Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1.Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
7. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
8. Patente Comercial del muncipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
9. Documentos legales |
9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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9.3. Oferentes en Consorcio. |
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva para procesos de SBE.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Capacidad Financiera
a) Ratio de liquidez: activo corriente/pasivo corriente: deberá ser igual o mayor que 1, en promedio de los tres (3) últimos años (2018, 2019, 2020).
ENDEUDAMIENTO: pasivo total/activo total: no deberá ser mayor a 0,80 en promedio de los tres (3) últimos años (2018, 2019, 2020)
RENTABILIDAD: porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital.
El promedio de los tres (3) últimos años (2018, 2019, 2020) no deberá ser negativo.
b) Para contribuyentes de IRPC
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos de los tres (3) últimos años (2018, 2019, 2020)
c) Para contribuyentes de IRP
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos, de los tres (3) últimos años (2018, 2019, 2020)
d) Para contribuyentes de exclusivamente IVA General
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos de los tres (3) últimos años (2018, 2019,2020)
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad financiera
a. Certificado de Cumplimiento Tributario vigencia a la fecha de apertura o al inicio de la carga de propuestas para procesos SBE.
b. Balance General de los tres (3) últimos años (2018, 2019, 2020)
c. Formulario 106 de los tres (3) últimos años (2018, 2019, 2020) para contribuyentes del IRPC
d. Formulario 104 de los tres (3) últimos años (2018,2019, 2020) para contribuyentes de Renta Personal
e. Formulario 120 de los últimos 36 meses (de los tres últimos años (2018, 2019, 2020)) para contribuyentes de IVA GENERAL
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1- Demostrar la experiencia en Servicio de Mantenimiento y Reparación de Vehículos con facturaciones de venta y/o contratos por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3 últimos años.2018, 2019, 2020
El método de evaluación será la suma de todos los montos de los contratos (IVA incluido) hasta llegar al 50% solicitado dentro de los años 2018, 2019, 2020, si el oferente presentase documentaciones que lleguen o superen el monto indicado en uno o dos de los años solicitados, la acreditación será considerada como cumplida. No necesariamente siendo requisito excluyente la presentación de documentaciones de los 3 años para realizar la sumatoria.
2- El oferente deberá contar con al menos 03 (tres) Certificados, Notas o Constancias de cumplimiento satisfactorio de contrato, (Mantenimiento y Reparación de Vehículos) el mismo podrá del sector público y/o privadas
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a) Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.
b) Patente comercial vigente a la fecha de apertura o al inicio de la carga de propuestas para SBE, del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente.
c) Constancia de RUC emitida por la SET.
d) Certificado/Nota/Constancia de cumplimiento satisfactorio de como mínimo 3 (tres) empresas donde realizo servicios de igual naturaleza.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
Capacidad Técnica
1- El oferente deberá contar con las condiciones mínimas de infraestructura, personal idóneo y documentaciones del taller que se especifican en las Especificaciones Técnicas. Además de cumplir con las condiciones mínimas requeridas.
Dimensión del área del taller: Poseer infraestructura para resguardo de los vehículos, e instalaciones adecuadas para maniobrabilidad de los mismos. Para el efecto deberá contar con una superficie cubierta mínima de 650 m2 íntegramente techado y cerrado tipo depósito con paredes de material cocido (ladrillos) del piso al techo, para mayor seguridad del patrimonio institucional.
3 (Tres) elevadores hidráulicos y/o eléctricos para revisión de vehículos
1 (una) fosa íntegramente azulejada e iluminada.
2 (Dos) compresor de Aire, 1(un) aparejo y 2(dos) prensas Hidráulicas.
Deberá disponer de herramientas necesarias y suficientes para la realización de los trabajos como ser de Alineadora de ruedas (podrá ser tercerizado), calibrador de inyectores, extractor de picos inyectores, Ext. rulemán, extractor hidráulico espiral de amortiguador, equipos de succión, cargador de aceite, equipos de mantenimiento de baterías, cargadores eléctricos, tester electrónicos.
El contratista deberá tener la capacidad técnica y funcional de realizar las reparaciones de 7 (siete) vehículos de la institución al mismo tiempo y entregarlos en el plazo requerido en la Orden de trabajo.
Poseer 3 (tres) escáner para diagnostico electrónico computarizado, multimarcas, y deben de tener software para los vehículos de la institución, cuyo uso será sin costo para el vehículo que lo requiera.
Poseer indefectiblemente con un sistema de protección contra incendio con alarma [sirena] en todas sus instalaciones, balde de arena, extintores, sistema de detección de humo, carteles indicadores de salida de
Emergencia, bocas hidrantes que será verificada en la inspección técnica en la oportunidad de la visita de la comisión evaluadora, a las instalaciones de los oferentes.
Acta de verificación final emitida por la municipalidad y cuerpo de Bomberos. El oferente deberá contar servicio de grúa que cubra todos al territorio nacional, sin costo para la Institución.
Debe contar con sala cerrada para las reparaciones de motor, caja y diferencial de manera a evitar la contaminación del ambiente a ser comprobado en la verificación de los talleres.
Baroscopio y endoscopio con cámara de inspección, debe estar operativo indefectiblemente en el momento de la verificación de taller.
Sistema de circuito cerrado (cámaras) que cubra todas las instalaciones, exterior e interior de modo a estar monitoreada y grabada las 24 horas
El taller deberá estar ubicado a una distancia no mayor a 8 kilómetros de la institución, a los efectos de garantizar la pronta entrega/ retiro de los móviles, facilitar el control por parte del mecánico de la institución a los trabajos realizados y optimizar el tiempo de traslado (Economía a la institución) y la utilización de los móviles al momento de verificar, trasladar y gestionar los móviles o documentaciones en el taller adjudicado.
a. Realizar los trabajos detallados en los presupuestos aprobados por la Convocante.
b. Proveer el personal necesario, en cantidad y calidad, para garantizar una buena y rápida ejecución de los servicios (personal técnico capacitado en mecánica, inyección electrónica, electricidad y aire acondicionado del automóvil)
c. Sera responsable de la provisión de los equipos de protección individual necesarios para sus empleados y deberá cumplir con las disposiciones legales vigentes, responsabilizándose por el pago de los sueldos y beneficios de sus empleados.
d. Será responsable de todos los daños causados a los vehículos de la Convocantes, provenientes de hechos u omisiones voluntarias o involuntarias, negligencia o inexperiencia de sus empleados, sin cargo alguno para la convocante.
e. Deberá proveer todas las piezas, repuestos y materiales necesarios, los cuales serán nuevos, originales y deben estar en perfectas condiciones, de acuerdo a las especificaciones técnicas del fabricante.
f. Proveer a todos los equipos y herramientas necesarias para la correcta ejecución de los servicios, en buenas condiciones de uso y con las documentaciones legales necesarias.
g. Garantizar los servicios ejecutados contra defectos de mano de obra, repuestos o de materiales utilizados por un plazo de 6 (seis) meses a partir de la fecha de entrega del móvil ya sean mantenimiento, cambio y/o reparación del vehículo.
En caso de que dentro de los 6 (seis) meses posteriores la realización del servicios o trabajos, el vehículo haya recorrido una distancia igual o mayor a 10.000 km. La empresa adjudicada podrá solicitar por escrito la excepción de este requisito acompañado de a la solicitud copia del documento expedido por el fabricante del repuesto en el cual se visualice que el repuesto tiene una duración menor al kilometraje que recorrió el vehículo. En todos los casos deberán estar incluidos los gastos que demanden la colocación de los repuestos con la utilización de los materiales y los cambios por garantía no demandarán ningún tipo de costo a la institución. Este requisito no será aplicable al mantenimiento preventivo de los vehículos, específicamente no se aplicará cambio de filtro de combustible, aceite y aire, ni a cambio de aceite de motor.
2- Poseer indefectiblemente con un sistema de protección contra incendio con alarma [sirena] en todas sus instalaciones, balde de arena, extintores, sistema de detección de humo, carteles indicadores de salida de emergencia, bocas hidrantes que será verificada en la inspección técnica en la oportunidad de la visita de la comisión evaluadora, a las instalaciones de los oferentes.
3- Acta de verificación final emitida por la municipalidad y cuerpo de Bomberos.
4- El oferente deberá contar servicio de grúa que cubra todos al territorio nacional, sin costo para la Institución.
5- Debe contar con sala cerrada para las reparaciones de motor, caja y diferencial de manera a evitar la contaminación del ambiente a ser comprobado en la verificación de los talleres.
6- Sistema de circuito cerrado (cámaras) que cubra todas las instalaciones, exterior e interior de modo a estar monitoreada y grabada las 24 horas
7- El taller deberá estar ubicado a una distancia no mayor a 8 kilómetros de la institución, a los efectos de garantizar la pronta entrega/ retiro de los móviles, facilitar el control por parte del mecánico de la institución a los trabajos realizados y optimizar el tiempo de traslado (Economía a la institución) y la utilización de los móviles al momento de verificar, trasladar y gestionar los móviles o documentaciones en el taller adjudicado.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
1- Declaración Jurada por el cual el oferente deberá garantiza contar con las condiciones mínimas de infraestructura y documentaciones establecidas en las Especificaciones Técnicas. El cual será verificado por el Comité de Evaluación en la verificación in situ, durante el proceso de evaluación.
2- Copia simple del Acta de verificación final emitida por la Municipalidad, además de planos aprobados Protección Contra Incendio (PCI). El oferente deberá poseer indefectiblemente un sistema de protección contra incendio con alarma [sirena] en todas sus instalaciones, balde de arena, extintores, sistema de detección de humo, carteles indicadores de salida de Emergencia, bocas hidrantes que será verificada en la visita in situ por parte de la comisión evaluadora, a las instalaciones de los oferentes.
3- Declaración Jurada donde el oferente declare que cuenta con el servicio de grúa con cobertura en territorio nacional, sin costo para la Institución.
4- Presentar copia simple de la Licencia Ambiental del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES).
5- Declaración Jurada en donde el oferente declare contar con sala cerrada para las reparaciones de motor, caja y diferencial de manera a evitar la contaminación del ambiente.
6- Presentar constancia y/o documento análogo que demuestre que el oferente cuenta con Sistema de circuito cerrado (cámaras) que cubra todas las instalaciones, exterior e interior de modo a estar monitoreada y grabada las 24 horas
7- Presentar Declaración Jurada y croquis de ubicación del taller que deberá cumplir con la distancia no mayor a 8 kilómetros de la institución.
La infraestructura podrá ser verificada por los miembros del Comité de Evaluación o en su caso, representante(s) del mismo, y funcionarios técnicos pertenecientes al Ministerio de Urbanismo, Vivienda y Hábitat, in situ; durante la evaluación de las ofertas, donde se elaborará un informe al respecto y, de ser necesario, acompañará toma fotográfica.
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.