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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
uurunaga
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
22-07-2021 - 10:27
Fecha de Fin
26-07-2021 - 12:37
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
1. Se señala que queda bajo la exclusiva responsabilidad de la convocante, la legalidad o no de la respuesta ofrecida en el punto 2 para el proceso de la referencia. 2. Indicamos que por imperio de lo establecido en el Art. 210 de la Ley N° 3.966/10 “Orgánica Municipal” procedemos a la difusión del proceso de referencia, que por prudencia administrativa dejamos asentado que la regularidad o no del mismo, queda bajo la estricta responsabilidad de la convocante.

Observaciones

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.