El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Nº |
Especificaciones Técnicas y Normas |
Cantidad |
Unidad de Medida |
ADQUISICIÓN DE VALVULAS NEUMÁTICAS Y ACCESORIOS PARA CONTROL DE CAUDAL DE FUEL OÍL PARA FÁBRICA VALLEMÍ- Solped N° 10001534 - Gerencia Industrial |
|||
1 |
VALVULA NEUMATICA PARA CONTROL DE CAUDAL DE FUEL OIL Válvula completa para control de caudal de FUEL OIL con accionamiento neumático y posicionador electro neumático. Aplicación : Control de caudal de FUEL OIL Propiedades del Fluido - Tipo: Fuel oíl. - Densidad: 0,98 gr/cm³ . - Grado de abrasión: alto. - Rango de caudal a controlar: 0 - 8.000 l/h
Características Técnicas de la válvula. -Válvula de paso recto tipo 3241 con accionamiento neumático tipo 3277. Tamaño DN 25; PN 40; Cuerpo de acero al carbono 1.0619/A216 WCC; Bridada con raised face, Form B1 DIN EN 1092-1; Igual Porcentaje; carrera 15 mm ; Obturado con sello metálico (leakage class IV); Obturador material acero inoxidable 1.4404/1.4409; Vástago material acero inoxidable 1.4404; Asiento material acero inoxidable 1.4006; Asiento con sello metálico; Kvs 6.3; Empaquetadura de PTFE-carbón, spring-loaded, autoajustable. Junta entre cuerpo y bonete de grafito con alma de acero inoxidable. Bonete standard de acero al carbono. Actuador neumático de diafragma y resortes modelo 3277, Carrera 15 mm. Tamaño 240 cm². Diafragma de NBR. Rango 0.6 - 2.2 bar. Falla cierra (Normal Cerrada).
Posicionador electroneumático modelo 3730-2, Con display LCD and AUTOTUNE, Entrada 4 to 20 mA , 2 software limit switches/1 fault alarm contact; II 2 G Ex ia IIC T6 Gb, ATEX; Diagnostico EXPERTplus diagnostics; Carcaza Standard aluminio; Filtro regulador de aire Samstation con manómetro. |
2 |
Unidad |
2 |
ASIENTO SB24 DN15-25 1.4006 0110-1791 Asiento SB 24 DN 15-25 1.4006 Posición 4 - PN 0110-1791 - documento 1040-0095 |
2 |
Unidad |
3 |
OBTURADOR KVS 1.4404 DN15-50 0221-1349 Obturador/vastago, Kvs 6.3, %, 1.4404 DN 15-50 seat bore 24 Posición 5 PN 0221-1349 - documento 1040-0095 |
2 |
Unidad |
4 |
EMPAQUETADURA DN15-50-PTFE 1120-2401 Empaquetadura Standard DN 15-50 - PTFE Posicion 15 - PN 1120-2401 documento 1040-0095 |
2 |
Unidad |
5 |
JUNTA DE GRAFITO CON ALMA METALICA 40X52X1. 316(L) Junta de grafito con alma metálica 40x52x1,316(L) entre cuerpo y bonete. |
2 |
Unidad |
6 |
SELLO DEL EJE 8406-0061 |
2 |
Unidad |
7 |
COJINETE 8485-0010 Cojinete PN 8485-0010 |
4 |
Unidad |
8 |
DIAFRAGMA 240 CM2 0520-0498 Diafragma 240 cm2 PN 0520-0498 |
2 |
Unidad |
9 |
WIPER RING ANILLO RASCADOR 8429-0133 Wiper ring PN 8429-0133 |
2 |
Unidad |
10 |
Abrazadera para actuador modelo 3271/3277 Tamaño: 240cm2 PN 0300-1003 |
2 |
Unidad |
Método de Adjudicación: POR TOTAL
neumáticos y en consecuencia el control del caudal es inestable.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
VALVULA NEUMATICA PARA CONTROL DE CAUDAL DE FUEL OIL. |
2 |
Unidad |
En Planta Industrial de Fca. Vallemí de Lunes a Viernes de 07:00hs. a 14:00hs. |
Dentro de los 90 días corridos posteriores a la firma del contrato |
2 |
ASIENTO SB24 DN15-25 1.4006 0110-1791. |
2 |
Unidad |
||
3 |
OBTURADOR KVS 1.4404 DN15-50 0221-1349 |
2 |
Unidad |
||
4 |
EMPAQUETADURA DN15-50-PTFE 1120-2401. |
2 |
Unidad |
||
5 |
JUNTA DE GRAFITO CON ALMA METALICA 40X52X1. 316(L) |
2 |
Unidad |
||
6 |
SELLO DEL EJE 8406-0061 |
2 |
Unidad |
||
7 |
COJINETE 8485-0010
|
4 |
Unidad |
||
8 |
DIAFRAGMA 240 CM2 0520-0498
|
2 |
Unidad |
||
9 |
WIPER RING ANILLO RASCADOR 8429-0133
|
2 |
Unidad |
||
10 |
Abrazadera para actuador modelo 3271/3277
|
2 |
Unidad |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Verificación del Cumplimiento de las Especificaciones Técnicas a ser realizadas por técnicos designados por el Dpto. de Mantenimiento VALLEMI.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: nota de remisión.
Frecuencia: a la entrega satisfactoria de los bienes requeridos.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión |
Nota de Remisión |
Dentro de los 10 (diez) días posteriores a la entrega satisfactoria de los bienes requeridos. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
|
|
|
|