El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Item | Descripción del producto | Especificaciones Técnicas |
1 | Melanina A Anticuerpo Monoclonal | Marcador para Melanomas |
2 | Proteina S100 | Marcador para tumores neurales y melánicos |
3 | Sinaptofisina Anticuerpo Monoclonal | Marcador neuroendócrino |
4 | Cromogranin | Marcador neuroendócrino |
5 | Citokeratin | AE1-AE3. Marcador de amplio peso molecular para tumores epiteliales |
6 | EMA (Antigeno de Membrana Epitelial) | Marcador para tumores epiteliales |
7 | Citokeratin | Marcador para tumores epiteliales (Cytokeratin 7) |
8 | Citokeratin | Marcador para tumores epiteliales (Cytokeratin 20) |
9 | Anticuerpo Anti-CDX2 | Marcadores para tumores digestivos. |
10 | Citokeratin | Marcador para tumores epiteliales (Cytokeratin 19) |
11 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Anti TTF-1. Marcador de diferenciador pulmonar y tirodea |
12 | Citokeratin | Marcador de amplio peso molecular para tumores epiteliales (Cytokeratin 5/6) |
13 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Carcinoma de células renales (RCC). Marcador de diferenciador de carcinoma renal |
14 | CEA | Marcador Para Tumores Digestivos y Pulmonares. |
15 | PROGESTERONA | Receptor de Progesterona (PR) |
16 | ESTROGENO | Receptor de Estrógeno (ER) |
17 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Receptor Para Factor de Crecimiento (HER-2) Técnica Para Inmunohistoquimica (HC) |
18 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | P63- Anticuerpo Detector |
19 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para Calponina |
20 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para Calretinina |
21 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para Vimentina |
22 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para MyoD1 (Tumores de Estirpe Muscular) |
23 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para Desmina |
24 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para Actina Musculo Liso |
25 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para CD1a (Marcador Para Tumores Histiocitarios) |
26 | CD3 | Anticuerpo Primario Para CD3 (Marcador de Linfocitos T) |
27 | CD10 | Anticuerpo Primario Para CD10 (Marcador Para Linfoma Linfoblástico) |
28 | CD15 | Anticuepo Primario Para CD15 (Marcador Para Linfoma de Hodgkin) |
29 | CD20 | Anticueroi primario para CD20 (Marcador de Linfocitos B) |
30 | CD30 | Anticuerpo Primario para CD30 (Marcador para Linfoma de Hodgkin) |
31 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario para CD31 (Marcadores para sarcomas) |
32 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario para CD34 (Marcadores para sarcomas) |
33 | CD45 | Anticuerpo Primario para Cd45 (LCA) Marcador para Linfocitos. |
34 | CD56 | Anticuerpo Primario para CD56. Marcador para Linfocitos. |
35 | CD68 | Anticuerpo primario para Cd68 (Marcador histiocitario) |
36 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo primario para CD99 (Marcador para sarcomas) |
37 | CD117 | Anticuerpo primario para Cd117 (Marcador para tumores del estroma gastrointestinal) |
38 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario para WT1 (Marcador para Sarcomas y Tumores Ovaricos) |
39 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para Beta Catenina |
40 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para HHV-8 (Herpes Virus Hunano Tipo 8) |
41 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario para P16 (Control de Ciclo Celular) |
42 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para ALK (Kinasa de Linfoma Anaplásico) |
43 | Ki67 | Marcador de Proliferación nuclear (Ki-67) |
44 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para PAX5 (Controladores del cliclo celular) |
45 | Marcador Para Linfoma | Marcador para Linfoma Bcl-2 |
46 | Marcador Para Linfoma | Marcador Para Linfoma BCL-6 |
47 | Marcador Para Linfoma | Marcador Para Linfoma Ciclina D1 |
48 | TdT | Marcador de Diferencición Linfoidea |
49 | Marcador Para Linfoma | Marcador Para Linfoma CD5 |
50 | Marcador Para Linfoma | Marcador Para Linfoma CD43 |
51 | Marcador Para Linfoma | Marcador Para Linfoma CD4 |
52 | Marcador Para Linfoma | Marcador Para Linfoma CD8 |
53 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario para E-Caderina (Marcador de adhesión celular |
54 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para Gata-3 (Marcador Para Cáncer de Mama) |
55 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para GFAP (Marcador para Proteina Ácida Fibrilar) |
56 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para Melanosoma (MB45) Marcador para Melanomas |
57 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para Miogenina |
58 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo primario para NSE (Neuro Enolasa Especifico) |
59 | Anticuerpo Monocional Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para OCT-4 (Marcador Para Tumores Testicular) |
60 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Anticuerpo Primario Para PAX-8 (Marcador Para Tumores ováricos) |
61 | Anticuerpo Monoclonal Para CD138, Marcador Para Células Plasmáticas. | CD138 |
62 | Anticuerpo Monoclonal Para CD23. Marcador Para Linfocitos T | CD23 |
63 | Anticuerpo detectores de cionalidad | CADENAS LIGERAS KAPPA |
64 | Anticuerpo detectores de cionalidad | CADENAS LIGERAS LAMBDA |
65 | Anticuerpo Monocional. Marcador Para Linfocitos. | MUM1 |
66 | Anticuerpo Detector de Virus Epstein Barr. | LMP1-EBV |
67 | Anticuerpo Epitelial. | CITOQUERATINA17 |
68 | Anticuerpo Monoclonal. Marcador Para Linfocitos. | CD57 |
69 | Anticuerpo Monoclonal. Marcador Para Macrofagos. | MIELOPEROXIDASA |
70 | Anticuerpo Monoclonal. Marcador Para Linfocitos. | CD79a |
71 | Anticuerpo Monoclonal. Marcador Para Linfocitos. | CD7 |
72 | Anticuerpo Monoclonal. Marcador Para Linfocitos. | CD2 |
73 | ANTICUERPO POLICLONAL | FACTOR VIII |
74 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | PLAP (PLACENTAL ALKALINE PHOSPHATASE) |
75 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | EPCAM (B.ER-EP4) |
76 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Cytokeratin (HMW) CK34 B12 |
77 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | D2-40 (PODOPLAMINA) |
78 | Alfa Feto Proteina | ALFA FETO PROTEINA |
79 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | H-CALDESMON |
80 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | CITOQUERATINA 8/18 (CK 8/18) |
81 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | HEPATOCYTE PARAFFIN 1 (HEP PAR 1) |
82 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | INHIBINA |
83 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | PSA |
84 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | P504-RACEMASA (AMACR) |
85 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | SOX 10 |
86 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | MAMOGLIBINA |
87 | Marcador Tumoral | HER2 |
88 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | PD-L1 (SP142) IHC Assay |
89 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | PD-L1 (SP263) |
90 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | MLH-1 |
91 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | MSH2 |
92 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | MSH6 |
93 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | PMS2 |
94 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | PD-1 (Programmed Death-1) |
95 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | p40 |
96 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | ANTI-P53 |
97 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | INI-1 |
98 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | DOG-1 |
99 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Napsin A |
100 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | ca |
101 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | ca 19-9 |
102 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | Cytokeratin |
103 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | c-MYC |
104 | Anticuerpo Monoclonal Para Inmunohistoquimica | c-MYC |
Todos los reactivos ofertados deberán ser compatibles con el equipo propio del Servicio (Ventana BenchMarrk GX).
Copias de la oferta
Cantidad de copias requeridas: Además del original, el Oferente deberá presentar UNA COPIA totalmente digitalizada en medio magnético.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Las órdenes de compras serán emitidas por el Administrador del Contrato.
Lugar de Entrega: En los lugares indicados en las órdenes de compra. -
Cantidad Mínima
100% de la Cantidad Mínima: El oferente tendrá un plazo de hasta 30 (treinta) días calendario para la entrega de los productos adjudicados a partir de la recepción de la Orden de Compra.
Saldo de la Cantidad Máxima: Conforme necesidad de cada dependencia. El oferente tendrá un plazo de hasta 30 (treinta) días calendario para la entrega de los productos adjudicados a partir de la recepción de la Orden de Compra.
PROCEDIMIENTO DE ENTREGA DE ÓRDENES DE COMPRA:
Las órdenes de compras serán comunicadas al Proveedor adjudicado vía correo electrónico, en formato Pdf.
En caso que el Proveedor adjudicado no hiciera efectivo el retiro de la/s orden/es de compra/servicio, en forma inmediata, el primer día hábil siguiente a la comunicación realizada por correo electrónico, se procederá a fecharlas, contándose ésta, como la fecha de recepción de la orden por parte del proveedor
VENCIMIENTO:
El vencimiento mínimo de los productos debe ser de 6 (seis) meses al momento de la entrega en el lugar indicado. Si por la naturaleza del mismo o por necesidad de la institución no se puede cumplir con este requisito, la recepción del articulo deberá ser autorizada por el Administrador del Contrato con previa conformidad de Servicio de Laboratorio beneficiado; además se deberá presentar Carta compromiso de canje, Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del número de ítem, la validez de dicha póliza deberá ser por 1 meses posteriores a la fecha de vencimiento del articulo a entregar.
Requisitos para la entrega de los productos adjudicados
Todos los productos adjudicados para su entrega deben tener la impresión USO EXCLUSIVO DEL MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL, fecha de vencimiento y lote visible según la naturaleza del bien adquirido, con tinta de difícil remoción. Origen, marca, fabricante, presentación, vencimiento o fecha de esterilización
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
Los embalajes de los productos suministrados deberán ser adecuados, de tal forma a que impida su deterioro y permita su conservación y protección de la humedad y cualquier otro agente del medio ambiente nocivo para el mismo. Los embalajes o envases deberán estar etiquetados con la misma información descripta para los productos, indicando cantidad máxima de apilamiento y la leyenda Frágil, en el caso de que así lo sean.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Una vez realizada la entrega de acuerdo al plan de entrega, se procederá a su inspección y verificación, con los documentos pertinentes. Se verificará que los bienes se ajustan a lo solicitado en las especificaciones técnicas y demás documentos del contrato, en cuanto a cantidad, calidad, origen, procedencia.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
CANTIDAD MÍNIMA |
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Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
100% de la cantidad mínima, en un plazo de 30 (treinta) días corridos posterior a la recepción de la Orden de Compras. |
CANTIDAD MÁXIMA |
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Nota de Remisión / Acta de recepción n |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Conforme a la necesidad del servicio, con un plazo de 30 (treinta) días corridos posterior a la recepción de la Orden de Compras. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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