El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Resumen de las Especificaciones Técnicas. Los bienes deberán cumplir con las siguientes Especificaciones Técnicas y Normas:
ÍTEM |
NOMBRE DEL BIEN |
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y NORMAS |
1 |
Factura Contado/Crédito Cuadruplicado Block de 50x4 hojas.(Timbrado vencimiento Año 2023) |
Block de 50 x 4, Original en papel blanco con logo de COPACO S.A., copia a colores en papel químico, duplicado: celeste, triplicado: amarillo cuadruplicado: verde, todos a tinta negra.- Medidas: Ancho: 18 cm.; Altura: 15 cm. Numeración: La numeración de la Factura Contado/Crédito solicitada será proveído por el Sistema Informático de la Sub Secretaría de Estado de Tributación a través de las empresas Graficas que efectuaran la impresión en los términos y bajo las condiciones del Decreto Nº 6539/05, Reglamento General de Timbrado y uso de Comprobantes de Venta, y sus reglamentaciones Empaquetado en papel madera en forma separada por Block o paquetes con sus respectivas numeraciones correlativas, dependiente de cada punto de expedición, identificadas en cada caja o paquete. Establecimientos: Puntos a nivel Nacional, habilitados por el Departamento de Contabilidad 259 (Doscientos Cincuenta y Nueve).
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La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
ITEM |
DESCRIPCION DEL BIEN |
CANT. MINIMA |
CANT. MAXIMA |
UNIDAD FISICA |
LUGAR DE ENTREGA |
FECHA(S) FINAL(ES) DE ENTREGA DE LOS BIENES |
1 |
Factura Contado/Crédito Cuadruplicado.
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1.150 |
2.300 |
Block de 50x4. |
Dpto. Cobranzas. Edificio Ex I.P.T. Hernandarias y Eduardo Víctor Haedo |
10 (Diez) días hábiles contados a partir de la recepción de la Nota de Solicitud. Periodo de 8 (ocho) meses o hasta alcanzar la Cantidad Máxima establecida.
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Vigencia del Contrato: El plazo de vigencia de este Contrato es 8 (ocho) meses, contados a partir del día siguiente de la firma del Contrato.
RECEPCIÓN DE LOS SUMINISTROS:
Una vez efectuada la entrega de los suministros de cada partida en el Dpto. Cobranzas de la Gerencia Administrativa Financiera, el PROVEEDOR deberá comunicar a La CONTRATANTE solicitando la emisión de un Acta de Recepción Técnica Provisoria por la partida correspondiente.-
Dentro de los 05 (cinco) días hábiles siguientes a dicha solicitud, La CONTRATANTE deberá realizar la verificación técnica de los suministros y si los mismos se ajustan a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del Contrato, se elaborará un Protocolo de Pruebas Técnicas por cada partida recibida a ser suscrito por el fiscal responsable y el PROVEEDOR, el cual servirá de base para la emisión del Acta de Recepción Técnica Provisoria por cada partida debidamente entregada.-
La emisión del Acta de Recepción Técnica Definitiva significará a todos los efectos el cumplimiento por parte del PROVEEDOR, de todas sus obligaciones contractuales y será emitido a solicitud del interesado, luego de 6 (seis) meses de haberse realizado el último Acta de Recepción Técnica Provisoria y de haberse levantado todos los pendientes consignados en la misma en caso de que los hubiere.-
En caso que EL PROVEEDOR, no solicite el Acta de Recepción Técnica Definitiva, LA CONTRATANTE solicitará por única vez, la presentación de la misma en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles, posteriormente se reserva el derecho de emitirlo de oficio.-
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
EN PAQUETES DE PAPEL MADERA POR BLOCK O PAQUETES CLASIFICADOS POR PUNTOS DE EXPEDICION ESPECIFICANDO SI CORRESPONDEN A LOS DISTRITOS (INTERIOR) Y OFICINAS PERIFÉRICAS (CAPITAL Y CENTRAL) CUYOS DATOS SERÁN PROVEÍDAS CON LA NOTA DE SOLICITUD.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Nota de Solicitud y la Nota de Remisión del proveedor firmada.
Frecuencia: Conforme Nota de Solicitud emitidas de conformidad a las necesidades.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Solicitud y Nota de Remisión firmada |
Nota de Solicitud y Nota de Remisión Firmada |
Acta de Recepción Técnica Provisoria por cada partida entregada, emitida por el Departamento de Cobranzas, por el periodo de 8 meses o hasta Alcanzar las cantidades máximas. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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