Solicitamos a la convocante aceptar chaleco sin sistema Molle. Teniendo en cuenta que dicho sistema es útil para militares en batalla.
Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Solicitamos a la convocante aceptar chaleco sin sistema Molle. Teniendo en cuenta que dicho sistema es útil para militares en batalla.
Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Remitir a lo establecido en el PBC. Los agentes penitenciarios en servicio activo, tambien tienen funciones en las cuales son indispensables la adición de varios elementos al equipo.
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Consulta
Solicitamos a la convocante aceptar chaleco sin cinta de agarre en la parte posterior.
Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Solicitamos a la convocante aceptar chaleco sin cinta de agarre en la parte posterior.
Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
En el Pliego de Bases y Condiciones dice: Demostrar la experiencia en la venta y provisión de chalecos antibalas, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 3 (tres) últimos años: 2018, 2019 y 2020. Solicitamos respetuosamente a la convocante, si se puede agregar o considerar como experiencia la provisión de equipos similares como: Equipos de Seguridad, Chalecos Antibalas y Equipos Antimotines. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
En el Pliego de Bases y Condiciones dice: Demostrar la experiencia en la venta y provisión de chalecos antibalas, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 3 (tres) últimos años: 2018, 2019 y 2020. Solicitamos respetuosamente a la convocante, si se puede agregar o considerar como experiencia la provisión de equipos similares como: Equipos de Seguridad, Chalecos Antibalas y Equipos Antimotines. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
En el Pliego de Bases y Condiciones dice: Los bienes objeto de la presente licitación deberán ser entregados en un plazo máximo de 60 (sesenta) días desde la recepción de la orden de compra, conforme a todas las especificaciones ofertadas. Solicitamos respetuosamente a la convocante, prorrogar el plazo de entrega de los productos a 120 (ciento veinte) días como máximo, El pedido obedece a la situación actual de la pandemia COVID-19, teniendo en cuenta las demoras e imprevistos que se puedan presentar en las gestiones de importación. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
En el Pliego de Bases y Condiciones dice: Los bienes objeto de la presente licitación deberán ser entregados en un plazo máximo de 60 (sesenta) días desde la recepción de la orden de compra, conforme a todas las especificaciones ofertadas. Solicitamos respetuosamente a la convocante, prorrogar el plazo de entrega de los productos a 120 (ciento veinte) días como máximo, El pedido obedece a la situación actual de la pandemia COVID-19, teniendo en cuenta las demoras e imprevistos que se puedan presentar en las gestiones de importación. Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Solicitamos a la convocante una prórroga de 10 (diez) días para el plazo de entrega de la muestra. Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Solicitamos a la convocante una prórroga de 10 (diez) días para el plazo de entrega de la muestra. Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Solicitamos a la convocante aceptar Chalecos Modelo tipo táctico con correas frontales, correas posteriores, incluyendo correas en los ajustes laterales.
Ajuste automático del hombro, con refuerzo interior de espuma con laterales cubiertos por paneles balísticos creando un efecto de cobertura balística.
Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Solicitamos a la convocante aceptar Chalecos Modelo tipo táctico con correas frontales, correas posteriores, incluyendo correas en los ajustes laterales.
Ajuste automático del hombro, con refuerzo interior de espuma con laterales cubiertos por paneles balísticos creando un efecto de cobertura balística.
Lo previamente solicitado lo extendemos a modo de no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia con lo establecido en el principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las compras públicas Art. 4 inc. b) de la ley 2051/2013 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS.
Se requiere que la convocante aclare el protocolo de pruebas en húmedo a que
serán sometidos los paneles balísticos, ya que en el requisito hace alusión a
que se debe retirar los foros internos, y sin embargo menciona
que no deben presentarse filtraciones; es de mencionar que el protocolo de
pruebas del a norma NIJ 0101.06 tomado como referencia para este proceso,
establece que los paneles se deben probar con el forro o sellado de los paneles
y para esta prueba se deben sumergir por 30 minutos en un taque con agua.
Se requiere que la convocante aclare el protocolo de pruebas en húmedo a que
serán sometidos los paneles balísticos, ya que en el requisito hace alusión a
que se debe retirar los foros internos, y sin embargo menciona
que no deben presentarse filtraciones; es de mencionar que el protocolo de
pruebas del a norma NIJ 0101.06 tomado como referencia para este proceso,
establece que los paneles se deben probar con el forro o sellado de los paneles
y para esta prueba se deben sumergir por 30 minutos en un taque con agua.
Remitirse a lo establecido en le PBC. A lo que se refiere es al tejido del chaleco donde se instalan los paneles.
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*-Experiencia requerida
En el Pliego de Bases y Condiciones versión 2, publicada en fecha 17/08/2021, en la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice:
“Demostrar la experiencia en la venta y provisión de chalecos antibalas y/o equipos de protección personal, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 3 (tres) últimos años: 2018, 2019 y 2020.”
Al respecto, solicitamos a la convocante, sea aceptada también la experiencia en la venta y provisión de EQUIPOS MILITARES Y/O DE SEGURIDAD, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 5 (cinco) últimos años: 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones versión 2, publicada en fecha 17/08/2021, en la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice:
“Demostrar la experiencia en la venta y provisión de chalecos antibalas y/o equipos de protección personal, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 3 (tres) últimos años: 2018, 2019 y 2020.”
Al respecto, solicitamos a la convocante, sea aceptada también la experiencia en la venta y provisión de EQUIPOS MILITARES Y/O DE SEGURIDAD, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 5 (cinco) últimos años: 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones versión 2, publicada en fecha 17/08/2021, en la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice:
“Demostrar la experiencia en la venta y provisión de chalecos antibalas y/o equipos de protección personal, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 3 (tres) últimos años: 2018, 2019 y 2020.”
Favor notar que la convocante, en la mencionada versión del PBC ha modificado la Experiencia requerida para incluir también equipos de protección personal. Al respecto, solicitamos a la convocante, sea ampliada también para incluir la experiencia en la venta y provisión de EQUIPOS MILITARES Y/O DE SEGURIDAD, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 5 (cinco) últimos años: 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones versión 2, publicada en fecha 17/08/2021, en la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Experiencia requerida, dice:
“Demostrar la experiencia en la venta y provisión de chalecos antibalas y/o equipos de protección personal, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 3 (tres) últimos años: 2018, 2019 y 2020.”
Favor notar que la convocante, en la mencionada versión del PBC ha modificado la Experiencia requerida para incluir también equipos de protección personal. Al respecto, solicitamos a la convocante, sea ampliada también para incluir la experiencia en la venta y provisión de EQUIPOS MILITARES Y/O DE SEGURIDAD, con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los 5 (cinco) últimos años: 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia en cumplimiento al PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley Nº 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS -. Dicha solicitud, se realiza asimismo en virtud del Art. 20, a razón de que el mismo establece que: “…Las especificaciones técnicas (…) se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”