Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior, el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:

Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.

Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el Sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del Sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y

Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el Sistema Electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.

Requisitos de Calificación

Calificación Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

           El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora de la etapa competitiva.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)

5. Declaración jurada por la que el oferente garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores dependientes y como prestador de servicios para el Estado.
6. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19, entendiéndose que dicha constancia, para llamados convencionales, debe tener fecha de hasta como máximo la fecha de presentación de la oferta física y para llamados por Subasta a la Baja Electrónica, la fecha de hasta como máximo del inicio de la etapa competitiva. Son sujetos obligados conforme a la Ley, las personas físicas y jurídicas, así como los accionistas, directores, socios gerentes y similares de éstas. (**)
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)
9. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**)

10. Documentos legales 

10.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

  • Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta.(*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC. (*)
  • En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

10.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC.
  • Fotocopia simple de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la sociedad.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)
  • Copias autenticadas de las Constancias del Registro de Personas y Estructuras Jurídicas, y las Constancias del Registro de Beneficiarios Finales, dispuestas por la Ley N° 6446/2019, Decreto Reglamentario N° 3241 del 10/01/2020 y la Resolución N° 202/2020 del 17/09/2020 de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes SEPRELAD.

10.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

       4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):

  1. Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  2. Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.
  • Copias autenticadas de las Constancias del Registro de Personas y Estructuras Jurídicas, y las Constancias del Registro de Beneficiarios Finales, dispuestas por la Ley N° 6446/2019, Decreto Reglamentario N° 3241 del 10/01/2020 y la Resolución N° 202/2020 del 17/09/2020 de la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes SEPRELAD.

Observación: El Margen de Preferencia Local - NO APLICA considerando que el Banco Nacional de Fomento tiene su domicilio en la ciudad de Asunción, capital de la República del Paraguay, la cual no pertenece a ningún Departamento según el Art. 157 de la Constitución Nacional, por ende el presupuesto o la condición prevista en el Art. 64 del Decreto, en los llamados que realice el Banco Nacional de Fomento no se presenta en ningún caso. Para tal efecto mencionamos las Resoluciones DNCP 306/2021 y 511/2021, para lo que hubiera lugar

 

Para los oferentes consorciados: el socio líder y cada socio deberá como mínimo cumplir con los siguientes porcentajes:

  1. CAPACIDAD FINANCIERA

70% del requisito mínimo

  1. EXPERIENCIA Y CAPACIDAD TÉCNICA

70% del requisito mínimo

  1. CALIFICACIÓN LEGAL

El socio líder y cada socio deberá cumplir con el 100% de lo exigido

 

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva. 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

a. Para contribuyente de IRACIS/IRE RG
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2018, 2019 y 2020)
b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los años (2018, 2019 y 2020)
c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio de los años (2018, 2019 y 2020) no deberá ser negativo
b. Para contribuyente de IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2018, 2019 y 2020)
c. Para contribuyente de IRP/IRP RSP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2018, 2019 y 2020)
d. Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso)
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años (2018, 2019 y 2020)
Los oferentes al efecto de lo anteriormente señalado, deberán presentar los documentos que se indican en los requisitos
documentales.
Observación: Si en alguno de los tres años, o los tres años presentados por la Empresa, su pasivo es igual a 0, se considerará el Ratio de Liquidez igual a 1 y se dará por cumplido el Ratio de Endeudamiento.
Esta salvedad en el PBC hace posible calcular el promedio del índice de liquidez de los 3 (tres) ejercicios analizados, debido a que se otorga un valor que puede ser promediado.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

  1. Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la fecha de inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE
  1. Balance General y Cuadro de Estado de Resultados de los tres años (2018, 2019 y 2020) para contribuyente de IRACIS/IRE RG
  1. IVA General de 36 (treinta y seis) meses (2018, 2019 y 2020), para contribuyentes sólo del IVA General
        d. Formulario 106 IRPC, Formulario 501 IRE Simple de los 3 (tres) años (2018, 2019 y 2020) para contribuyentes del IRPC/IRE SIMPLE o IRACIS/IRE SIMPLE.
        e. Formulario 104 IRP, Formulario 515 IRP-RSP de los 3 (tres) años (2018, 2019 y 2020) para contribuyentes de IRP/IRP-RSP

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Las empresas deberán demostrar la experiencia en la provisión de servicios de seguridad y vigilancia, demostrados con la presentación de contratos, facturas, y/o recepciones finales de los mismos equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 3 años (2018, 2019 y 2020)


Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

1. Copia de contratos, facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.

Capacidad Técnica

Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:

  1. El oferente deberá contar con referencias satisfactorias de clientes, como mínimo 3 (tres), formalizadas por notas que contengan la debida identificación y suscripción del emisor de haber proveído el servicio de seguridad y vigilancia, durante los últimos 3 (tres) años (2018, 2019, 2020), expedidas por Instituciones Públicas y/o Privadas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales.
  2. El oferente deberá estar legalmente habilitado, debiendo acreditar esto con la presentación de la Resolución de Habilitación para el funcionamiento de la empresa como prestadora del servicio ofertado, dictada por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada del Departamento contra Delitos Económicos y Financieros de la Policía Nacional, de conformidad al art. 10 de la Ley N° 5424/15 y al art. 12 de la Resolución 02/16 de la Comandancia de la Policía Nacional.
  3. Los guardias de la oferente deben estar capacitados por el Departamento de Delitos Económicos y Financieros - División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines del Departamento de Delitos Económicos y Financieros de la Policía Nacional. Al efecto deberá presentar constancia con certificado de formación y adiestramiento de guardia privado de la policía nacional, dirección de hechos punibles económicos y financieros -departamento especializado en el control de empresa de seguridad privada, conforme a la ley 5424/15; y el carnet respectivo por cada guardia.
  4. Los guardias de la oferente deberán haber sido capacitados en el uso de armas de fuego en cursos habilitantes en Instituciones legalmente habilitadas, debiendo presentar el Certificado expedido por las mismas sobre Manejo Seguro de Armas de Fuego, conforme al Art. 70° de la Ley Nº 4036/10 De Armas de Fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines.
  5. Permiso de portación de cada arma de fuego otorgada por el Departamento de Portación de Armas de la Policía Nacional. Asimismo, se deberá acompañar el listado de carnet de portación de armas de conformidad al art. 11 de la Ley 5424/15 y a los arts. 13 y 14 de la Resolución N° 02/16 de la Comandancia de la Policía Nacional.
  6. Los guardias de la Oferente deberán ser egresados de un Instituto de Formación de Guardia Privada legalmente habilitado, debiendo presentar fotocopia autenticada por escribanía de los certificados de cada guardia.
  7. Presentar el curriculum vitae de los trabajadores de seguridad propuestos para prestar el servicio con los siguientes datos: Nombre y apellido, fotocopia de cédula de identidad civil actualizada, certificado de antecedentes judiciales y policiales originales.
  8. Presentar por cada personal de Seguridad y Vigilancia constancia actualizada de haber aprobado el examen físico, mental, psicotécnico y de tiro expedido por la Comandancia de la Policía Nacional o de un Instituto de Formación de Guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado
  9. Los guardias propuestos por el oferente deberán estar instruidos en Curso de adiestramiento en combate contra incendio y manejo de protocolos y procedimientos para casos de contingencia con certificación expedida por un Cuerpo de Bomberos.
  10. Los Agentes de Seguridad y Vigilancia asignados a la División de Monitoreo, deberán tener conocimientos de herramientas informáticas como Operador Básico de Computadoras acreditado con certificado emitido por una institución legalmente autorizada por el Ministerio de Educación y Ciencias.
  11. La empresa contratante deberá presentar un certificado de que su personal no sufre de enfermedades mentales que le incapaciten permanentemente para el cumplimiento de las tareas contratadas o constituyan un peligro para terceros, deberá ser emitido por un profesional de salud mental (psicólogo, psiquiatra).
  12. Inscripción en los registros de la Dirección General de Registros Públicos, donde conste su Antigüedad como empresa en el rubro de seguridad y vigilancia. Se deberá demostrar una Antigüedad mínima de 5 (cinco) años de existencia en la prestación de Servicio de Seguridad Privada y Vigilancia a nivel nacional.
  13. Certificado de cumplimiento con el Seguro Social de estar al día en el pago de su aporte obreropatronal por cada empleado, expedida por el Instituto de Previsión Social (IPS), en las que conste además, lo aportado en concepto de horas adicionales y horas nocturnas.
  14. El oferente deberá de contar con un Campo o Polígono de Tiro habilitado por la Dimabel ya sea propio o en alquiler, debiendo presentar título de propiedad o contrato de alquiler por el tiempo de prestación del servicio.
  15. Declaración Jurada de contar con equipos de comunicación aparatos tipo celular uno por cada personal de Seguridad y Vigilancia.
  16. Declaración Jurada de contar con armas de fuego (uno por cada personal de Seguridad y Vigilancia), y de contar con medios de transporte como mínimo 2 (dos) Patrulleras (autos y/o camionetas) para el servicio de referencia

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

1. El oferente deberá contar con referencias satisfactorias de clientes, como mínimo 3 (tres), formalizadas por notas que contengan la debida identificación y suscripción del emisor de haber proveído el servicio de seguridad y vigilancia, durante los últimos 3 (tres) años (2018, 2019, 2020), expedidas por Instituciones Públicas y/o Privadas con quienes mantiene y/o mantuvo relaciones comerciales.
2. El oferente deberá estar legalmente habilitado, debiendo acreditar esto con la presentación de la Resolución de Habilitación para el funcionamiento de la empresa como prestadora del servicio ofertado, dictada por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada del Departamento contra Delitos Económicos y Financieros de la Policía Nacional, de conformidad al art. 10 de la Ley N° 5424/15 y al art. 12 de la Resolución 02/16 de la Comandancia de la Policía Nacional.
3. Los guardias de la oferente deben estar capacitados por el Departamento de Delitos Económicos y Financieros - División de Fiscalización de Empresas de Seguridad Privada y Afines del Departamento de Delitos Económicos y Financieros de la Policía Nacional. Al efecto deberá presentar constancia con certificado de formación y adiestramiento de guardia privado de la policía nacional, dirección de hechos punibles económicos y financieros -departamento especializado en el control de empresa de seguridad privada, conforme a la ley 5424/15; y el carnet respectivo por cada guardia.
4. Los guardias de la oferente deberán haber sido capacitados en el uso de armas de fuego en cursos habilitantes en Instituciones legalmente habilitadas, debiendo presentar el Certificado expedido por las mismas sobre Manejo Seguro de Armas de Fuego, conforme al Art. 70° de la Ley Nº 4036/10 De Armas de Fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines.
5. Permiso de portación de cada arma de fuego otorgada por el Departamento de Portación de Armas de la Policía Nacional. Asimismo, se deberá acompañar el listado de carnet de portación de armas de conformidad al art. 11 de la Ley 5424/15 y a los arts. 13 y 14 de la Resolución N° 02/16 de la Comandancia de la Policía Nacional.
6. Los guardias de la Oferente deberán ser egresados de un Instituto de Formación de Guardia Privada legalmente habilitado, debiendo presentar fotocopia autenticada por escribanía de los certificados de cada guardia.
7. Presentar el curriculum vitae de los trabajadores de seguridad propuestos para prestar el servicio con los siguientes datos: Nombre y apellido, fotocopia de cédula de identidad civil actualizada, certificado de antecedentes judiciales y policiales originales.
8. Presentar por cada personal de Seguridad y Vigilancia constancia actualizada de haber aprobado el examen físico, mental, psicotécnico y de tiro expedido por la Comandancia de la Policía Nacional o de un Instituto de Formación de Guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado.
9. Los guardias propuestos por el oferente deberán estar instruidos en Curso de adiestramiento en combate contra incendio y manejo de protocolos y procedimientos para casos de contingencia con certificación expedida por un Cuerpo de Bomberos.
10. Los Agentes de Seguridad y Vigilancia asignados a la División de Monitoreo, deberán tener conocimientos de herramientas informáticas como Operador Básico de Computadoras acreditado con certificado emitido por una institución legalmente autorizada por el Ministerio de Educación y Ciencias.
11. La empresa contratante deberá presentar un certificado de que su personal no sufre de enfermedades mentales que le incapaciten permanentemente para el cumplimiento de las tareas contratadas o constituyan un peligro para terceros, deberá ser emitido por un profesional de salud mental (psicólogo, psiquiatra).

12. Inscripción en los registros de la Dirección General de Registros Públicos, donde conste su Antigüedad como empresa en el rubro de seguridad y vigilancia. Se deberá demostrar una Antigüedad mínima de 5 (cinco) años de existencia en la prestación de Servicio de Seguridad Privada y Vigilancia a nivel nacional.

13. Certificado de cumplimiento con el Seguro Social de estar al día en el pago de su aporte obreropatronal por cada empleado, expedida por el Instituto de Previsión Social (IPS), en las que conste además, lo aportado en concepto de horas adicionales y horas nocturnas.
14. El oferente deberá de contar con un Campo o Polígono de Tiro habilitado por la Dimabel ya sea propio o en alquiler, debiendo presentar título de propiedad o contrato de alquiler por el tiempo de prestación del servicio.
15. Declaración Jurada de contar con equipos de comunicación aparatos tipo celular uno por cada personal de Seguridad y Vigilancia.
16. Declaración Jurada de contar con armas de fuego (uno por cada personal de Seguridad y Vigilancia), y de contar con medios de transporte como mínimo 2 (dos) Patrulleras (autos y/o camionetas) para el servicio de referencia

17. El certificado de renovación de la habilitación para su funcionamiento luego de haber sido fiscalizado por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines (cuando desde la fecha de expedición de la Resolución de Habilitación ha transcurrido un año de haberse emitido esta).

18. Para empresas con menos de un año de habilitación, la resolución de División de Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional por la cual se autoriza el funcionamiento de la empresa como prestadora del servicio solicitado.

19. Presentar fotocopia de carnet de tenencia de armas de fuego, emitido por el Registro Nacional de Tenencia de Armas de Fuego, dependiente de la DIMABEL, a nombre de la empresa oferente.

20. Nómina de las armas de fuego, medios de transporte y equipos de comunicación de los que dispone la empresa para el cumplimiento del contrato.

21. Carnet de portación de armas expedido a nombre de la empresa por la autoridad competente, comunicado al órgano de Aplicación y Fiscalización de la Policía Nacional (cuando por la naturaleza del servicio precisen la utilización de armas de fuego).

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en esta contratación serán:

  • Presentar Certificado expedido por la Secretaria de la Función Pública, en la cual conste que el mismo no es funcionario público; en caso de personas jurídicas presentar el certificado de los miembros de directorio o socios gerentes

 

OTROS DOCUMENTOS A PRESENTAR PARA LA FIRMA DEL CONTRATO:

 

1. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19, entendiéndose que dicha constancia, para llamados convencionales, debe tener fecha de hasta como máximo la fecha de presentación de la oferta física y para llamados por Subasta a la Baja Electrónica, la fecha de hasta como máximo del inicio de la etapa competitiva. Son sujetos obligados conforme a la Ley, las personas físicas y jurídicas, así como los accionistas, directores, socios gerentes y similares de éstas.

2. De conformidad al Art. 33 de la Resolución N° 70 de la SEPRELAD, el oferente adjudicado deberá proveer los datos y documentos respaldatorias solicitado en la misma.

Criterios de desempate de ofertas

El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.

Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.