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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
lmolinas
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
13-10-2021 - 10:42
Fecha de Fin
14-10-2021 - 15:46
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
- En cuanto al personal inscripto en el IPS, la convocante solicita que el personal cuente con con una antigüedad mínima de 6 (seis) meses anteriores a la fecha de apertura de ofertas. - La convocante solicita que el taller se encuentre en un radio de 10 KM de la ubicación de la convocante. - Considerando que la convocante menciona en el PBC "El Ministerio de Desarrollo Social podrá incluir otras unidades de vehículos siempre que las mismas coincidan con los rodados en cuanto a marca y modelo de los mismos...", se solicita incluir que la misma se realizará mediante un convenio modificatorio y de acuerdo a lo establecido en el art. 63 de la Ley N° 2051/03. - Se observa que el sistema de adjudicación es por el total, sin embargo se solicita el servicio de mantenimiento y reparación de vehículos de distintas marcas.

Observaciones

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.