Consulta:
Donde dice "Se considerará la sumatoria que resulte entre los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020. Deberá contar como mínimo con un contrato por cada año".
Favor disminuir el requisito a los últimos 3 años (2018, 2019 y 2020) o (2019, 2020 y 2021) a fin de dar oportunidad a un mayor número de potenciales oferentes, conforme al Art 4 de la Ley 2051/03.
El requisito de 5 años no tiene justificativo ni sustento técnico para avalar la idoneidad, experiencia o capacidad técnica del oferente, en contravención a lo establecido en el Art. 20 de la Ley 2051, que dice que no se podrán incluir en los PBC condiciones que no resulten técnicamente indispensables si con ello se restringe la participación de los potenciales oferentes.