En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Datos de la Licitación, apartado MUESTRAS, solicita:
“Las muestras se entregaran el mismo día de la entrega de ofertas (fecha y hora tope de entrega de ofertas) La presentación de las mismas deberán ser en caja cerrada con nota dirigida a la U.O.C. de la convocante Se presentaran una muestra por cada Ítem”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el requerimiento de presentación de muestras sea opcional, para todos los ítems solicitados, teniendo en cuenta que los equipos a ser ofertados en relación a las EETT del PBC son estandarizados y de amplio alcance al público general, por lo que su manejo no debiera revestir mayor complejidad. Además, con los documentos técnicos de cada equipo acompañado a la oferta como son; Catálogos y Especificaciones técnicas, con dichos documentos técnicos debieran ser suficientes para que la convocante verifique y determine el cumplimiento de lo ofertado,
Lo solicitado responde a la necesidad de no limitar la participación de potenciales oferentes, dando además cumplimiento al Art. 20, de la Ley 2051 el cual reza: “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”. lo cual se condice con el Principio de Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, previsto en el inciso a) y el de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Datos de la Licitación, apartado MUESTRAS, solicita:
“Las muestras se entregaran el mismo día de la entrega de ofertas (fecha y hora tope de entrega de ofertas) La presentación de las mismas deberán ser en caja cerrada con nota dirigida a la U.O.C. de la convocante Se presentaran una muestra por cada Ítem”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el requerimiento de presentación de muestras sea opcional, para todos los ítems solicitados, teniendo en cuenta que los equipos a ser ofertados en relación a las EETT del PBC son estandarizados y de amplio alcance al público general, por lo que su manejo no debiera revestir mayor complejidad. Además, con los documentos técnicos de cada equipo acompañado a la oferta como son; Catálogos y Especificaciones técnicas, con dichos documentos técnicos debieran ser suficientes para que la convocante verifique y determine el cumplimiento de lo ofertado,
Lo solicitado responde a la necesidad de no limitar la participación de potenciales oferentes, dando además cumplimiento al Art. 20, de la Ley 2051 el cual reza: “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”. lo cual se condice con el Principio de Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, previsto en el inciso a) y el de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Aclaramos que se "deberá garantizar satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones exigidas", por tanto, habiéndose solicitado en el PBC de manera expresa la presentación de las muestras junto con la oferta, solicitamos ajustarse a dicho requerimiento.
2
*- VISITA TÉCNICA
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Datos de la Licitación, apartado Visita al sitio de ejecución del contrato, solicita:
“Los oferentes o sus representantes debidamente autorizados deberán realizar la visita técnica en fecha y hora indicada a fin de solicitar los pormenores de las EETT de los equipos a Adquirir y otras dudas que tengan en el proceso a fin de garantizar que lo ofertado cumpla con las EETT de lo solicitado por la convocante. Al culminar dicha visita se labrara acta del mismo firmando todos los presentes
Nombre del funcionario responsable de guiar la visita: Lic. Alejandro Maidana
Participación Obligatoria: si”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que la visita técnica al sitio de ejecución del contrato sea de participación opcional, atendiendo que este requerimiento no es técnicamente indispensable a los efectos de establecer si serían necesarias adecuaciones o modificaciones profundas de los equipos pues los mismos son de fácil instalación e implementación y que en el PBC no se solicita la instalación ni implementación de estos en el lugar de la entrega, además las especificaciones técnicas solicitadas por la convocante dejan bastante en claro las características que deberán poseer los equipos sin dejar dudas sobre las capacidades y requisitos de los mismos.
Sumado al hecho, de que no hay méritos en lo estrictamente técnico que justifiquen la visita, la misma, representa un obstáculo innecesario en razón del tiempo y la distancia para desplazarse al lugar, limitando de sobremanera la participación de una mayor cantidad de oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051 el cual reza: “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”. lo cual se condice con el Principio de Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, previsto en el inciso a) y el de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección de Datos de la Licitación, apartado Visita al sitio de ejecución del contrato, solicita:
“Los oferentes o sus representantes debidamente autorizados deberán realizar la visita técnica en fecha y hora indicada a fin de solicitar los pormenores de las EETT de los equipos a Adquirir y otras dudas que tengan en el proceso a fin de garantizar que lo ofertado cumpla con las EETT de lo solicitado por la convocante. Al culminar dicha visita se labrara acta del mismo firmando todos los presentes
Nombre del funcionario responsable de guiar la visita: Lic. Alejandro Maidana
Participación Obligatoria: si”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que la visita técnica al sitio de ejecución del contrato sea de participación opcional, atendiendo que este requerimiento no es técnicamente indispensable a los efectos de establecer si serían necesarias adecuaciones o modificaciones profundas de los equipos pues los mismos son de fácil instalación e implementación y que en el PBC no se solicita la instalación ni implementación de estos en el lugar de la entrega, además las especificaciones técnicas solicitadas por la convocante dejan bastante en claro las características que deberán poseer los equipos sin dejar dudas sobre las capacidades y requisitos de los mismos.
Sumado al hecho, de que no hay méritos en lo estrictamente técnico que justifiquen la visita, la misma, representa un obstáculo innecesario en razón del tiempo y la distancia para desplazarse al lugar, limitando de sobremanera la participación de una mayor cantidad de oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051 el cual reza: “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”. lo cual se condice con el Principio de Economía y Eficiencia: Garantizarán que los organismos, entidades y municipalidades se obliguen a planificar y programar sus requerimientos de contratación, de modo que las necesidades públicas se satisfagan con la oportunidad, la calidad y el costo que aseguren al Estado Paraguayo las mejores condiciones, sujetándose a disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria, previsto en el inciso a) y el de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Aclaramos que se "deberá garantizar satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones exigidas", por tanto, habiéndose solicitado en el PBC de manera expresa la visita técnica con el propósito de brindar detalles relacionados a las EETT y/o lugar de utilización de los equipos, objeto del presente llamado, caso presenten fallas o problemas técnicos, deberán acudir hasta el sitio para subsanarlo, solicitamos ajustarse a dicho requerimiento.
3
*- Plan de entrega de los bienes
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección del Plan de entrega bienes, para los ítems 1 Computadoras tipo 2 Intermedia e ítem 2 Notebook Tipo 1 Avanzada, se solicita:
“Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: octubre 2022”
Al respecto, Solicitamos respetuosamente a la convocante, aclarar la fecha límite de entrega de los bienes dentro del mes mencionado en el PBC, o en todo caso, determinar los plazos de entrega en días calendario, a fin de contar con una mayor exactitud en plazos de ejecución, tomando en cuenta que en el PBC solamente se indica el mes dentro del cual se proyecta completar la entrega de los bienes.
En ese sentido, resaltamos la importancia de contar con un plan de entrega preciso para planificar un cronograma de claro y eficaz para que las empresas que desean participar en este tipo de procesos puedan dar resultados óptimos a la institución
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección del Plan de entrega bienes, para los ítems 1 Computadoras tipo 2 Intermedia e ítem 2 Notebook Tipo 1 Avanzada, se solicita:
“Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes: octubre 2022”
Al respecto, Solicitamos respetuosamente a la convocante, aclarar la fecha límite de entrega de los bienes dentro del mes mencionado en el PBC, o en todo caso, determinar los plazos de entrega en días calendario, a fin de contar con una mayor exactitud en plazos de ejecución, tomando en cuenta que en el PBC solamente se indica el mes dentro del cual se proyecta completar la entrega de los bienes.
En ese sentido, resaltamos la importancia de contar con un plan de entrega preciso para planificar un cronograma de claro y eficaz para que las empresas que desean participar en este tipo de procesos puedan dar resultados óptimos a la institución
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Aclaramos que conforme Plan de entrega de los bienes, el Adjudicado deberá proceder a la entrega de los bienes dentro del mes establecido (Inicio y finalización del mes establecido como margen para la entrega) para el efecto, solicitamos ajustarse a dicho requerimiento.
4
.- Muestras:
Solicitamos a la convocante que la presentación de muestras sea exonerada o retirada, puesto que con la presentación del folleto técnico del equipo ofertado y una declaración jurada de que los equipos cumplen las especificaciones técnicas requeridas es suficiente para demostrar el compromiso y detalles técnicos de los equipos. Solicitamos esto debido a que la licitación exige una importación por la cantidad de productos UPS solicitados. Donde nos vemos los oferentes obligados a conseguir equipos con las características y cantidades solicitadas en el mercado internacional. De esta manera también podrá la convocante obtener un número mayor de potenciales oferentes, abundando de esta manera en ofertas técnicas económicas. Saludamos cordialmente esperando sus respuestas.
Solicitamos a la convocante que la presentación de muestras sea exonerada o retirada, puesto que con la presentación del folleto técnico del equipo ofertado y una declaración jurada de que los equipos cumplen las especificaciones técnicas requeridas es suficiente para demostrar el compromiso y detalles técnicos de los equipos. Solicitamos esto debido a que la licitación exige una importación por la cantidad de productos UPS solicitados. Donde nos vemos los oferentes obligados a conseguir equipos con las características y cantidades solicitadas en el mercado internacional. De esta manera también podrá la convocante obtener un número mayor de potenciales oferentes, abundando de esta manera en ofertas técnicas económicas. Saludamos cordialmente esperando sus respuestas.
Aclaramos que se "deberá garantizar satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones exigidas", por tanto, habiéndose solicitado en el PBC de manera expresa la presentación de las muestras junto con la oferta, solicitamos ajustarse a dicho requerimiento.
5
* Con relación al punto"Plan de Entrega",
solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar el plazo de entrega de los días estimados para la recepción y entrega de todos los productos por parte del oferente adjudicado, pues encontramos confuso este punto en el PBC ya que solo se menciona "octubre 2022" y no se cita correctamente los dias y fecha exacta a tener en cuenta, de modo a prever la correcta formulación de la oferta.
solicitamos respetuosamente a la convocante aclarar el plazo de entrega de los días estimados para la recepción y entrega de todos los productos por parte del oferente adjudicado, pues encontramos confuso este punto en el PBC ya que solo se menciona "octubre 2022" y no se cita correctamente los dias y fecha exacta a tener en cuenta, de modo a prever la correcta formulación de la oferta.
Aclaramos que conforme Plan de entrega de los bienes, el Adjudicado deberá proceder a la entrega de los bienes dentro del mes establecido (Inicio y finalización del mes establecido como margen para la entrega) para el efecto, solicitamos ajustarse a dicho requerimiento.
6
* Con relación al precio referencial del ítem 1,
solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 7.500.000 GS. (Computadoras Tipo 2 - Intermedia). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 7.500.000 GS. (Computadoras Tipo 2 - Intermedia). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
Aclaramos que serán analizados por la convocante y en caso de ser factible serán emitidas la adenda de modificación respectiva, al tiempo de considerar los márgenes de variación de los precios ofertados con el referencial (Resolución DNCP Nº 1890/20).
7
*Con relación al precio referencial del ítem 2,
solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 8.000.000 GS. (Notebook Tipo 2 - Intermedia). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 8.000.000 GS. (Notebook Tipo 2 - Intermedia). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
Aclaramos que serán analizados por la convocante y en caso de ser factible serán emitidas la adenda de modificación respectiva, al tiempo de considerar los márgenes de variación de los precios ofertados con el referencial (Resolución DNCP Nº 1890/20).
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solicitar habilitar segunda visita de sitio
Buenos días, hemos tomado conocimiento del llamado el día de la fecha y hemos verificado que han solicitado en el Pliego visita al sitio del contrato. En tal sentido, solicitamos respetuosamente puedan considerar realizar una segunda visita a fin de poder participar en la presente licitación considerando el carácter de obligatorio de dicha visita. Consideramos que dicho pedido no atenta contra ningún principio de la Ley sino que garantiza mayor participación de empresas interesadas.
Buenos días, hemos tomado conocimiento del llamado el día de la fecha y hemos verificado que han solicitado en el Pliego visita al sitio del contrato. En tal sentido, solicitamos respetuosamente puedan considerar realizar una segunda visita a fin de poder participar en la presente licitación considerando el carácter de obligatorio de dicha visita. Consideramos que dicho pedido no atenta contra ningún principio de la Ley sino que garantiza mayor participación de empresas interesadas.
Con relación a la fecha y hora de visita del sitio de ejecución de contrato , fue fijada dentro del PBC y publicada a travez del SICP y por lo tanto Abierto a todos los posibles oferentes que desearen participar del mismo en igualdad de condiciones,
La fecha de Publicación del llamado es la del 31 - 08 - 2022 tiempo que la convocante considera prudencial para el conocimiento de los posibles oferentes
La visita de sitio de Ejecución de contrato fue realizada como lo establece en el SICP en fecha y hora establecida , con participación de posibles oferentes por lo que la convocante continuara con el proceso como se establece dentro del PBC sin modificaciones
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*-ITEM 1 y 2 - Plan de entrega de los bienes
En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Plan de entrega de los bienes, Lugar de entrega de los Bienes se encuentra detallado que la entrega de los bienes se realizará en la Municipalidad de Pirapó, sin embargo en la visita técnica realizada en fecha 06/09/2022 se informó que la entrega se haría en las instituciones beneficiadas que son visualizadas en la pestaña de “detalles de inversión FONACIDE” del SICP y los costos de la misma correrían por cuenta de la empresa adjudicada. Al respecto solicitamos a la convocante aclarar cuál será el plan de entrega utilizado en el proceso de ejecución contractual por parte del oferente que resulte adjudicado, de manera a corroborar dicha información, y ofertar con las condiciones técnicas y económicas acordes a las necesidades REALES de la Institución.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
En el Pliego de Bases y Condiciones, sección Plan de entrega de los bienes, Lugar de entrega de los Bienes se encuentra detallado que la entrega de los bienes se realizará en la Municipalidad de Pirapó, sin embargo en la visita técnica realizada en fecha 06/09/2022 se informó que la entrega se haría en las instituciones beneficiadas que son visualizadas en la pestaña de “detalles de inversión FONACIDE” del SICP y los costos de la misma correrían por cuenta de la empresa adjudicada. Al respecto solicitamos a la convocante aclarar cuál será el plan de entrega utilizado en el proceso de ejecución contractual por parte del oferente que resulte adjudicado, de manera a corroborar dicha información, y ofertar con las condiciones técnicas y económicas acordes a las necesidades REALES de la Institución.
Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”.
El plan de entregas son las establecidas en el PBC , lo que se visualiza en las pestaña detalles de inversión son las instituciones a ser beneficiadas, por lo que se aclara que el plan de entregas es la establecida en el PBC