Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

 

ÍTEM

 

SERVICIO

 

PRESENTACIÓN

 

U.M.

1

Leche en Polvo Enriquecida 1° R.S. Concepción

Unidad

Unidad

2

Leche en Polvo Enriquecida 2° R.S. San Pedro Norte

Unidad

Unidad

3

Leche en Polvo Enriquecida 2° R.S. San Pedro Sur

Unidad

Unidad

4

Leche en Polvo Enriquecida 3° R.S. Cordillera

Unidad

Unidad

5

Leche en Polvo Enriquecida 4° R.S. Guaira

Unidad

Unidad

6

Leche en Polvo Enriquecida 5° R.S. Caaguazú

Unidad

Unidad

7

Leche en Polvo Enriquecida 6° R.S. Caazapá

Unidad

Unidad

8

Leche en Polvo Enriquecida 7° R.S. Itapúa

Unidad

Unidad

9

Leche en Polvo Enriquecida 8° R.S. Misiones

Unidad

Unidad

10

Leche en Polvo Enriquecida 9° R.S. Paraguarí

Unidad

Unidad

11

Leche en Polvo Enriquecida 10° R.S. Alto Paraná

Unidad

Unidad

12

Leche en Polvo Enriquecida 11° R.S. Central

Unidad

Unidad

13

Leche en Polvo Enriquecida 12° R.S. Ñeembucú

Unidad

Unidad

14

Leche en Polvo Enriquecida 13° R.S. Amambay

Unidad

Unidad

15

Leche en Polvo Enriquecida 14° R.S. Canindeyú

Unidad

Unidad

16

Leche en Polvo Enriquecida 15° R.S. Presidente Hayes

Unidad

Unidad

17

Leche en Polvo Enriquecida 16° R.S. Boquerón  

Unidad

Unidad

18

Leche en Polvo Enriquecida 17° R.S. Alto Paraguay

Unidad

Unidad

19

Leche en Polvo Enriquecida 18° R.S. Capital

Unidad

Unidad

OBSERVACION: El oferente presentará su oferta original de los documentos que comprenden la oferta de acuerdo con lo solicitado en el PBC; junto con una copia en formato digital (Medio magnético) que deberá contener todo lo presentado al igual que la oferta original tanto del formulario de Precios como las documentaciones que acompañen al mismo totalmente escaneadas. La misma deberá estar identificada con el nombre del llamado, número del ID. y nombre de la empresa oferente.

 

 

 

 

 

 

Descripción General

 

CARACTERÍSTICAS

 

Es el producto obtenido por la mezcla de leche entera en polvo instantánea con sales de hierro, zinc, cobre y vitamina C. Se denominará LECHE ENTERA EN POLVO INSTANTÁNEA ENRIQUECIDA CON HIERRO, ZINC, COBRE y VITAMINA C. Las sales a ser utilizadas para el enriquecimiento deberán ajustarse a lo establecido en el CODEX CAC/GL 10-1979, versión vigente.

Este producto lácteo será utilizado en el Programa Alimentario Nutricional Integral - PANI del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, dirigido a niños/as menores de 5 años y mujeres embarazadas, por lo tanto debe poseer un aspecto, color, sabor y olor que lo hagan aceptable.

El producto debe ser concebido de tal forma que pueda ser reconstituido y preparado según la indicación del profesional de salud de acuerdo al protocolo establecido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición.

El producto debe estar contenido en envase individual primario con peso neto de 1.000 gramos (1 kilogramo) y deberá cumplir con las reglamentaciones correspondientes.

l producto debe incluir una medida dosificadora (cucharita) elaborada con material apto para estar en contacto con alimentos. La misma deberá estar empaquetada en forma individual y externa al envase primario.

Ingredientes obligatorios

El producto debe contener: leche entera en polvo, Hierro, Zinc, Cobre, y Vitamina C.

En caso de que el calcio contenido naturalmente en la leche no alcance el nivel mínimo establecido en la Tabla 1, podrá ser adicionado.

El producto debe estar exento de gluten y cumplir con el etiquetado correspondiente.

Las sales a ser utilizadas para el enriquecimiento deberán ajustarse a lo establecido en el CODEX CAC/GL 10-1979, versión vigente.

Aditivos alimentarios

Se aceptará como aditivo únicamente a la lecitina como emulsionante en una proporción máxima de 5 gr por kilogramo.

Composición nutricional

 

La composición será conforme a lo detallado en la Tabla 1 por 100 gramos del producto seco terminado para los nutrientes obligatorios.

Tabla 1: Composición nutricional

 

Mínimo

Máximo

Energía (calorías)

450

650

Proteínas (g) (*) (***)

34

 

Grasas  (g) (***)

26

33

Hidratos de carbono (g)

30

52

Calcio(mg)

700

1000

Hierro (mg) (**)

6,5

10

Zinc (mg) (**)

4

7

Vitamina C (mg) (**)

30

60

Cobre (µg) (**)

400

600

 

(*) 100% de proteína láctea en el extracto seco no graso de la leche (% m/m)

(**) En su forma elemental

(***) Referencia: MERCOSUR/GMC/RES. Nº 07/18 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE LECHE EN POLVO (DEROGACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 82/93 y 138/96)

 

Características Sensoriales

 

Producto en polvo:

  • Aspecto: polvo uniforme sin grumos. Deberá estar exento de partículas quemadas, duras o partículas extrañas.
  • Color: blanco amarillento.
  • Olor: característico, exento de olores extraños.

El producto reconstituido al 10% con agua potable a 55ºC, deberá presentar:

  • Aspecto: similar a la leche fluida, uniforme sin grumos. Deberá estar exento de partículas extrañas.
  • Color: blanco amarillento.
  • Olor: característico, exento de olores extraños
  • Sabor: agradable, semejante a la leche fluida; exento de sabores extraños (a rancio, quemado, crudo, solventes, entre otros).

Especificaciones físico-químicas

 

  • Acidez: máximo 18 ml de NaOH 0,1 N/100 ml del producto reconstituido.
  • Humedad: máximo 5 g/100 g del producto en polvo.
  • Solubilidad en agua: mínima de 99%.

Especificaciones microbiológicas

 

El producto terminado deberá cumplir con las especificaciones microbiológicas establecidas en la Tabla 2.

Tabla 2: Criterios microbiológicos y tolerancias

Microorganismos

Criterio de Aceptación (CODEX, Vol. H CAC/RCP31-1983)

Categoría I.C.M.S.F

Método de Ensayo de Referencia

Microorganismos aerobios mesófilos viables/g

n=5             c=2

m=30.000

M=100.000

5

ISO4833-1:2013

Enterobacterias/g

n=5    c=0   m=10

(*)

ISO 21528-2:2004

Estafilococos coag. pos./g

n=5    c=1   m=10

M=100

8

ISO 6888-1:1999

Salmonella spp/25g

n=10    c=0   m=0

11

ISO 6579-1:2017

(*) como indicador: peligro bajo, indirecto

Referencia: MERCOSUR/GMC/RES. Nº 07/18REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDADDE LECHE EN POLVO (DEROGACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 82/93 y 138/96)

Dónde:

n= unidades de muestras que se obtiene al azar para ser sometidas a examen microbiológico.

c= es la cantidad máxima de unidades defectuosas con recuentos entre m y M que puede contener la muestra, para que pueda considerarse que cumple con los requisitos establecidos.

m= valor del parámetro microbiológico para el cual o por debajo del cual el alimento no representa un riesgo para la salud,

M= valor de parámetro microbiológico por encima del cual el alimento representa un riesgo para la salud.

Las muestras con recuentos entre m y M son un signo de advertencia, pudiéndose tolerar hasta c unidades, previa ponderación de los riesgos involucrados.

*Además de las metodologías indicadas en la Tabla podrán ser utilizados otros métodos, siempre y cuando se obtengan resultados equivalentes a la metodología de referencia, tenga la sensibilidad analítica requerida para la determinación del valor establecido en el parámetro y estén validados y/o verificados según corresponda. En caso de controversia será decisivo el resultado obtenido con los métodos de referencia.

Especificaciones de la vida útil del producto

Período de vida útil: No se aceptarán lotes con fecha de vencimiento inferior a 9 (nueve) meses contados a partir de la entrega en los distintos puntos de distribución.

Especificaciones del envase  individual primario

 

El envase individual primario debe ser de material trilaminado o tricapa conforme a lo siguiente:

-Capa externa de PET (Polietilentereftalato) de 12 µm como mínimo de espesor,

-Capa intermedia de PET metalizado de 12 µm como mínimo de espesor

-Capa interna de PE (Polietileno) de 60 µm como mínimo de espesor. Con la impresión entre las dos capas de PET.

Opcionalmente como alternativa al PET metalizado se podrán usar los materiales Aluminio y Polipropileno Biorientado metalizado.

El diseño del rotulado del envase individual primario deberá cumplir con el modelo o formato proveído por el INAN, el cual será de uso exclusivo para el PANI.

Especificaciones de la medida dosificadora  (cucharita)

 

La medida dosificadora debe ser de Polietileno de alta densidad, de color blanco, con una capacidad de 5 gramos como mínimo y 5,5 gramos como máximo, con una longitud del mango entre 8 y 10 cm.

Opcionalmente como alternativa del material de la medida dosificadora se podrá utilizar Polipropileno.

La misma debe estar contenida en una bolsa de Polipropileno de 47±5 micrones, y ser envasada y sellada individualmente en forma higiénica.

Especificaciones del rotulado del envase individual primario

 

Rotulado general

El Boceto del rotulado del envase individual primario será proveído por el INAN

El rotulado del alimento deberá cumplir con lo establecido en la resolución MERCOSUR/GMC 26/03 Reglamento Técnico MERCOSUR para Rotulado de Alimentos Envasados o sus actualizaciones. La información establecida en la reglamentación citada deberá estar impresa de forma clara e indeleble en los envases individuales primarios.

En los rótulos de los envases individuales deberán estar impresas de forma clara e indeleble las siguientes informaciones:

  1. Denominación del alimento
  2. Peso Neto
  3. Datos del establecimiento elaborador
  4. País de origen (Ej. Industria Paraguaya)
  5. Lote
  6. Fecha de vencimiento indicando Mes y Año.
  7. Condiciones de conservación
  8. Instrucciones de la preparación del alimento
  9. Información nutricional
  10. Número de Registro Sanitario de Producto Alimenticio (RSPA) y Registro de Establecimiento (RE) otorgados por el INAN MSPyBS
  11. El logo Sin Gluten

El producto adjudicado al dorso del envase individual primario, deberá tener impresas en letra Arial y en color negro en un tamaño no menor a 0,3 centímetros, lo siguiente:

DENUNCIAS:

Dirección Nacional de Contrataciones Públicas

Tel.: (021) 415 4000

www.contrataciones.gov.py

Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición - INAN

Tel.: (021) 294 073

            (021) 282 790/1

Especificaciones y rotulado de la caja contenedora

La caja contenedora del producto debe ser de cartón corrugado, de manera a proteger el envase individual primario, con la parte superior e inferior lacradas, con cerramiento seguro e inviolable, asegurando la protección del producto contenido en ella y con capacidad de contener 10 kg, según el siguiente detalle:

- Espesor: Mínimo: 4,1 mm

- Gramaje: Mínimo: 650 g/m2

- Resistencia a la explosión: Mínimo: 150 lb/pulg2

- Absorción de agua normal para liners, Índice de Cobb no mayor a 0,6 g/100 cm2 (a 300 segundos) liners.

- Resistencia a la compresión mínima 350 kgf para apilamiento en columna o resistencia a la compresión de mínima 460 kgf a 500 kgf para apilamiento cruzado.

En caso de uso de cinta adhesiva, la misma deberá identificar el nombre de la empresa.

Rotulado de la caja contenedora:

En la caja contenedora deberá estar impresa la siguiente información:

      • Denominación de venta del alimento.
      • Lote.
      • Fecha de vencimiento: indicando Mes y Año.
      • Número de envases individuales contenidos en la misma.
      • La leyenda FRÁGIL y debe indicar con una flecha el sentido correcto para la posición de la caja.
      • Deberá incluirse instrucciones sobre el apilamiento hasta un máximo de 8 cajas.
      • Deberá indicarse además en lugar bien visible, en letra Arial, de color negro y de tamaño no menor a 2 centímetros, la siguiente leyenda:

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL

PROGRAMA ALIMENTARIO NUTRICIONAL INTEGRAL

DISTRIBUCIÓN GRATUITA

PROHIBIDA SU VENTA

Control de calidad durante evaluación de ofertas

Criterio de Evaluación y Requisitos de Calificación (e) Solicitud de Muestras, se deberá presentar:

  1. Una muestra del producto ofertado en envasede 1.000 gramos, acompañado del resultado de análisis o Informe de Ensayo emitido por el INTN (Original o Copia Autenticada por Escribanía), que avale el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, correspondiente a la muestra del producto ofertado, emitidos en el Ejercicio 2021 a nombre del Elaborador del producto.
  2. Boceto de rotulación del envase individual primario en conformidad a las especificaciones del presente PBC.
  3. Muestra del material de envase individual primario cinco(5)metros junto con el Documento Original o Copia Autenticada por Escribanía del resultado de análisis o Informe de Ensayo emitido por el INTN que avale el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, correspondiente a la muestra del envase individual primario, emitidos en el Ejercicio 2021 a nombre del Elaborador del envase.
  4. Cinco (5) muestras de la medida dosificadora(cucharita) junto con el Documento Original o Copia Autenticada por Escribanía del resultado de análisis o Informe de Ensayo emitido por el INTN que avale el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, correspondiente a la muestra de la medida dosificadora, emitidos en el Ejercicio 2021 a nombre del Elaborador de la medida dosificadora.
  5. Boceto de rotulación de la caja contenedora en conformidad a las especificaciones del presente PBC.
  6. Cinco (5) muestras de la caja contenedora  (envase secundario) junto  con el Documento Original o Copia Autenticada por Escribanía del resultado de análisis o Informe de Ensayo emitido por el INTN que avale el cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, correspondiente a la muestra de la caja contenedora, emitidos en el Ejercicio 2021 a nombre del Elaborador de la caja, además de Declaración Jurada del oferente de que la caja contenedora cumple con las especificaciones técnicas solicitadas en el PBC en relación a los valores de la compresión.

La no presentación de lo solicitado en el plazo establecido, implicará la descalificación de la oferta.

Referencias

 

  • RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº 26/03 Reglamento Técnico MERCOSUR para Rotulado de Alimentos Envasados.
  • RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº 46/03 Reglamento Técnico MERCOSUR sobre el Rotulado Nutricional de Alimentos Envasados.
  • RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº 47/03 Reglamento Técnico MERCOSUR de Porciones de Alimentos Envasados a los fines del Rotulado Nutricional.
  • MERCOSUR/GMC/RES. Nº 07/18REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDADDE LECHE EN POLVO (DEROGACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 82/93 y 138/96).
  • RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº 56/92 Reglamento Técnico MERCOSUR de Disposiciones Generales para Envases y Equipamientos Plásticos en contacto con Alimentos
  • 02/12Lista Positiva de Monómeros, otras Sustancias de Partida y Polímeros Autorizados para la Elaboración de Envases y Equipamientos Plásticos en Contacto con Alimentos.
  • RESOLUCIÓN MERCOSUR/GMC Nº 32/07 Reglamento Técnico MERCOSUR  de Lista positiva de Aditivos para Materiales Plásticos destinados a la elaboración de envases y equipamientos en contacto con alimentos

 

BOCETO

OBSERVACION: DICHO BOCETO SE ENCUENTRA EN ADJUNTO EN PDF COMO BOCETO OFICIAL 

 

 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

La Unidad solicitante del presente llamado es el INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTACION Y NUTRICION INAN

Fundamentación del Producto para el PANI

  • La Leche del PANI corresponde a una leche entera en polvo enriquecida con hierro, cobre, zinc y vitamina C. Considerando los grupos de edades a los que va dirigido el programa, cabe aclarar cuanto sigue:
  • Los niños menores de 6 meses deben alimentarse exclusivamente con leche materna (lactancia materna exclusiva)según las recomendaciones de las Guías Alimentarias del Paraguay para menores de 2 años. En el caso de que algún menor de 6 meses cumpla con los criterios de inclusión al Programa, el mismo ingresará al PANI, pero es la madre quien deberá consumir el complemento nutricional. Si por alguna razón, medicamente justificada, el niño no puede alimentarse con leche materna, el alimento que debe recibir es una fórmula láctea de inicio especialmente diseñada para cubrir los requerimientos nutricionales de niños menores de 6 meses.
  • Los niños a partir de los 6 meses de edad deben iniciar con la alimentación complementaria y continuar con la lactancia materna según las recomendaciones de las Guías Alimentarias del Paraguay para menores de 2 años. En el caso de que un niño de 6 a 11 meses deba complementar su alimentación, esta se debe realizar con una formula láctea de continuación especialmente diseñada para cubrir los requerimientos nutricionales de niños de este grupo de edad.
  • Solo en los casos que no sea posible cumplir con lo establecido en las Guías Alimentarias del Paraguay para menores de 2 años, la leche del PANI está indicada como tercera opción de alimentación, ya que la misma, por sus características y composición, está indicada idealmente para mayores de 1 año. Esta indicación está fundamentada en la dificultad económica por parte de los tutores de usuarios del PANI, para adquirir las fórmulas lácteas específicas para cada grupo de edad.
  • Considerando que la leche del PANI es un complemento que puede ser administrado a niños menores de 1 año, en diluciones específicas para esa etapa, y con el fin de optimizar asuntos técnicos, administrativos y de logística, que conllevaría la diversificación del producto, el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social adquiere un solo tipo de complemento nutricional para el Programa.

Dicho llamado es elaborado en forma periódica y las especificaciones técnicas fueron elaboradas de acuerdo a las necesidades y respetando las normas establecidas en cuanto a calidad y seguridad de cada

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

Lugar de entrega de productos e insumos: donde indique la orden de compra.

Días y Horario de entrega/recepción de productos: De lunes a viernes de 07:00 am a 12:30 pm.

Cronogramas de Entregas

Procedimiento de Entrega de Órdenes de Compra: Sera comunicado al proveedor vía correo electrónico la existencia de órdenes de compra para la entrega de los productos que le fueran adjudicados en el presente llamado.

En caso que el proveedor adjudicado no hiciera efectiva la confirmación de lectura del correo electrónico, en forma inmediata, el primer día hábil siguiente a la comunicación realizada se procederá a fecharlas, contándose como fecha de recepción de la orden por parte del proveedor.

Las ordenes de compras serán emitidas por la Direccion Administrativa de la Direccion General de Administracion y Finanzas del MSPBS .

El plazo para la emisión de las ordenes de compras para la primera entrega deberá iniciarse a partir de los 7 dias hábiles posteriores a la firma del contrato según solicitud del Instituto Nacional de Alimentacion y Nutricion INAN, asi como las subsiguientes entregas.

El oferente adjudicado deberá proceder a la entrega efectiva del producto a partir del dia 30(treinta) y hasta los 40 (cuarenta) días hábiles, contados a partir de la recepción de las órdenes de compra por parte del proveedor.

Estos cuarenta 40) días incluyen los tiempos que demandan los procesos de producción, certificación, emisión de documentación y entrega del producto en el servicio de salud de referencia que se detallan más adelante.

Cada Ítem corresponde a un departamento del país con sus respectivos distritos.

Las entregas serán realizadas en los distritos, específicamente en el servicio de salud distrital de referencia y/o depósitos de las Regiones Sanitarias según corresponda. La convocante comunicará al oferente adjudicado los puntos de entrega.

El Plan de Entregas podrá estar sujeto a modificaciones, previa justificación correspondiente y con la Autorización de la Convocante.

Los Oferentes deberán incluir en su oferta los costos de distribución, el traslado, carga, descarga, estiba y desestiba de los productos en cada uno de los lugares, que incluye tanto las herramientas (transportador de cajas de leche) así como los recursos humanos necesarios para realizar dichas actividades. Los oferentes no podrán valerse de los recursos físicos y humanos del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social para la estiba y desestiba del producto a ser entregado.

Requisitos y procedimientos para la entrega y recepción del producto

1- La Orden de Compra será emitida por la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS, dentro de los 2 (dos) días hábiles posteriores a la solicitud del Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición, y en ella se detallarán las cantidades a ser entregadas en cada distrito según el Plan de Entregas.

2-  Una  vez  recibida  la  orden de compra por la Empresa Adjudicada,  ésta  posteriormente deberá presentar  en la Dirección  Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS el Certificado de Conformidad de Lotes de  Productos (Documento Original), emitido por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización  y Metrología (INTN), dentro de los 20 (veinte) días hábiles  posteriores  a  la  recepción  de la  orden de compra,  por la  cantidad  total de lo  establecido  en la misma.

3- La presentación del Certificado de Conformidad de Lotes de Productos, deberá estar acompañada de una nota dirigida a la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS, en la que deberá detallar los Números de Notas de Remisión y el número de Lote, asignadas a cada Distrito, según Orden de Compra.

4- Una vez cumplidos con los  pasos establecidos en los  numerales 2 y 3,  la  Dirección Administrativa de la  Dirección  General  de  Administración  y  Finanzas  del  MSPyBS contará  con  2  días  hábiles  para proceder   a confeccionar las Actas de Recepción de Bienes  para  su envío vía correo electrónico a  la Empresa Adjudicada.

5- La Empresa Adjudicada contará con 2 días hábiles para proceder a la verificación de las Actas de Recepción de Bienes a fin de dar la conformidad de los datos contenidos en el acta y para la posterior impresión de cuatro (4) ejemplares originales, a fin de iniciar la entrega del producto.

6- Una vez cumplido con los procedimientos detallados en los numerales 2 al 5, la Empresa Adjudicada deberá proceder a la entrega efectiva del producto a partir del dia 30 (treinta) y hasta los cuarenta (40) días hábiles, contados a partir de la recepción de las órdenes de compra.

7-En el caso de que las Regiones cuenten con necesidad y disponibilidad de espacio físico suficiente para la recepción de insumos, la empresa adjudicada habiendo cumplido previamente con lo establecido en los numerales 2 al 5, podrá realizar la entrega en un lapso de tiempo menor a lo estipulado en el numeral 6, previa notificación por parte de la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS.

8- La Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS proveerá a la Empresa Adjudicada, la   lista de las   Dependencias   Regionales y Distritales para la recepción   del producto. La Empresa deberá realizar   la   coordinación   de   las   entregas   con   cada Dependencia, vía telefónica tres (3) días hábiles antes del inicio de las mismas

9- La Empresa Adjudicada deberá comunicar el cronograma tentativo de entregas vía correo electrónico a la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS como mínimo cinco (5) días hábiles antes de su inicio.

10- El producto deberá ser entregado en su totalidad (hasta la última caja de leche) de lunes a viernes, en el horario comprendido entre las 07:00 a 12:30 horas, previa coordinación con los responsables designados para la recepción.

11- En casos excepcionales como falta de espacio físico suficiente o situación de desabastecimiento en los distritos o cabeceras regionales, previo acuerdo de ambas partes, se podrá modificar el lugar de entrega, no así las cantidades adjudicadas a cada empresa.

12- No se recepcionarán productos cuyos envases primarios y secundarios se encuentren averiados o se detecten faltantes.  La Dependencia afectada comunicará la situación al INAN y este a su vez a la Dirección Administrativa de la Dirección General de Administración y Finanzas del MSPyBS quien cuenta con un plazo de ciento veinte (120) días posteriores a la entrega para solicitar la reposición del producto en caso de detectar alguna avería del producto o faltantes en cajas. A partir de la comunicación al proveedor, el mismo contara con un plazo de veinte (20) días, para realizar la reposición del producto y comunicar por escrito a la convocante el lote al que pertenece la reposición.

13- La Empresa Adjudicada deberá entregar en cada Dependencia un ejemplar del Acta de Recepción de Bienes y una copia de la Nota de Remisión correspondiente, debidamente completados, sellados y firmados.

14-  La Empresa Adjudicada es la única responsable de que el Acta de Recepción de Bienes sea completada y suscrita en debida forma por todos los actuantes.  Deberá además cerciorarse de que el documento sea firmado tanto por el responsable de la Empresa Adjudicada como por el funcionario de la Dependencia designado para la recepción del producto en el servicio de salud junto con el Administrador Regional y/o Director Regional o Director Administrativo del Nivel Central.  De contar con fiscalizador Regional o Distrital, la entrega debe ser verificada por el mismo.

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 1                  

  I RS CONCEPCION

Concepción

3.800

3.800

3.800

3.800

3.800

3.800

22.800

Paso Horqueta

2.600

2.600

2.600

2.600

2.600

2.600

15.600

Paso Barreto

850

850

850

850

850

850

5.100

San Alfredo

750

750

750

750

750

750

4.500

Sgto. José Félix López

1.200

1.200

1.200

1.200

1.200

1.200

7.200

Belén

900

900

900

900

900

900

5.400

Horqueta

6.500

6.500

6.500

6.500

6.500

6.500

39.000

Arroyito

2.300

2.300

2.300

2.300

2.300

2.300

13.800

Azotey

2.700

2.700

2.700

2.700

2.700

2.700

16.200

Loreto

2.500

2.500

2.500

2.500

2.500

2.500

15.000

San Carlos

400

400

400

400

400

400

2.400

San Lázaro

800

800

800

800

800

800

4.800

YbyYau

5.200

5.200

5.200

5.200

5.200

5.200

31.200

Vallemí

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

6.000

TOTAL REGION

31.500

31.500

31.500

31.500

31.500

31.500

189.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 2                 

 II RS      SAN PEDRO NORTE

San Pedro

1.864

1.864

1.864

1.864

1.864

1.864

11.184

Chore

1.750

1.750

1.750

1.750

1.750

1.750

10.500

Gral. Resquín

2.844

2.844

2.844

2.844

2.844

2.844

17.064

Santa Rosa

2.056

2.056

2.056

2.056

2.056

2.056

12.336

Nueva Germania

394

394

394

394

394

394

2.364

Antequera

394

394

394

394

394

394

2.364

San Pablo

586

586

586

586

586

586

3.516

Lima

1.172

1.172

1.172

1.172

1.172

1.172

7.032

Liberación

980

980

980

980

980

980

5.880

Tacuatí

1.960

1.960

1.960

1.960

1.960

1.960

11.760

TOTAL REGION

14.000

14.000

14.000

14.000

14.000

14.000

84.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

 ITEM 3                            

II RS     SAN PEDRO  SUR

San Estanislao

4.566

4.566

4.566

4.566

4.566

4.566

27.396

Villa del Rosario

1.386

1.386

1.386

1.386

1.386

1.386

8.316

25 de diciembre

882

882

882

882

882

882

5.292

Gral. Aquino

2.032

2.032

2.032

2.032

2.032

2.032

12.192

Unión

764

764

764

764

764

764

4.584

Itacurubí del Rosario

1.016

1.016

1.016

1.016

1.016

1.016

6.096

Yataity del Norte

1.142

1.142

1.142

1.142

1.142

1.142

6.852

Yrybucuá

2.032

2.032

2.032

2.032

2.032

2.032

12.192

Capiibary

3.048

3.048

3.048

3.048

3.048

3.048

18.288

Guajaybi

2.032

2.032

2.032

2.032

2.032

2.032

12.192

TOTAL REGION

18.900

18.900

18.900

18.900

18.900

18.900

113.400

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 4 III

RS COORDILLERA

Caacupé

1.280

1.280

1.280

1.280

1.280

1.280

7.680

Altos

580

580

580

580

580

580

3.480

Arroyos y Esteros

700

700

700

700

700

700

4.200

Atyra

470

470

470

470

470

470

2.820

Caraguatay

700

700

700

700

700

700

4.200

Emboscada

700

700

700

700

700

700

4.200

Eusebio Ayala

800

800

800

800

800

800

4.800

Isla Pucú

460

460

460

460

460

460

2.760

Itacurubí de la Cordillera

570

570

570

570

570

570

3.420

Juan de Mena

470

470

470

470

470

470

2.820

Loma Grande

120

120

120

120

120

120

720

Mbocayaty del Yhaguy

120

120

120

120

120

120

720

Nueva Colombia

120

120

120

120

120

120

720

Piribebuy

700

700

700

700

700

700

4.200

Primero de Marzo

350

350

350

350

350

350

2.100

San Bernardino

230

230

230

230

230

230

1.380

Santa Elena

230

230

230

230

230

230

1.380

Tobatí

700

700

700

700

700

700

4.200

Valenzuela

230

230

230

230

230

230

1.380

San José Obrero

470

470

470

470

470

470

2.820

TOTAL REGION

10.000

10.000

10.000

10.000

10.000

10.000

60.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 5                    

IV RS   GUAIRA

Villarrica

2.820

2.820

2.820

2.820

2.820

2.820

16.920

Colonia Independencia

2.120

2.120

2.120

2.120

2.120

2.120

12.720

Paso  Yobai

1.650

1.650

1.650

1.650

1.650

1.650

9.900

Iturbe

1.180

1.180

1.180

1.180

1.180

1.180

7.080

Mauricio  J Troche

820

820

820

820

820

820

4.920

Borja

1.400

1.400

1.400

1.400

1.400

1.400

8.400

San  Salvador

350

350

350

350

350

350

2.100

Ñumi

590

590

590

590

590

590

3.540

JoséFassardi

1.060

1.060

1.060

1.060

1.060

1.060

6.360

Natalicio  Talavera

480

480

480

480

480

480

2.880

Coronel Martínez

710

710

710

710

710

710

4.260

Félix P. Cardozo

940

940

940

940

940

940

5.640

Itape

710

710

710

710

710

710

4.260

Yataity

590

590

590

590

590

590

3.540

Mbocayaty

820

820

820

820

820

820

4.920

E. A. Garay

1.060

1.060

1.060

1.060

1.060

1.060

6.360

Dr. Botrell

350

350

350

350

350

350

2.100

Tebicuary

350

350

350

350

350

350

2.100

TOTAL REGION

18.000

18.000

18.000

18.000

18.000

18.000

108.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 6                     

V RS   CAAGUAZU

Coronel  Oviedo

10000

10000

10000

10000

10000

10000

60000

Caaguazú

10000

10000

10000

10000

10000

10000

60000

Carayao

3000

3000

3000

3000

3000

3000

18000

Dr. Cecilio  Báez

1400

1400

1400

1400

1400

1400

8400

Santa  Rosa de Mbutuy

2400

2400

2400

2400

2400

2400

14400

Juan  Manuel  Frutos

2000

2000

2000

2000

2000

2000

12000

Repatriación

7000

7000

7000

7000

7000

7000

42000

Nueva Londres

1200

1200

1200

1200

1200

1200

7200

San  Joaquín

3000

3000

3000

3000

3000

3000

18000

San  José de los  Arroyos

3000

3000

3000

3000

3000

3000

18000

Yhu

6000

6000

6000

6000

6000

6000

36000

Dr. J. Eulogio  Estigarribia

6000

6000

6000

6000

6000

6000

36000

R. I. 3 Corrales

1300

1300

1300

1300

1300

1300

7800

Raúl  Arsenio  Oviedo

6000

6000

6000

6000

6000

6000

36000

José Domingo  Ocampos

1000

1000

1000

1000

1000

1000

6000

Mcal. López

1500

1500

1500

1500

1500

1500

9000

La Pastora

1000

1000

1000

1000

1000

1000

6000

3 de Febrero

1200

1200

1200

1200

1200

1200

7200

Simón Bolívar

1200

1200

1200

1200

1200

1200

7200

Vaquería

2000

2000

2000

2000

2000

2000

12000

Tembiaporá

1600

1600

1600

1600

1600

1600

9600

Nueva  Toledo

1200

1200

1200

1200

1200

1200

7200

V Región Sanitaria

12000

12000

12000

12000

12000

12000

72000

TOTAL

85.000

85.000

85.000

85.000

85.000

85.000

510.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 7                 

    VI RS    CAAZAPA

Caazapá

2.640

2.640

2.640

2.640

2.640

2.640

15840

Avaí

4.404

4.404

4.404

4.404

4.404

4.404

26424

Buena Vista

1.104

1.104

1.104

1.104

1.104

1.104

6624

Dr.  Moisés Bertoni

1.104

1.104

1.104

1.104

1.104

1.104

6624

Gral. Higinio Morinigo

1.104

1.104

1.104

1.104

1.104

1.104

6624

Maciel

552

552

552

552

552

552

3312

San Juan  Nepomuceno

4.836

4.836

4.836

4.836

4.836

4.836

29016

Tavai

2.208

2.208

2.208

2.208

2.208

2.208

13248

Yegros

768

768

768

768

768

768

4608

Yuty

2.856

2.856

2.856

2.856

2.856

2.856

17136

3 de  Mayo

2.424

2.424

2.424

2.424

2.424

2.424

14544

TOTAL REGION

24.000

24.000

24.000

24.000

24.000

24.000

144.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 8                

     VII RS     ITAPUA

Cambyreta

1.298

1.298

1.298

1.298

1.298

1.298

7.788

Obligado

866

866

866

866

866

866

5.196

Encarnación

1.742

1.742

1.742

1.742

1.742

1.742

10.452

Bella Vista

760

760

760

760

760

760

4.560

Edelira

866

866

866

866

866

866

5.196

San  Juan  del  Paraná

433

433

433

433

433

433

2.598

Jesús

327

327

327

327

327

327

1.962

Hohenau

327

327

327

327

327

327

1.962

Alto  Vera

866

866

866

866

866

866

5.196

Gral.  Delgado

327

327

327

327

327

327

1.962

San Rafael  del  Paraná

1.086

1.086

1.086

1.086

1.086

1.086

6.516

Natalio

866

866

866

866

866

866

5.196

Coronel  Bogado

433

433

433

433

433

433

2.598

Tomas Romero  Pereira

654

654

654

654

654

654

3.924

Pirapo

433

433

433

433

433

433

2.598

San  Cosme y  Damián

327

327

327

327

327

327

1.962

Carlos Antonio López

866

866

866

866

866

866

5.196

Trinidad

433

433

433

433

433

433

2.598

Fram

538

538

538

538

538

538

3.228

Nueva  Alborada

433

433

433

433

433

433

2.598

San  Pedro  del  Paraná

1.087

1.087

1.087

1.087

1.087

1.087

6.522

Carmen  del  Paraná

222

222

222

222

222

222

1.332

Cap.  Miranda

433

433

433

433

433

433

2.598

Mayor Otaño

654

654

654

654

654

654

3.924

Leandro Oviedo

222

222

222

222

222

222

1.332

Gral. Artigas

654

654

654

654

654

654

3.924

La Paz

222

222

222

222

222

222

1.332

Yatayty

538

538

538

538

538

538

3.228

Cap. Meza

433

433

433

433

433

433

2.598

Itapuá Poty

654

654

654

654

654

654

3.924

TOTAL REGION

19.000

19.000

19.000

19.000

19.000

19.000

114.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 9                   

  VIII RS       MISIONES

San  Juan  Bautista

930

930

930

930

930

930

5.580

San  Ignacio

1.860

1.860

1.860

1.860

1.860

1.860

11.160

Santa Rosa

1.700

1.700

1.700

1.700

1.700

1.700

10.200

Ayolas

1.700

1.700

1.700

1.700

1.700

1.700

10.200

Santa  María

780

780

780

780

780

780

4.680

San  Miguel

780

780

780

780

780

780

4.680

Villa Florida

470

470

470

470

470

470

2.820

San  Patricio

780

780

780

780

780

780

4.680

Santiago

620

620

620

620

620

620

3.720

Yabebyry

780

780

780

780

780

780

4.680

TOTAL REGION

10.400

10.400

10.400

10.400

10.400

10.400

62.400

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 10        

              IX RS  PARAGUARI

Acahay

460

460

460

460

460

460

2.760

Caapucú

210

210

210

210

210

210

1.260

Caballero

200

200

200

200

200

200

1.200

Carapeguá

890

890

890

890

890

890

5.340

Escobar

330

330

330

330

330

330

1.980

La Colmena

260

260

260

260

260

260

1.560

Mbujapey

500

500

500

500

500

500

3.000

Paraguarí

600

600

600

600

600

600

3.600

Pirayú

500

500

500

500

500

500

3.000

Quiindy

600

600

600

600

600

600

3.600

Quyquyho

350

350

350

350

350

350

2.100

San Roque González

450

450

450

450

450

450

2.700

Sapucai

330

330

330

330

330

330

1.980

Tebicuarymi

350

350

350

350

350

350

2.100

Yaguaron

610

610

610

610

610

610

3.660

Ybycui

700

700

700

700

700

700

4.200

Ybytimi

360

360

360

360

360

360

2.160

TOTAL REGION

7.700

7.700

7.700

7.700

7.700

7.700

46.200

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 11                 

    X RS    ALTO PARANA

Ciudad del Este

8.250

8.250

8.250

8.250

8.250

8.250

49.500

Presidente Franco

1.700

1.700

1.700

1.700

1.700

1.700

10.200

Domingo M. de Irala

460

460

460

460

460

460

2.760

Mallorquín

490

490

490

490

490

490

2.940

Hernandarias

1.030

1.030

1.030

1.030

1.030

1.030

6.180

Itakyry

2.630

2.630

2.630

2.630

2.630

2.630

15.780

Oleary

670

670

670

670

670

670

4.020

Ñacunday

500

500

500

500

500

500

3.000

Yguazú

370

370

370

370

370

370

2.220

Cedrales

610

610

610

610

610

610

3.660

Minga Guazú

1.520

1.520

1.520

1.520

1.520

1.520

9.120

San  Cristóbal

470

470

470

470

470

470

2.820

Santa  Rita

360

360

360

360

360

360

2.160

Naranjal

480

480

480

480

480

480

2.880

Santa Rosa

490

490

490

490

490

490

2.940

Minga Pora

730

730

730

730

730

730

4.380

Mbaracayú

540

540

540

540

540

540

3.240

San Alberto

440

440

440

440

440

440

2.640

Iruña

170

170

170

170

170

170

1.020

Santa Fe  del Paraná

630

630

630

630

630

630

3.780

Tavapy

300

300

300

300

300

300

1.800

Raúl  Peña

760

760

760

760

760

760

4.560

TOTAL REGION

23.600

23.600

23.600

23.600

23.600

23.600

141.600

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 12            

         XI RS   CENTRAL

Areguá

1.194

1.194

1.194

1.194

1.194

1.194

7.164

Capiatá

2.990

2.990

2.990

2.990

2.990

2.990

17.940

Fdo. De la Mora

1.194

1.194

1.194

1.194

1.194

1.194

7.164

Guarambaré

688

688

688

688

688

688

4.128

Itá

1.298

1.298

1.298

1.298

1.298

1.298

7.788

Itauguá

1.600

1.600

1.600

1.600

1.600

1.600

9.600

J. A. Saldívar

1.101

1.101

1.101

1.101

1.101

1.101

6.606

Lambaré

1.200

1.200

1.200

1.200

1.200

1.200

7.200

Limpio

1.800

1.800

1.800

1.800

1.800

1.800

10.800

Luque

2.915

2.915

2.915

2.915

2.915

2.915

17.490

M.R. Alonso

1.102

1.102

1.102

1.102

1.102

1.102

6.612

Nueva Italia

480

480

480

480

480

480

2.880

Ñemby

1.205

1.205

1.205

1.205

1.205

1.205

7.230

San  Antonio

780

780

780

780

780

780

4.680

San  Lorenzo

2.202

2.202

2.202

2.202

2.202

2.202

13.212

Villa Elisa

1.101

1.101

1.101

1.101

1.101

1.101

6.606

Villeta

800

800

800

800

800

800

4.800

Ypacarai

800

800

800

800

800

800

4.800

Ypané

1.050

1.050

1.050

1.050

1.050

1.050

6.300

TOTAL REGION

25.500

25.500

25.500

25.500

25.500

25.500

153.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 13            

         XII RS   ÑEEMBUCU

Villa  Franca

120

120

120

120

120

120

720

Paso  de  Patria

230

230

230

230

230

230

1.380

Humaitá

120

120

120

120

120

120

720

Villalbín

120

120

120

120

120

120

720

Laureles

120

120

120

120

120

120

720

Villa Oliva

230

230

230

230

230

230

1.380

Cerrito

270

270

270

270

270

270

1.620

Tacuaras

240

240

240

240

240

240

1.440

Isla Umbú

120

120

120

120

120

120

720

Mayor Martínez

230

230

230

230

230

230

1.380

Guazucua

70

70

70

70

70

70

420

Alberdi

240

240

240

240

240

240

1.440

Pilar

930

930

930

930

930

930

5.580

Gral. Díaz

120

120

120

120

120

120

720

San  Juan

220

220

220

220

220

220

1.320

Desmochados

120

120

120

120

120

120

720

TOTAL REGION

3.500

3.500

3.500

3.500

3.500

3.500

21.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 14           

        XIII RS    AMAMBAY

Pedro Juan Caballero

9.940

9.940

9.940

9.940

9.940

9.940

59.640

Bella Vista

1.310

1.310

1.310

1.310

1.310

1.310

7.860

Capitán Bado

2.750

2.750

2.750

2.750

2.750

2.750

16.500

TOTAL REGION

14.000

14.000

14.000

14.000

14.000

14.000

84.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 15           

          XIV RS    CANINDEYU

Salto  del Guaira

1.550

1.550

1.550

1.550

1.550

1.550

9.300

Puerto Adela

150

150

150

150

150

150

900

La Paloma

606

606

606

606

606

606

3.636

F. Caballero  Álvarez

1.500

1.500

1.500

1.500

1.500

1.500

9.000

Katueté

900

900

900

900

900

900

5.400

Nueva  Esperanza

1.500

1.500

1.500

1.500

1.500

1.500

9.000

Corpus Christi

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

6.000

Ybyrarobana

1.200

1.200

1.200

1.200

1.200

1.200

7.200

Curuguaty

7.000

7.000

7.000

7.000

7.000

7.000

42.000

Maracaná

1.442

1.442

1.442

1.442

1.442

1.442

8.652

YasyCañy

2.400

2.400

2.400

2.400

2.400

2.400

14.400

Villa Ygatimí

1.900

1.900

1.900

1.900

1.900

1.900

11.400

Ypejhu

846

846

846

846

846

846

5.076

Itanará

606

606

606

606

606

606

3.636

Ybypytá

1.400

1.400

1.400

1.400

1.400

1.400

8.400

TOTAL REGION

24.000

24.000

24.000

24.000

24.000

24.000

144.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 16    

                 XV RS  PRESIDENTE HAYES

Villa Hayes

8.320

8.320

8.320

8.320

8.320

8.320

49.920

Falcón

1.190

1.190

1.190

1.190

1.190

1.190

7.140

Benjamín Aceval

4.280

4.280

4.280

4.280

4.280

4.280

25.680

Nanawa

1.900

1.900

1.900

1.900

1.900

1.900

11.400

Pinasco

2.850

2.850

2.850

2.850

2.850

2.850

17.100

Irala Fernández

3.090

3.090

3.090

3.090

3.090

3.090

18.540

Gral. Bruguez

710

710

710

710

710

710

4.260

Tte. Martínez

710

710

710

710

710

710

4.260

Escalante

950

950

950

950

950

950

5.700

TOTAL REGION

24.000

24.000

24.000

24.000

24.000

24.000

144.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 17      

               XVI RS  BOQUERON

Mcal. Estigarribia

6.400

6.400

6.400

6.400

6.400

6.400

38.400

Filadelfia

4.100

4.100

4.100

4.100

4.100

4.100

24.600

Loma Plata

3.800

3.800

3.800

3.800

3.800

3.800

22.800

TOTAL REGION

14.300

14.300

14.300

14.300

14.300

14.300

85.800

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 18                 

   XVII RS    ALTO PARAGUAY

Fuerte  Olimpo

2.108

2.108

2.108

2.108

2.108

2.108

12.648

La Victoria

1.558

1.558

1.558

1.558

1.558

1.558

9.348

Bahía Negra

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

6.000

Carmelo  Peralta

1.334

1.334

1.334

1.334

1.334

1.334

8.004

TOTAL REGION

6.000

6.000

6.000

6.000

6.000

6.000

36.000

                 

PLAN DE ENTREGAS

Entrega 1

Entrega 2

Entrega 3

Entrega 4

Entrega 5

Entrega 6

TOTAL

ITEM 19    

                 XVIII RS   CAPITAL

San Pablo

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

6.000

Loma Pyta

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

1.000

6.000

Trinidad

1.400

1.400

1.400

1.400

1.400

1.400

8.400

Capellanes del  Chaco

2.600

2.600

2.600

2.600

2.600

2.600

15.600

TOTAL REGION

6.000

6.000

6.000

6.000

6.000

6.000

36.000

 

Para notificaciones, la dirección de la Contratante será:

Atención: Sr. Rodrigo Sánchez, Director Dirección Administrativa DGAF

Dirección: Pettirossi esq. Brasil

Piso/Oficina: MESA DE ENTRADA

Ciudad: Asunción, Paraguay

Teléfono/Fax: 021 201-509

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

El proveedor deberá disponer los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. Las cajas contenedoras deberán ser adecuadas para resistir.

La caja contenedora del producto debe ser de cartón corrugado, de manera a proteger el envase individual primario, con la parte superior e inferior lacradas, con cerramiento seguro e inviolable, asegurando la protección del producto contenido en ella y con capacidad de contener 10 kg, según el siguiente detalle:

- Espesor: Mínimo: 4,1 mm

- Gramaje: Mínimo: 650 g/m2

- Resistencia a la explosión: Mínimo: 150 lb/pulg2

- Absorción de agua normal para liners, Índice de Cobb no mayor a 0,6 g/100 cm2 (a 300 segundos) liners.

- Resistencia a la compresión mínima 350 kgf para apilamiento en columna o resistencia a la compresión de mínima 460 kgf a 500 kgf para apilamiento cruzado.

En caso de uso de cinta adhesiva, la misma deberá identificar el nombre de la empresa.

Para la disposición correcta de los insumos deberá realizarse mediante estibas en filas horizontales y verticales de manera a que las cajas se encuentren trabadas con una altura máxima de 8 cajas, acomodando los insumos de manera tal a que se puede identificar claramente el lote y fecha de vencimiento.

La caja contenedora, las identificaciones, logos, leyendas y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se describen a continuación:

Rotulado de la caja contenedora:

En la caja contenedora deberá estar impresa la siguiente información:

- Denominación de venta del alimento.

- Lote.

- Fecha de vencimiento: indicando Mes y Año.

- Número de envases individuales contenidos en la misma.

- La leyenda FRÁGIL y debe indicar con una flecha el sentido correcto para la posición de la caja.

- Deberá incluirse instrucciones sobre el apilamiento hasta un máximo de 8 cajas.

- Deberá indicarse además en lugar bien visible, en letra Arial, de color negro y de tamaño no menor a 2 centímetros, la siguiente leyenda:

MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL

PROGRAMA ALIMENTARIO NUTRICIONAL INTEGRAL

DISTRIBUCIÓN GRATUITA

PROHIBIDA SU VENTA

 

1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

Visita al establecimiento Elaborador del producto y del Distribuidor.

Posterior al proceso de descarte de ofertas, según verificación de documentaciones y cumplimiento de otros términos del presente PBC, una vez finalizada esa etapa, la convocante a través del Comité Evaluador deberá solicitar al INAN la verificación e inspección del local de las empresas Elaboradoras y Distribuidoras del producto para corroborar su asiento legal, capacidad de producción y/o de depósito, condiciones y lugar de almacenamiento de los bienes.

Dicha solicitud deberá ser remitida dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas posteriores a la FECHA Y HORA estipulada para la apertura de sobres; contadas a partir del día hábil inmediato posterior.

Control de Calidad:

1. La empresa elaboradora del producto adjudicado, debe contar con un Sistema de Control de Calidad, que garantice el cumplimiento en cada lote de inspección, de todos los parámetros establecidos en las especificaciones técnicas. A efectos del control de calidad por parte de la empresa elaboradora y de la Certificación de Conformidad del Lote de Producto por parte del INTN, el muestreo será por Lote de Inspección.

Para tales efectos, se entiende Lote de inspección , la cantidad definida de un producto obtenido por la

agrupación de varios lotes de producción , para ser sometido a inspección. Se hace la salvedad de que un lote de inspección puede consistir de varios lotes de producción o de partes de lotes de producción . Entendiéndose por Lote de producción , la cantidad definida del producto, producida de una vez, bajo condiciones que se supone son uniformes.

El lote de inspección podrá ser de hasta 25 toneladas como máximo.

2. El INAN está facultado a inspeccionar el producto terminado en cualquier etapa de su elaboración, envasado, almacenamiento y distribución.

El control por parte del INAN podrá ser realizado solicitando los resultados de análisis de control de

calidad de la producción de la empresa elaboradora o bien, a través de la toma muestras del producto

para realizar los análisis de cualquier parámetro descrito en el presente PBC.

3. Tanto para la entrega del producto como para la vigilancia de cumplimiento del control de calidad durante la ejecución del contrato se tendrá en cuenta lo siguiente:

Para la entrega del producto:

La Empresa Adjudicada deberá presentar a la Dirección General de Administración y Finanzas del Ministerio de Salud y Bienestar Social el Certificado Original de Conformidad de Lotes de Productos (por Lote de inspección),en conformidad con las especificaciones técnicas indicadas en el presente PBC, expedida por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN), conforme al Reglamento ONC-RG-002, Última Revisión.

Se solicitará al INTN la remisión al INAN de una copia autenticada de todos los Informes de Ensayo de cada Lote de inspección que haya sido muestreado en el marco de la presente licitación, independientemente de que los mismos hayan arrojado conformidades o no.

Durante la ejecución del contrato:

El INAN podrá realizar muestreos aleatorios del producto, así como del envase primario, de la caja contenedora y de la medida dosificadora para su Control de Calidad en laboratorios oficiales. Los costos serán asumidos por la Empresa Adjudicada, sin costo alguno para la Contratante.

La toma de muestras podrá ser realizada en las empresas elaboradoras, en los depósitos de la empresa adjudicada, en los puntos de entrega del producto o en los servicios de salud, según sea el caso. La cantidad de muestras quedará a criterio del INAN.

Incumplimientos:

De constatarse irregularidades en el cumplimiento de alguna de las especificaciones técnicas indicadas en el PBC, la Empresa Adjudicada previa intimación hecha por la Contratante, deberá retirar la totalidad del lote afectado y proceder a su remplazo por otro que cumpla, en un plazo máximo de 20 (veinte) días hábiles. Si la Empresa Adjudicada no remplazare los productos en el plazo establecido por la Contratante o se constate reincidencia en el incumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas, se aplicará lo

establecido.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno

para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas,

en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas

se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los

planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones

mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione

su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a

la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o

del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están

requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o

inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

 

 

 

 

 

 

 

 

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: NOTA DE REMISION

Las Cantidades adjudicadas: Como lo indica en el Plan de Entrega

Frecuencia: como indica el Plan de Entrega.

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA

Nota de Remisión / Acta de recepción XXXX

Nota de Remisión / Acta de recepción XXX.

El proveedor adjudicado tendrá un plazo de 30 (treinta) y hasta los cuarenta (40) días hábiles a partir de la recepción de la Orden de Compras para la entrega de los bienes adjudicados.

 

Criterios de Adjudicación

La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación;
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del consorcio constituido.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.