PBC Criterios de evaluación - capacidad financiera
Solicitamos que se incluya y/o extienda dentro de los criterios de evaluación de la capacidad financiera, el ejercicio 2021, dado que el mismo ya se cerró, y requerimos que pueda ser incluida por parte de los oferentes, cualquier documentación que respalde este año fiscal y se considere para la evaluación de experiencia.
15-06-2022
23-08-2022
PBC Criterios de evaluación - capacidad financiera
Solicitamos que se incluya y/o extienda dentro de los criterios de evaluación de la capacidad financiera, el ejercicio 2021, dado que el mismo ya se cerró, y requerimos que pueda ser incluida por parte de los oferentes, cualquier documentación que respalde este año fiscal y se considere para la evaluación de experiencia.
El oferente deberá remitirse alo establecido en el Pliego Electrónico Última Versión.
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Experiencia requerida
Demostrar la experiencia en Provisión de Medicamentos con contratos y/o facturas, dentro de los últimos 5 años (2016 al 2020). Solicitamos a la convocante modificar y agregar el periodo 2021, ya que también hubo cierre del Ejercicio Fiscal 2021. Seria desde el 2017 al 2021.
Demostrar la experiencia en Provisión de Medicamentos con contratos y/o facturas, dentro de los últimos 5 años (2016 al 2020). Solicitamos a la convocante modificar y agregar el periodo 2021, ya que también hubo cierre del Ejercicio Fiscal 2021. Seria desde el 2017 al 2021.
El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Pliego Electrónico Última Versión.
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Capacidad Tecnica
En el inciso h. la Convocante establece: Para fármacos como: Leuprolide, (Leuprorelina), Tamsulosina:
Registro y/o Certificado del producto ofertado, emitido por una Autoridad Sanitaria Reguladora de Alta Vigilancia como:
-FDA o EMA
-O los indicados de alta vigilancia en el Art 11 de la Ley 3283/2007.
-O Países certificados por OPS como autoridades reguladoras de referencia regional del continente americano (Nivel IV), ANMAT (Argentina), ANVISA (Brasil), INVIMA (Colombia), CEDMED (Cuba), COFEPRIS (México), HEALTH CANADA y FDA (USA).
Considerando que existen oferentes con productos de fabricación nacional, para los cuales no resulta un requisito indispensable contar con los documentos detallados en dicho inciso, solicitamos a la Convocante aclarar que estos requisitos solo aplican a productos importados y no asi a productos nacionales, siendo suficiente contar con el registro sanitario del producto en cuestión.
En el inciso h. la Convocante establece: Para fármacos como: Leuprolide, (Leuprorelina), Tamsulosina:
Registro y/o Certificado del producto ofertado, emitido por una Autoridad Sanitaria Reguladora de Alta Vigilancia como:
-FDA o EMA
-O los indicados de alta vigilancia en el Art 11 de la Ley 3283/2007.
-O Países certificados por OPS como autoridades reguladoras de referencia regional del continente americano (Nivel IV), ANMAT (Argentina), ANVISA (Brasil), INVIMA (Colombia), CEDMED (Cuba), COFEPRIS (México), HEALTH CANADA y FDA (USA).
Considerando que existen oferentes con productos de fabricación nacional, para los cuales no resulta un requisito indispensable contar con los documentos detallados en dicho inciso, solicitamos a la Convocante aclarar que estos requisitos solo aplican a productos importados y no asi a productos nacionales, siendo suficiente contar con el registro sanitario del producto en cuestión.
Los productos nacionales pueden también tener el registro en los países con alta vigilancia, si el producto tiene la garantía de calidad y GPM será certificado por los mismos. El oferente deberá ajustarse a lo establecido en el Pliego Electrónico.
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Capacidad Tecnica
En relación a dicho punto, solicitamos a la Convocante incluir como requisito para productos importados la presentación del certificado de buenas prácticas del fabricante del producto y/o Certificado de Libre Venta del producto emitido por países aceptados conforme a la Ley 3283/2007
En relación a dicho punto, solicitamos a la Convocante incluir como requisito para productos importados la presentación del certificado de buenas prácticas del fabricante del producto y/o Certificado de Libre Venta del producto emitido por países aceptados conforme a la Ley 3283/2007
El oferente deberá de remitirse a lo establecido en el Pliego Electrónico,Requisito documental para evaluar la capacidad técnica: Certificado de Buenas Prácticas.
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Lote 7.BUPIVACAINA S/ EPINEFRINA
Solicitamos a la Convocante establecer la concentración en rangos de 0,5% a 0,75%, considerando que en el mercado solo existe un oferente con la concentración requerida en el PBC, lo cual limita de forma innecesaria la participación de potenciales oferentes.
Solicitamos a la Convocante establecer la concentración en rangos de 0,5% a 0,75%, considerando que en el mercado solo existe un oferente con la concentración requerida en el PBC, lo cual limita de forma innecesaria la participación de potenciales oferentes.
Se aclara que el Vademécum Institucional Vigente aprobada por la Máxima Autoridad cuenta con el producto Bupivacacina s/ Epinefrina0,0075 (0,75%) y Bupivacacina s/ Epinefrina0,005 (0,5%), el potencial oferente podrá presentar su oferta en el llamado correspondiente al citado producto. Por tanto, el oferente deberá de ajustarse a lo establecido en el Pliego Electrónico.
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LOTE 18. LEUCOVORINA CALCICA
Solicitamos a la convocante declarar en la presentación de entrega + solvente en vista de que el producto es un polvo liofilizado y para utilizar de forma correcta y evitar error en la medicación debe reconstituirse con el solvente apropiado compatible con el polvo, por lo que solicitamos puedan contemplar en el item, que el producto ofertado debe contar con solvente
Solicitamos a la convocante declarar en la presentación de entrega + solvente en vista de que el producto es un polvo liofilizado y para utilizar de forma correcta y evitar error en la medicación debe reconstituirse con el solvente apropiado compatible con el polvo, por lo que solicitamos puedan contemplar en el item, que el producto ofertado debe contar con solvente
La presentación solicitada pertenece a la del Vademécum Institucional Vigente aprobada por la Máxima Autoridad. El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Pliego Electrónico. Sin que sea un impedimento la presentación de las ofertas que tengan el solvente.
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CAPACIDAD TECNICA - REQUISITO DOCUMENTAL
En el inciso h. la Convocante solicita que para fármacos como: Leuprolide, (Leuprorelina), Tamsulosina se debe presentar: Registro y/o Certificado del producto ofertado, emitido por una Autoridad Sanitaria Reguladora de Alta Vigilancia como: -FDA o EMA -O los indicados de alta vigilancia en el Art 11 de la Ley 3283/2007. -O Países certificados por OPS como autoridades reguladoras de referencia regional del continente americano (Nivel IV), ANMAT (Argentina), ANVISA (Brasil), INVIMA (Colombia), CEDMED (Cuba), COFEPRIS (México), HEALTH CANADA y FDA (USA). Considerando que existen productos de fabricación nacional, para los cuales no resulta un requisito necesario para contar con el registro sanitario emitido por la autoridad nacional. Se solicita eliminar dicha solicitud para productos de origen nacional y establecer claramente que estos requisitos solo aplican a productos importados y no asi a productos nacionales, considerando que este requerimiento a productos nacionales solo limita de forma innecesaria la participacion de potenciales oferentes.
En el inciso h. la Convocante solicita que para fármacos como: Leuprolide, (Leuprorelina), Tamsulosina se debe presentar: Registro y/o Certificado del producto ofertado, emitido por una Autoridad Sanitaria Reguladora de Alta Vigilancia como: -FDA o EMA -O los indicados de alta vigilancia en el Art 11 de la Ley 3283/2007. -O Países certificados por OPS como autoridades reguladoras de referencia regional del continente americano (Nivel IV), ANMAT (Argentina), ANVISA (Brasil), INVIMA (Colombia), CEDMED (Cuba), COFEPRIS (México), HEALTH CANADA y FDA (USA). Considerando que existen productos de fabricación nacional, para los cuales no resulta un requisito necesario para contar con el registro sanitario emitido por la autoridad nacional. Se solicita eliminar dicha solicitud para productos de origen nacional y establecer claramente que estos requisitos solo aplican a productos importados y no asi a productos nacionales, considerando que este requerimiento a productos nacionales solo limita de forma innecesaria la participacion de potenciales oferentes.
Los productos nacionales pueden también tener el registro en los países con alta vigilancia, si el producto tiene la garantía de calidad y GPM será certificado por los mismos. El oferente deberá ajustarse a lo establecido en el Pliego Electrónico.
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sistema de Adjudicación
En el Resumen del Llamado, en el punto Adjudicación del Contrato, el Sistema de Adjudicación es "Por Lote"
Teniendo en cuanta este sistema de adjudicación y la Planilla de Precios descargado del SICP, tendríamos que cotizar todos los ítems de cada lote....solicitamos respetuosamente a la convocante rever el sistema de adjudicación o en su defecto la Planilla de Precios.
En el Resumen del Llamado, en el punto Adjudicación del Contrato, el Sistema de Adjudicación es "Por Lote"
Teniendo en cuanta este sistema de adjudicación y la Planilla de Precios descargado del SICP, tendríamos que cotizar todos los ítems de cada lote....solicitamos respetuosamente a la convocante rever el sistema de adjudicación o en su defecto la Planilla de Precios.
Se aclara que el oferente indicara el/los lote/lotes ofertados los ítems de su interés. El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Pliego Electrónico.
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sistema de Adjudicación
Según el Sistema de Adjudicación y la Planilla de Precios descargado del SICP, si queremos cotizar el Lote Nro. 18 deberíamos cotizar los dos ítems que la componen??
Según el Sistema de Adjudicación y la Planilla de Precios descargado del SICP, si queremos cotizar el Lote Nro. 18 deberíamos cotizar los dos ítems que la componen??
Se aclara que el oferente indicara el/los lote/lotes ofertados los ítems de su interés. El oferente deberá remitirse a lo establecido en el Pliego Electrónico.
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PRECIO REFERENCIAL DEL LOTE 18-LEUCOVORINA CALCICA
Teniendo en cuenta el último antecedente de compra de la convocante en la CVE 44/21; el precio de compra de la LEUCOVORINA CALCICA 50 mg fue de Gs. 47.000 (Guaranies; Cuarenta y siete mil), por lo que solicitamos la revisión y el ajuste correspondiente del precio referencial.
PRECIO REFERENCIAL SUGERIDO: Gs. 50.000.-
16-06-2022
23-08-2022
PRECIO REFERENCIAL DEL LOTE 18-LEUCOVORINA CALCICA
Teniendo en cuenta el último antecedente de compra de la convocante en la CVE 44/21; el precio de compra de la LEUCOVORINA CALCICA 50 mg fue de Gs. 47.000 (Guaranies; Cuarenta y siete mil), por lo que solicitamos la revisión y el ajuste correspondiente del precio referencial.
PRECIO REFERENCIAL SUGERIDO: Gs. 50.000.-