Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
21-12-2021 - 15:48
Fecha de Fin
23-12-2021 - 12:25
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1) PBC - FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO: Se visualiza inconsistencia en la forma de pago establecida, en el sistema establecen (MENSUAL), y en el PBC en el punto FORMAS Y CONDICIONES DE PAGO figura (El pago del suministro será efectuado dentro de los 30 días posteriores a la presentación…) lo indicado hace referencia a plazos, con el fin de evitar confusiones innecesarias, solicitamos unificar la forma de pago a ser utilizada.// 2) Fecha tope de consulta: No se ajusta a los 3 días indicados en la normativa vigente. Art. 24 – Resolución DNCP N°5695/19. //

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD TECNICA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
No establece criterio para el documento establecido
Descripción
Se solicita establecer el criterio de evaluación de la documentación solicitada.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.