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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
ccardozo
Tipo de Verificación
Comunicación de Adenda
Fecha de Solicitud
19-10-2021 - 10:22
Fecha de Fin
20-10-2021 - 07:40
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1) Observamos que el criterio respecto a la capacidad financiera podría resultar limitante/excluyente, (Ver coeficiente de solvencia).// 2) Observamos que la convocante no ha indicado a partir de que acto o hecho se computaría el plazo de ejecución de la obra, (Ver el módulo de la "Descripción de la obra", Numeral 6).// 3) Observamos que las modificaciones hechas en el SICP, en el modulo de etapas y plazos no fueron asentadas en la adenda remitidita, le recordamos a la convocante el Art. 29, que reza, "Cambios en el SICP, En caso de realizar cambios en los datos de la convocatoria en el SICP, deberán comunicar las adendas que indiquen dichos cambios.// 4) Solicitamos a la convocante remitir los documentos debidamente firmados por el profesional correspondiente (Ver planos remitidos), no se remitieron con las aclaraciones correspondientes.//

Observaciones

Tema
CONDICIONES EN CUANTO A LA CAPACIDAD FINANCIERA
Sección
Requisitos de Participación y Criterios de Evaluación
Situación
El requisito podria resultar limitante/excluyente
Descripción
Verificado el PBC/Carta de invitación, observamos que el criterio respecto a la capacidad finaciera podria resultar limitante/excluyente.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos de Licitación
Situación
Cláusulas incompletas o datos insuficientes
Descripción
Solicitamos a la convocante completar las cláusulas con los datos correspondientes al proceso

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos sin firma/ aclaración de firma
Descripción
Se solicita a la convocante remitir el documento firmado y/o con las aclaraciones de firmas correspondientes.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.