En capacidad técnica la Convocante establece: Constancia emitida por instituciones y/o organismos de pertenecer a grupos o ser miembro de programas de reciclados de residuos, consultamos con que fin solicita la constancia considerando que la empresa no se encargara de la disposición final de residuos, en el pliego menciona que las basuras serán recolectadas y llevadas al depósito común ce la SND, en este sentido el documento requerido no guarda relación con el servicio requerido solicitamos a la convocante excluir el documento
En capacidad técnica la Convocante establece: Constancia emitida por instituciones y/o organismos de pertenecer a grupos o ser miembro de programas de reciclados de residuos, consultamos con que fin solicita la constancia considerando que la empresa no se encargara de la disposición final de residuos, en el pliego menciona que las basuras serán recolectadas y llevadas al depósito común ce la SND, en este sentido el documento requerido no guarda relación con el servicio requerido solicitamos a la convocante excluir el documento
En atención a la consulta, este punto ha sido modificado, por lo que se solicita remitirse a lo establecido en la Adenda N° 01, publicada en el Portal.
2
Detergente para pisos baja espuma
La convocante solicita que se use un detergente para pisos de baja espuma, pero para detallar que producto utilizaran en caso de ser adjudicados los potenciales oferentes solicita presentar registro sanitario del mismo, acompañado de los Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del Fabricante o Distribuidor Autorizado. En ese sentido, consultamos a la convocante porque requiere la presentación de los citados documentos si el mismo puede ser adquirido directamente para su utilización, lo que hace la convocante es limitar la competencia solicitando tales documentos, además el hecho de solicitar autorizaciones genera costos una compra que deben hacer los oferentes para obtenerla lo cual sería una perdida para el oferente en caso de que no fuese adjudicado. Solicitamos a la convocante que acepte una declaración jurada de que los oferentes en caso de ser adjudicados proveerán ese producto con las características requeridas.
La convocante solicita que se use un detergente para pisos de baja espuma, pero para detallar que producto utilizaran en caso de ser adjudicados los potenciales oferentes solicita presentar registro sanitario del mismo, acompañado de los Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del Fabricante o Distribuidor Autorizado. En ese sentido, consultamos a la convocante porque requiere la presentación de los citados documentos si el mismo puede ser adquirido directamente para su utilización, lo que hace la convocante es limitar la competencia solicitando tales documentos, además el hecho de solicitar autorizaciones genera costos una compra que deben hacer los oferentes para obtenerla lo cual sería una perdida para el oferente en caso de que no fuese adjudicado. Solicitamos a la convocante que acepte una declaración jurada de que los oferentes en caso de ser adjudicados proveerán ese producto con las características requeridas.
En atención a la consulta, este punto ha sido modificado, por lo que se solicita remitirse a lo establecido en la Adenda N° 01, publicada en el Portal.
3
Programa de reciclaje
En el apartado capacidad técnica la convocante solicita: Constancia emitida por instituciones y/o organismos de pertenecer a grupos o ser miembro de programas de reciclados de residuos, dentro de los servicios requeridos se fijan que el proveedor adjudicado deberá encargase de recoger los residuos y trasladarlos hasta el depósito común de la SND, no establece el proveedor deberá encargarse de la disposición final de los mismos, entonces este requisito carece de sentido, considerando que no guarda relación con el servicio requerido, solicitamos a la convocante excluir el criterio.
En el apartado capacidad técnica la convocante solicita: Constancia emitida por instituciones y/o organismos de pertenecer a grupos o ser miembro de programas de reciclados de residuos, dentro de los servicios requeridos se fijan que el proveedor adjudicado deberá encargase de recoger los residuos y trasladarlos hasta el depósito común de la SND, no establece el proveedor deberá encargarse de la disposición final de los mismos, entonces este requisito carece de sentido, considerando que no guarda relación con el servicio requerido, solicitamos a la convocante excluir el criterio.
En atención a la consulta, este punto ha sido modificado, por lo que se solicita remitirse a lo establecido en la Adenda N° 01, publicada en el Portal.
4
requisitos
En el caso del detergente para pisos de baja espuma, presentar registro sanitario del mismo, acompañado de los Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del Fabricante
o Distribuidor Autorizado.
. EL PRODUCTO SOLICITADO ES INESFLY Floor Cleaner, ÚNICO PRODUCTO QUE POSEE LA ESPECIFICACIONES SOLICITADA POR LA CONVOCANTE(detergente para pisos de baja espuma con insecticida micro encapsulados) ESTE PRODUCTO ES REPRESENTADO EN PARAGUAY UNICAMENTE POR MATHER COMPANY EMPRESA QUE NO EXPIDE LA AUTORIZACION NI REMITE COPIA DEL DOMISANITARIO DEL PRODUCTO A TODAS LAS EMPRESAS QUE LO SOLICITAN, SOLO A UNA EMPRESA Y QUE ES LA DIGITADA PARA GANAR LAS LICITACIONES QUE SOLICITAN PRODUCTOS DE ESTA EMPRESA. LOS OFERENTES NO PODEMOS DEPENDER DE QUE UNA EMPRESA PRIVADA PROVEA DE UN DOCUMENTO EN ESTE CASO DE UN PRODUCTO QUE ÉSTA REPRESENTA PARA TENER ACCESO A PARTICIPAR EN UNA LICITACION DEL ESTADO. ESTA EXIGENCIA SE PUEDE CONSIDERAR COMO UN DIRECCIONAMIENTO DEL LLAMADO. SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE ELIMINAR LA PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL PRODUCTO CONSIDERANDO QUE DEPENDE DE QUE UNA EMPRESA PRIVADA OTORGUE ESTOS DOCUMENTOS Y ADEMAS POR EL ENVASE DEL PRODUCTO SOLICITADO ESTAN LOS REGISTROS SANITARIOS Y EL MISMO ES DE VENTA LIBRE.
En el caso del detergente para pisos de baja espuma, presentar registro sanitario del mismo, acompañado de los Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del Fabricante
o Distribuidor Autorizado.
. EL PRODUCTO SOLICITADO ES INESFLY Floor Cleaner, ÚNICO PRODUCTO QUE POSEE LA ESPECIFICACIONES SOLICITADA POR LA CONVOCANTE(detergente para pisos de baja espuma con insecticida micro encapsulados) ESTE PRODUCTO ES REPRESENTADO EN PARAGUAY UNICAMENTE POR MATHER COMPANY EMPRESA QUE NO EXPIDE LA AUTORIZACION NI REMITE COPIA DEL DOMISANITARIO DEL PRODUCTO A TODAS LAS EMPRESAS QUE LO SOLICITAN, SOLO A UNA EMPRESA Y QUE ES LA DIGITADA PARA GANAR LAS LICITACIONES QUE SOLICITAN PRODUCTOS DE ESTA EMPRESA. LOS OFERENTES NO PODEMOS DEPENDER DE QUE UNA EMPRESA PRIVADA PROVEA DE UN DOCUMENTO EN ESTE CASO DE UN PRODUCTO QUE ÉSTA REPRESENTA PARA TENER ACCESO A PARTICIPAR EN UNA LICITACION DEL ESTADO. ESTA EXIGENCIA SE PUEDE CONSIDERAR COMO UN DIRECCIONAMIENTO DEL LLAMADO. SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE ELIMINAR LA PRESENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DEL PRODUCTO CONSIDERANDO QUE DEPENDE DE QUE UNA EMPRESA PRIVADA OTORGUE ESTOS DOCUMENTOS Y ADEMAS POR EL ENVASE DEL PRODUCTO SOLICITADO ESTAN LOS REGISTROS SANITARIOS Y EL MISMO ES DE VENTA LIBRE.
En atención a la consulta, este punto ha sido modificado, por lo que se solicita remitirse a lo establecido en la Adenda N° 01, publicada en el Portal.
5
Requisito Detergente para pisos baja espuma con insecticida
En la Sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación en el punto 9. Capacidad Técnica solicitan cuanto sigue: -Catálogo de los productos o una declaración jurada con la descripción de los insumos y maquinarias a utilizar (marca, modelo, procedencia y otros.) . En el caso del detergente para pisos de baja espuma, presentar registro sanitario del mismo, acompañado de los Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del Fabricante o Distribuidor Autorizado . El llamado es de servicio de limpieza integral y jardinería, no es un llamado de provisión de productos de limpieza, en los que si se solicita el registro sanitario y la constancia del fabricante, es un llamado de servicios NO de adquisiciones, con la presentación de los catálogos y anexos del producto a utilizar en la limpieza es suficiente para mostrar el producto a utilizar, lo que será corroborado en la ejecución del servicio con la supervisión de la Dirección Administrativa, el Departamento de Administración de Instalaciones Deportivas y el Departamento de Servicios Generales; en este tipo de llamados se presentan empresas de limpieza, no distribuidoras de productos.
En el llamado anterior, hicieron esta solicitud lo que tuvo como consecuencia la poca cantidad de oferentes y la descalificación de varias empresas por este motivo, utilizar el mismo punto que no es relevante, indispensable ni trascendental para este tipo de llamado solo limita y limitó la participación de posibles oferentes que cumplen con la capacidad financiera, técnica y de experiencia, lo que nos hace sospechar un posible direccionamiento en este llamado.
Solicitamos a la convocante tenga en cuenta que la mayoría de las consultas realizadas corresponden a el punto mencionado, lo que podría tener como consecuencia una protesta contra el PBC, que solo haría que se retrasen los plazos de apertura y posterior adjudicación.
25-05-2021
01-06-2021
Requisito Detergente para pisos baja espuma con insecticida
En la Sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación en el punto 9. Capacidad Técnica solicitan cuanto sigue: -Catálogo de los productos o una declaración jurada con la descripción de los insumos y maquinarias a utilizar (marca, modelo, procedencia y otros.) . En el caso del detergente para pisos de baja espuma, presentar registro sanitario del mismo, acompañado de los Catálogos y Anexos del producto ofertado y Constancia del Fabricante o Distribuidor Autorizado . El llamado es de servicio de limpieza integral y jardinería, no es un llamado de provisión de productos de limpieza, en los que si se solicita el registro sanitario y la constancia del fabricante, es un llamado de servicios NO de adquisiciones, con la presentación de los catálogos y anexos del producto a utilizar en la limpieza es suficiente para mostrar el producto a utilizar, lo que será corroborado en la ejecución del servicio con la supervisión de la Dirección Administrativa, el Departamento de Administración de Instalaciones Deportivas y el Departamento de Servicios Generales; en este tipo de llamados se presentan empresas de limpieza, no distribuidoras de productos.
En el llamado anterior, hicieron esta solicitud lo que tuvo como consecuencia la poca cantidad de oferentes y la descalificación de varias empresas por este motivo, utilizar el mismo punto que no es relevante, indispensable ni trascendental para este tipo de llamado solo limita y limitó la participación de posibles oferentes que cumplen con la capacidad financiera, técnica y de experiencia, lo que nos hace sospechar un posible direccionamiento en este llamado.
Solicitamos a la convocante tenga en cuenta que la mayoría de las consultas realizadas corresponden a el punto mencionado, lo que podría tener como consecuencia una protesta contra el PBC, que solo haría que se retrasen los plazos de apertura y posterior adjudicación.
En atención a la consulta, este punto ha sido modificado, por lo que se solicita remitirse a lo establecido en la Adenda N° 01, publicada en el Portal.
6
Programa de Reciclaje
En la Sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación en el punto 9. Capacidad Técnica solicitan cuanto sigue: Constancia emitida por instituciones y/o organismos de pertenecer a grupos o ser miembro de programas de reciclados de residuo.
Consultamos con que fin solicita la constancia considerando que la empresa de limpieza adjudicada no se encargará de la disposición final de residuos, en el PBC menciona que las basuras serán recolectadas y llevadas en el deposito común de la SND, en este sentido el documento requerido no guarda relación con el servicio requerido. Solicitamos a la Convocante excluir el documento ya que limita la competencia.
En la Sección Requisitos de Calificación y Criterios de Evaluación en el punto 9. Capacidad Técnica solicitan cuanto sigue: Constancia emitida por instituciones y/o organismos de pertenecer a grupos o ser miembro de programas de reciclados de residuo.
Consultamos con que fin solicita la constancia considerando que la empresa de limpieza adjudicada no se encargará de la disposición final de residuos, en el PBC menciona que las basuras serán recolectadas y llevadas en el deposito común de la SND, en este sentido el documento requerido no guarda relación con el servicio requerido. Solicitamos a la Convocante excluir el documento ya que limita la competencia.
En atención a la consulta, este punto ha sido modificado, por lo que se solicita remitirse a lo establecido en la Adenda N° 01, publicada en el Portal.