Datos de la Verificación
Usuario Verificador
jediaz
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
20-10-2022 - 15:57
Fecha de Fin
26-10-2022 - 18:35
Estado
Retenido
Observaciones
Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Omisión en cuanto al establecimiento de un porcentaje para la aplicación de las multas
Descripción
Del Pliego de Bases y Condiciones/ Carta de Invitación se desprende la omisión en la consignación de un porcentaje para la aplicación de la multa
“por cada día de atraso”. Se solicita se realice la modificación correspondiente a los efectos de subsanar la deficiencia planteada.
Comentario
Se solicita indicar si las multas se computarán en horas, días hábiles o corridos.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Separar en items o lotes distintos
Descripción
De la verificación de los (bienes/ servicios) requeridos en el Pliego de Bases y Condiciones se desprende que los mismos podrían ser ofertados
por distintos oferentes, por lo que se solicita su separación en (ítems o lotes según el caso) a los efectos de lograr la mayor participación de oferentes,
o en su caso la justificación suficiente de la convocante bajo su exclusiva responsabilidad en la que se indique técnicamente porque resulta necesaria su agrupación
Comentario
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Los bienes deben ser adquiridos a través de la tienda virtual
Descripción
En virtud de la Resolución DNCP N° 1399/20 se solicta que los bienes sean adquiridos a través de la Tienda Virtual
Comentario
Con relación a los Ítems N°2, 3, 4, indicamos a la convocante que los mismos se encuentran disponibles en la Tienda Virtual.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos
o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se
observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del
precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.
Comentario
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa:
Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos
y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación,
sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03.
Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.
Tema
RECORDATORIO
Sección
General
Situación
Responsabilidad de la Convocante
Descripción
La verificación que realiza la DNCP sobre los procedimientos de contratación es meramente formal siendo pasible de análisis mediante los procedimientos jurídicos previstos en la norma (protestas e investigaciones).
Consideración Normativa Art.79 y 82 de la LEy N° 2051/03.