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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
edboy
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
14-12-2021 - 12:20
Fecha de Fin
17-12-2021 - 09:15
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1) Fecha tope de consulta: No se ajusta a los 3 días indicados en la normativa vigente. Art. 24 – Resolución DNCP N°5695/19. // 2) Teniendo en cuenta los bienes que desean adquirir y de manera a agilizar el proceso de compra, recordamos a la convocante que se encuentra vigente la Tienda Virtual de la DNCP, sugerimos a la convocante, revisar los bienes disponibles para la compra, ya que los mismos pueden ser adquiridos mediante la emisión de órdenes de compra sin la necesidad de realizar un proceso de licitación.// 3) Conforme a lo dispuesto en la Circular DNCP N.º 14/ 2021, solicitamos a la convocante la remitir el Acuerdo y Sentencia donde se visualiza la remisión del acto administrativo de proclamación de dichas autoridades.// 4) Solicitamos a la convocante adecuar en la descripción del llamado, desde el PAC, conforme lo establecido la Resolución DNCP N°3575/2018 “POR LA CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, CON CRITERIOS SUSTENTABLES, DE RESMAS DE PAPEL, A SER UTILIZADOS POR LOS ORGANISMOS, ENTIDADES, MUNICIPALIDADES EN LOS PROCESOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS REGIDOS POR LA LEY 2051/03 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.” (se sugiere adecuarse como mínimo, a todos los puntos donde se indica que es de cumplimiento obligatorio, ejemplo: el título del llamado, especificaciones técnicas de las remas de papel, además se solicita la inclusión en la pro forma de contrato una cláusula de cumplimiento, colocación de la leyenda: MATERIAL DE LlClTAClÓN- PROHIBIDA SU VENTA- REPÚBLICA DEL PARAGUAY como complemento de las especificaciones técnicas etc.).//

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Los bienes deben ser adquiridos a través de la tienda virtual
Descripción
En virtud de la Resolución DNCP N° 1399/20 se solicta que los bienes sean adquiridos a través de la Tienda Virtual

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta remisión de resolución que aprueba el llamado
Descripción
Del análisis de los documentos remitidos a través del SICP, se verifica que no ha sido remitido el acto administrativo de la autoridad competente de la Convocante que aprueba el llamado. Se solicita tal omisión sea subsanada, para la publicación del llamado.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Especificaciónes Técnicas
Situación
Falta leyenda “MATERIAL DE LICITACIÓN - PROHIBIDA SU VENTA- REPÚBLICA DEL PARAGUAY”
Descripción
Se solicita se incluya el requisito que establezca la obligación de incorporar obligatoriamente la leyenda “MATERIAL DE LICITACIÓN - PROHIBIDA SU VENTA- REPÚBLICA DEL PARAGUAY” en la pared frontal, en un lugar visible y legible de cada embalaje de resma de papel, sin que afecte y/o cubra las informaciones relativas a las especificaciones técnicas, conforme a los modelos y dimensiones indicados en el Anexo III de la Resolución DNCP 3575/18.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.