El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Responsable del Llamado: Econ. Lourdes Villasboa, Directora Administrativa del Instituto de Medicina Tropical.
Convocante: Instituto de Medicina Tropical. Sub UOC N 34. Dependencia del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Dirección: Avda. Venezuela casi Tte. Escurra. Ciudad: Asunción, Paraguay.
Email: contrataciones.imt@mspbs.gov.py
Teléfono: 021-284.000, 021-284.007 Interno 3741
La presente contratación tiene por objetivo contar con la recarga para los extintores a fin de cumplir con las Normas de Seguridad y Prevención contra Incendios, considerando que es un Hospital que cuenta con la afluencia masiva y diaria de usuarios, pacientes y funcionarios.
La Planificación del Llamado de Recarga de Extintores responde a una necesidad frecuente a fin de salvaguardar vidas, de evitar o prevenir incendios dentro del recinto del Instituto de Medicina Tropical.
El objetivo es asegurar que los extintores estén en óptimas condiciones en el momento que se requieran ser utilizados. Cualquier extintor, al ser un aparato a presión, requiere de operaciones de mantenimiento para garantizar su correcto funcionamiento en caso de incendio, y evitar una posible tragedia.
Las especificaciones técnicas están elaboradas en base a los extintores con que cuenta el Instituto de Medicina Tropical.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Nº |
DESCRIPCION |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
Cantidad |
Unidad de Medida |
Presentación |
1 |
Recarga de extintor. Polvo Químico Seco. |
RECARGA PARA EXTINTORES. POLVO QUIMICO SECO (PQS) ABC. SE REQUIERE: RECARGA DEL CONTENIDO DEL BALON SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DE CADA TIPO Y TAMAÑO; ADEMAS DE LA VERIFICACION DEL BALON Y ACCESORIOS (VALVULA, MANOMETRO, MANGUERA, ETC) CERTIFICACION INTN. COTIZAR PRECIO POR KILO. |
340 |
Kilos |
Evento |
2 |
Recarga de extintor. Blit Ecológico. |
RECARGA PARA EXTINTORES, BLIT ECOLOGICO. SE REQUIERE: RECARGA DEL CONTENIDO DEL BALON SEGÚN LAS ESPECIFICACIONES DE CADA TIPO Y TAMAÑO; ADEMAS DE LA VERIFICACION DEL BALON Y ACCESORIOS (VALVULA, MANOMETRO, MANGUERA, ETC) CERTIFICACION INTN. COTIZAR PRECIO POR KILO. |
51 |
Kilos |
Evento |
Detalle de las Especificaciones Técnicas y de las Normas.
La prestación de la recarga de extintores incluye:
*Retiro de cilindros de extintores del Instituto de Medicina Tropical,
*Recarga de extintores, verificación de los balones y accesorios,
* Entrega de los cilindros en un plazo de 5 días hábiles desde el retiro de los balones.
Podrán participar del llamado, las Empresas que cuentan con Licencia para uso de la Marca INTN Servicios para el mantenimiento y recarga de extintores portátiles de incendio, correspondiente al tipo de agente extintor que será mantenido o recargado, y que estén habilitados y registrados por el Ministerio de Industria y Comercio.
El costo deberá incluir la mano de obra, recarga, verificación de válvula y todos los materiales o accesorios necesarios.
La Empresa que realice la recarga de los extintores portátiles de incendio deberá adecuarse a todos los requisitos establecidos al respecto en la Resolución del MIC N° 458/06 y 853/07 y de las Normas Paraguayas de referencia.
La firma ejecutora no puede realizar la recarga del extintor sin antes hacer el mantenimiento general, conforme a las condiciones específicas de cada extintor, como:
Descarga de presión y vaciamiento de agentes extintor. Realizar peso Tara de cada cilindro (presentar en la planilla). Prueba hidráulica de los cilindros conforme a las normativas.
Todos los extintores deberán contar con la etiqueta de vencimiento de la garantía del servicio, proporcionada por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) debe ser colocada en la parte frontal del extintor después de la ejecución del servicio, por la empresa responsable del mismo.
Los cilindros que no superen las pruebas hidrostáticas deberán seguir los procedimientos de la Resolución del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) N°916/10 Art. 22 informe para la baja de tubos que no superen las pruebas hidrostáticas.
Luego de la recarga del extintor deber ser aplicada una prueba de escape del mismo, para asegurar que el extintor permanecerá en el rango de operación por lo menos de un año.
Se podrán realizar pruebas de calidad de 1 de cada 10 extintores, si dicha prueba da un resultado negativo, todas las recargas serán rechazadas y se procederá a una nueva recarga la cual correrá por cuenta del oferente.
La empresa ejecutora de la recarga, es la responsable por el perfecto estado de funcionamiento del extintor, mientras dure el tiempo de garantía, salvo uso indebido o violación después de la entrega a la institución.
GARANTÍAS.
El periodo mínimo de validez de la carga será 1 (un) año desde la puesta en funcionamiento y cada cilindro deberá contar con las etiquetas de vencimiento aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (I.N.T.N.) y consecuentemente los productos deberán contar con el sello de conformidad a las normas del mismo.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
1 |
Recarga de extintor. Polvo Químico Seco. |
340 |
Kilos |
Local del Servicio del Proveedor Adjudicado |
A partir de la recepción de la Orden de Servicio por parte de la firma adjudicada, el servicio deberá ser ejecutado a más tardar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes.
|
2 |
Recarga de extintor. Blit Ecológico. |
51 |
Kilos |
Local del Servicio del Proveedor Adjudicado |
A partir de la recepción de la Orden de Servicio por parte de la firma adjudicada, el servicio deberá ser ejecutado a más tardar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes.
|
Una vez formalizado el contrato, la Dirección Administrativa del Instituto de Medicina Tropical, conforme a necesidades procederá a la emisión de las órdenes de servicio, las que autorizaran a la firma contratista a la entrega de los servicios.
Una vez recepcionada la Orden de Servicios, el Proveedor deberá realizar la recarga de extintores dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de la recepción de la Orden.
El Proveedor se pondrá en contacto con el personal de Patrimonio del IMT, para coordinar la entrega de balones de extintores de incendios a fin de realizar la recarga. Horario de Atención en el IMT de 07:15 hs a 12:30 hs.
Una vez realizada la recarga, el Proveedor deberá devolver los balones con las condiciones técnicas de recargas, adjuntando Nota de Remisión e Informe Técnico. Horario de Atención en el IMT de 07:15 hs a 12:30 hs.
El proveedor deberá realizar en forma correcta y efectiva cada servicio estrictamente conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas de la presente Carta de Invitación, a entera satisfacción del Instituto de Medicina Tropical y durante el tiempo de vigencia establecido.
La falta de entrega en el plazo previsto obligará a la aplicación de las multas establecidas en la Carta de Invitación.
En caso de que los bienes entregados no cumplan con las condiciones establecidas o presenten defectos conforme a los criterios establecidos, los mismos deberán ser reemplazados en el período de 2 (dos) días hábiles, desde la notificación (sea, vía mail o fax)
El Instituto de Medicina Tropical deberá proporcionar el Personal de Patrimonio y Fiscalizador para el control y verificación de Extintores en el momento de la Recepción de los Bienes. Luego, se elaborará el Acta de Recepción, el cual firmarán las Autoridades Responsables.
Entiéndase por plazo de entrega; el período en el cual la Empresa adjudicada, certifique la provisión de cada servicio, pudiendo proveerlo en la medida que cotice el mismo, emitiendo para ello la Factura Crédito, previa conformidad con el Administrador del Contrato.
La orden de servicio podrá ser remitida en el domicilio, o vía fax o por correo electrónico, en el caso de las dos últimas situaciones, será considerado como recepción de la Orden el reporte de fax y/o el envío de correo con la fecha registrada.
Para dicho fin la empresa adjudicada deberá agotar los mecanismos necesarios para establecer una buena comunicación con la Convocante por cualquiera de estas vías, proporcionando los datos necesarios para ello.
Una vez que la Institución, por si mismo, o a través de terceros, realice los controles pertinentes y certifique adecuadamente que el suministro se ajusta a las especificaciones técnicas y demás documentos del Contrato, en cuanto a cantidad, unidad de medida, presentación, procedencia, marca, vencimiento, emitirá el Acta de Recepción Definitiva, la que habilitará al proveedor a solicitar el pago correspondiente.
Plazo de entrega:
Una vez recibida la Orden de Servicio por parte de la empresa adjudicada, los servicios se realizarán dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la recepción de la misma.
LAS ORDENES DE SERVICIO SERAN EMITIDAS POR LA SUB UOC N° 34 INSTITUTO DE MEDICINA TROPICAL
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Luego de la recarga del extintor debe ser aplicada una prueba de escape del mismo, para asegurar que el extintor permanecerá en el rango de operación por lo menos de un año. Se podrán realizar pruebas de calidad de 1 de cada 10 extintores, si dicha prueba da un resultado negativo, todas las recargas serán rechazadas y se procederá a una nueva recarga la cual correrá por cuenta del oferente.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión / Acta de recepción de servicios/ Informe Tecnico |
Nota de Remisión / Acta de recepción de servicios/ Informe Tecnico |
Una vez recepcionada la Orden de Servicios, el Proveedor deberá realizar la recarga de extintores dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de la recepción de la Orden. |
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Por el Servicio realizado el Proveedor Adjudicado deberá presentar:
La entidad convocante emitirá: actas de recepción final por los bienes/servicios concluidos.
Una vez recepcionada la Orden, el Proveedor deberá realizar la recarga de extintores dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de la recepción de la Orden.
La Vigencia del Contrato se establecerá hasta el cumplimiento total de las obligaciones, por lo que las entregas de los servicios se realizarán de acuerdo a las órdenes emitidas y de acuerdo a las necesidades de la institución, hasta cumplir con la totalidad de los servicios adjudicados, salvo rescisión del contrato
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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