El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
No. De Item |
Nombre de los Bienes o Servicios |
Especificaciones Técnicas y Normas |
1 |
MOCHILA PULVERIZADORA A MOTOR |
- Fabricado según normas internacionales para este tipo de equipos ISO 12100, en 55012, en 61000-6-1, en ISO 28139 - Para trabajar con líquidos y aplicaciones de atomizado - Depósito en la placa de espalda - Motor 2 tiempos debe cumplir con normativas de emisiones EU II para los valores de emisiones co2 - Cilindrada menor o igual a 65 cm3 - Potencia igual o mayor a 3,9 hp - Encendido por magneto control electrónico. - Nivel de vibraciones reducido para manejo optimo según ISO 8662 igual o menor a 1.9 m/s2 - Peso con depósito de combustible vacío igual o menor 12,5 kg - Peso máximo en servicio con reservorio lleno 28 kg. - Volumen de depósito de combustible igual o menor a 2 l - Cantidad residual igual o menor a 50 ml - Ancho de malla del tamiz de llenado menor o igual a 1mm - Alcance horizontal igual o mayor a 14 m - Alcance vertical igual o mayor a 12 m - Cantidad de líquido entre 0.04 2,50 l/min - Velocidad de aire igual o mayor a 85 m/s - Velocidad de aire con boquilla igual o mayor a 900 m3/h - Caudal máximo de aire sin soplador. Igual o mayor a 1265 m3/h - Capacidad deposito líquido. Entre 12 a 15 l - Debe incluir pieza dosificadora para diferentes posiciones ajustables de caudal - Debe incluir pieza dosificadora ULV para pulverizado entre 30-50 micro micras. - Carburador con compensador para minimizar impacto de combustible sucio. - Dos posiciones para bloqueo desbloqueo de acelerado. - Tapa de tanque liquido de igual o mayor a 170 mm diámetro. - Rejilla montable para modificar la forma y el sentido de aplicación de pulverizado (rejilla cónica, rejilla deflectora, rejilla deflectora doble). - Cinturón de cadera cómodo y ergonómico. - Garantía de 6 (seis) meses.
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Proyecto Restauración de los Sistemas de Producción de la Agricultura Familiar a Nivel Nacional (RESIPROAF)
A los efectos de ser entregadas a los productores de la Agricultura Familiar Campesina y de esta manera
contribuir a la Reactivación Económica del país a causa del COVID - 19.
La necesidad de adquirir estos insumos son de forma periódica
Se han realizado cumpliendo con las especificaciones técnicas mínimas que deben de cumplir los bienes, a fin de garantizar la calidad del patrimonio a ser adquirido, ello con el objeto de
resguardar a la institución y por sobre todo, poder cumplir a cabalidad.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
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Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción | Nota de Remisión / Acta de recepción |
NOVIEMBRE - DICIEMBRE 2021
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De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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