Datos de la Verificación
Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
17-01-2022 - 08:35
Fecha de Fin
20-01-2022 - 07:32
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1) PBC – CAPACIDAD TECNICA: Indican NO APLICA, Solicitamos a la convocante remitir una justificación del porque lo requerido resulta técnicamente indispensable para participar de la licitación. //
2) PLANILLA DE PRECIOS: Observamos discrepancia, la descripción del ítem 3 (Formulario judicial (FORMULARIO PARA COMPROBANTE DE PAGO, TAM. 21X30 CM) cargada en el sistema, difiere de lo indicado en el PBC. Solicitamos unificar la descripción. //
3) Sugerimos la convocante que, para la emisión de las Adendas, remitirse al video tutorial publicado en el Portal de la DNCP. https://www.youtube.com/watch?v=Vq0l9qr8ygE
Observaciones
Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
Mencionan NO APLICA a criterios en cuanto a la capacidad técnica
Descripción
Consultamos a la convocante el motivo por el cual no estiman necesaria la evaluacion de dicha capacidad, atendiendo a la naturaleza y las caracteristicas del proceso.
Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Discrepancia en planilla de precios
Descripción
Se verifica discrepancia en la cantidad/unidad de medida/ presentación entre el pliego/carta y lo cargado en el SICP, se solicita subsanar según sea el caso.
Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución,
es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34
inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)
La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo.
Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante.
Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio,
debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria.
Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.