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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

Presentar una Declaración Jurada mediante la cual el oferente manifiesta de que posee toda la infraestructura necesaria para la elaboración, fraccionamiento, almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados, según sea el caso

Declaración jurada de estar de acuerdo y acepta todos los términos del presente Pliego de Bases y Condiciones y las aclaraciones y sus Adendas que en consecuencia sean emitidas y que lo acepta en todos sus términos.-

 

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

Presentar una Declaración Jurada mediante la cual el oferente manifiesta de que posee toda la infraestructura necesaria para la elaboración, fraccionamiento, almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados, según sea el caso

Declaración jurada de estar de acuerdo y acepta todos los términos del presente Pliego de Bases y Condiciones y las aclaraciones y sus Adendas que en consecuencia sean emitidas y que lo acepta en todos sus términos.-

Presentar el certificado de Registro DOMISANITARIO de todos los bienes ofertados, dando así cumplimiento al DECRETO N° 2882 de la DINAVISA del MSP Y BS. La autoridad sanitaria nacional reglamenta el tratamiento que se le dará  los productos definidos como domisanitarios , requisito para la habilitación y funcionamiento de empresas FABRICANTES, FRACCIONADORES, EXPORTADORES Y/O IMPORTADORES.  Como lo estipula el DECRETO 2882 en su CAPITULO II- GOLSARIOS Y TERMINOS en su ARTICULO 2° en su insiso 1- Productos Domisantarios.-

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

Presentar una Declaración Jurada mediante la cual el oferente manifiesta de que posee toda la infraestructura necesaria para la elaboración, fraccionamiento, almacenaje y/o depósito de los bienes ofertados, según sea el caso

Declaración jurada de estar de acuerdo y acepta todos los términos del presente Pliego de Bases y Condiciones y las aclaraciones y sus Adendas que en consecuencia sean emitidas y que lo acepta en todos sus términos.-

Presentar el certificado de Registro DOMISANITARIO de todos los bienes ofertados, dando así cumplimiento al DECRETO N° 2882 de la DINAVISA del MSP Y BS. La autoridad sanitaria nacional reglamenta el tratamiento que se le dará los productos definidos como domisanitarios , requisito para la habilitación y funcionamiento de empresas FABRICANTES, FRACCIONADORES, EXPORTADORES Y/O IMPORTADORES. Como lo estipula el DECRETO 2882 en su CAPITULO II- GOLSARIOS Y TERMINOS en su ARTICULO 2° en su insiso 1- Productos Domisantarios.-