Los plazos publicados en el SICP comparando con el PBC no declaran las etapas de la SBE. Se solicita establecer con claridad las fechas de las etapas del llamado.
Los plazos publicados en el SICP comparando con el PBC no declaran las etapas de la SBE. Se solicita establecer con claridad las fechas de las etapas del llamado.
Los plazos publicados en el SICP están acordes a lo que establece la Normativa, con respecto a las Licitaciones Públicas Nacionales a ser llevadas a cabo bajo la modalidad de Subasta a la Baja Electrónica.
Las fechas de las etapas del llamado establecidas en el apartado Plazo para presentar las ofertas del PBC expresa que, Cuando la presentación de oferta sea electrónica la misma deberá sujetarse a la reglamentación vigente por lo tanto comunicamos que, las fechas que se encuentran en el SICP son las requeridas por la normativa vigente.
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ELABORACION DE OFERTA
Los plazos establecidos en el SICP no son proporcionales en relación a las etapas de carga de propuestas, competencia y presentación.-
En ese sentido solicitamos a la Convocante adicionar 1 (un) día posterior a la competencia para la preparación de las ofertas.
Los plazos establecidos en el SICP no son proporcionales en relación a las etapas de carga de propuestas, competencia y presentación.-
En ese sentido solicitamos a la Convocante adicionar 1 (un) día posterior a la competencia para la preparación de las ofertas.
Al respecto comunicamos que, los plazos publicados en el SICP están acordes a lo que establece la Normativa, con respecto a las Licitaciones Públicas Nacionales a ser llevadas a cabo bajo la modalidad de Subasta a la Baja Electrónica. Por lo cual no se podrá adicionar 1(un) día más para la preparación de las ofertas
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MARGEN DE PREFERENCIA LOCAL (MPL)
El MPL aplica un 10% de preferencia para aquellos oferentes que se encuentran domiciliados dentro del Departamento o Municipio. Solicitamos omitir este beneficio, pues se define solamente que será aplicada a una oferta de servicios no de bienes. Además la Reglamentación DNCP se encuentra dirigida para fomentar las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.-
El MPL aplica un 10% de preferencia para aquellos oferentes que se encuentran domiciliados dentro del Departamento o Municipio. Solicitamos omitir este beneficio, pues se define solamente que será aplicada a una oferta de servicios no de bienes. Además la Reglamentación DNCP se encuentra dirigida para fomentar las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.-
Al respecto, "las compras públicas juegan un papel fundamental en el desarrollo sostenible, así como en la promoción de estilos de vida sostenibles.
El Estado, por medio de las actividades de compra de bienes y servicios sostenibles, busca incentivar la generación de nuevos emprendimientos, modelos de negocios innovadores y el consumo sostenible. La introducción de criterios y especificaciones técnicas con consideraciones sociales, ambientales y económicas tiene como fin contribuir con el Desarrollo Sostenible en sus tres dimensiones.
El símbolo CPS en este pliego de bases y condiciones, es utilizado para indicar criterios o especificaciones sostenibles." SIC
Por lo tanto se comunica que, éste criterio no puede modificarse debido a que forma parte del PBC Electrónico Estándar dentro de las consideraciones sociales "CPS".
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Precio referencial no acorde al Precio del Mercado
En el listado del Precio referencial del Ítem Fulvestrant Inyectable, no esta acorde al precio del mercado, en las cotizaciones de las licitaciones anteriores siempre se realizaron por unidad de jeringas prellenadas y no por cajas , y se observa que en el Dictamen UOC N° 1 en el cual se detalla la metodología utilizada para la obtención de precios referenciales , la convocante al analizar las adjudicaciones anteriores lo dividió en 2 (dos) por ende al promediar el precio con los datos obtenidos no se adecua al precio real del ítem. En ese sentido se solicita a la convocante modificar el precio referencial para una mayor participación de Oferentes
21-09-2021
21-09-2021
Precio referencial no acorde al Precio del Mercado
En el listado del Precio referencial del Ítem Fulvestrant Inyectable, no esta acorde al precio del mercado, en las cotizaciones de las licitaciones anteriores siempre se realizaron por unidad de jeringas prellenadas y no por cajas , y se observa que en el Dictamen UOC N° 1 en el cual se detalla la metodología utilizada para la obtención de precios referenciales , la convocante al analizar las adjudicaciones anteriores lo dividió en 2 (dos) por ende al promediar el precio con los datos obtenidos no se adecua al precio real del ítem. En ese sentido se solicita a la convocante modificar el precio referencial para una mayor participación de Oferentes
Al respecto comunicamos que, los precios referenciales fueron obtenidos mediante los parámetros establecidos en la normativa de la DNCP Res. 1890/20 y fueron considerados por Unidad, no por caja.
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Discrepancia en la ubicación de los items
Se verifica discrepancia en la ubicación de los items entre el PBC y lo cargado en el SICP, se solicita una aclaración para poder cotizar correctamente en el momento de la subasta.
Se verifica discrepancia en la ubicación de los items entre el PBC y lo cargado en el SICP, se solicita una aclaración para poder cotizar correctamente en el momento de la subasta.
Al respecto se solicita remitirse a la Adenda Publicada
6
ORDEN DE LOS ITEMS
POR FAVOR UNIFICAR EL ORDEN DE LOS ITEMS, YA QUE EN EL PBC EL ITEM 1 ES EL LETROZOL Y EN LA LISTA DE PRECIOS EL ITEM 1 ES EL ANASTROZOL, ESTO PUDIERA PROBOCAR CONFUSION A LA HORA DE ENVIAR MUESTRAS / PDG Y DEMAS DOCUMENTOS.
POR FAVOR UNIFICAR EL ORDEN DE LOS ITEMS, YA QUE EN EL PBC EL ITEM 1 ES EL LETROZOL Y EN LA LISTA DE PRECIOS EL ITEM 1 ES EL ANASTROZOL, ESTO PUDIERA PROBOCAR CONFUSION A LA HORA DE ENVIAR MUESTRAS / PDG Y DEMAS DOCUMENTOS.
Al respecto se solicita remitirse a la Adenda publicada.
7
REQUISITOS PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TECNICA
En los requisitos solicitados por la convocante para evaluar la capacidad técnica la convocante solicita: Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación o Registro Sanitario debidamente legalizada o apostillada vigente, otorgado por las Agencias Reguladoras previstas en el Art. 11 de la Ley N° 3.283/07, EMA, FDA, o Agencias Reguladoras de Referencia (Nivel 4) reconocidas por la OPS.
Al respecto, solicitamos amablemente al MSPYBS, que modifique este requisito de acuerdo a lo solicitado en licitaciones anteriores tales como: LPN N° 02/2021 (ID N° 388270), LPN N° 01/2021 (ID N° 388241), LPN N° 09/2021 (ID N° 388290), y estipula lo siguiente: 10. Para productos importados sintéticos, copia Legalizada y/o apostillada o documentación emitida por el fabricante (debidamente legalizada y/o apostillada) con el link web oficial del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente o Certificado de Registro Sanitario Vigente, otorgado por alguna de las Agencias regulatorias previstas en el artículo 11 de la Ley N° 3283/07, Agencias reguladoras de la EMA (European Medicines Agency), FDA, Agencias Reguladoras de Referencia (Nivel 4) reconocidas por la OPS.
En los requisitos solicitados por la convocante para evaluar la capacidad técnica la convocante solicita: Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación o Registro Sanitario debidamente legalizada o apostillada vigente, otorgado por las Agencias Reguladoras previstas en el Art. 11 de la Ley N° 3.283/07, EMA, FDA, o Agencias Reguladoras de Referencia (Nivel 4) reconocidas por la OPS.
Al respecto, solicitamos amablemente al MSPYBS, que modifique este requisito de acuerdo a lo solicitado en licitaciones anteriores tales como: LPN N° 02/2021 (ID N° 388270), LPN N° 01/2021 (ID N° 388241), LPN N° 09/2021 (ID N° 388290), y estipula lo siguiente: 10. Para productos importados sintéticos, copia Legalizada y/o apostillada o documentación emitida por el fabricante (debidamente legalizada y/o apostillada) con el link web oficial del Certificado de Buenas Prácticas de Fabricación vigente o Certificado de Registro Sanitario Vigente, otorgado por alguna de las Agencias regulatorias previstas en el artículo 11 de la Ley N° 3283/07, Agencias reguladoras de la EMA (European Medicines Agency), FDA, Agencias Reguladoras de Referencia (Nivel 4) reconocidas por la OPS.
Al respecto se solicita remitirse a la Adenda N° 2
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ABASTECIMIENTO SIMULTANEO
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE QUE ACLARE SI EL SISTEMA DE ADJUDICACION DEL PRESENTE LLAMADO SE REALIZARIA BAJO LA MODALIDAD DE ABASTECIMIENTO SIMULTANEO HASTA 3 OFERENTES YA QUE EN EL PORTAL DICE QUE SI, PERO EN EL PBC NO DICE SI APLICA O NO.
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE QUE ACLARE SI EL SISTEMA DE ADJUDICACION DEL PRESENTE LLAMADO SE REALIZARIA BAJO LA MODALIDAD DE ABASTECIMIENTO SIMULTANEO HASTA 3 OFERENTES YA QUE EN EL PORTAL DICE QUE SI, PERO EN EL PBC NO DICE SI APLICA O NO.
Al respecto se solicita remitirse a la Adenda Publicada.
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CAPACIDAD TECNICA INCISO I:
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE MODIFICAR LO SOLICITADO EN EL INCISO I E INCLUIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS: A) Para representantes, Carta Poder vigente otorgada por el fabricante debidamente legalizado y consularizada o apostillado, para comercializar el producto ofertado e inscripta en el Registro Público de Comercio. En caso que el oferente no sea el representante del producto ofertado, se deberá presentar la carta de autorización del fabricante vigente a favor del representante o distribuidor en plaza y este a su vez al oferente. B) Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada, presentar contrato/acuerdo de fabricación vigente, legalizado y consularizada o apostillado.
TAL COMO LA PROPIA CONVOCANTE ESTABLECIO EN LA LPN SBE NRO 28/2021 ID NRO 397.770
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE MODIFICAR LO SOLICITADO EN EL INCISO I E INCLUIR LOS SIGUIENTES REQUISITOS: A) Para representantes, Carta Poder vigente otorgada por el fabricante debidamente legalizado y consularizada o apostillado, para comercializar el producto ofertado e inscripta en el Registro Público de Comercio. En caso que el oferente no sea el representante del producto ofertado, se deberá presentar la carta de autorización del fabricante vigente a favor del representante o distribuidor en plaza y este a su vez al oferente. B) Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada, presentar contrato/acuerdo de fabricación vigente, legalizado y consularizada o apostillado.
TAL COMO LA PROPIA CONVOCANTE ESTABLECIO EN LA LPN SBE NRO 28/2021 ID NRO 397.770
Al respecto se solicita remitirse a la Adenda N° 2
10
INCLUIR REQUISITO:
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE INCLUIR EL SIGUIENTE REQUISITO: Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada, presentar contrato/acuerdo de fabricación vigente, legalizado y consularizada o apostillado.
SE SOLICITA A LA CONVOCANTE INCLUIR EL SIGUIENTE REQUISITO: Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada, presentar contrato/acuerdo de fabricación vigente, legalizado y consularizada o apostillado.