienes/servicios requeridos a fin de realizar una correcta imputación y remitir el CDP.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.