Suministros y Especificaciones técnicas

Las especificaciones técnicas del desayuno/merienda escolar, fueron elaboradas teniendo en cuenta las directrices emanadas en la Ley N° 5210/2014 de “Alimentación Escolar y Control Sanitario” la cual establece que la alimentación de los estudiantes deberá basarse en una dieta saludable y adecuada; comprender el uso de alimentos variados, inocuos, utilizando los grupos de alimentos establecidos en las Guías Alimentarias del Paraguay y reflejadas en la olla nutricional.

Los alimentos distribuidos deben ser inocuos y asegurar la calidad para su consumo. Deben ser procesados, envasados y transportados en condiciones adecuadas de higiene, a fin de evitar los peligros físicos, químicos o biológicos que pongan en riesgo la salud de los estudiantes. 

Especificaciones técnicas de la leche

  1. DESCRIPCIÓN GENERAL
  1. Denominación:

Leche entera UAT

 

  1. Definición:

Se denomina Leche UAT (Ultra Alta Temperatura ó Ultra High Temperture - UHT) a la leche homogeneizada, que ha sido sometida durante 2 a 4 segundos a una temperatura entre 130º C y 150º C, mediante un proceso térmico de flujo continuo, inmediatamente enfriada a menos de 32º C y envasada bajo condiciones asépticas en envases estériles y herméticamente cerrados.

El contenido de materia grasa del producto debe contener como mínimo 3,0% m/v.

 

  1. Presentación

El producto se presentará en envase tetra brik de 1000 cm3 o mL

 

  1. Ingredientes
  1. Obligatorios
  • Leche entera de vaca.
  1. Permitidos
  • No aplica
  1. No permitidos
  • No aplica

 

  1. Aditivos Alimentarios

Serán permitidos aquellos aditivos conforme a la Resolución MERCOSUR GMC/RES Nº 78/94 RTM de Identidad y calidad de leche UAT.

 

  1. Composición fisicoquímica y nutricional

               La composición fisicoquímica y nutricional, deberá estar expresada por 100 mililitros, por producto terminado listo para el consumo, según lo detallado en la Tabla 1 y Tabla 2.

 

Tabla 1: Composición fisicoquímica por100 mL de producto terminado listo para el consumo

Determinaciones

Límites de Aceptación

Materia Grasa % m/v

Min. 3,0

Acidez (g ác. Láctico/100 ml)

0,14 a 0,18

Densidad relativa a 15% C/15º C

Min. 1,028

Estabilidad al etanol 68% (v/v)

Estable

Extracto seco no graso % (m/m)

Min. 8,2

Descenso Crioscópico

ºH

Min. -0,530

Max. -0,550

ºC

Min. -0, 512

Max. -0,535

 

 

Tabla 2: Composición nutricional por 100 mL del producto terminado listo para el consumo

 

Nutriente

Mínimo

Máximo

Proteínas % (m/m)

3,0

--

 

  1. Especificaciones organolépticas del producto
  • Aspecto:  liquido
  • Color: blanco amarillento.
  • Olor: característico.
  • Sabor: agradable, exento de olores extraños (a rancio, quemado, crudo, solventes, etc.).

 

  1. Especificaciones microbiológicas

La leche UAT ó UHT, no debe contener microorganismos capaces de proliferar en ella en las condiciones normales de almacenamiento y distribución, por lo cual, luego de una incubación en envase cerrado a 35 - 37º C durante 7 días, debe cumplir con los requisitos establecidos en las Tablas 3 y 4.

 

Tabla 3: Requisitos microbiológicos para muestra representativa

 

Determinación

Categorización (I.C.M.S.F)

Criterios de aceptación

Aerobios Mesófilos/mL

10

n=5, c=0, m=100

Donde:

n          Número de unidades de un mismo lote, muestreadas aleatoriamente y analizadas individualmente.

c     Número máximo de unidades de muestra que pueden presentar valores entre m y M.

m  Límite de aceptabilidad.

M  Límite de rechazo.

 

Tabla 4: Requisitos microbiológicos para muestra indicativa

 

Determinación

Categorización (I.C.M.S.F)

Criterios de aceptación

Aerobios Mesófilos/mL (*)

10

100 UFC/ml

* Luego de una incubación a 35 - 37º C en envase cerrado durante 7 días.

La forma de expresar los resultados en la Tabla 3, de los valores de tolerancia para muestra indicativa y tolerancia del método utilizado, es la siguiente: UFC (Unidad Formadora de Colonia por mililitro de leche).

 

  1. ESPECIFICACIONES DEL ENVASE
  1. Especificaciones del envase individual.

El envase individual primario deberá ser de tetra brik de 1 Litro.

 

I. Rotulado general

El alimento deberá cumplir con lo establecido en la Resolución MERCOSUR GMC 26/03 RTM Para Rotulado de Alimentos Envasados.

El producto adjudicado en su envase individual primario, deberá tener impresa en letra en un tamaño no menor a 0,5 centímetros, las siguientes frases:

 

    • Nombre de la Institución: GOBERNACIÓN DE CORDILLERA
    • Nombre del Programa: COMPLEMENTO NUTRICIONAL VASO DE LECHE
    • DISTRIBUCIÓN GRATUITA PROHIBIDA SU VENTA
    • DENUNCIAS AL 021 4154000
          1. Rotulado nutricional:

El rotulado deberá cumplir con lo establecido en la resolución MERCOSUR GMC 46/03 RTM Para Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados y Resolución MERCOSUR GMC 47/03 RTM Para Porciones de Alimentos Envasados a los Fines del Rotulado Nutricional.

 

    1. Especificaciones del envase secundario
  • La caja contenedora del alimento debe ser de cartón corrugado o de otro material que no permita el deterioro del envase individual, con la parte superior e inferior lacradas, asegurando total inviolabilidad y protección de los alimentos en ella contenidos.

La caja contenedora deberá ser resistente al apilamiento, según instrucciones del fabricante.

 

          1. Especificaciones del rotulado del envase secundario

Deberá indicarse en lugar bien visible, en letra de tamaño no menor a 1 centímetro:

 

    1. Nombre de la Institución: GOBERNACIÓN DE CORDILLERA
    2. Nombre del Programa: COMPLEMENTO NUTRICIONAL VASO DE LECHE
    3. DISTRIBUCIÓN GRATUITA PROHIBIDA SU VENTA

 

  1. REGISTROS SANITARIOS

El Oferente, al momento de la presentación de la oferta, deberá contar con los siguientes registros expedidos por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (I.N.A.N.):

  • Registro de Establecimiento (R.E. Nº.) de la empresa elaboradora.
  • Registro Sanitario de Producto Alimenticio (R.S.P.A Nº.)

No se aceptarán constancias de documentos en trámite.

 

  1. REQUISITOS DOCUMENTALES

Los Oferentes deberán presentar obligatoriamente con la oferta los siguientes requisitos:

    1. Declaración jurada de la composición química y aporte de nutrientes del producto terminado que avale el cumplimiento de las especificaciones técnicas, conforme al Formulario incluido en la Sección VI. La no presentación de la declaración jurada será motivo de descalificación técnica.
    2. Declaración jurada del proveedor del envase primario y secundario que avale el cumplimiento del espesor solicitado o en su defecto un informe de ensayo del INTN sobre el cumplimiento de dicho requisito.
    3. Certificado Internacional de análisis de peligros y puntos críticos de control según los requisitos del protocolo BPM del elaborador de los productos ofertados.

 

  1. REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA LA RECEPCIÓN DEL PRODUCTO.

Al momento de la recepción en los establecimientos escolares no se aceptarán:

  • Productos que hayan alcanzado el 30% de su lapso de aptitud, conforme a su fecha de vencimiento declarada en el rótulo.
  • Productos cuyos envases se encuentren rotos, abombados, sucios o averiados.

 

  1. Transporte

El transporte de los productos deberá realizarse en condiciones que garanticen su inocuidad y su conservación hasta su destino.

El oferente deberá contar con Medios de transportes propios o tercerizados, debidamente habilitados por la autoridad competente de acuerdo al uso, en cantidad suficiente para dar cumplimiento al plazo de entrega y al volumen requerido para el suministro, entrega y descarga en sitio de los alimentos. Deberá contar con medios de transporte debidamente habilitado por SENACSA para trasportar productos lácteos, en cantidad suficiente 3 (tres) como mínimo con una capacidad de carga mínima de 5.000 kilos para dar cumplimiento al plazo de entrega y al volumen requerido para el suministro, entrega y descarga en sitio de los alimentos. Presentar copia autenticada del Certificado de Habilitación Senacsa, Cedula Verde, Dinatran y Habilitación Municipal de cada una de las unidades. En caso de que los vehículos sean alquilados se deberá acompañar además de las documentaciones arriba requeridas, contrato de alquiler con certificación de firma ante Escribanía Pública.

 

  1. REFERENCIAS
  • RESOLUCIÓN MERCOSUR GMC/RES Nº78/94 Identidad y calidad de Leche UAT.
  • Norma Paraguaya NP Nº 25 034 84 LECHE. Leche Esterilizada. Requisitos Generales. Última Edición.

 


 

Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos

Especificaciones técnicas de los alimentos sólidos: NO APLICA 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • El Señor Hugo Alberto Fleitas Ovelar, Gobernador del Departamento de Cordillera, ha solicitado la realización de Llamado a la Unidad Operativa de Contrataciones a través de la secretaria de Educación.
  • La solicitud obedece a la necesidad de proveer los alimentos necesarios para la provisión del servicio de Merienda Escolar en las Instituciones Educativas del Departamento que son primordiales para la correcta alimentación y nutrición de los estudiantes, factor fundamental para el desarrollo cognitivo de los mismos
  • Este procedimiento se trata de un llamado periódico cuyas Especificaciones técnicas han sido elaboradas de acuerdo con las exigencia estipuladas y aprobadas por el Ministerio de Educación y Ciencias por medio de la Dirección de Alimentación Escolar.

Plan de entrega de los bienes

 

Ítem

Descripción del Bien

Cantidad Total a entregar

Plan de Entrega (indicar periodo y cantidad)

Días y horario de distribución

Lugar de entrega Responsable de la recepción de los bienes

Periodo (semanal, mensual, trimestral, semestral)

Cantidad

1

leche 

1.492.880

Mensual - entregados en las Escuelas beneficiadas, conforme al siguiente calendario:
ENTREGA:
1ra. etapa: mes de marzo y mayo
2da. etapa: junio y julio
La empresa adjudicada realizará cada entrega, dentro de los 28 días hábiles, contados a partir de la recepción de la NOTA emitida por la Secretaría de Educación de la Convocante.

332

De lunes a viernes de 07:00hs hasta 17:00hs

Los productos serán entregados en las Escuelas beneficiadas, conforme al cronograma de entrega

Director/a; Encargado/a de Despacho de la Institución

Control de calidad

 

 

Los alimentos deberán ser distribuidos en condiciones adecuadas, de tal forma que ofrezcan las garantías de inocuidad para la salud de los estudiantes, para ello:

a) Durante la ejecución del contrato los alimentos incluidos en el desayuno/merienda escolar estarán sujetos a controles aleatorios por parte la autoridad sanitaria competente, o a pedido de la contratante, a través de la autoridad competente u otro laboratorio oficial.

b) La toma de muestras podrá ser realizada en el establecimiento del proveedor y en las instituciones educativas; y los costos de los análisis microbiológicos, físico-químicos organolépticos y/o nutricionales serán asumidos por el Proveedor.

c) En caso de constatarse incumplimientos con relación a parámetros microbiológicos, físico-químicos organolépticos y/o nutricionales establecidos en normativas vigentes, se actuará conforme a lo establecido en el contrato y la normativa vigente aplicable.

La fiscalización básica del servicio estará a cargo del Director y/o la/s persona/s autorizadas por el Director de cada institución educativa, debiendo informar a las instancias correspondientes sobre cualquier irregularidad en que incurra el proveedor.

Procedimiento para la ejecución del contrato

1. Una vez firmado el contrato, y cuando se trate de productos cuyas especificaciones técnicas requieran de la entrega de la Certificación del primer lote (Leche Entera UAT y Leche Entera Enriquecida UAT), el Proveedor deberá remitir a la Contratante en un plazo máximo de 15 días la Certificación de conformidad del primer lote con el cual se garantiza el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas requeridas, otorgado por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).

2. Una vez recepcionada la mencionada Certificación, la contratante procederá a la emisión la/s Orden/es de Compra correspondiente/s de acuerdo a las prioridades Institucionales en las cuales se detallarán las cantidades a ser entregadas a cada distrito conforme al Cronograma de Entrega.

3. Para los productos que no requieren de certificación previa para el inicio de la entrega, la Contratante expedirá la orden de compra conforme a las fechas establecidas en el Cronograma de Entregas.

4. Una vez recepcionada la Orden de Compra por el Proveedor este realizará la entrega de los productos según el Cronograma establecido. Todos los productos entregados estarán sujetos a los procedimientos de constatación de la calidad aleatorios que se establezcan en este documento.

5. Una vez que el proveedor realice las entregas, deberá remitir vía nota a la Contratante las documentaciones (Facturas, Notas de Remisión, Actas de Recepción de Entrega y Notas de Recepción Institucional), con la firma del/os funcionario/s autorizados que hayan recepcionado el/los producto/s, a los efectos de certificar los datos (Cantidades y Firmas) de los mismos. De no contar con reparos, dichas documentaciones proseguirán con los trámites administrativos correspondientes.

6. El cronograma de Entrega podrá estar sujeto a modificaciones, previa justificación correspondiente y únicamente con la Autorización de la Convocante.

7. La entrega de los productos deberá realizarse en el horario de atención de la Institución Educativa (de lunes a viernes de 7:00hs a 11:00hs y de 13:00hs a 17:00hs)

8. En caso de asueto, feriado o cualquier otro motivo conocido y probado en virtud del cual las clases estén suspendidas, el proveedor no estará obligado a proveer el bien, ni la institución educativa a recibirlo. En tales casos, la orden de compra y/o servicios quedará invalidada para los días en que no hubo clases, previa comunicación a la empresa proveedora.

9. No se aceptarán lotes de alimentos cuya fecha de vencimiento sea inferior a lo establecido en las especificaciones técnicas de cada producto, contados a partir de la entrega en los distintos puntos de destino.

Indicadores de Cumplimiento

El documento y las condiciones requeridas para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

DICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

(se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Nota de Remisión / Acta de recepción 1

Nota de Remisión / Acta de recepción

Febrero 2022

Nota de Remisión / Acta de recepción 2

Nota de Remisión / Acta de recepción

Marzo 2022

Nota de Remisión / Acta de recepción 3

Nota de Remisión / Acta de recepción

Abril 2022

Nota de Remisión / Acta de recepción 4

Nota de Remisión / Acta de recepción

Mayo 2022

Nota de Remisión / Acta de recepción 5

Nota de Remisión / Acta de recepción

Junio 2022

Nota de Remisión / Acta de recepción 6

Nota de Remisión / Acta de recepción

Julio 2022

Nota de Remisión / Acta de recepción 7

Nota de Remisión / Acta de recepción

Agosto 2022

Nota de Remisión / Acta de recepción 8

Nota de Remisión / Acta de recepción

Septiembre 2022

Nota de Remisión / Acta de recepción 9

Nota de Remisión / Acta de recepción

Octubre 2022

Nota de Remisión / Acta de recepción 10

Nota de Remisión / Acta de recepción

Noviembre 2022

Nota de Remisión / Acta de recepción 11

Nota de Remisión / Acta de recepción

Febrero 2023                                                                

Nota de Remisión / Acta de recepción 12

Nota de Remisión / Acta de recepción

Marzo 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción13

Nota de Remisión / Acta de recepción

Abril 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 14

Nota de Remisión / Acta de recepción

Mayo 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 15

Nota de Remisión / Acta de recepción

Junio 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 16

Nota de Remisión / Acta de recepción

Julio 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 17

Nota de Remisión / Acta de recepción

Agosto 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 18

Nota de Remisión / Acta de recepción

Septiembre 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 19

Nota de Remisión / Acta de recepción

Octubre 2023

Nota de Remisión / Acta de recepción 20

Nota de Remisión / Acta de recepción

Noviembre 2023

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. Considerando que la modalidad de ejecución es por contrato abierto, se efectuará por las cantidades máximas solicitadas en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades  mínimas establecidas.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

Cuando la convocante deba disminuir cantidades a ser adjudicadas, no podrá modificar las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

 

 

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La Convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

Documentos comunes
  1. Para el transporte de los ingredientes de origen animal el/los vehiculo/s deberá/n poseer habilitación de SENACSA.
  2. Para el transporte de los ingredientes de origen vegetal el/los vehiculo/s deberá/n poseer habilitación de SENAVE. 
  3. Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos.

4. Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos.

5. Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social.

6. Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS

7. Documento que acredite la “Capacitación en Buenas Prácticas de Manufactura” vigente, emitido por el INAN.

A. Personas Físicas / Jurídicas

8. En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.

9. Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato. 

B. Documentos. Consorcios

10. Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos en los apartados precedentes.

11. Original o fotocopia del consorcio constituido

12. Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.

13. En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.