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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
uurunaga
Tipo de Verificación
Primera Comunicación
Fecha de Solicitud
17-09-2021 - 13:32
Fecha de Fin
23-09-2021 - 16:04
Estado
Retenido
Comentarios Adicionales
1. En el SICP no se ha indicado el inciso del supuesto de excepción a aplicarse para el presente llamado. 2. En el Dictamen UOC N° 42/2021 se mencionan actuaciones relacionadas al proceso que datan desde el año 2017, al respecto consultamos que hecho/s ha/n imposibilitado a la convocante realizar el llamado con mayor antelación a la practicada. 3. La convocante pretende realizar el proceso por vía de la excepción amparado en los incisos a) y g) del art. 33 de la Ley N° 2051/03, al respecto el Art. 72 del Decreto N° 2992/19, es claro en determinar que se podrá llevar a cabo una contratación por vía de la excepción, bajo el inciso mencionado, siempre que la necesidad no pueda ser satisfecha por otros proveedores, en ese sentido, para que la causal tenga sustento deberán demostrar que existe un solo oferente que se encuentre en condiciones de ofrecer lo que técnicamente la convocante necesita, extremo que debe colegirse fehacientemente en el Dictamen de la UOC. Consideración Normativa: Decreto N° 2992/19 Art. 72. 4. Tomando en consideración que el Sr. Isidro Niz ha firmado la carta de aceptación en carácter de apoderado sobre el inmueble del propietario Ludger Theilmeier solicitamos remitir el poder correspondiente mediante el cual se lo reconoce como tal. 5. La siguiente documentación: Informe de Tasación del MOPC, fue emitido en el ejercicio fiscal 2018; al respeto solicitamos enviarlos actualizados. Consideración Normativa: Resolución DNCP N° 1198/13. Art. 4°. - 6. Recordamos a la Convocante dar cumplimiento a la Resolución DNCP N° 1890/20 "POR LA CUAL SE REGULA LA ESTIMACION DE PRECIOS Y SU PUBLICIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIONES PÚBLICAS EN EL MARCO DE LA LEY 2051/03". En este sentido, se deberá remitir los precios referenciales, documentos respaldatorios respectivos y un dictamen firmado por el Encargado de UOC, en el que se detalle la metodología utilizada para la obtención de los Precios de Referencia y cualquier otra característica del mercado, de la producción, la comercialización o distribución de bienes y servicios que puedan afectar el precio de referencia, así como la inclusión del Art. 4°, en donde se establece la aprobación del criterio de evaluación aplicable al análisis de los precios de referencia. Consideración Normativa: Resolución DNCP N° 1890/20. (subrayado y cursiva es nuestro) 7. En el modelo de contrato se menciona una normativa (21909/03) que al momento de las actuaciones ya se encuentra sin vigencia. 8. Se observa en el Contrato – clausula 4ta- Página N° 2: “…el equivalente al cero punto cuatro por ciento (0,4%) …” (sic) a los efectos de dar cumplimiento a la normativa vigente, solicitamos realizar el ajuste correspondiente en cuanto al porcentaje a ser aplicado. Consideración Normativa: Ley N° 6672/2021 Art. 267.- 9. No hemos visualizado entre las documentaciones remitidas, el estudio del impacto ambiental emitido por el MADES o parecer técnico del mismo sobre la viabilidad del proyecto que se pretende realizar en el inmueble, solicitamos a la convocante remitir dicho documento, documento que debe ser remitido por las Entidades convocantes a la DNCP con la comunicación de los llamados de adquisición de inmuebles por vía de la excepción. Consideración Normativa: Ley N° 294/93 Art. 7 inc. “a”; Decreto N° 453/13 Capítulo I Art. 2 inc. “a” numeral “1”. y Resolución DNCP 1198/2013 en el supuesto j) del art. 4.

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Falta documentaciones
Descripción
Considerando lo establecido en la "LEY DE CONTRATACIONES PUBLICAS", se solicita remitir la documentación correspondiente