Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

  1. Especificaciones Técnicas

Lote

DESCRIPCIÓN

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

Tramo

SERVICIO DE FLETE FLUVIAL DE MATERIA PRIMA DE VALLEMI A VILLETA Y VICEVERSA

SOLPED N° 10001415

1

FLETE FLUVIAL DE MATERIA PRIMA DE VALLEMI A VILLETA Y VICEVERSA

Capacidad mínima del convoy: 10.000 toneladas

Vallemi Villeta (y viceversa)

CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MINIMOS y MAXIMOS

MONTO MÁXIMO: 41.500.000.000 GS.

MONTO MÍNIMO:  20.750.000.000 GS.

2

FLETE FLUVIAL DE MATERIA PRIMA DE VALLEMI A VILLETA Y VICEVERSA

Capacidad mínima del convoy: 5.000 toneladas

Capacidad máxima del convoy: 9.999 toneladas

Vallemi Villeta (y viceversa)

CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MINIMOS y MAXIMOS

MONTO MÁXIMO: 13.280.000.000 GS.

MONTO MÍNIMO:  6.640.000.000 GS.

La Contratista deberá transportar el material en condiciones iguales a su embarque y la responsabilidad sobre el material será hasta el resultado de calidad emitida por el dpto. de control de calidad

        1. La INC procederá a la selección de las embarcaciones de bandera nacional para el servicio de transporte fluvial de materia prima, desde puerto de embarque o puntos de carga de la República del Paraguay o viceversa (Vallemí Villeta). Quedan excluidas embarcaciones de bandera extranjera conforme Articulo 5 de la Ley 295/71.

La selección será realizada sobre la base a los requisitos establecidos por la INC en este documento, referente a aspectos técnicos de las embarcaciones, su pabellón, habilitación y las instalaciones propias para el transporte de flete fluvial contratado.

2. INFORMACIONES REQUERIDAS

Las empresas de transporte fluvial deberán presentar las siguientes informaciones para cada embarcación:

2.1 Datos Identificatorios

2.1.1 Nombre de la embarcación.

2.1.2 Número de matrícula.

2.1.3 Tipo de convoy.

2.1.4 Bandera.

2.2. Datos de Construcción

2.2.1 Porte de bruto en toneladas.

2.2.2 Capacidad efectiva en m3 y toneladas.

2.2.3 Capacidad nominal en m3 y toneladas.

2.2.4 Materiales de construcción.

2.2.5 Dimensiones de eslora, manga y puntal en metros.

2.2.6 Calado máximo en pies.

2.2.7 Cantidad de bodegas (una sola o más).

OBS: Con relación al Punto 2.2.1, la INC requiere conocer la capacidad que posee cada Convoy que debe ser:  Para el Lote Nº 1, mínimo de 10.000 toneladas La capacidad mínima por barcaza deberá ser de 350 TN para el transporte de los materiales que precisa para sus traslados. -Para el Lote Nº 2, mínimo de 5.000 toneladas y máximo de 9.999 toneladas. La capacidad mínima por barcaza deberá ser de 350 TN para el transporte de los materiales que precisa para sus traslados. -

2.3. Datos de Instalaciones

2.3.1 Las Barcazas deben tener bodega única, que deberá permitir que la mini pala cargadora o similar (proveída por el oferente), ingrese libremente para el rejunte de remanente (a cuenta y cargo del proveedor). Deberá tener espacio para el barrido de proa a popa y de babor a estribor de descargadores robot o almejas de un mínimo de 3.500 toneladas de capacidad por sacada.

Observaciones:

-En caso de que en un plazo de 30 minutos el proveedor no inicie la descarga del remanente, la INC procederá a descargar con sus maquinarias, cuyo costo, según el informe de la Gerencia Financiera, será descontado del importe de la factura.

-Será considerado como remanente un máximo de 50 Toneladas.

-Todos los costos del alquiler de la mini pala cargadora o similar y sus implementos para la descarga del remanente serán a cuenta y cargo del proveedor.

- Para el ascenso y descenso de la Mini Pala Cargadora de la barcaza la INC podrá poner a disposición del oferente una grúa, con un costo de Gs. 400.000 por bodega (el proveedor puede optar por utilizar otra grúa), el cual será descontado de la factura del servicio ejecutado.

2.3.2 El piso de la bodega debe ser de chapa con suficiente estructura para resistir el peso de la pala cargadora o similar o eventualmente de una Grampa grúa.

2.3.3 Bocas de sondeo pasa hombres.

2.3.4 Instalación contra incendios.

2.3.5 Instalación eléctrica.

2.3.6 Equipamiento de izaje: ubicación, dimensiones, capacidad de carga en toneladas.

2.3.7 Generadores de electricidad, capacidad en KVA, tensión en VOLTS para remolcadores.

2.4. Elementos Accesorios

2.4.1 Elementos de medición de agua.

2.4.2 Cabos de amarre.

2.4.3 Equipamiento para derrames.

2.4.4 Molinetes.

2.4.5 Equipamientos para el personal a bordo.

2.4.6 Elementos de seguridad (salvavidas, uniformes, casco, chaleco reflectivoetc)

2.5 Elementos de protección CONTRA VIENTOS Y EN CASO DE LLUVIAS.

2.5.1 Las embarcaciones destinadas al transporte de los bienes de la presente licitación, deberán contar obligatoriamente con un sistema de protección y de cubertura de la carga consistente en tapas de fibra de vidrio, hierro o carpas/lonas de buena calidad y en buen estado, que garantice que las bodegas sean totalmente herméticas e impermeables a las acciones de los vientos y al agua de lluvia.

2.5.2 El proveedor deberán garantizar que las bodegas sean totalmente protegidas, secas, y libres de filtraciones de agua.

2.5.3 El proveedor deberán garantizar que sus bodegas transporten la carga con el mismo tenor de humedad con que fueran cargados.

2.6 Medios de Locomoción

2.6.1 Autopropulsada: potencia de propulsión en HP, tipo y cantidad de motores, fabricantes y año de fabricación (para remolcadores).

2.6.2 Remolque o empuje: potencia en HP, planos de escala, equipamientos.

2.7 Estado de Conservación

2.7.1 Estado general del casco y motores.

2.7.2 Operabilidad del sistema contra incendio.

2.7.3 Estado de motores de propulsión y generadores.

2.7.4 Pintura general.

 2.8 Habilitaciones Para Barcaza/ Para Remolcador.

2.8.1. Habilitación para Barcaza

2.8.1.1 Certificado de navegabilidad, expedido en el presente año.

2.8.1.2 Certificado de arqueo.

2.8.1.3 Certificado de francobordo.

2.8.1.4 Certificado de Seguridad de Buques.

2.8.1.5 Tabla de Carena de Calado suscripto por un Perito o Ingeniero Naval registrado en la prefectura con firma y sello del profesional acreditado.

2.8.2. Habilitación para Remolcador

2.8.2.1 Certificado de navegabilidad, expedido en el presente año.

2.8.2.2 Certificado de arqueo.

2.8.2.3 Certificado de radiotelefonía.

2.8.2.4 Certificado de francobordo.

2.8.2.5   Certificado de Seguridad de Buques.

2.8.2.6   Tabla de Carena de Calado suscripto por un Perito o Ingeniero Naval registrado en la prefectura con firma y sello del profesional acreditado.

2.8.3 Documentos que acrediten los derechos del proveedor sobre las embarcaciones.

-Título de propiedad de las embarcaciones (remolcador y bodegas) inscriptos en la

Dirección General de los Registros Públicos o Contrato de Arrendamiento de bodegas y

habilitaciones para su navegabilidad.

2.8.4 Documentos que deberá la Contratista mantener actualizados por el término de duración del Contrato.

Los certificados mencionados deberán ser presentados, de acuerdo a las exigencias establecidas por organismos oficiales competentes del Paraguay, para cada tipo de embarcación, en el momento de la realización de la inspección por parte de la Gerencia Logística/ Tráfico fluvial Villeta y/o Vallemi.

Obs.: todas las documentaciones y certificados solicitados deben estar vigentes a la fecha de apertura física y mantenerse actualizados durante el tiempo de ejecución del contrato

3. REQUERIMIENTOS DE SERVICIOS

La INC establece los siguientes requerimientos para la prestación del servicio:

3.1 Contar con cabos de amarre, molinetes, sistemas de protección contra vientos y lluvias necesarios para el resguardo del material transportado.

3.2 Instalaciones y equipos contra incendio en funcionamiento y de fácil acceso.

3.3 Calado: adecuado para la navegabilidad en el Río Paraguay.

3.4 Personal de operaciones a bordo y de apoyo en tierra con los equipamientos (ejemplo:

Zapatones con antideslizantes dieléctrico y punta de acero, mamelucos con reflectivos, chalecos salvavidas, cascos, anteojos protectores) adecuados para cualquier tipo de operación requerida.

3.5 Capacidad para transportar: Lote Nº 1, mínimo de 10.000 toneladas del producto autorizado por cada viaje; Lote Nº 2, mínimo de 5.000 toneladas y máximo de 9.999 toneladas del producto autorizado por cada viaje;

4. EXIGENCIAS BASICAS PARA LAS EMBARCACIONES

Las unidades para el transporte fluvial (remolcador y barcazas) deberán ser ineludiblemente embarcaciones de bandera paraguaya, especialmente destinadas para ese fin y construidas de acuerdo a diseños y especificaciones técnicas que cumplan todas las exigencias de manipuleo y seguridad, correspondiente a las características propias de los productos a transportar.

Las Embarcaciones deberán contar con el servicio de rastreo satelital a fin de mantener una información inmediata de sus ubicaciones, facilitando a la Gerencia Logística, Usuario y Contraseña, a fin de disponer libre acceso, o compartir en forma diaria hasta las 06:00 am de cada día ubicación en tiempo real   de cada convoy

4.1. TIPO DE EMBARCACION PARA EL TRANSPORTE DE CLINKER A GRANEL

CARACTERISTICAS PRINCIPALES  PARA LOTES 1 Y 2

El tipo de embarcación más apta para el transporte de Clinker a granel es la barcaza con una capacidad de carga de mínima 350 y máxima 3.000 Toneladas (Clinker de p.e. 1,3 Ton/m3).

General: Todas las embarcaciones cuyas documentaciones acrediten la carga de productos a granel deberán ser aptas para:

1- Carga con grúa almejada, carga con cinta y tubos telescópicos en los muelles de Vallemi o Villeta.

2- Descarga con grúa almejada, descarga con descargador tipo robot a cangilones, espacio para incorporación de palita de rejunte o similar los muelles de Vallemi o Villeta.

Las bodegas deberán contar con:

  1. Tapas de fibra de vidrio, hierro o carpas/lonas de buena calidad y en buen estado, que garantice que las bodegas sean totalmente impermeables a las acciones de los vientos y al agua de lluvia, garantizando el transporte de la carga sin humedad libre materiales fraguados y lizo para recorrido de popa a proa y de babor a estribor de sistemas de descarga.
  2. Tipo de tapa: tapa metálica, fibra de vidrio, o de lona marítima de alta resistencia en condiciones óptimas con estructura metálica
  3. Bodega: Interior libre y lizo
  4. Costados y fondos de bodega: Deben ser lisos, sin refuerzos ni salientes por el lado de la bodega y las chapas resistentes al choque de la maquina descargadora., y que aguante el peso de una mini pala cargadora.
  5. Cierre de Escotillas: Las escotillas de bodegas deben disponer de cierre estanco al agua de lluvia. Las tapas de escotillas deben ser metálicas deslizables que deben recogerse, dejando libre, de una vez, media eslora la bodega como mínimo.

OBSERVACIÓN: - Todas las embarcaciones deberán tener personal encargado 24 horas de lunes a domingo incluyendo días feriados en los procedimientos carga y descarga en los puertos habilitados por la INC

5. PROCEDIMIENTO DE SELECCION

5.1. Introducción

La información y datos requeridos por la INC servirán de referencia en la verificación del estado de las embarcaciones y del cumplimiento de los requisitos exigidos. El Procedimiento de selección exigirá una inspección de las unidades de transporte, complementando el proceso de evaluación en base al criterio establecido por la INC para definir la calificación final de las embarcaciones por parte de la Comisión de Inspección y Habilitación de la I.N.C.

5.2. Examen de las informaciones

Con relación al cumplimiento de los requisitos se observan las siguientes pautas:

5.2.1 Requisitos excluyentes

La falta de presentación de los documentos con la información mencionada en los numerales 2.1, 2.3., 2.5., 2.7., del PUNTO 2) Informaciones requeridas de las embarcaciones, causará la exclusión de la embarcación de esta selección, con las excepciones correspondientes al tipo de embarcación. Igual tratamiento recibirán las unidades cuyos certificados estén vencidos a la fecha de presentación de los documentos.

5.3. Inspección Para la selección de las embarcaciones, la inspección de las mismas será realizada por parte  de la Comisión de Inspección y Habilitación de la I.N.C. y/o firmas o peritos navales habilitados legalmente por organismos nacionales competentes, designados por la INC para dicho efecto, quienes verificaran los datos correspondientes a cada embarcación, y emitirán un ACTA DE VERIFICACIÒN SUSCRIPTO POR  la COMISIÓN DE INSPECCIÓN Y HABILITACIÓN DE LA I.N.C. que se utilizara en la etapa de evaluación.

Las fechas y los lugares serán fijados de común acuerdo entre la INC y las empresas proveedoras de las embarcaciones. En todos los casos, los costos de la inspección serán por cuenta y cargo de la INC.

OBSERVACIÓN

          1. Las embarcaciones podrán ser verificadas durante la ejecución del contrato por la INC, a través de la Gerencia de Logística, en caso de existir observaciones, la Contratista dispondrá de 15 días para subsanar las mismas, posteriormente, la Gerencia de Logística volverá a verificar las embarcaciones y en caso de que no se hayan subsanado dichas observaciones, la INC podrá rescindir el contrato por responsabilidad atribuida a la Contratista o comunicarle que en un determinado plazo, se ajuste a las Especificaciones Técnicas.
          2. Los remolcadores y barcazas que sean declarados aptos para este servicio serán de uso "exclusivo de la INC" No podrán realizar trabajos fuera de este contrato excepto con autorización escrita de la INC, ni transportar cargas de la INC con cargas de otras empresas, lo cual resta capacidades en bodegas, tiempo de navegación, entre otros.
          3. Serán pasibles de multas por día no navegado los Remolcadores y Barcazas que no zarpen dentro de los plazos establecidos para la carga en Vallemi y descarga en Villeta excepto que presenten dentro de las 24 horas de la emisión del certificado de zarpada una copia autenticada de la Resolución de la Prefectura General Naval cuyo contenido deberá limitar la navegación a 6 pies o menos.
          4. Cada remolcador ofertado para el servicio deberá tener la capacidad de empujar:

Para Lote Nº 1: 6 barcazas a 12 barcazas como mínimo cargadas de 6 a 8 pies como mínimo o según Resolución de la PGN.

Para Lote Nº 2: 6 barcazas a 12 barcazas como mínimo cargadas de 6 a 8 pies como mínimo o según Resolución de la PGN.

          1. El proveedor del servicio de flete fluvial es responsable de maniobrar con Remolcadores Portuarios y personal a bordo durante 24 horas de lunes a domingo en el puerto de carga o descarga.
          2. El proveedor que decidiera no operar en horarios nocturnos deberá comunicar dentro del horario diurno al oficial de Trafico Fluvial de turno o personal en muelle
          3. Sera considerado remanente todo material que los elementos de descarga de la INC no alcancen conforme a la distancia que quede el muelle de cada embarcación.
          4. La Contratista deberá transportar el material en condiciones iguales a su embarque.
          5. La responsabilidad de la contratista sobre el material será hasta el resultado de calidad emitida por el dpto. de control de calidad
          6. Durante la ejecución del contrato el Contratista podrá solicitar la incorporación de barcazas, para el efecto, deberá presentar las mismas condiciones solicitadas en el presente Pliego de Bases y Condiciones. Asimismo la INC podrá solicitar al proveedor que incorpore barcazas de modo a dar cumplimiento al monto adjudicado.

 


 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Gerencia de Logística Abg. Alfredo Machuca Gerente de Logística.
  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: A fin de cubrir y mantener la cantidad de acarreo durante el año 2021 debido al consumo de los saldos por naviera
  • Justificar la planificación.  periódico
  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas: se requiere los requisitos mínimos exigidos para el buen cumplimiento del servicio requerido.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

NO APLICA

Plan de entrega de los servicios

 

 

LOTE Nº 1

MES: entrega mínima de 30.000 toneladas

Cantidad por Convoy: según Abastecimiento simultáneo y supeditada a la Orden de Carga emitida por la Industria Nacional del Cemento

La INC se reserva el derecho de modificar la cantidad de carga mínima, por ende, la entrega mínima podrá variar según necesidad.

LOTE Nº 2

MES: entrega mínima de 10.000 toneladas

Cantidad por Convoy: según Abastecimiento simultáneo y supeditada a la Orden de Carga emitida por la Industria Nacional del Cemento

La INC se reserva el derecho de modificar la cantidad de carga mínima, por ende, la entrega mínima podrá variar según necesidad.

El convoy debe estar listo para carga en Vallemi o Villeta 10 días posteriores a la firma del contrato.

Ejecución del cronograma:

El servicio de flete fluvial se irá desarrollando de acuerdo a las necesidades de la INC. Para la activación del servicio, la Gerencia Logística comunicará a la contratista, vía correo electrónico (correo declarado en la oferta) dicha necesidad y para lo cual la Contratista pondrá el convoy listo para carga de los insumos afectados al presente servicio, en Vallemi o Villeta dentro de los 10 días posteriores de tal comunicación, garantizando a la INC la disponibilidad de la entrega mínima mensualmente.

-El proveedor deberá prever todo lo concerniente al proceso de descarga, manteniéndose alerta con un remolcador portuario para acercar las embarcaciones al muelle, y una vez que el sistema de descarga de la INC termine su cometido, quedando en bodega el remanente o material restante de la carga transportada, el proveedor inmediatamente deberá realizar la limpieza, amontonamiento y juntado para proceder a su descarga. La INC mantendrá el servicio operativo las 24 horas. Los proveedores tomaran las medidas pertinentes con anticipación para que dicha descarga de remanente en bodega sea implementada de manera inmediata a la descarga con el descargador de la INC DENTRO DE UN TIEMPO MAXIMO DE 30 minutos. Caso contrario, la INC tomara las medidas sustitutivas del caso, y el costo económico de la descarga del remanente en bodega, lo descontara al contratista de su facturación. Los proveedores se comprometen, además, de mantener el personal necesario para operar sin pérdida de tiempo, tanto por la mañana, tarde y noche (24 horas) y mantener ágil el servicio de descarga.

-La contratista deberá tomar las previsiones necesarias para garantizar la continuidad de las cargas y descargas de las barcazas en el cumplimiento del cronograma preestablecido. Caso contrario la INC se verá obligado a aplicación de penalidades, consistente en perdida de turno de carga /descarga y multa económica en proporción al tiempo de perdida en Puerto de Carga y descarga por falta de maniobras.

-El ritmo de carga/descarga será de 1.000 ton/día SHEX promedio por barcaza, la carga/descarga correrá por cuenta y cargo de la I.N.C. y el ritmo se medirá desde el momento en que las barcazas se encuentren amarrados al muelle de carga/descarga.

-El tiempo de cambio de barcazas será descontado del ritmo de descarga del material, es decir, el tiempo de descarga volverá a correr a partir de cambio o posicionamiento efectivo de barcazas. El tiempo máximo de cambio no deberá ser mayor de (2) dos horas.

-Tiempo de Plancha: el tiempo de Plancha empezará a correr a partir de la recepción de la barcaza en el puerto de descarga designado por la Industria Nacional del Cemento

-Suspensión de tiempo de plancha: el tiempo de plancha quedará suspendido por condiciones climáticas (lluvias, temporales), es decir se descontará del tiempo permitido de descarga según dure la condición climática adversa a la operativa de descarga

-La operativa de CARGA/DESCARGA está a cargo de la INC y corre por su cuenta. Los atrasos y/o demoras que tengan relación con actividades que estén a cargo de la INC no serán imputables al Contratista.

-El cronograma, estará en función a las notificaciones realizadas por la Gerencia de Logística dando inicio al servicio según necesidad, donde se determinará los procedimientos operativos a realizarse.

-Para la carga en Origen (Fabrica Vallemi / Fabrica Villeta) la Gerencia Logística emitirá una ORDEN DE CARGA donde establecerá la Carga Máxima disponible para el servicio en función a la tabla de calado presentado en su oportunidad por la Contratista, donde se detallará el material a ser transportado y las embarcaciones habilitadas para el efecto.

Lote

Descripción del Bien

Tramo

Plazo aproximado de entrega del servicio

1

FLETE FLUVIAL DE MATERIA PRIMA

Vallemi Villeta (y viceversa)

11 días corridos a partir de la notificación del Certificado de Zarpada

2

FLETE FLUVIAL DE MATERIA PRIMA

Vallemi Villeta (y viceversa)

11 días corridos a partir de la notificación del Certificado de Zarpada

La Gerencia de Logística deberá emitir un informe de cumplimiento de plazos en un periodo de 24 horas posteriores a la culminación del servicio.

Cualquier retraso deberá ser comunicado a la INC o sus causas, a fin de ser analizadas y establecer como CASOS FORTUITOS O DE FUERZA MAYOR.

En caso de incumplimiento o atraso en la toma de carga o ejecución del servicio, dentro del plazo estipulado para el mismo, y sin justificativo alguna, correrá el plazo estipulado en el cronograma de entregas, sujeto a las condiciones establecidas en la sección multas y en el Punto 3 de la sección Observaciones - Especificaciones Técnicas, salvo que la misma presente por escrito los justificativos de casos fortuitos o de fuerza mayor. (LA NOTIFICACION DEBE HACERSE ANTES DE CONCLUIR EL SERVICIO, ES DECIR, DENTRO DE LOS 10 DIAS DE TRANSITO A LA GERENCIA DE LOGÍSTICA CON COPIA AL DEPARTAMENTO DE CONTRATOS Y GARANTÍAS)

 

Remolcador para Maniobras

LA CONTRATISTA se obliga a mantener disponible un remolcador para maniobras en los puertos de carga y descarga, en forma permanente durante el periodo de operación de sus embarcaciones. Las operaciones serán realizadas siempre y cuando las condiciones climáticas (tiempo - visibilidad) y nivel del río no afecten negativamente la seguridad de las embarcaciones y/o muelle.

En caso de que el referido remolcador no se encuentre disponible y sean necesarios realizar maniobras para la continuidad de la carga o descarga, LA CONTRATISTA estará obligada a informar con la debida antelación al representante de la INC en los muelles del CIP Villeta y de la Planta Industrial de Vallemí, en forma inmediata, el plazo máximo que será necesario para subsanar dicho inconveniente. Si esta condición no fuera cumplida, la INC estará en libertad para encontrar una solución, en cuyo caso todos los gastos emergentes del hecho serán cargados a LA CONTRATISTA, de acuerdo a la tarifa portuaria de remolque de Asunción y que serán deducidos en forma inmediata de su factura pendiente de pago

 Inspecciones del cumplimiento del servicio

La inspección del cumplimiento efectivo del servicio será realizada por personal de la INC. Una vez recepcionado la carga trasportada en el puerto de destino, el personal responsable de verificar el servicio, cuenta con dos días hábiles, para emitir la planilla y anexado al mismo tiempo lo certificados de plazos para la liquidación final y/o aplicación de multas correspondientes por el área responsable del proceso.

Una vez terminado la carga fuera del Horario Taller la Guía de traslado será firmado por el encargado de turno de tráfico fluvial, jefe de turno de la fábrica (producción), encargado de turno de laboratorio, director o interino en conjunto con el Capitán. No se podrá retirar una barcaza o bodega cargada del muelle de INC bajo ninguna circunstancia sin la firma, aclaración y sello del Capitán, Practico o encargado de turno de la embarcación en caso de que se retirare por alguna razón de fuerza mayor los mencionados deben regularizar firmando las guías de recepción y traslado para dar continuidad a la carga que por cada hora de retraso se computara el tiempo al proveedor del servicio

Para la medición del material transportado, se establece la siguiente prelación de sistemas de pesaje, en el orden que sigue:

1- Pesaje determinado por la cinta bascula de la Planta Industrial de Villeta más carena de calado testigo tomadas al inicio de la descarga

2- En caso de no funcionar la cinta bascula de la Planta de Villeta, se tomará como valido el registro de la báscula de carga de Vallemi mas la carena de calado testigo tomada al final de la carga

3- Si las básculas de la Planta Industrial de Vallemí y CIP Villeta no están en funcionamiento, se tomarán en cuenta las mediciones detalladas en las ACTAS DE CONTINGENCIA CARGA/DESCARGA para determinar la cantidad transportada en función a la tabla de carena de cada bodega, rubricadas por ambas partes.

4- La INC se reserva la facultad de controlar la cantidad y calidad del producto mediante empresas tercerizadas. El documento emitido en estas condiciones prevalecerá sobre cualquier otro respecto calidad y cantidad de la mercadería.-

Es decir, el ACTA DE CONTINGENCIA DE CARGA será emitida por el representante del área responsable en Fabrica y/o lugar de carga; en la misma se deberá detallar los resultados de las mediciones de calado de la embarcación realizadas antes y después de la carga, siendo rubricadas posteriormente en las Guías de Embarque de cada Barcazas.

Así mismo, el ACTA DE CONTINGENCIA DE DESCARGA será emitida por el representante del área responsable en Fabrica y/o lugar de descarga; en la misma se deberá detallar los resultados de las mediciones de calado de la embarcación realizadas antes y después de la descarga y observadas en la planilla de recepción.

Para el efecto, el contratista deberá disponer que los indicadores del calado en las embarcaciones, sean perfectamente visibles, en ambos costados, con marcas claras, semejantes a una regla, donde las subdivisiones de los niveles de calado, permitan una lectura lo más precisa posible. Así mismo, el indicador de franco a bordo, tiene que ser visible y fácilmente identificable. Las lecturas del Calado y Franco Bordo tanto en proa y popa de la bodega se realizaran en cada banda, se tendrá el promedio por costado, y luego el promedio del resultado del promedio por costado. La lectura del franco a borde se realizara por medio de una cinta métrica.

La INC realizará la calibración de sus básculas a través del INTN (Instituto Nacional de Tecnología y Normalización) y/o empresas privadas que realizan dicho servicio.

Penalidades y Multas en caso de Incumplimiento

Por humedad:

El material embarcado en origen (Clinker, Piedra caliza, yeso y cemento (big bag y bolsas) por LA CONTRATISTA deberá ser recepcionado en destino en las mismas condiciones de humedad, caso contrario se aplicará una multa equivalente a guaraníes quince mil (Gs. 15.000) por toneladas de partida húmeda imputable a LA CONTRATISTA, como compensación de la degradación del producto, a ser determinada por cada unidad de bodega por medio de ensayos en origen y recepción.

El porcentaje (%) adicional de humedad en la recepción con relación a la humedad en origen, será descontado el peso adicional de las facturas presentadas al cobro.

Por degradación del material:

En caso de que el material se degrade durante el servicio de flete, se aplicará un descuento a la contratista por la cantidad degradada en el convoy al último precio de adquisición del material. Para tal efecto se solicitará un informe técnico a la Gerencia de Logística/Gerencia Industrial sobre los sucesos durante el servicio de flete y la cuantificación del material degradado en el convoy, así como un informe de calidad del Departamento de Control de Calidad sobre el grado de degradación de lo cuantificado en el convoy.

La condición del producto será consignada en la Guía de Embarque en origen y en el Informe de Recepción en destino incluyendo el C3S de origen

En caso de que se registre un incumplimiento en la exigencia de tapa de barcazas la INC suspenderá la ejecución del servicio por un (1) mes a la barcaza o convoy en infracción. A la cuarta reincidencia de la empresa, el contrato podrá rescindirse de pleno derecho por causa imputable al proveedor.

Si la descarga, por razones imputables LA CONTRATISTA fuera realizada por otros medios distintos a los habilitados en el muelle del CIP Villeta/Vallemi, los gastos adicionales emergentes del hecho serán por cuenta de LA CONTRATISTA y deducidos de su factura.

 

SISTEMA DE ADJUDICACIÓN

El Sistema de Adjudicación de la presente contratación es: POR LOTE, CONTRATO ABIERTO POR MONTOS MINIMOS y MAXIMOS y ABASTECIMIENTO SIMULTÁNEO, en donde:

  • Para el Lote Nº 1:  la adjudicación recaerá como máximo en las tres las mejores ofertas y se distribuirá de la siguiente manera:
  1. 45% para la oferta mejor calificada
  2. 30% para la segunda oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja
  3. 25% para la tercera oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja.

En caso que no sea posible adjudicar a 3 (tres) empresas, el porcentaje remanente podrá ser distribuido entre las 2 empresas adjudicadas (15% al oferente con la mejor oferta económica adjudicable y 10% a la segunda mejor oferta económica adjudicable).

En caso que no sea posible adjudicar a 2 (dos) empresas, no podrá adjudicarse a un solo oferente.

Asimismo la convocante podrá optar por adjudicar únicamente los % indicados originalmente y en caso de que no existan la cantidad de oferentes adjudicables volver a licitar la porción no adjudicada.

  • Para el Lote Nº 2:  la adjudicación recaerá como máximo en las dos ofertas evaluadas como las mejores y se distribuirá de la siguiente manera:
      1. 60% para la oferta mejor calificada
      1. 40% para la segunda oferta mejor calificada, siempre y cuando acepte adecuar su precio a la de la oferta evaluada como la más baja

En caso que no sea posible adjudicar a 2 (dos) empresas, Podrá adjudicarse a un solo oferente que tenga la mejor oferta económica adjudicable

Asimismo la convocante podrá optar por adjudicar únicamente los % indicados originalmente y en caso de que no existan la cantidad de oferentes adjudicables volver a licitar la porción no adjudicada.

 

OBSERVACIONES:

-En caso que el oferente cotice en ambos lotes y sea adjudicado en el Lote 1, ya no podrá participar en la evaluación del Lote 2.

-En caso que el oferente cotice en ambos lotes y no sea adjudicado en el Lote 1, podrá participar en la evaluación del Lote 2.

-El oferente podrá ser adjudicado en un solo Lote.

-El oferente deberá presentar una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el 3% del monto máximo de su oferta.

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:

Las inspecciones y prueba serán conforme a lo indicado en las Especificaciones Técnicas y Plan de Entregas en el lugar de carga (Fabrica Vallemi / Fabrica Villeta) por funcionarios designados por la Gerencia de Logística.  

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será: ACTA DE RECEPCIÓN FINAL DEL SERVICIO REQUERIDO y CERTIFICADOS DE PLAZOS

Serán presentados 01 (uno) certificado.

Frecuencia: Según Plan de Entregas

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

Acta de recepción 1

Acta de recepción

Dentro de los 10 días siguientes a la provisión de cada  servicio requerido.

 

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

 

 

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

 

1. Personas Físicas / Jurídicas

a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;

d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;

e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.

f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato.

2. Documentos. Consorcios

a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.

b) Original o fotocopia del consorcio constituido.

c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.

d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.