Entre el RECTORADO de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN, domiciliada en Ruta Mcal. Estigarribia, Km 11, Campus de San Lorenzo, República del Paraguay, con R.U.C. N° 80005563-2, representada para este acto por la RECTORA SEÑORA PROF. DRA. ZULLY VERA DE MOLINAS con cédula de identidad N _____denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____, domiciliada en _____________________, República del Paraguay, representada para este acto por ______________, con cédula de identidad N° _________, denominada en adelante el proveedor, identificadas en conjunto como LAS PARTES e, individualmente, PARTE, acuerdan celebrar el presente contrato de SERVICIO DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA CON PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA EL PROGRAMA DENOMINADO EN LA RUTA DEL POHA ÑANA, PARA SU DIFUSIÓN EN CANALES DIGITALES -OTRI20-01 PARA EL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN, el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
El presente contrato tiene por objeto regular los derechos y obligaciones de las PARTES con relación a la SERVICIO DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA CON PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA EL PROGRAMA DENOMINADO EN LA RUTA DEL POHA ÑANA, PARA SU DIFUSIÓN EN CANALES DIGITALES -OTRI20-01 PARA EL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN conforme a las especificaciones técnicas y otras disposiciones del Contrato y demás instrumentos que sean parte del presente
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 400.928
Año |
T.P. |
Programa |
Sub Programa |
Proyecto |
Objeto de Gasto |
F.F. |
O.F. |
Dpto. |
Monto |
2021 |
1 |
1 |
0 |
1 |
265 |
30 |
63 |
0 |
|
El presente Contrato es el resultado del procedimiento de Contratación Directa N° 14/2021, convocado por el RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE ASUNCIÓN. La adjudicación fue realizada según acto administrativo N°_______.
[Formato de Tabla]
Item |
Codigo de Catalogo |
Descripcion del bien o/servicio |
Especificaciones Técnicas |
Unidad Medida |
Presentación |
Cantidad |
Precio Unitario |
1 |
82101801-004 |
Creaciòn de documental audiovisual: Servicio de Publicidad y Propaganda con Producciòn de Contenidos Audiovisuales para el Programa denominado en la Ruta del Poha Ñana, para su difusión en canales digitales - OTRI20-01 |
SERVICIOS DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA CON PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES PARA EL PROGRAMA DENOMINADO EN LA RUTA DEL POHA ÑANA, PARA SU DIFUSIÓN EN CANALES DIGITALES OTRI20-01, de acuerdo a los puntos siguientes: |
Unidad |
Evento |
1 |
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1. Objetivo de los servicios: Presentar y promocionar todo lo relacionado al cultivo de plantas medicinales y aromáticas en el Paraguay, a través de varios ejes temáticos con bloques, donde el espectador se informará de manera dinámica y amena, sobre todo lo relacionado a la medicina y gastronomía natural paraguaya, desde el enfoque ancestral y autóctono, hasta el punto de vista de la investigación científica y la transferencia de conocimientos |
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2. Resultados esperados: El posicionamiento y la difusión científica en materia de cultivos de plantas medicinales y aromáticas en el Paraguay, así como la contribución de la academia para la transferencia de conocimientos proveniente de resultados de investigación. |
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3. Plazo y lugar de Trabajo: El plazo del contrato será desde la firma del mismo hasta el cumplimiento total de las obligaciones y para la ejecución/realización del presente trabajo es desde la firma del contrato, que se distribuyen de la siguiente forma: Los lugares de grabación de los contenidos audiovisuales serán dentro del territorio nacional, basado en el recorrido de ciertos circuitos pre establecidos, mostrando bellos paisajes del campo, cerros, laderas, ríos y arroyos del interior del Paraguay, promocionando de esta forma la exótica naturaleza y el hábitat natural en donde nacen, crecen y se desarrollan las diversas especies nativas de plantas medicinales en nuestro país. |
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. 4. Principales Actividades: A continuación, se describen las actividades mínimas requeridas que el oferente deberá desarrollar para la ejecución del presente llamado. Sin embargo, se deja establecido, que de ninguna manera el trabajo del oferente se debe limitar a las actividades descritas en las especificaciones técnicas; por el contrario, debe asegurar que se incorporarán todas aquellas otras actividades e informaciones que sean necesarias, para lograr los objetivos. |
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5. Productos esperados: El oferente será responsable por la preparación de informes específicos y de la producción de contenidos audiovisuales distribuidos en programas según el siguiente detalle: |
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FASE I Propuesta, logo y primer programa: • Plan de Trabajo: que contenga los detalles del mismo, las estrategias diseñadas, actores involucrados, la organización prevista para la realización de las diferentes etapas y tareas, los comentarios específicos sobre el alcance y objetivos en función de las especificaciones técnicas y cualquier otro aspecto que se considere conveniente a los efectos de mostrar con claridad y objetividad el esquema de trabajo diseñado por el oferente. |
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FASE II: Producción y presentación del segundo y tercer programa: • Presentación del segundo programa audiovisual: de al menos treinta minutos, con sus bloques y tráiler correspondiente. |
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FASE III: Producción y presentación del cuarto, quinto y otros programas: • Presentación del cuarto programa audiovisual: de al menos treinta minutos, con sus bloques y tráiler correspondiente. |
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6. Informes y calendario de actividades: El oferente seleccionado deberá presentar los siguientes informes, sin que éstos sean limitativos, los mismos deberán ser recibidos a satisfacción de la convocante a través de la Centro de Transferencia de Tecnologías y Resultados de Investigación (CETTRI), dependiente de la Dirección General de Investigación Científica y tecnológica (DGICT) |
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Productos de la Fase I: • Plan de Trabajo: a los 7 días de la firma del Contrato. |
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Productos de la Fase II: • Segundo Informe: a los 15 días de la firma de contrato. |
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Productos de la Fase III: • Tercer Informe: 22 días desde la firma del Contrato • Cuarto programa audiovisual, con sus bloques y tráiler : 22 días desde la firma del Contrato |
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Observación: En relación a los derechos de autor de las piezas publicitarias, el Rectorado de la UNA será la propietaria de todo el banco audiovisual no editado (filmaciones en bruto), de los programas producidos con sus respectivos bloques, y de los tráileres editados tanto para televisión como para los otros medios, cediendo todos los derechos en el marco del contrato de trabajo. Las filmaciones deberán realizarse íntegramente en alta resolución. Los mismos podrán ser utilizados en el mercado nacional e internacional según objetivos y acciones de promoción de la convocante, incluyendo las redes sociales, canales de internet como YouTube, entre otros |
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7. Imágenes; El oferente seleccionado deberá garantizar la autenticidad del logo presentado, así como de las imágenes utilizadas en las producciones, salvaguardando los derechos de autor para su uso |
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8. Músicas: El oferente seleccionado deberá garantizar que el Jingle de presentación y el fondo musical a ser utilizados en los programas audiovisuales son libres de copyright, salvaguardando los derechos de autor para su uso. |
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El monto total del presente contrato asciende a la suma de: _________________________Total: [sumatoria]
El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en esta carta de invitación.
La vigencia del presente contrato será:
El plazo de vigencia de este Contrato es hasta el cumplimiento total de las obligaciones.
Los bienes y/o servicios deberán ser entregados y/o prestados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas de la Carta de Invitación.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración del contrato estará a cargo de la Sección Contratos de la Dirección de Contrataciones y Centro de Transferencia de Tecnologías y Resultados de Investigación (CETTRI) dependiente de la Dirección General de Investigación Científica y Tecnológica (DGICT) dependientes del Rectorado de la Universidad Nacional de Asunción.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales de la presente carta de invitación.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.