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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
adominguez
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
07-09-2021 - 07:43
Fecha de Fin
09-09-2021 - 13:28
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
-1[La fecha tope de consultas establecida, no se ajusta a la normativa vigente. Art. 24 infine de la Resolución DNCP N° 5695/19.] -2[Solicitamos a la convocante que todas las firmas de los responsables del CDP cuenten con aclaración y sello del cargo, debidamente ajustadas a las normativas vigentes. Art. 174 tercer párrafo de la Ley N° 6672/2021 en concordancia con el Art. 319 del Decreto N° 4780/2021, y debidamente registradas en el sistema.] -3[Con relación a los antecedentes de estimación de costos, la convocante ha optado por la excepcionalidad de no realizar la combinación de dos o más opciones para establecer los precios referenciales, al respecto, solicitamos la debida fundamentación indicando la particularidad y/o especificidad de los insumos/repuestos y la mano de obra, a ser ofertados que hacen a que sea imposible utilizar dos o más opciones de las cuatro previstas en la normativa vigente. Resolución DNCP N° 1890/20.]

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Falta Registro de Firmas de los CDP
Descripción
Considerando que en el sistema no se visualiza el Registro de firmas del Certificado de Disponibilidad Presupuestaria – CDP, solicitamos conforme a lo establecido en la Resolución DNCP Nº 472/11, remitan vía mesa de entrada manual el registro de firmas de los responsables de la suscripción de los Certificados de Disponibilidad Presupuestaria, acompañado de los documentos legales que los habilitan.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
No realiza la combinación de precios/ o no utiliza 3 precios. Precios referenciales
Descripción
Se recuerda que las Convocantes deberán seleccionar al menos tres precios obtenidos, de la combinación de dos o más de las opciones disponibles en el anexo de la reglamentación, sin embargo, en el Dictamen remitido no se observa la fundamentación del porqué no se puede utilizar la combinacion de fuentes para la obtencion del precio referencial o no se cuenta con la cantidad minima requerida. Se solicita subsanar.