El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Direccion de Transporte Terrestre, Aereo y Fluvial, a cargo del Sr. Edgar Barrio Director de dicha dependencia
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
a. Rango de alimentación de 9 (o inferior) a 32 (o superior) V DC, detección automática.
b. Como mínimo 2 entradas digitales y 1 salida digital protegida por fusible.
c. GPS: 50 canales, como mínimo.
d. Batería interna incorporadas con duración mínima de 8 hs.
e. Antenas GPS y GSM incorporadas.
f. Actualización remota vía OTA.
g. Detección de bloqueadores de GPS.
h. Detección de accidentes.
i. Modo de ahorro de energía
j. Debe cumplir con el Grado de Protección Norma IP 64 o superior.
k. Protección electrónica contra sobre voltaje y alimentación inversa
l. El equipo deberá informar:
l.1 Posiciones automáticamente en un rango de 30 segundos o menos 50 metros o menos y por angulo de giro configurable.
l.2 Violación de estacionamiento o remolque
l.3 Desconexión de batería
l.4 Batería baja del vehículo
l.5 Batería baja del dispositivo GPS
3. Funcionalidades del Software o Plataforma para el Rastreo Satelital
El software deberá poseer como mínimo las siguientes funcionalidades:
En caso de inconvenientes técnicos de los equipos instalados, la empresa proveedora de los servicios deberá reemplazarlos en un plazo no mayor a tres (03) días hábiles, desde el momento de la denuncia del desperfecto.
El Administrador del Contrato será responsable en el caso de que los dispositivos GPS sean violentados o se extravíen, y deberá reponer el costo del equipo al prestador para reiniciar el servicio en el móvil cuyo GPS fue inutilizado.
El contratista deberá realizar la capacitación de los funcionarios, que serán responsables del trabajo de operación y monitoreo, y los mismos serán designados por la Contratante, en cualquier momento dentro de la vigencia del contrato.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
NO APLICA
El Administrador del Contrato, emitirá Órdenes de Servicio detallando los móviles y el lugar de instalación.
Plazo de Entrega e Instalación: Conforme a la cantidad de móviles a ser consignados en las Órdenes de Servicio, los plazos máximos son los siguientes:
La Contratista deberá tener capacidad de instalación 20 móviles o más en 8 horas hábiles. (Hora hábil de 8 A.M. a 4 P.M. de días hábiles
OBSERVACIONES:
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
ENERO xx |
Nota de Remisión / Acta de recepción 2 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
FEBRERO xx |
Nota de Remisión / Acta de recepción 3 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
MARZO xx |
Nota de Remisión / Acta de recepción 4 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
ABRIL xx |
Nota de Remisión / Acta de recepción 5 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
MAYO xx |
Nota de Remisión / Acta de recepción 6 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JUNIO xx |
Nota de Remisión / Acta de recepción 7 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
JULIO xx |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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