Consulta:
Estimados CAJA DE JUBILACIONES DEL PERSONAL MUNICIPAL
Por el presente reiteramos las consultas realizadas según correo electrónico de fecha 25 de mayo del corriente.
En primer lugar, hacemos notar que los servicios detallados en el apartado "Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS", no coinciden con la planilla de lista de precios descargada del SICP. En ese orden, las presentes consultas se limitan a los ítems detallados en la lista de precios.
ÍTEM 1.3 CERTIFICACIÓN DE INFORME: Atendiendo a que el notario no puede certificar el contenido de un informe. Se consulta cual es el servicio que se requiere. ¿La certificación de firmas insertas en un informe?
ÍTEM 1.8 PODER ESPECIAL SIN INSCRIPCIÓN: Se observa que el precio referencial es muy bajo, inclusive se encuentra por debajo de lo indicado en el documento publicado en el SICP como antecedentes__dictamen_precio_uoc_rep_1650457100291.pdf.
ÍTEM 1.9 PODER ESPECIAL CON INSCRIPCIÓN: Se observa que el precio referencial es muy bajo, inclusive se encuentra por debajo de lo indicado en el documento publicado en el SICP como antecedentes__dictamen_precio_uoc_rep_1650457100291.pdf. Nótese que para el precio de un poder especial con inscripción se estructura de la siguiente manera: Honorarios + gastos administrativos+ trámites de registración en RRPP.
Asimismo, se consulta a la Convocante si no requerirá poderes generales.
ÍTEM 1.11 TRANSCRIPCIÓN DE PODER: Se consulta cual es el servicio requerido.
ÍTEM 1.12 REVOCACIÓN DE PODER: Se observa que el precio referencial es muy bajo, inclusive se encuentra por debajo de lo indicado en el documento publicado en el SICP como antecedentes__dictamen_precio_uoc_rep_1650457100291.pdf.
ÍTEM 1.13 RATIFICACIÓN O RECTIFICACIÓN: Se consulta cual es el servicio que se requiere. ¿Sería un acta de intimación notarial?. En tal caso, el precio referencial no se ajusta.
ÍTEM 1.14 COPIAS DE ESCRITURAS PÚBLICAS: Se consulta cual es el servicio requerido, ya que también se visualiza el ítem expedición de testimonio.
ÍTEM 1.16 TESTIMONIOS: Se consulta cual es el servicio requerido, ya que también se visualiza el ítem expedición de testimonio.
Por último, consultamos su criterio respecto a los precios, si deben ajustarse a los aranceles vigentes o si consideran la disposición contenida en el Artículo 168º de la Ley Nº 6873. Si fuera afirmativo el primer caso, cuál sería el criterio de desempate?
Desde ya, agradecemos la atención que sabemos dispensarán a nuestras consultas. Las mismas servirán para la correcta formulación de la oferta y coadyuvarán en la buena marcha de la ejecución del contrato resultante.
Atentamente,