Consulta:
Del PBC resulta en el capítulo de Especificaciones Técnicas En el caso de que ocurra el servicio, en un lugar que no cuente con cobertura telefónica, la empresa adjudicada está obligada a el pago por el servicio realizado por terceros ¿Cuál va a ser el criterio que lo defina y como se va a comunicar a la empresa adjudicada que en el lugar donde se brindo el servicio no se cuenta con cobertura telefónica?
¿Es correcta la interpretación, que en caso de que se demuestre fehacientemente que en el lugar no se cuenta con cobertura telefónica y que, como consecuencia de la situación, el servicio fue realizado por un tercero, que el monto a pagar nunca será mayor al de la oferta presentada en el llamado?