En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO A “GENERALIDADES”, Numeral 38 Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,5 % (cero coma cinco por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
En el Pliego de Bases y Condiciones, ANEXO A “GENERALIDADES”, Numeral 38 Porcentaje de Multa, se establece que: “El valor del porcentaje de multas que será aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes será de: El valor de las multas será: 1 % por cada día de atraso en la entrega de los bienes.“ Al respecto, y considerando el porcentaje establecido como interés moratorio 0,5 % (cero coma cinco por ciento) por cada día de atraso en el pago por parte de la Contratante, solicitamos a la convocante la reducción del porcentaje de multa a ser aplicado por cada día de atraso en la entrega de los bienes; estableciendo un porcentaje no superior al 0.5%, de manera a establecer y mantener en los términos y ejecución del correspondiente contrato el principio de reciprocidad entre las partes.
En forma complementaria, es importante considerar que por la situación de la pandemia COVID-19, desde el mes de marzo del 2020, en nuestro país, nos encontramos ante la presencia de situaciones imprevistas que afectan todos los procesos de fabricación de equipos por parte de los fabricantes (situaciones excepcionales a nivel internacional), y en consecuencia conllevan a una extensión de los tiempos ordinarios de fabricación y/o plazos de envío a nuestro país (proceso de importación) o al retraso en las entregas de los bienes por parte del proveedor o contratista. Lo solicitado se cursa a los efectos de velar por la amplitud para la participación a oferentes consagrado en el artículo 20° de la Ley 2051/2003, específicamente: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes…”
Buenas Tardes. Favor ajustarse a la Carta de Invitación.
2
.- Con relación al Plazo de Entrega
solicitamos respetuosamente extender el mismo a 60 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. Y como es de público conocimiento, debido a la Pandemia Covid-19, la cadena de suministro y logística se ve afectada, por lo que se puede incurrir en retrasos que escapan de las manos de los oferentes.
solicitamos respetuosamente extender el mismo a 60 días, teniendo en cuenta que se trata de una gran cantidad de equipos y el 90% de los proveedores no cuenta con esa cantidad en su stock, especialmente para negocios como la licitación de referencia que solicitan requerimientos específicos, obliga a incurrir en una importación, lo cual está asociado a plazos logísticos y de trámites aduaneros. De esta forma podrían dar la posibilidad a más oferentes de presentar su oferta. Y como es de público conocimiento, debido a la Pandemia Covid-19, la cadena de suministro y logística se ve afectada, por lo que se puede incurrir en retrasos que escapan de las manos de los oferentes.
Buenas Tardes. Favor ajustarse a la Carta de Invitación, ya que se basa en los plazos de finalización de los proyectos CONACyT.
3
.- Con relación al precio referencial
del ítem 1, solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 7.500.000 GS. (Computadora Tipo 1 - Avanzada). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT ya que en la misma se solicitan además 2 monitores por cada CPU. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
del ítem 1, solicitamos respetuosamente se revea dicho precio, considerando que el equipo requerido dentro del mercado tendría un precio referencial de aproximadamente 7.500.000 GS. (Computadora Tipo 1 - Avanzada). Considerando que los costos de los equipos requeridos no están acordes a las respectivas EETT ya que en la misma se solicitan además 2 monitores por cada CPU. Siendo así, los referenciales de la entidad, un precio menor a lo que realmente costaría en el mercado.
Buenas Tardes. Favor ajustarse a la Carta de Invitación. El análisis se realizó en base a lo estipulado en la Resolución DNCP 1890/2020.
4
.- Con relacion al ítem 5 UPS,
en donde el PBC solicita "Conexiones de salida (8) IEC 60320 C13 (Batería de reserva)", solicitamos respetuosamente que también sean aceptado UPS con "Conexiones de salida: 4 x IEC C13 + 1 x IEC C19", considerando que lo ofrecido es el estandar para el tipo de UPS requerido, la cual cumplen la misma función al solicitado y son perfectamente compatibles con monitores, PCs, y varias fuentes de aparatos electrónicos. De ésta manera se daría mayor participación de parte de los oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita "Conexiones de salida (8) IEC 60320 C13 (Batería de reserva)", solicitamos respetuosamente que también sean aceptado UPS con "Conexiones de salida: 4 x IEC C13 + 1 x IEC C19", considerando que lo ofrecido es el estandar para el tipo de UPS requerido, la cual cumplen la misma función al solicitado y son perfectamente compatibles con monitores, PCs, y varias fuentes de aparatos electrónicos. De ésta manera se daría mayor participación de parte de los oferentes en concordancia con el Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
Solicitamos respetuosamente sean solicitadas las siguientes documentaciones: - Carta de Distribución del Representante local para la licitación de referencia. No se aceptarán notas genéricas. - Nota del Centro Autorizado de Servicios (CAS) local dirigida la entidad. No se aceptarán notas genéricas. - Certificado de al menos 2 técnicos. Los cuales deberán ser empleados del Centro Autorizado de Servicios local (CAS). - ISO 9001:2008 sobre diseño, fabricación y soporte emitido a nombre del fabricante. - ISO 14001:2004 sobre fabricación y desarrollo emitido a nombre del fabricante.- Catálogos y especificaciones del equipo ofertado. De manera a que la entidad se asegure de adquirir equipos con certificaciones y de calidad internacional, los cuales cuenten con un respaldo y Servicio Post-Venta con personal técnico capacitado por la misma marca, ante eventuales problemas o inconvenientes que pudieran acontecer. Y considerando que los equipos a proteger son críticos, los cuales en el caso de inoperancia de la UPS, por falta de un correcto servicio Post-Venta, se traduciría en pérdidas económicas para la entidad.
Solicitamos respetuosamente sean solicitadas las siguientes documentaciones: - Carta de Distribución del Representante local para la licitación de referencia. No se aceptarán notas genéricas. - Nota del Centro Autorizado de Servicios (CAS) local dirigida la entidad. No se aceptarán notas genéricas. - Certificado de al menos 2 técnicos. Los cuales deberán ser empleados del Centro Autorizado de Servicios local (CAS). - ISO 9001:2008 sobre diseño, fabricación y soporte emitido a nombre del fabricante. - ISO 14001:2004 sobre fabricación y desarrollo emitido a nombre del fabricante.- Catálogos y especificaciones del equipo ofertado. De manera a que la entidad se asegure de adquirir equipos con certificaciones y de calidad internacional, los cuales cuenten con un respaldo y Servicio Post-Venta con personal técnico capacitado por la misma marca, ante eventuales problemas o inconvenientes que pudieran acontecer. Y considerando que los equipos a proteger son críticos, los cuales en el caso de inoperancia de la UPS, por falta de un correcto servicio Post-Venta, se traduciría en pérdidas económicas para la entidad.
Muy buenas Tardes. Favor ajustarse a la Carta de Invitación.
6
Ítem 7 - Impresora Multifunción láser
Con relación a las especificaciones técnicas del Procesador de 600 Mhz consultamos sí podrían aceptar que le equipo a ofertar cuenta con 525 MHz de capacidad de procesador considerando en primer lugar la mínima diferencia y en cuanto a lo técnica mencionar que éste componente trabaja junto con las PCs para trasladar los trabajos de impresión almacenados hasta la impresora por lo que para éste tipo de equipos de uso personal podrían funcionar correctamente y sin retrasos con la capacidad de procesador solicitado. Además, el precio referencial solicitado aplica a la provisión de equipos únicamente, no así la suma de tóner adicional a los mismos y es por esto que los oferentes de vemos buscar equipos de gamas inferiores para poder cubrir la necesidad de la convocante.
Con relación a las especificaciones técnicas del Procesador de 600 Mhz consultamos sí podrían aceptar que le equipo a ofertar cuenta con 525 MHz de capacidad de procesador considerando en primer lugar la mínima diferencia y en cuanto a lo técnica mencionar que éste componente trabaja junto con las PCs para trasladar los trabajos de impresión almacenados hasta la impresora por lo que para éste tipo de equipos de uso personal podrían funcionar correctamente y sin retrasos con la capacidad de procesador solicitado. Además, el precio referencial solicitado aplica a la provisión de equipos únicamente, no así la suma de tóner adicional a los mismos y es por esto que los oferentes de vemos buscar equipos de gamas inferiores para poder cubrir la necesidad de la convocante.
Buenas Tardes. Favor remitirse a la Adenda N° 1. El análisis se realizó en base a lo estipulado en la Resolución DNCP 1890/2020.
7
En el Pliego de Bases y Condiciones, 15. autorización del fabricante dice:
“Los documentos emitidos por autoridades públicas de otro país, deberán estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con el apostillado”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que la Carta de autorización del Fabricante sea presentado al momento de la firma del contrato, esto se debe ya que desde la publicación del llamado 10/05/2021 a la fecha de presentación del llamado 17/05/2021 solo posee un plazo de 7 días calendarios para obtener este documento, este documento legalizado por las marcas HP, DELL y Lenovo posee un trámite mínimo de 20 a 25 días calendario, razón por la cual es imposible presentar el mismo en la fecha de presentación de ofertas, además que actualmente por la pandemia muchos países orígenes de la marca están teniendo importante retrasos para emitir este documento.
12-05-2021
12-05-2021
En el Pliego de Bases y Condiciones, 15. autorización del fabricante dice:
“Los documentos emitidos por autoridades públicas de otro país, deberán estar debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con el apostillado”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que la Carta de autorización del Fabricante sea presentado al momento de la firma del contrato, esto se debe ya que desde la publicación del llamado 10/05/2021 a la fecha de presentación del llamado 17/05/2021 solo posee un plazo de 7 días calendarios para obtener este documento, este documento legalizado por las marcas HP, DELL y Lenovo posee un trámite mínimo de 20 a 25 días calendario, razón por la cual es imposible presentar el mismo en la fecha de presentación de ofertas, además que actualmente por la pandemia muchos países orígenes de la marca están teniendo importante retrasos para emitir este documento.
Buenas Tardes. Favor ajustarse a lo indicado en art. 4148 del Decreto 2992/2019 de la Ley de Contrataciones Públicas.
8
En vista a la respuesta realizada según consulta N° 7, la cual la convocante ha respondido:
“Buenas Tardes. Favor ajustarse a lo indicado en art. 4148 del Decreto 2992/2019 de la Ley de Contrataciones Públicas” Cabe destacar que el articulo 48 del decreto N° 2992/2019 se transcribe textualmente: “ Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridades públicas de otro país, los pliegos
estándar de bases y condiciones elaborados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) podrán permitirla aceptación de documentos sin legalización del Consulado Paraguayo o apostillado en su caso, con el compromiso por parte del Oferente de su posterior presentación, debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con el apostillado, de resultar adjudicados.
Como se observa el decreto permite la presentación de Documentos emitidos en el extranjero sin la legalización correspondiente con el compromiso de ser presentado al momento de la firma del contrato, por lo que solicitamos respetuosamente que la Carta de autorización del Fabricante sea presentado posterior al Acto de apertura y para la firma del contrato.
19-05-2021
20-05-2021
En vista a la respuesta realizada según consulta N° 7, la cual la convocante ha respondido:
“Buenas Tardes. Favor ajustarse a lo indicado en art. 4148 del Decreto 2992/2019 de la Ley de Contrataciones Públicas” Cabe destacar que el articulo 48 del decreto N° 2992/2019 se transcribe textualmente: “ Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridades públicas de otro país, los pliegos
estándar de bases y condiciones elaborados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) podrán permitirla aceptación de documentos sin legalización del Consulado Paraguayo o apostillado en su caso, con el compromiso por parte del Oferente de su posterior presentación, debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con el apostillado, de resultar adjudicados.
Como se observa el decreto permite la presentación de Documentos emitidos en el extranjero sin la legalización correspondiente con el compromiso de ser presentado al momento de la firma del contrato, por lo que solicitamos respetuosamente que la Carta de autorización del Fabricante sea presentado posterior al Acto de apertura y para la firma del contrato.
Buenos días, se procederá de la siguiente manera, según el artículo 48 del Decreto 2992/2019 de la Ley de Contrataciones Públicas
"Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridades públicas de otro país, los pliegos estándar de bases y condiciones elaborados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) podrán permitirla aceptación de documentos sin legalización del Consulado Paraguayo o apostillado en su caso, con el compromiso por parte del Oferente de su posterior presentación, debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con el apostillado, de resultar adjudicados.
Si el adjudicado no presentare las legalizaciones correspondientes para la firma del contrato cuando estas sean requeridas, la adjudicación será revocada y la garantía de mantenimiento de oferta será ejecutada."
9
En vista a la respuesta realizada según consulta N° 7, la cual la convocante ha respondido:
“Buenas Tardes. Favor ajustarse a lo indicado en art. 4148 del Decreto 2992/2019 de la Ley de Contrataciones Públicas” Cabe destacar que el articulo 48 del decreto N° 2992/2019 se transcribe textualmente: “ Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridades públicas de otro país, los pliegos
estándar de bases y condiciones elaborados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) podrán permitirla aceptación de documentos sin legalización del Consulado Paraguayo o apostillado en su caso, con el compromiso por parte del Oferente de su posterior presentación, debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con el apostillado, de resultar adjudicados.
Como se observa el decreto permite la presentación de Documentos emitidos en el extranjero sin la legalización correspondiente con el compromiso de ser presentado al momento de la firma del contrato, por lo que solicitamos respetuosamente que la Carta de autorización del Fabricante sea presentado posterior al Acto de apertura y para la firma del contrato
19-05-2021
20-05-2021
En vista a la respuesta realizada según consulta N° 7, la cual la convocante ha respondido:
“Buenas Tardes. Favor ajustarse a lo indicado en art. 4148 del Decreto 2992/2019 de la Ley de Contrataciones Públicas” Cabe destacar que el articulo 48 del decreto N° 2992/2019 se transcribe textualmente: “ Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridades públicas de otro país, los pliegos
estándar de bases y condiciones elaborados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) podrán permitirla aceptación de documentos sin legalización del Consulado Paraguayo o apostillado en su caso, con el compromiso por parte del Oferente de su posterior presentación, debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con el apostillado, de resultar adjudicados.
Como se observa el decreto permite la presentación de Documentos emitidos en el extranjero sin la legalización correspondiente con el compromiso de ser presentado al momento de la firma del contrato, por lo que solicitamos respetuosamente que la Carta de autorización del Fabricante sea presentado posterior al Acto de apertura y para la firma del contrato
Buenos días, se procederá de la siguiente manera, según el artículo 48 del Decreto 2992/2019 de la Ley de Contrataciones Públicas
"Cuando se exija la presentación de documentos que sean emitidos por autoridades públicas de otro país, los pliegos estándar de bases y condiciones elaborados por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) podrán permitirla aceptación de documentos sin legalización del Consulado Paraguayo o apostillado en su caso, con el compromiso por parte del Oferente de su posterior presentación, debidamente legalizados por el Consulado Paraguayo respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores o con el apostillado, de resultar adjudicados.
Si el adjudicado no presentare las legalizaciones correspondientes para la firma del contrato cuando estas sean requeridas, la adjudicación será revocada y la garantía de mantenimiento de oferta será ejecutada."
10
*-Idioma de los Catálogos Técnicos.
En el PBC, sección Datos de la Licitación, numeral 8. Idioma de la Oferta, se solicita:
“La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: No aplica.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro. Lo solicitado encuentra sustento legal en la Ley 2051/03, específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”… lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, sección Datos de la Licitación, numeral 8. Idioma de la Oferta, se solicita:
“La convocante permitirá con la oferta, la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma distinto al castellano y sin traducción: No aplica.”
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sea permitida la presentación de catálogos, anexos técnicos o folletos en idioma inglés sin traducción, considerando que es el idioma original de la mayoría de las documentaciones de carácter técnico descriptivo del rubro tecnológico y de conocimiento usual del personal técnico especializado en dicho rubro. Lo solicitado encuentra sustento legal en la Ley 2051/03, específicamente en el inciso d) “indicación de que las ofertas se presentarán en idioma castellano, pudiendo entregarse los anexos técnicos y folletos en el idioma del país de origen de los bienes o servicios”… lo cual se condice con el artículo 48° del Decreto 2992/19: “Las ofertas deberán presentarse en idioma castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de los anexos técnicos y folletos, que podrán ser presentados en el idioma original…”, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”