Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

Términos de referencia

  1. INTRODUCCIÓN

La presente documentación tiene por finalidad, establecer las especificaciones técnicas que servirán de base para la contratación de Fiscalización de Obras Civiles para la realización de la Construcción de las Oficinas Administrativas del SENACSA. (Llamado a Licitación Pública Nacional DISEÑO Y CONSTRUCCION DE LAS OFICINAS ADMINISTRATIVAS DEL SENACSA - ID 400615)

Se considera, sin admitir prueba en contrario, que el Oferente se halla plenamente informado de todo cuanto se relaciona con la naturaleza de los trabajos.

El alcance de estas especificaciones tiene como objetivo ilustrar a todos los Oferentes sobre los criterios que deberán ser respetados para la cotización y posterior realización del proyecto de referencia, FISCALIZACION DE OBRA DE LAS OFICINAS ADMINISTRATIVAS DEL SENACSA.

Tiene por finalidad, establecer las especificaciones técnicas que servirán de base para la Fiscalización en la ejecución de todos los rubros previstos en el cómputo métrico de obras, en cuanto a provisión de materiales y métodos para la realización de la Construcción de las Oficinas Administrativas del SENACSA

La Fiscalización, como se llamará de aquí en adelante, es la consultora, consorcio de consultoras o unipersonal, especializadas en la construcción de Oficinas, empleada por el Contratante del proyecto y por lo tanto, será responsable ante él por todo el desempeño de sus funciones. La Fiscalización, a través de sus inspecciones diarias, es responsable por su trabajo y relaciones con el contratista y sus representantes para garantizar que el proyecto sea logrado de acuerdo con los planos y especificaciones que forman parte de los documentos del contrato de construcción del proyecto, tal como han sido aprobados por el Contratante. Una inspección eficiente, llevada a cabo por la Fiscalización de Obra es uno de los pasos más importantes para obtener un trabajo completamente satisfactorio. Desde el replanteo, estaqueado de las diferentes obras de construcción hasta la recepción final de la obra, la Fiscalización representa al Contratante para velar que todos los detalles de los planos y especificaciones sean ejecutados en forma correcta, que todos los frentes de trabajo lo estén haciendo con los últimos planos y especificaciones en vigencia y que estén al tanto de las últimas instrucciones de servicio y/o órdenes de cambio emitidas.

Es un factor importante que la Fiscalización de Obra en el desempeño de sus funciones actúe con imparcialidad y discreción en sus relaciones con el Contratista y sus representantes en todos los asuntos concernientes al proyecto sin que ello signifique que no sea firme en sus determinaciones.

La Fiscalización debe interpretar los documentos de contrato para explicar o aclarar preguntas o puntos conflictivos y preparar dibujos o esquemas que él considere necesario como complementación.

La Fiscalización de Obra deberá dar respuesta inmediata a todas las solicitudes de interpretación de planos y/o especificaciones que caen dentro del límite de sus atribuciones. Las discusiones y acciones tomadas para tal objeto deberán ser documentadas de acuerdo con los procedimientos que se describen más adelante.

II. DESCRIPCION DE LA OBRA

La edificación deberá emplazarse cercano al acceso principal del predio del SENACSA, ubicado sobre la calle Ciencias Veterinarias 265- San Lorenzo, debiendo reemplazar el edificio inconcluso de 2 niveles, construido de estructura de hormigón armado y mampostería de ladrillo. Por lo tanto, se deberá prever la demolición total de la estructura dejando a consideración del proyectista la utilización, en caso conveniente, de la fundación existente, inclusive podrá adosar nuevas fundaciones al actual.

El nuevo proyecto deberá contemplar los siguientes espacios y áreas; oficinas administrativas, atención al público, salas de esperas y recepción, sala de reuniones, servicios higiénicos sexados, kichinette para el personal, salón de usos múltiples y área de estacionamiento, en total corresponde un área total construida de aproximadamente de 1.200 m2. También comprende la construcción de obras exteriores complementarias consistentes en la construcción de camineros, acceso vehicular y guarda obra perimetral de piso de hormigón, empastado y revitalización de áreas verdes para el patio.

Los niveles se salvarán con la utilización de 2 escaleras, 1 para el público y 1 para el área privada, así como la posibilidad de colocar un ascensor para el público.

La construcción estará conformada por un sistema estructural de hormigón armado, los muros interiores serán de mamparas de rocayeso, todos pintados igualmente el cielorraso. La cubierta del edificio será de chapa térmico-acústico N° 27 con estructura metálica, impermeabilizada con pintura adecuada al material. Los pisos serán del tipo porcelanato y para las obras exteriores de piso de hormigón. La construcción contará con sus respectivas instalaciones eléctricas, hidrosanitarias, de desagüe cloacal, desagüe pluvial, señales débiles, sistema de audio, sistema de climatización, señalética y sistema de prevención de incendio.

El plazo de la entrega de la Obra será de 12 (doce) meses, a partir del acta de inicio de obra. La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 12 (DOCE) MESES contados desde la fecha del acta de la recepción provisoria.

 

Localidad

Tipo

Superficie de
construcción
(m2)

Descripción 

Plazo

San Lorenzo Sede Central SENACSA

Diseño y
Construcción de las Oficinas Administrativas del SENACSA

1.200 m²  

 

(aproximadamente 20 oficinas)

Presidencia

Gabinete

Secretaría Gral.

Asuntos Interinstitucionales

Asuntos Internacionales

Unidad Administrativa

Prensa y Protocolo

Asesoría

OIE

Salón Multiuso (180 m2)

Estacionamiento

Áreas de recepción y espera

Áreas de servicios de apoyo

12 meses

 

III. OBJETIVO

Los objetivos más importantes de la Fiscalización son:

  1. Vigilar por el fiel y estricto cumplimiento de las cláusulas del contrato, a fin de que los trabajos se ejecuten de acuerdo con sus diseños definitivos, especificaciones técnicas, programa de trabajo y normas técnicas aplicables.
  2. Detectar oportunamente errores y/u omisiones de los proyectistas, así como impresiones técnicas que requieran de acciones correctivas inmediatas que conjuren la situación.
  3. Garantizar la buena calidad de los trabajos ejecutados
  4. Conseguir de manera oportuna soluciones técnicas a problemas surgidos durante la ejecución del contrato.
  5. Verificar que el equipo y el personal técnico del contratista sea idóneo y suficiente para la obra.
  6. Obtener información estadística sobre el personal, materiales, equipos, condiciones climáticas, tiempo de trabajo, etc. del proyecto.
  7. Informar diariamente al Departamento de Fiscalización de Obras del SENACSA del avance y ejecución de obra.

IV. ALCANCE DE LOS TRABAJOS

La Fiscalización tendrá a su cargo: el control de los trabajos realizados por el Contratista y que los mismos estén ajustados al Contrato de Obras y sus Apéndices, Anexos, Especificaciones Técnicas, Planos generales, detalles, Planilla de Cómputo Métrico y Presupuesto y Cronograma, a fin de ejecutar correctamente la obra y previendo soluciones adecuadas durante la ejecución de la obra.

    1. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LA FISCALIZACIÓN DE OBRA
  1. Conocer plenamente los documentos que forman parte del contrato, especialmente las especificaciones técnicas, planos, detalles, planillas y cronograma que serán entregados por el Dpto. de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA, a fin de exigir al contratista el cumplimiento de lo indicado en dichos documentos.
  2. Coordinar con el Residente de Obras de la contratista la programación de las inspecciones diarias.
  3. Certificar la calidad de los materiales, especificaciones técnicas de los equipos y mano de obra proveídos por el Contratista, pudiendo rechazar, parcial o totalmente, si estos no se ajustan a los requerimientos de las buenas prácticas constructivas.
  4. Constatar que la construcción ha sido ejecutada de acuerdo con los planos y especificaciones del contrato de construcción aprobado.
  5. Informar al Contratante de todas las discrepancias o conflictos encontrados en los planos y/o especificaciones tan pronto como se presenten, así como, de los problemas y dificultades que sean de importancia y que no pudieran ser resueltos directamente en el lugar de la obra.
  6. Enviar informes mensuales y final al Contratante del avance de la obra.
  7. Registrar y comunicar al Contratante, si la gravedad del caso lo exige, la violación de todos los reglamentos y normas aplicables a la construcción, así como la calidad de la misma
  8. Proponer, siempre que corresponda, la aplicación de sanciones y multas estipuladas en el contrato entre el contratista y el contratante.
  9. Analizar y revisar la documentación de los cambios propuestos por el contratista emitiendo sus opiniones al respecto y trasmitiéndolas al Contratante.
  10. Elaborar mensualmente la medición entre el 25 al 30 de cada mes de las cantidades realizadas hasta la fecha de medición, con su correspondiente Acta de Medición.
  11. Revisar, aprobar/rechazar y dar curso a los Certificados mensuales de avance de obra presentados por el Contratista verificando los rubros ejecutados y las cantidades consignadas estén de acuerdo a las mediciones reales efectuadas en la obra, considerando la fecha de entrega del 1 al 5 de cada mes.
  12. Revisar, aprobar/rechazar cualquier enmienda hecha a los certificados después de que haya dado su visto bueno, a fin de que vuelva a tomar su curso corriente.
  13. Verificar y recomendar, casos fortuitos o de fuerza mayor, sucedidos durante la ejecución de la obra y previstos en el contrato.
  14. Determinar la paralización de la ejecución de la obra como así mismo levantar suspensiones, cuando justifique las acciones del Contratista. El cual deberá ser comunicado de manera inmediata al SENACSA
  15. Registrar los acontecimientos de cualquier naturaleza, como las intensidades pluviométricas en el sitio de obras, que puedan influir en el cronograma de obras.
  16. Verificar y certificar las prórrogas al plazo contractual presentados por el Contratista.
  17. Verificar y asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones del Contratista emergentes del Contrato.
  18. Notificar diariamente al Contratista de los defectos que se encuentren en cualquier etapa de la ejecución de Obras y establecer los plazos para su corrección.
  19. Verificación de la corrección de los defectos de las Obras, las cuales deben estar de acuerdo a las especificaciones técnicas.
  20. Obtener la aprobación del Dpto. de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA para impartir instrucciones al Contratista en los casos en los que los trabajos no se pudieran llevar a cabo conforme con las especificaciones técnicas determinadas en los documentos contractuales.
  21. Aprobar y elaborar informe sobre el programa presentado por el Contratista, sobre los métodos generales, procedimientos, secuencias y tiempo de ejecución de todas las actividades relativas a la Obra. Cronograma, Plan de higiene y seguridad (SSO) previo al inicio de obras.
  22. Exigir al Contratista el cumplimiento de los reglamentos de seguridad laboral.
  23. Ejercer el control de los plazos, conforme al cronograma de ejecución, certificando los avances en forma mensual y providenciando medidas correspondientes de acuerdo al Contrato en los casos de atrasos en el cronograma de ejecución.
  24. Verificar que el Contratista disponga todos los libros formales de comunicación entre las Partes.
  25. Garantizar en todo momento la cualificación, según los documentos contractuales de todo el personal a cargo de la fiscalización, así como la eficiencia y pertinencia de los métodos y elementos de trabajo de acuerdo con los requerimientos solicitados.
  26. Acompañar las verificaciones de funcionalidad de la obra y los equipos electromecánicos instalados;
  27. Elaborar informes y o dictámenes técnicos a requerimiento del Departamento de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA;
  28. Verificar los Planos Definitivos de la Obra Ejecutada y dar su consentimiento para el archivo final;
  29. Emitir una Evaluación final sobre el desenvolvimiento de la empresa contratista que servirá de antecedente para futuras evaluaciones.
  30. Certificar la Recepción Provisoria, así como, la Recepción Final de la obra.

     La Fiscalización ejercerá su acción en el lugar de la obra.

Se fijará fecha cierta de Inicio, a través del Acta de Inicio, firmado por el Contratante y el Contratista y la Fiscalización, y finalizará después de la emisión del Certificado de Recepción Definitiva de las Obras.

Las relaciones del fiscalizador con el Contratista estarán basadas en las indicaciones establecidas en el Contrato de las obras.

La Fiscalización deberá realizar la fiscalización de las Obras, según el Cronograma estimado de Obras, que será proveído por la Convocante y hasta la Recepción Definitiva de los contratos.

La Fiscalización deberá controlar, que la empresa contratista utilice en obra, los dispositivos y equipos de seguridad de acuerdo a las Normas, Reglamentos y Ordenanzas Vigentes.

La Fiscalización se contempla realizar en horario diurno y en excepciones nocturno.

Todas las comunicaciones serán efectivas a partir de la fecha y hora de recibo por la otra Parte y deberán estar firmadas por personas autorizadas.

Si existieran modificaciones del proyecto, por situaciones imponderables del terreno, la fiscalización deberá presentar al Dpto. de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA, para su consideración, las alternativas de solución para su aprobación.

La fiscalización no deberá aprobar los certificados sin los documentos técnicos de respaldo.

La Fiscalización deberá contar con los insumos necesarios para la efectiva fiscalización de las obras: Movilidad propia, adecuada a las funciones asignadas por Contrato al Consultor, con combustible y mantenimiento a cargo de la Firma Consultora.

El Fiscalizador de Obras es el responsable técnico de la Contratante hasta la Recepción definitiva de la obra y es responsable civil de los perjuicios que comprobadamente sufriere el SENACSA por la inobservancia, negligencia o incumplimiento de las obligaciones.

    1. RELACIONES DE LA FISCALIZACIÓN CON EL CONTRATISTA Y CON OTRAS PERSONAS INVOLUCRADAS EN EL PROYECTO.
  1. Bajo ningún concepto o circunstancia la Fiscalización deberá contraer obligación alguna con el Contratista, o efectuar ningún trato o negociación en relación al trabajo que está a su cargo.
  2. En caso de presentarse controversias sobre algún aspecto relativo a la obra, dicho caso, no deberá ser discutido con los subcontratistas ni personales, sino con el Residente de Obra quien representa a la Contratista y en caso que la Fiscalización considere que el residente de obras en el ejercicio de sus funciones no demuestra o reúne la capacidad para realizar sus funciones específicas, deberá comunicarlo al Departamento de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA. Queda entendido, que las relaciones de la Fiscalización en la obra son con los representantes del Contratista y con los representantes autorizados del Contratante.
  3. La Fiscalización durante el ejercicio de sus funciones no impondrá métodos o procedimientos para llevar a cabo los trabajos, que cubran o sobrepasen los parámetros establecidos en las especificaciones del contrato. El cumplimiento de los planos y especificaciones son de exclusiva responsabilidad del Contratista. En tal virtud, si el Contratista emplea un método o procedimiento que, a juicio de la Fiscalización podría comprometer la calidad del trabajo o se presenten discrepancias en relación a los planos, especificaciones técnicas y planilla, los cuales no puedan ser resueltas por la Fiscalización directamente en la obra, deberá informar por escrito al Contratista y al Departamento de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA, a la brevedad posible.
  4. En los casos en los que surja divergencias entre la Fiscalización y el Contratista en cuanto a la interpretación de los planos y especificaciones y si no se llegara a un acuerdo dentro del campo técnico sobre este aspecto, la Fiscalización informará al Departamento de Fiscalización de Obras del SENACSA a fin de resolverlo.
  5. La Fiscalización debe mantener los archivos del Proyecto (impresos y digitales) ordenadamente y que deben considerarse confidenciales, por lo que podrán acceder solamente personas autorizadas por el Contratante.
  6. La Fiscalización no tiene autorización para efectuar cambios sustanciales en los planos y especificaciones a menos que dichos cambios sean previamente aprobados por escrito por el Departamento de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA.
  7. La comunicación entre la Fiscalización y el Departamento de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA será fluida, constante y oportuna, a fin de tratar directamente diversos asuntos de índole técnico, relacionados a adecuaciones, complementaciones y cambios que pueda requerir la obra. La Fiscalización deberá actuar en forma autónoma a fin de que se ejecuten inmediatamente todas aquellas tareas de índole técnico. Se deben mantener reuniones periódicas de coordinación, con la finalidad de verificar los avances, analizar y plantear soluciones a los problemas que se estén suscitando y programar adecuadamente el desarrollo de las actividades que estén pendientes. La comunicación y la forma de proveer información están establecidas de la siguiente manera: Contratista, Fiscalización, Departamento de Fiscalización de Obras y Reparaciones de SENACSA. Toda comunicación a través de la Fiscalización debe ser de forma escrita al Departamento de Fiscalización de Obras del SENACSA.
  8. La Fiscalización está obligada a brindar toda información técnica útil, confiable y oportuna inherente al proyecto toda vez que sea requerida por el Departamento de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA.
  9. La comunicación con el Contratista, durante la ejecución de la obra, se establecerá de la siguiente manera: el Representante Legal de la Empresa Contratista deberá ser partícipe de las reuniones, a las que el SENACSA le convoque por su importancia, cuando surjan cambios significativos en el alcance de la obra, para el tratamiento de problemas y conflictos que puedan suscitarse y otros temas que requieran su participación. El Residente de obra, como responsable técnico del Contratista, deberá ser partícipe de toda reunión periódica o extraordinaria que se realice con la Fiscalización y en caso de que amerite con la Contratante. Deberá mantener autoridad sobre los Profesionales especialistas y subcontratistas, con el objeto de dar cumplimiento a acuerdos que surjan durante la ejecución de la obra. Responderá de manera directa ante la Fiscalización por las obras a su cargo. Todas las comunicaciones, informes, solicitudes y respuestas entre el Contratista y la Fiscalización deberán ser realizados por escrito, adjuntando el correspondiente respaldo digital si es necesario.

V. METODOLOGIA DEL TRABAJO

A la Fiscalización se le implementará controles en dos ámbitos bien definidos:

a. Control Físico-Financiero

El control físico-financiero consistirá en la medición y certificación cuantitativa de cada uno de los rubros contractuales incluidos en el cronograma de obras, y contrastado con lo construido en cada periodo de pago.

  • Actas de mediciones de Obras: Todos los trabajos contratados deberán ser medidos para el efecto de pagos. Del 25 al 30 de cada mes se labrará el acta de medición que acompañará a los certificados aprobados por la Fiscalización. Las planillas de los certificados deberán contemplar los trabajos ejecutados durante el mes, el total acumulado a la fecha de presentación, los porcentajes correspondientes (presentes y acumulados) y las valoraciones (costos unitarios y totales por rubros)
  • Certificado de Obra: La Fiscalización controlará y aprobará mensualmente los certificados de obra preparados y presentados por la Contratista. Las cuales deberán reflejar las cantidades de cada uno de los rubros incluidos en el Acta de Medición del mes, y los montos a ser pagados por las obras ejecutadas.

La fiscalización deberá cotejar la correspondencia entre el o los certificados y las Actas, verificando cantidades y costos, rubro por rubro, rubricando en el mismo su firma como aval al contenido del mismo.

Los formatos, tanto para Actas de Medición como para los Certificados, serán proveídos por el SENACSA a la firma Consultora adjudicada. El contenido de cada Certificado de Obra deberá estar acompañado del Informe de Avance correspondiente.

b. Control de calidad

La calidad es el conjunto de características de un producto, un proceso, un servicio que contribuye a satisfacer las necesidades para las cuales existe dicho producto, proceso o servicio.

Las obras ejecutadas deben cumplir con los estándares de un producto final que garantice seguridad, confiabilidad y operatividad de lo construido.

Todos los productos proveídos por el contratista y procesos constructivos deberán cumplir con el Programa de Aseguramiento de la Calidad conforme con lo establecido en las especificaciones técnicas y con los requerimientos de la obra.

VI. PERSONAL Y EQUIPAMIENTO PARA LA FISCALIZACION

La Fiscalización deberá tener un equipo de personal profesional compuesto en general por el siguiente personal:

    1. FISCAL, Gerente o Director de Fiscalización.

El Gerente o Director de Fiscalización; deberá ser profesional titulado con registro profesional de las carreras de arquitectura o ingeniería civil, con experiencia comprobada en estructuras de hormigón armado, deberá contar con no menos de 10 (diez) años de experiencia específica como gerente o director en Fiscalización de proyectos de igual envergadura. Tendrá una dedicación mínima de 20 (veinte) días hábiles al mes. Sus principales actividades serán:

i. Supervisión de las tareas técnicas administrativas de las obras. ii. Respuesta a las notas presentadas por el contratista y a las inquietudes presentadas por el mismo. iii. Asistencia a las reuniones con el SENACSA. iv. Asesoramiento técnico en la ejecución de todos los ítems del contrato. v. Fiscalización de los equipos utilizados. vi. Informes de situación del Contrato. vii. Supervisión de la Certificación presentada por el Contratista. viii. Seguimiento del Control Ambiental ix. Evaluación de prórrogas. x. Unificación de criterios de evaluación y seguimiento del contrato, capacitación y tareas de asistencia. xi. Coordinación con los distintos actores de las distintas áreas sobre los informes presentados y reuniones mensuales con los mismos.

    1. FISCAL, Residente de Obra

El Fiscal Residente de Obra; deberá ser profesional titulado con registro profesional de las carreras de arquitectura o ingeniería civil, deberá contar con no menos de 5 (cinco) años de experiencia específica como residente en Fiscalización de proyectos similares. Estará presente a tiempo completo en la obra.

Residente de Obra, profesional calificado en la propuesta, para llevar acabo de forma satisfactoria la ejecución de la obra. El Residente de Obra tendrá residencia en el lugar en que se ejecuta la Obra, prestará servicios a tiempo completo y deberá remitir informes, resolver problemas con terceros, recibir: llamadas de atención, instrucciones. El Fiscal Residente de Obra en ningún momento deberá abandonar la Obra, mientras esta se encuentre en ejecución, los detalles correspondientes a cómputos métricos aclaración de mediciones y la elaboración de la Planilla de Avance

Sus tareas principales serán:

i. Control de ejecución de los diseños de obras aprobados. ii. Control de la calidad de los materiales y los procedimientos constructivos: aprobar fuentes de abastecimiento, diseño de las dosificaciones, procedimientos constructivos a emplear, evaluar la calidad final de las obras previa a su recepción. iii. Evaluar solicitudes de prórroga. iv. Control de cantidades ejecutadas de obra, cálculo del monto mensual a pagar, evaluar el avance con respecto al presentado. v. Control de todos los problemas detectados en la obra, presentando al contratista y al supervisor la posible solución. vi. Realizar todas las actas para el cumplimiento de lo contratado, órdenes de servicio, etc. vii. Preparar el Informe mensual de lo ejecutado y estado de la obra. viii. Colaboración en el control de las tareas de Plan de Gestión Ambiental. ix. Canalización de todas las inquietudes de los vecinos ante las autoridades del SENACSA.

3- Equipamiento

A continuación, se lista un equipo mínimo no limitativo con el que debe contar la Fiscalización,

  • 1 Vehículo en forma permanente en la obra.
  • 1 Oficina en zona de obras, equipada con computadoras (1), impresora (1), fotocopiadora, scanner.
  • Teléfono y fax o telefonía celular. Mobiliario y elementos para oficina. - Cintas métricas metálicas de 5 y 50 metros. Aprobado por el SENACSA

Además de todos los requisitos estipulados en los documentos de contrato, la fiscalización debe cumplir con los siguientes:

  1. Medios para la Inspección. - El Contratista proveerá a la Fiscalización de todos los medios que le permitan realizar sus funciones en forma adecuad Las especificaciones del contrato establecen el alcance, sin embargo, éste no es limitativo. La Fiscalización mantendrá en obra un archivador con llave y el material fungible que sea necesario.
  2. Del Residente de obra El Fiscal de Obra deberá obtener por escrito, el nombre del representante del Contratista o Residente de obra y enviará una comunicación al Contratante, con todos los datos necesarios. La Fiscalización concertará una reunión con el representante del Contratista con anterioridad al inicio de la construcción. En esta reunión, se intercambiarán ideas en forma preliminar sobre el plan general de trabajo y se establecerá el procedimiento a seguir en el control y la inspección de la obra para conocimiento del representante del Contratista.
  3. De la Organización del Contratista. - Dentro de un tiempo razonable después de haber comenzado la obra, la Fiscalización deberá disponer de una lista que incluya los nombres de todo el personal del Contratista afectado al proyecto. Asimismo, tener una lista de todos los subcontratistas indicando el oficio que cada uno desempeña. En algunos casos cuando así sea requerido, preparará también una lista de todos los proveedores de materiales, el tipo de material que proveen y los costos a los cuales el Contratista está adquiriendo materiales o equipo. Dichas listas se actualizarán cada cierto tiempo consignando los cambios que podrían haber ocurrido.
  4. De las Normas Locales y Reglamentos. - Aunque se da por descontado que los representantes del Contratista, encargados de la obra, están familiarizados con todas las normas y reglamentos locales, cualquier violación a las mismas por parte de ellos deberá ser registrada por la Fiscalización y el Contratista no podrá alegar que la violación se ha producido por desconocimiento de tales normas o reglamentos.
  5. El libro de Obra. La fiscalización proveerá de un libro de trabajo el cual se mantendrá en la obra bajo su cuidado. Este libro contendrá páginas numeradas y las copias requeridas. En este libro, la Fiscalización anotará las instrucciones, órdenes, modificaciones y observaciones que se refieren a los trabajos. Cada anotación llevará la fecha y la firma del residente, y la constancia del Director como comprobación de haberla recibido. Cualquier observación que el Contratista quisiera hacer con relación a las órdenes del libro, deberá darla a conocer por escrito dentro de los 3 (tres) días siguientes a la fecha que figura en el libro. En caso contrario, quedará sobreentendido que el contratista las acepta tácitamente y que no tiene derecho a reclamación posterior.
  6. Carteles en la Obra. - El Contratista tiene la responsabilidad de fabricar y colocar en la obra los letreros requeridos por las especificaciones de contrato. La Fiscalización tiene la responsabilidad de seleccionar los lugares estratégicos en el terreno para la colocación de dichos letreros y también aprobará el procedimiento de construcción de los mismos y verificará permanentemente su buen estado de conservación.

VII. DETALLE DE LOS RESULTADOS

El detalle de los resultados esperados de la fiscalización corresponde al cumplimiento de la totalidad del alcance de los Términos de Referencia

La fiscalización deberá presentar los siguientes Informes:

  1. Antes del inicio de obra

Informe inicial:

La Fiscalización deberá presentar dentro de los primeros 5 (cinco) días de inicio del Contrato un informe inicial, el cual contendrá:

  1. Revisión y dictamen, según informe, de los documentos técnicos que conforman el proyecto y aprobación de los mismos y presentarlo ante el Dpto. de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA.
  2. Revisión y conocimiento del contenido y el alcance de cada una de las Cláusulas Contractuales entre el SENACSA y el CONTRATISTA;
  3. Revisión del cronograma de trabajo propuesto por el contratista, con el dictamen de su razonabilidad y eficiencia de ejecución, recomendando las correcciones que considere necesarios.
  4. Conocimiento y acceso a las proformas de Actas, Libros de Obras, Certificaciones, Informes y otros para realizar los ajustes o modificaciones necesarios en conjunto con el Departamento de Fiscalización de Obras del SENACSA;
  5. Metodología definitiva del proceso de fiscalización.
  1. Durante la ejecución de la obra

Informe mensual:

Corresponde la presentación de los detalles de las actividades acontecidas y de fiscalización, de acuerdo al siguiente contenido y no limitándose a las mismas, acompañando la certificación y que deberá presentarse ante el Dpto. de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA:

  1. Actividades del contratista de acuerdo al listado de rubros a ejecutar. Se deberá verificar la curva del avance físico financiero, comparando entre el plazo previsto y el cronograma de ejecución actualizado, además de comparar con el mes anterior.
  2. Detalles de lo actuado por el fiscal de acuerdo al listado de rubros de la obra. Se deberá indicar la fecha de la actuación en obra acompañado del residente.
  3. Documentos técnicos respaldatorios, de notas, aprobaciones, presupuestos referenciales deberán anexarse al Informe.
  4. Presentación de páginas originales del Libro de obras con la firma de los fiscales y residente de obra
  5. Copia de la hoja resumen de los certificados. Se deberá indicar el avance de la certificación de las obras.
  6. Elaboración de Actas de Medición
  7. Aviso anticipado sobre eventuales circunstancias que puedan afectar el cronograma contractual.
  8. Presentación de fotos a color impreso en papel y una copia en formato electrónico (CD). Las fotos deberán ser tomadas con cámaras digitales. A continuación, se describen algunas tomas que deberán realizarse, pero las mismas no se suscriben exclusivamente a dichas tomas. En todos los casos se deberán realizar toma fotográfica de los detalles internos que quedarán posteriormente cubiertos y de los procesos constructivos; así como de los correspondientes montajes de equipos que se indican en la documentación técnica de la obra.
  • Acopio de materiales en la obra y equipos de la contratista en el sitio de Obra.
  • Excavaciones para las fundaciones y rellenos realizados
  • Encofrado y Armaduras de Hierro de las diferentes estructuras de Hormigón Armado.
  • Estructura de techo, coberturas
  • Tratamiento de las bases de pisos, paredes, techo, aislaciones
  • Cargando la fundación, pilotes, vigas, pilares, losas, etc.
  • Instalaciones sanitarias, hidráulicas, desagües, aljibe
  • Instalaciones de climatización y señales débiles
  • Obras civiles y sus terminaciones, etc.
  • Montaje de la estructura del tanque
  • Medición de la resistividad de la malla de la puesta a tierra del generador.
  • Proceso de montaje del sistema eléctrico, servicio contra incendio, equipos, etc.
  • Otras informaciones de interés del contratante.
  • Avance de las gestiones de las obras.
  • Cantidad y calidad de equipos y herramientas dispuestos en obra
  • Cantidad de personal, con sus respectivas responsabilidades en la obra
  • Informe estadístico sobre las condiciones climáticas o cualquier evento que repercuta en la ejecución de la obra.

Los informes mensuales deberán ser presentados en cuatro copias originales en la sede del SENACSA durante los primeros 5 (cinco) días del mes siguiente.

Reuniones quincenales:

Será obligatoria la presencia del Fiscal Residente de Obra y en caso que la situación lo requiera, se solicitará la presencia del Fiscal Director, en las reuniones quincenales que serán realizadas entre el Contratante, Contratista y Fiscalización, en el sitio de obras o en las oficinas del SENACSA. Las que serán realizadas durante el periodo correspondiente al servicio de Fiscalización en obra.

La fiscalización labrará el Acta de la reunión de los temas tratados, el cual deberá ser presentado en la próxima reunión.

Antes del inicio de cada reunión quincenal se deberá poner en consideración a los presentes, y después de aprobado el texto, firmarán los presentes en cuatro ejemplares originales.

Además, deberá presentar Informes técnicos en caso que fueran requeridos por el Departamento de Fiscalización de Obras.         

  1. Posterior a la ejecución de la obra

Recepción Provisoria e Informe:

Corresponde al Acta de Recepción Provisoria y al informe técnico de terminación de las obras, incluyendo los siguientes documentos y no limitándose a los mismos:

  1. Descripción técnica de las obras ejecutadas, con sus costos y reajustes.
  2. Carpeta técnica de la Obra: Listado de documentos técnicos.
  3. Planos de la Obras terminadas, tal cual como fue construida y fueron realizadas todas las instalaciones del edificio, Detalles constructivos y de las instalaciones internas. Estos planos deberán confeccionarse en forma conjunta con la empresa contratista de la obra y entregada en formato digital al Dpto. de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA.
  4. Análisis de la curva avance físico-financiero, con la comparación entre curva original, curva de certificación
  5. Informe sobre la puesta en marcha y funcionamiento de las instalaciones y equipos instalados en la obra.
  6. Cuadro detalle de los hallazgos de los vicios ocultos, con las comunicaciones entre las partes, acuerdos consensuados y plazos para las correcciones y/o reposiciones.
  7. Informe técnico sobre corrección de defectos y plazos en que serán ejecutados durante el periodo de garantía.
  8. Vigilar la correcta ejecución de los hallazgos a ser corregidos.
  9. Certificado de Recepción Provisoria.

Asesoría técnica e informe trimestral:

Corresponde desde la recepción provisoria hasta la recepción definitiva. Incluye los siguientes puntos:

  1. Realizar visita técnica y elaborar informe a los 90 (noventa) días, 180 (ciento ochenta) días y 270 (doscientos setenta) días respecto a la visita realizada detallando las actividades acontecidas.
  2. Acudir cuando el Dpto. de Fiscalización de Obras y Reparaciones lo requiera por los defectos que pudieran surgir durante el funcionamiento de la obra.
  3. Definir y dar solución técnica dichos defectos.
  4. Acompañar y aprobar los trabajos de reparación si los hubiere.

Recepción definitiva de obra e informe final

  1. Para la conclusión de los Servicios, la Fiscalización entregará al SENACSA el informe final que coincidirá al momento de la Recepción Definitiva de Obra (Acta de Recepción Definitiva de Obra), como evidencia del cumplimiento de las actividades. En dicho informe se detallarán todos los servicios ejecutados por el/los Fiscales de Obras en virtud del Contrato. El informe deberá contar con la aprobación del Dpto. de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA, antes de efectuar el pago final por los servicios prestados.

         VIII. REGISTROS DOCUMENTALES A PRESENTAR ANTES, DURANTE Y POSTERIOR A LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

a. Acta de Inicio

b. Libros de Obras

c. Informes de fiscalización

d. Actas de medición

e. Actas de reuniones quincenales

e. Certificados de Obras

h. Actas de Recepción Provisoria

i. Actas de Recepción Definitiva

La fiscalización deberá disponer del Libro de Obra, desde el inicio hasta la finalización de la obra, los registros de los acontecimientos producidos durante la ejecución de los trabajos en las documentaciones confeccionadas para el efecto.

El Libro deberá ser debidamente rubricado por la fiscalización en todas las hojas con las fechas ciertas y firma autorizada.

Los asientos deberán hacerse a máquina o manuscrito con redacción clara y legible a fin de evitar toda clase de duda en su interpretación y alcance.

El uso del Libro de Obra, no excluye el labrar Actas sobre eventos o circunstancias que el Contrato así lo determinen.

Estas Actas deben reunir los requisitos principales que se enumeran a continuación:

  • Consignar fecha y lugar.
  • Indicar los nombres y cargos de las personas intervinientes.
  • Contener el motivo fundamental del acta en su redacción y además señalar los efectos que produce.
  • Indicar el número de ejemplares emitidos.
  • Básicamente las Actas deberán emplearse ante os siguientes acontecimientos:

- Iniciación de Obras.

- Reuniones quincenales.

- Recepción Provisoria de las Obras.

- Recepción Definitiva de las Obras.

- Otras circunstancias que el Contratante y la fiscalización determinan necesario.

LIBRO DE OBRAS

Constituye un instrumento público que deben ser suscrito por las partes responsables y por tanto se debe cuidar la legibilidad y claridad de concepto en su redacción. Su alcance se proyecta más allá del plazo de ejecución de las obras y del tiempo de garantía.

Deberá estar habilitado y estará constituido por folios numerados y hojas separadas.

El Libro de Obra, constará de hoja original, duplicado y triplicado, (original para el Contratante, duplicado para la fiscalización y el triplicado para el Contratista).

Además, constituye uno de los documentos más importantes para las partes, entiéndase Contratista FiscalizaciónSenacsa, por lo que tiene que ser conservado mientras se mantengan los lapsos legales de las prescripciones.

El libro de Obras deberá ser llenado diariamente, en la que se debe consignar todo lo concerniente a la obra, como ser: cantidad y categoría del personal en obra, cantidad de materiales, equipos en obras, trabajos ejecutados en el día, condiciones del tiempo, etc.

Todo evento o circunstancia asentado en el Libro de obra, deberá estar con la fecha en que se produce y deberá estar certificado por la fiscalización.

El Libro de obra deberá estar en el sitio de obra desde el inicio de la obra hasta la finalización de la misma y a disposición del SENACSA, que podrá asentar en los mismos Órdenes de Servicio con facultades mandatarias para la fiscalización y el Contratista.

Básicamente deberá ser empleado este Libro ante los siguientes acontecimientos, citados como ejemplos y no limitándose a los mismos:

  • Ensayos previstos en las especificaciones técnicas.
  • Rubros realizados en el día
  • Aprobación o rechazo de partes de las obras.
  • Lluvias u otras circunstancias que impidan el normal desarrollo de las obras.
  • Presencia de SENACSA en Obra.
  • Otros eventos o circunstancias a criterio de la fiscalización o el Contratante.

El Libro de Obra debe permanecer en Obra, siendo la fiscalización la responsable de su conservación y al libre uso del Contratista, la fiscalización y el SENACSA.

 

                       IX. PROCEDIMIENTOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS CERTIFICADOS

La fiscalización deberá tener un equipo de apoyo al Fiscal Director y al Fiscal Residente, de gabinete y consultor principal para la elaboración de los certificados de obras, para que pueda ser presentado a la Contratante entre la fecha del 1 al 5 de cada mes.

La presentación de los certificados deberá ser con base a los siguientes procedimientos y no limitándose a los mismos:

  1. Presentación de certificados:
  • Nota del contratista a la consultora presentando el certificado n° (indicar número secuencial) del mes (indicar mes) para su aprobación. Para cada original del certificado deberá venir acompañado de esta nota. Esta nota del contratista deberá tener sello de entrada de la fiscalización.
  • Se deberá presentar cinco originales del mismo tenor a la fiscalización en carpeta separada. En la tapa de la carpeta deberá tener el nombre del contratista, N° del contrato y el N° del certificado.
  • El certificado a ser presentado deberá contener los siguientes documentos:
  • Soportes de las actas de medición: firmado por el Representante de la fiscalización y del representante técnico del contratista. Los soportes son los esquemas o dibujos con las dimensiones de las obras a ser certificadas. Deberá existir coherencia entre los soportes, actas de mediciones y planilla de certificados.
  • Actas de medición
  • Planilla de certificación: firmado por la fiscalización y el representante legal del contratista.
  • Hoja de resumen de los montos: firmado por la fiscalización y el representante legal del contratista,
  • Nota de presentación de la contratista a la fiscalización para aprobación del desplazamiento del cronograma de actividades mensuales, acompañando los documentos: tabla de eventos compensables actualizados con los documentos de respaldo, cronograma físico y financiero actualizado, y nota de la fiscalización al contratista aprobando la presentación. El cierre para la actualización del cronograma es el 30 de cada mes, independiente que el periodo del cronograma mensual tenga otra fecha, excepto la actualización del cronograma del último mes del contrato.
  • Nota de presentación del certificado de la fiscalización al SENACSA. Se deberá indicar en la nota el n° del certificado y el mes de la certificación. El texto de esta nota deberá tener dos frases sustanciales para la Contratante :(i) que la fiscalización ha revisado y aprobado los ítems del presente certificado y recomienda el pago,
  • (ii) que las obras certificadas están de acuerdo con las especificaciones técnicas y planos aprobados. Para cada juego de originales del certificado deberá estar acompañado de la nota de presentación. Se deberá presentar cinco juegos de originales de cada certificado al Senacsa. Esta nota deberá estar firmado por el representante legal de la fiscalización.
  • El redondeo de los valores de los totales de cada rubro, deberá ser en el segundo algoritmo después de la coma. No se debe cambiar los precios unitarios de los rubros contractuales. El resultado de la suma de los rubros debe coincidir con el valor total de cada planilla de obras certificadas.
  • Todas las firmas deberán tener aclaraciones de firma y su cargo, indicadas a través de sellos.

X. SUPERVISIÓN Y COORDINACIÓN

La consultoría estará supervisada por el Departamento de Fiscalización de Obras y Reparaciones del SENACSA o por una persona que éste designe por escrito y comunique al Consultor.

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Identificar el nombre,  cargo  y  la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.

Lic. Victor Manuel Mereles - Dirección General de Administración y Finanzas

  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

La necesidad radica, en que el SENACSA pretende garantizar y comprobar que la ejecución de la obra se realice conforme a las especificaciones técnicas de acuerdo con los contratos establecidos con el proyecto de obras.

  • Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)

En forma Temporal

  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas.

Cabe señalar, que las especificaciones Técnicas fueron elaboradas por la Coordinación de Proyectos y Obras de acuerdo a las necesidades requeridas por la Institución

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación: 

Ítem

Descripción del bien

Cantidad

Unidad de medida

Lugar de entrega de los bienes

Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes

(Indicar el N°)

(Indicar la descripción de los bienes)

(Insertar la cantidad de bienes a proveer)

(Indicar la unidad de medida de los bienes

(Indicar el nombre del lugar)

(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s)

 

 

 

 

 

 

Plan de entrega de los servicios

El trabajo de fiscalización iniciará antes de que se dé la orden de inicio al Contratista, en un tiempo de cinco (5) días corrido posterior a la firma de su contrato, que le permita revisar e interiorizarse del diseño, planos, especificaciones y planillas de cómputo y cronograma de obra del proyecto. El plazo de la entrega de la Obra será de 12 (doce) meses, a partir del acta de inicio de obra. El Fiscal prestará los servicios por el tiempo que dure la realización de los trabajos hasta la recepción definitiva de la obra. La recepción definitiva tendrá lugar en el plazo de: 12 (DOCE) MESES contados desde la fecha del acta de la recepción provisoria.

DEL PERIODO DE GARANTÍA

En el transcurso del Periodo de Garantía, que va desde la Recepción Provisoria hasta la Recepción Definitiva de la Obra, la fiscalización deberá llevar a cabo una inspección periódica, de las condiciones del edificio y del funcionamiento del mismo, a fin de detectar probables vicios ocultos en la obra.

De constatarse vicios ocultos, la fiscalización deberá solicitar a la Empresa Contratista la corrección o reposición, según fuere el caso, de cualquier parte de la obra ejecutada por la misma.

Cualquier problema de Vicios Ocultos detectado, por la fiscalización, deberá ser informado al SENACSA, detallando los inconvenientes, las soluciones del tratamiento y el plazo en que realizará la empresa Contratista

Para la Recepción Definitiva, la Obra no deberá presentar ninguna objeción a los trabajos realizados

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

Lista de Planos o Diseños

Plano o Diseño No.

Nombre del Plano o Diseño

Propósito

 

 

 

 

 

 

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Informe inicial

Informe inicial

Dentro de los primeros 5 (cinco) días de inicio del Contrato

Informe mensual Informe mensual En forma mensual
Informe final Informe final Al momento de la Recepción Definitiva de Obra

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social.
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del Consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del Consorcio constituido
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.