Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 *-Idioma de los Catálogos Técnicos. En el PBC, sección Datos de la Licitación, apartado Idioma de la Oferta, se solicita: La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: No Aplica. Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original y estandarizado de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro, esto permitirá la participación de un mayor número de oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas; y lo establecido específicamente en el inciso d) indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios, lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 26-04-2022 16-05-2022
2 *-Experiencia Requerida. En el PBC, sección Datos de la Licitación, apartado Visita al Sitio de Ejecución del Contrato, se establece: La convocante dispone la realización de una visita al sitio con las siguientes indicaciones: No Aplica. Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea habilitada la Visita técnica a los sitios de los trabajos requeridos, con el acompañamiento de los funcionarios técnicos de la Institución con acabado conocimiento del proyecto, de forma a brindar mayor información y dar a conocer con mayor detalle las condiciones de las instalaciones e infraestructura existentes, a fin de que los oferentes puedan dimensionar correctamente los bienes y servicios a considerar para la propuesta. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 53 del decreto nro 2992/19: …En el pliego de bases y condiciones, las Convocantes podrán establecer la realización de una visita al sitio con indicaciones de fechas, horas y procedimiento, a los efectos de que el Oferente visite e inspecciones el sitio y sus alrededores, para obtener toda la información que pueda ser necesaria para la preparación de la oferta… Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 26-04-2022 16-05-2022
3 *-Experiencia requerida. En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Experiencia Requerida, se solicita: 2. El Oferente deberá poseer experiencia e idoneidad en la colocación y puesta en funcionamiento de Cableado Estructurado de Edificios y/o campus y/o montaje de data center, para lo cual deberá presentar copias de contratos y/u órdenes de compra/servicios y/o facturas, cuyos montos o volúmenes deberán ser iguales o superiores al 50% (cincuenta por ciento) del monto máximo ofertado. Las copias de contratos y/u órdenes de compra/servicios y/o facturas podrán presentar años comprendidos entre los (4) últimos años (2018-2019-2020- 2021). Si el oferente presentase documentaciones que lleguen o superen el monto indicado en uno o dos de los años solicitados la acreditación será considerada como cumplida. Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptada la experiencia en la colocación y puesta en funcionamiento de Cableado Estructurado de Edificios y/o campus y/o montaje de data center por un monto equivalente al 40% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los (10) últimos años (2012-2013-2014-2015-2016-2017-2018-2019-2020- 2021), de forma a permitir la participación de un mayor número de empresas del sector de Infraestructura de Red de Datos y Datacenter que cuentan con una mayor trayectoria en el rubro y que cuentan con la capacidad y experiencia idóneas para la provisión de los suministros y ejecución de los servicios requeridos. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 26-04-2022 16-05-2022
4 *-Capacidad Técnica. En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Capacidad Técnica, se solicita: El oferente deberá contar con certificación ISO 9001 o certificación equivalente en Comercialización y provisión de productos y Servicios Tecnológicos referentes al ramo informático, para garantizar estándares internacionales de calidad y servicio para cumplimiento de garantía y servicio post venta. Se deberá presentar copia de certificación. Al respecto de la certificación solicitada, resaltamos a la convocante que en el Pliego de Bases y Condiciones ya se encuentran estipulados elementos suficientes e irrefutables para garantizar y avalar que los bienes y servicios serán ejecutados de manera satisfactoria por parte del oferente, en los requerimientos de Experiencia y Capacidad Técnica. Solicitamos a la convocante la EXCLUSIÓN del requisito relacionado a que la empresa oferente deba poseer Certificación ISO 9001 ya que, tal como hemos evidenciado, existen requerimientos suficientes insertos en el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES a los efectos de que la convocante tenga garantizada la calidad de los servicios a serles prestados y en consecuencia, dicho requerimiento deviene como TÉCNICAMENTE NO INDISPENSABLE a más que tal requerimiento es claramente restrictivo a la participación de empresas del rubro, con amplia experiencia y trayectoria en relación a los servicios requeridos en el objeto licitado, más que no cuentan con la certificación ISO 9001; dado que si se analiza con detenimiento y con base en fuentes existentes, la Certificación ISO tal como lo indican sus siglas en inglés lnternational Organization for Standardization , en español Organización Internacional de Estandarización, contempla normas de aplicación de la gestión de calidad, en donde se establecen estándares para áreas específicas y concretas en donde se quiere garantizar la calidad de un producto o servicio determinado inherente al producto. AI no ser de producción Nacional los bienes sobre los cuales versa este llamado, la validez relevante debe ser el cumplimiento de la Certificación ISO 9001 y todas las demás normas por parte del Fabricante de los equipos. Amén de esto; la certificación ISO o su adopción por una empresa, si bien es una Certificación que avala la calidad en los procesos que una determinada empresa requiere que sean validados, es opcional y no deviene de alguna imposición legal a la cual las empresas del rubro estén constreñidas indefectiblemente, por lo que no se puede considerar la obligatoriedad de contar con la certificación en cuestión. De mantener este requisito, la Convocante estaría incurriendo en una desigualdad de oportunidades dentro de sus bases concursales para empresas con trayectoria no solo en el ámbito de la Provisión de cableado estructurado y/o datacenters. Por lo expuesto, de insistir con mantener dicho requisito no se aplicaría lo establecido en el Artículo 4to. Inciso b) Igualdad y Libre Competencia, donde se indica claramente cuanto sigue: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones ADMINISTRATIVAS, este en posibilidad de participar SIN RESTRICCION Y EN IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PUBLICA. Por lo tanto, exponemos cuanto sigue: Al exigir ISO 9001 al oferente, no se cumple con lo dispuesto en el Art. 4to inciso b), pues es una disposición administrativa limitativa que busca beneficiar a un oferente específico y no sería legal, pues no existe una ley que indique que si un oferente no cumple con una norma ISO no puede presentarse a una contratación pública con el Estado Paraguayo, contrariando lo establecido en normativa vigente de contrataciones públicas y hasta en la misma Constitución Nacional, la cual prohíbe el monopolio comercial. Por tanto, se solicita la eliminación de dicho requisito. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 26-04-2022 16-05-2022
5 *-Especificaciones Técnicas. En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado 3. TABLA DE SUCURSALES Y CAC, se solicita: Cantidad de Puestos. Al respecto solicitamos a la Convocante aclarar a qué se refieren estas cantidades; si son puestos eléctricos o puestos de red de Datos de las Áreas de trabajo, la consulta es cursada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 26-04-2022 16-05-2022
6 *-Especificaciones Técnicas. En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado 3. TABLA DE SUCURSALES Y CAC, se solicita: Puntos Totales para prever. Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar que se refiere a Puntos de red Categoría 6 que deben ser instalados en las áreas de trabajo de las distintas sedes, la consulta es realizada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 26-04-2022 16-05-2022
7 *-Especificaciones Técnicas. En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado 4. LISTADO DE BIEN Y SERVICIO REQUERIDO: ítem CARACTERÍSTICAS GENERALES QUE DEBE CUMPLIR EL FABRICANTE DE LOS COMPONENTES, se solicita: Los productos que conforman el canal en cobre deberán ser del mismo fabricante con el objetivo de garantizar la interoperabilidad y desempeño óptimo entre los productos, además de permitir ofrecer garantía extendida mínimamente por 20 años. Al respecto, solicitamos amablemente a la Convocante que la garantía extendida exigida de los productos del canal en cobre mínimamente por 20 (veinte) años sea de carácter opcional o de preferencia y sea aceptada una garantía mínima de 1 (año) en los productos del canal en cobre, atendiendo que es el período de garantía proporcionada de manera estandarizada por la mayoría de los diferentes fabricantes. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante, y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: …no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas… y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 26-04-2022 16-05-2022
8 PLAN DE ENTREGA DE LOS BIENES Y SERVICIOS Al respecto solicitamos a la Convocante que sea extendido el plazo de entrega en al menos 180 días calendarios, posterior a la firma del contrato, considerando los prolongados períodos de tiempo que son necesarios para la fabricación e importación de estos materiales y componentes, que como se sabe son la consecuencia de la situación a nivel mundial, que afectan en la entrega de las las fabricas las que se ven afectadas por la falta de componentes y los periodos de tiempo en la importación y despachos, transporte y disponibilidad que afectan toda la logisticca y debido a ello los retrasos. De esta manera, se permitirá además, la participación de un mayor número de fabricantes y oferentes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: …Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley. 28-04-2022 16-05-2022
9 Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Capacidad Técnica LPN Nro. /22 CABLEADO ESTRUCTURADO DE RED CAT Y CABLEADO ELECTRICO ID 404.907 Requerimientos del PBC: • En el PBC, sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación, apartado Capacidad Técnica, se solicita: El oferente deberá contar con certificación ISO 9001 o certificación equivalente en Comercialización y provisión de productos y Servicios Tecnológicos referentes al ramo informático, para garantizar estándares internacionales de calidad y servicio para cumplimiento de garantía y servicio post venta. Se deberá presentar copia de certificación. Consulta: Que tomando en cuenta las siglas ISO 9001, esta Certificación ISO indican sus siglas en inglés: INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION, en español, seria Organización Internacional de Estandarización, y según el Nro. 9001, esta tiene previsto contemplar el cumplimiento de Normas Administrativas de aplicación de la gestión de calidad. En otras palabras, esta certificación o Norma ISO 9001/2015, si bien refieren gestión de calidad, en su aplicación práctica de parte de la Empresa detona la certificación de diversos procesos administrativos como ser: 1- Alcance, 2- Referencias Normativas, 3- Términos y definiciones, 4- Contextos de Organización, 5- Liderazgo, 6- Planificación, 7- Soporte, 8- Operación, 9- Evaluación de Desempeño, 10- Mejora. En las 10 normas a ser desarrolladas o ejecutadas por las empresas certificadas con el ISO 9001, la empresa aplica de forma estandarizada sus procesos administrativos, recalcando que en dicho proceso, no se tiene previsto nada vinculado con garantía o servicio post venta. El presente llamado convocado por el BNF-CABLEADO ESTRUCTURADO DE RED CAT Y CABLEADO ELECTRICO ID 404.9078, requiere: ADQUISICIÓN Y MONTAJE DE EQUIPAMIENTOS DE RED Y ELECTRICO PARA TODAS LAS SUCURSALES Y CAC DEL BNF Esta contratación incluye: 1) Instalación eléctrica, instalación de Cableado Estructurado de Red y puesta en funcionamiento de los equipos. 2) ALCANCE Sucursales y CAC del BNF: 3) Este proyecto contempla la renovación tecnológica de los locales del BNF en donde funcionan las sucursales y CAC, a fin de garantizar la óptima instalación de los equipamientos de red. 4) Rack: corresponde a un rack de 12U del tipo cerrado pivotante, que permita alojar los equipos de red como ser: 5) Router, Accesorio de distribución de energía, 6) IP-PBX y otros dispositivos de red de la sucursal. 7) El mismo deberá asegurar el acceso a los equipos para su protección, ver especificaciones técnicas. 8) Cableado estructurado: 9) Corresponde a la provisión e instalación de un cableado estructurado según normas internacionales que avalen la calidad y deberá ser mínimamente de 6, según especificaciones técnicas según las cantidades definido en el cuadro adjunto. 10) Cableado eléctrico: Corresponde a la provisión e instalación de un cableado eléctrico para los equipos a ser instalados con un circuito eléctrico independiente y debidamente dimensionados. 11) Sistema de puesta a tierra: Corresponde a la provisión e instalación de un sistema puesta a tierra para la protección de los equipos de las sucursales y CAC, según especificaciones técnicas. El oferente deberá prever los materiales necesarios para el correcto funcionamiento de la solución. Marco General El proyecto de reingeniería de la infraestructura tecnológica ha sido desarrollado por la GATI del BNF y comprende la restructuración total del sistema de comunicación de las distintas Sucursales y CAC descriptos en el proyecto de alcance. Otro punto a destacar es que los productos a ser instalados (cableado estructurado, cableado eléctrico) no son productos/bienes de producción Nacional, es decir la convocante debería darle mayor validez al cumplimiento de la Certificación ISO 9001, por parte del Fabricante de los equipos/bienes, (objeto del presente llamado=cableado estructurado), Ya que como se encuentra previsto, la convocante toma como criterio de selección, a que aquellas empresas que tengan certificado sus procesos administrativos internos, descuidando a los más resaltantes que son los bienes y servicios a ser instalados, que precisan cumplir con las normas internacionales y cumplan con las garantías. Es decir, lo que se demuestra que con este requisito: El oferente deberá contar con certificación ISO 9001 o certificación equivalente en Comercialización y provisión de productos y Servicios Tecnológicos referentes al ramo informático, para garantizar estándares internacionales de calidad y servicio para cumplimiento de garantía y servicio post venta. Se deberá presentar copia de certificación. Con el citado requisito, no se cumplen con los requisitos del PBC: para garantizar estándares internacionales de calidad y servicio para cumplimiento de garantía y servicio post venta. Por ello dicha certificación no solo se limita la participación de las empresas oferentes, que cuentan con amplia experiencia y trayectoria en relación a los servicios requeridos, sino que además es innecesario, ya que con esta la convocante no consigue ninguna garantía o certificación de los productos/ insumos (cableado estructurado, cableado eléctrico) que cumplan estándares internacionales. Por lo que solicitamos la exclusión del PBC. Igualmente este criterio de selección atenta claramente contra el Art.4 de la Ley 2051/03 Inciso b) Igualdad y Libre Competencia, que refiere: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, este en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. La convocante al momento de la elaboración del PBC; debe ajustar sus EETT a lo reglado por el Art. 20 de la Ley 2051/03: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes. En conclusión; De mantenerse este requisito, la convocante estaría incurriendo en una desigualdad de oportunidades dentro de sus bases concursales para empresas con trayectoria no solo en el ámbito de la Provisión de cableado estructuradas y/o datacenters, por ello solicitamos la modificación o eliminación de esta solicitud en base a lo expuesto ya que es muy limitativa y no técnicamente indispensable. 28-04-2022 16-05-2022
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