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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
lfranco
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
18-01-2022 - 11:21
Fecha de Fin
20-01-2022 - 12:18
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1.) Solicitamos a la convocante replantear los indicadores del cumplimiento contractual teniendo en cuenta la fecha fijada para la apertura de ofertas, plazo entrega y los demás plazos administrativos mínimos para proceder a la evaluación de ofertas, adjudicación y la firma de contrato.//2.)La convocante menciona en el plan de entrega normativa fenecida Ley 6873/22.//3.) En el SICP, específicamente en el módulo de etapas y plazos, la convocante indica que Lugar Consulta: Oficina de UOC de la Municipalidad de Itakyry al respecto solicitamos a la convocante ajustarse a lo establecido en el art. 24 de la Resolución DNCP Nº 5695/2019.//4.)Reposición de los bienes: indicar a partir de que acto o hecho se computaría el plazo de 5(cinco)días, serian calendarios o hábiles, indicado en el apartado mencionado.//

Observaciones

Tema
CONDICIONES RELATIVAS A LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Sección
Condiciones Contractuales
Situación
Indicadores de cumplimiento
Descripción
Se solicita adecuar los indicadores de cumplimiento de contrato considerando la fecha de apertura prevista y el plazo de ejecución contemplado.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.