Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

LISTA DE BIENES

Item

Código de Catalogo

Descripción del Bien / servicio

Unidad de Medida

Cant. Mínima

Cant. Máxima

Presentación

1

11111612-001

CALIZA EN POLVO (CARBONATO DE CALCIO)

KILO

4.000

8.000

BOLSA

2

12164503-9998

FOSFATO DICALCICO

KILO

4.000

8.000

BOLSA

3

42121604-001

SAL

KILO

1.500

3.000

BOLSA

4

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO MINERAL PARA CERDOS

KILO

550

1.100

BOLSA

5

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO PARA CERDOS

KILO

288

575

BOLSA

6

12164503-9998

NÚCLEO MINERAL PARA CERDOS

KILO

285

570

BOLSA

7

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO MINERAL PARA BOVINOS LECHERAS

KILO

300

600

BOLSA

8

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO PARA BOVINOS LECHERAS

KILO

150

300

BOLSA

9

12164503-9998

NÚCLEO MINERAL PARA BOVINOS LECHERAS

KILO

150

300

BOLSA

10

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO MINERAL PARA OVINOS - CAPRINOS

KILO

50

100

BOLSA

11

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO PARA OVINOS - CAPRINOS

KILO

25

50

BOLSA

12

12164503-9998

NÚCLEO MINERAL PARA OVINOS - CAPRINOS

KILO

25

50

BOLSA

13

12164503-9998

SECUESTRANTES DE MICOTOXINA

KILO

200

400

BOLSA

14

41116130-343

LISINA

KILO

500

1.000

BOLSA

15

51191902-999

METIONINA

KILO

150

300

BOLSA

16

51191902-999

TREONINA

KILO

200

400

BOLSA

17

51191902-999

COLINA

KILO

150

300

BOLSA

18

51191902-999

BIO - COLINA

KILO

150

300

BOLSA

 

ESPECIFICACIONES TECNICAS REQUERIMIENTOS MINIMOS

  1. CALIZA (CARBONATO DE CALCIO)

Descripción Macroscópica: la caliza presenta una granulometría variada a fina en forma de polvo de color blanco y ligeramente gris-claro.

Deberá contar con N° Registro del Producto, Habilitación de la casa expendedora y N° de Registro del Importador emitido por el ente regulador SENACSA. En caso excepcional se puede considerar el registro en otro ente del estado (SENAVE).

Contar con Análisis de Referencia de estos parámetros de química proximal desarrollada en laboratorio competente.

Parámetros de Calidad para Caliza (Carbonato de Calcio)

Humedad

Materia

Mineral

Calcio

Mínimo

Fósforo

Mínimo

Solubilidad

Mínimo

Densidad

Flúor

Máximo

Magnesio

Máximo

Retención en tamiz de 2 mm

Máximo

2,00%

2,00%

34,00%

0%

96%

1,20g/cm3

00,3%

3,50%

50%

Presentación: en bolsas de hasta 50 kilos.

 

 

  1. FOSFATO DICÁLCICO

Parámetros de Calidad para Fosfato Dicálcico

Humedad

Máximo

Residuos insolubles

Máximo

Calcio

Máximo

Fósforo

Mínimo

Solubilidad

En ácido Cítrico

pH.

Plomo

Máximo

Arsénico

Máximo

Hierro

Máximo

Aluminio

Máximo

2,5 %

2,0 %

24,0 %

18,0 %

90 %

4,0

30 ppm

75 ppm

2,5 %

1,0 %

Observación: Niveles mínimos y máximos que debe contener el producto por kilogramo.

  • Este producto debe poseer grado alimento.
  • La dosificación estará entre 0,5 a 3 kg. por tonelada de mezcla por Alimentos Balanceados como máximo. Se analizará la concentración del producto en relación al costo (guaraníes por tonelada) de alimento producido con dicha pre mezcla.
  • Presentación: en bolsas de hasta 50 kilos.
  • Descripción Macroscópica: El fosfato Dicálcico tiene una presentación de coloración blanca pudiendo variar hasta ceniza claro. La presentación puede variar desde el polvo, granulado o micro-granulado. Las características macroscópicas deberán coincidir con el producto ofrecido en cada caso (polvo, granulado, micro-granulado), Considerando que la alteración en su cualidad física puede ser considerada como deterioro, en caso de ser polvo que se encuentren en forma de piedras o bloques, y para los casos de granulado y micro-granulado la aparición excesiva de polvo indicaría la proximidad del vencimiento.
  • Deberá contar con N° Registro del Producto, Habilitación de la casa expendedora y N° de Registro del Importador emitido por el ente regulador SENACSA.
  • Fecha de vencimiento del producto: para fines de esta licitación deberá ser de 12 (doce) meses como mínimo, a ser contados a partir de la fecha de recepción por parte de la Convocante, la misma deberá estar grabada en el envase (no se admitirán etiquetas adhesivas para el efecto).

 

 

  1. SAL COMÚN (NA CL)

Parámetros de Calidad para Sal Común (Na Cl) Yodada.

Humedad Máximo

Impurezas Máximo

(NaCl)

Mínimo

Pureza

Mínimo

pH.

Cloruros totales (Ca. y Mg.)

Sulfatos totales. (Max.)

Hierro

Máximo

Yodo

Min. y Max. (mg/Kg)

Nitritos y Nitratos (mg/Kg.)

2,0 %

0,30 %

97,0 %

97 %

6,7 a 7,3

0,5  %

0,7 %

0,02 %

20

-

40

 

Max. 0,01

Límites máximos de contaminantes inorgánicos.

Metales pesados

Arsénico

Cobre

Plomo

Cadmio

Mercurio

Retenidos

En Tamiz

0,42mm

Límite máximo (mg/Kg)

0,5 (mg/Kg)

2 mg/Kg)

2 (mg/Kg)

0,5 (mg/Kg)

0,1 (mg/Kg)

25,0 %

Observación: Niveles mínimos y máximos que debe contener el producto por kilogramo.

  • Deberá estar obligatoriamente enriquecida con yodo.
  • Deberá contar con N° Registro del Producto, Habilitación de la casa expendedora y N° de Registro del Importador emitido por el ente regulador SENACSA.
  • Deberá contar con el Registro Sanitario de Producto Alimenticio, emitido por el Instituto Nacional de Alimentación y Nutricional del MSPBS (INAN).
  • Este producto debe contar con análisis de química proximal realizado en un laboratorio competente y poseer grado alimento.
  • La dosificación estará entre 0,5 a 3 kg., por tonelada de mezcla por Alimentos Balanceados como máximo. Se analizará la concentración del producto en relación al costo (guaraníes por tonelada) de alimento producido con dicha pre mezcla.
  • Descripción Macroscópica: La Sal Común (Na Cl) se observa cristales de color blanco o ligeramente gris claro, higroscópico, inodoro y de sabor característico fácilmente soluble en agua y poco soluble en alcohol.
  • Presentación: en bolsas de hasta 50 kilos.

 

 

 

  1. NÚCLEO VITAMÍNICO MINERAL PARA CERDOS

Parámetros Mínimos de Calidad

Vitamina A UI

2.600.000

Vitamina D3 UI

520.000

Vitamina E UI

7499,76

Vitamina B1 mg

193.000

Vitamina B2 gr

1.88

Vitamina B6 mg

152.000

Vitamina B12 mg

9

Vitamina K3 mg

633,27

Ácido Fólico mg

150

Ácido Nicotínico mg

9.38

Ácido Pantoténico mg

5750

Antioxidante mg

40.000

Cloruro de Colina mg

75.000

Hierro gr

40

Zinc gr

52,08

Manganeso gr

13,5

Yodo mg

89,90

Selenio mg

90

Cobre gr

2,70

Excipiente c.s.p. gr

1.000

Observación: Niveles mínimos que debe contener el producto por kilogramo.

ESPECIE CATEGORIAS Y DOSIFICACIÓN

Lechones y Reproductores: 0,5 a 3 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Crecimiento y Terminación: 0,5 a 2.5 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Se analizará la concentración de productos (vitaminas y minerales) en relación al costo (guaraníes por tonelada) de alimento producido con dicha pre mezcla.

Presentación: en bolsas hasta 30 kilos.

 

 

  1. NÚCLEO VITAMÍNICO PARA CERDOS

Parámetros Mínimos de Calidad

Vitamina A UI

10000000

Vitamina D3 UI

2000000

Vitamina E UI

30000

Vitamina B1 mg

2000

Vitamina B2 mg

                                                                         5000

Vitamina B6 mg

3000

Vitamina B12 mg

25

Vitamina K3 mg

2500

Ácido Fólico mg

1000

Ácido Nicotínico mg

30000

Ácido Pantoténico mg

15000

Biotina mg

120

Excipiente c.s.p. gr

1.000

Observación: Niveles mínimos que debe contener el producto por kilogramo.

ESPECIE CATEGORIAS Y DOSIFICACIÓN

Lechones y Reproductores: 0,5 a 3 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Crecimiento y Terminación: 0,5 a 2.5 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Se analizará la concentración de productos (vitaminas y minerales) en relación al costo (guaraníes por tonelada) de alimento producido con dicha pre mezcla.

Presentación: en bolsas hasta 30 kilos.

 

 

  1. NÚCLEO MINERAL PARA CERDOS

Parámetros Mínimos de Calidad

Hierro gr

80

Zinc gr

100

Manganeso gr

30

Yodo gr

1

Selenio gr

0.25

Cobre gr

12

Cobalto gr

0.5

Excipiente c.s.p. gr

1.000

Observación: Niveles mínimos que debe contener el producto por kilogramo.

ESPECIE CATEGORIAS Y DOSIFICACIÓN

Lechones y Reproductores: 0,5 a 3 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Crecimiento y Terminación: 0,5 a 2.5 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Se analizará la concentración de productos (vitaminas y minerales) en relación al costo (guaraníes por tonelada) de alimento producido con dicha pre mezcla.

Presentación: en bolsas hasta 30 kilos.

 

 

  1. NÚCLEO VITAMÍNICO MINERAL PARA BOVINOS LECHERAS

Parámetros Mínimos de Calidad

VITAMINA A UI

4.000.000

VITAMINA D3 UI

800.000

VITAMINA E UI

12.000

Yodo gr

0,40

Manganeso gr

16

Zinc gr

24

Cobre gr

4

Selenio gr

0,04

Cobalto gr

0,08

Excipiente c.s.p. gr

1.000 gr.

Observación: Niveles mínimos que debe contener el producto por kilogramo.

ESPECIE CATEGORIAS Y DOSIFICACIÓN

Alta Producción =  0,5 - 3 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Media Producción = 2.5 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Terneras y Vacas Secas = 0,5 2 kg por toneladas de alimentos Balanceados como máximo.

Engorde Intensivo = 0,5 2 kg por toneladas de alimentos Balanceados como máximo.

Se analizará la concentración de productos (vitaminas y minerales) en relación al costo (guaraníes por tonelada) de alimento producido con dicha pre mezcla.

Presentación: en bolsas hasta 30 kilos.

 

 

  1. NÚCLEO VITAMÍNICO PARA BOVINOS LECHERAS

Parámetros Mínimos de Calidad

VITAMINA A UI

20.000.000

VITAMINA D3 UI

2.400.000

VITAMINA E UI

30.000

Observación: Niveles mínimos que debe contener el producto por kilogramo.

ESPECIE CATEGORIAS Y DOSIFICACIÓN

Alta Producción =  0,5 - 3 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Media Producción = 0,5 - 2.5 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Terneras y Vacas Secas = 0,5 2 kg por toneladas de alimentos Balanceados como máximo.

Engorde Intensivo = 0,5 2 kg por toneladas de alimentos Balanceados como máximo.

Se analizará la concentración de productos (vitaminas y minerales) en relación al costo (guaraníes por tonelada) de alimento producido con dicha pre mezcla.

Presentación: en bolsas hasta 30 kilos.

 

 

  1. NÚCLEO MINERAL PARA BOVINOS LECHERAS

Parámetros Mínimos de Calidad

Yodo gr

1,2

Manganeso gr

40

Zinc gr

80

Cobre gr

20

Selenio gr

0,4

Cobalto gr

0,6

Excipiente c.s.p. gr

1.000 gr.

Observación: Niveles mínimos que debe contener el producto por kilogramo.

ESPECIE CATEGORIAS Y DOSIFICACIÓN

Alta Producción =  0,5 - 3 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Media Producción = 2.5 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Terneras y Vacas Secas = 0,5 2 kg por toneladas de alimentos Balanceados como máximo.

Engorde Intensivo = 0,5 2 kg por toneladas de alimentos Balanceados como máximo.

Se analizará la concentración de productos (vitaminas y minerales) en relación al costo (guaraníes por tonelada) de alimento producido con dicha pre mezcla.

Presentación: en bolsas hasta 30 kilos.

Observación: Las fracciones tanto de vitaminas como de minerales pueden presentarse en bolsas independientes.

 

 

  1. NÚCLEO VITAMÍNICO MINERAL PARA OVINOS - CAPRINOS

Parámetros Mínimos de Calidad

VITAMINA A UI

8.000.000

VITAMINA D3 UI

800.000

VITAMINA E UI

40.000

Yodo gr

0,50

Manganeso gr

35

Zinc gr

50

Cobre gr

2

Selenio gr

0,02

Cobalto gr

0,08

Excipiente c.s.p. gr

1.000 gr.

Observación: Niveles mínimos que debe contener el producto por kilogramo.

ESPECIE CATEGORIAS Y DOSIFICACIÓN

Cabra Alta Producción = 1 - 3 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Ovejas = 1 - 2 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados, según criterio del técnico Veterinario y del estado fisiológico del animal.

Presentación: en bolsas hasta 30 kilos.

 

 

  1. NÚCLEO VITAMÍNICO PARA OVINOS - CAPRINOS

Parámetros Mínimos de Calidad

VITAMINA A UI

8.000.000

VITAMINA D3 UI

800.000

VITAMINA E UI

40.000

Observación: Niveles mínimos que debe contener el producto por kilogramo.

ESPECIE CATEGORIAS Y DOSIFICACIÓN

Cabra Alta Producción = 1 - 2 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Ovejas = 1 - 2 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados, según criterio del técnico Veterinario y del estado fisiológico del animal.

Presentación: en bolsas hasta 30 kilos.

 

 

  1. NÚCLEO MINERAL PARA OVINOS - CAPRINOS

Parámetros Mínimos de Calidad

Yodo gr

0,50

Manganeso gr

35

Zinc gr

50

Cobre gr

2

Selenio gr

0,02

Cobalto gr

0,08

Excipiente c.s.p. gr

1.000 gr.

Observación: Niveles mínimos que debe contener el producto por kilogramo.

ESPECIE CATEGORIAS Y DOSIFICACIÓN

Cabra Alta Producción = 1 - 3 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados como máximo.

Ovejas = 1 - 2 kg por Toneladas de Alimentos Balanceados, según criterio del técnico Veterinario y del estado fisiológico del animal.

Presentación: en bolsas hasta 30 kilos.

 

 

  1. SECUESTRANTE DE MICOTOXINAS

Parámetros de Calidad para Secuestrante de micotoxinas

COMPONENTES

PROPORCION

Aluminosilicatos Cálcico Sódico

30 a 50%

Levadura de Cerveza inactivada

30 a 50%

  • Este producto debe poseer grado alimento.
  • La dosificación estará entre 0,5 a 3 kg. por tonelada de mezcla de Alimentos Balanceados como máximo.
  • Se analizará la concentración de productos (poder secuestrante) en relación al costo (guaraníes por tonelada) de alimento producido con dicha pre mezcla.
  • Presentación: en bolsas de hasta 30 kilos.

 

 

  1. LISINA

Parámetros de Calidad para Lisina

COMPONENTES

PROPORCION

L-Lisina Mínimo

78%

Humedad Máximo

0,01%

  • Este producto debe poseer grado alimento.
  • La dosificación estará sujeta a criterio profesional.
  • La base química puede ser sulfato-monoclorhidrato.
  • Presentación: en bolsas hasta 30 kilos.

 

 

 

  1. METIONINA

Parámetros de Calidad para Metionina

COMPONENTES

PROPORCION

DL-Metionina Mínimo

99%

Humedad Máximo

0,01%

  • Este producto debe poseer grado alimento.
  • La dosificación estará sujeta a criterio profesional.
  • Presentación: en bolsas de hasta 30 kilos.

 

 

  1. TREONINA

Parámetros de Calidad para Treonina

COMPONENTES

PROPORCION

L-Treonina Mínimo

98,5%

Humedad Máximo

0,05%

  • Este producto debe poseer grado alimento.
  • La dosificación estará sujeta a criterio profesional.
  • Presentación: en bolsas de hasta 30 kilos.

 

 

  1. Colina

Parámetros de Calidad para Colina

COMPONENTES

PROPORCION

Cloruro de Colina mínimo

60%

Humedad Máximo

0,01%

  • Este producto debe poseer grado alimento.
  • La dosificación estará sujeta a criterio profesional.
  • Presentación: en bolsas de hasta 30 kilos.

 

 

  1. Bio - colina

COMPONENTES

PROPORCION

Fosfatidil Colina

1,6 gr.

Excipientes

100 gr.

Humedad Máximo

0,01%

 

 

 

 

 

 

  • Este producto debe poseer grado alimento.
  • La dosificación estará sujeta a criterio profesional.
  • Presentación: en bolsas de hasta 30 kilos.

Observación: Ambos productos son fuentes de colina, pueden ser utilizados indistintamente para elaboración de alimento, serán evaluados según biodisponibilidad y costo (guaraníes por tonelada) de alimento producido con dicha pre mezcla.

 

CONDICIONES GENERALES - ADQUISICIÓN DE MICROELEMENTOS E INSUMOS

  1. Los productos solicitados deberán contar con certificación de calidad internacional o certificado de control de calidad emitido por el INTN, el CEMIT o Laboratorio Privado habilitado por la Entidad Reguladora.
  2. Se procederá a la verificación y evaluación correspondiente del resultado de bromatología del producto por los técnicos designados por la Convocante para el efecto, verificando el cumplimiento de las especificaciones técnicas y/o parámetros de calidad solicitadas.
  3. La contratante se reserva el derecho de realizar a través de sus laboratorios el control de calidad de los productos adjudicados.
  4. Para la presente adquisición:
          • El proveedor deberá estar habilitado para la venta y distribución del producto indicado.
          • Deberán estar ajustados a Ley N° 667/95 QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE REGISTRO Y FISCALIZACION INTEGRAL DE LOS PRODUCTOS DE USO VETERINARIO Y FIJA CONDICIONES PARA DESARROLLAR ACTIVIDADES DE ELABORACION, FRACCIONAMIENTO, DISTRIBUCION, IMPORTACION, EXPORTACION, TENENCIA, EXPENDIO Y USO DE DICHOS PRODUCTOS, y sus demás reglamentaciones vigentes.
  5. Se proveerá el producto de acuerdo a la presentación de las mismas a excepción de las vitaminas y minerales que podrán remitirse en paquetes separados debidamente identificados.
  6. Se proveerá con fecha de vencimiento mínimo de 12 (doce) meses como mínimo, a ser contados a partir de la fecha de recepción por parte de la Convocante, la misma deberá estar grabada en el envase (no se admitirán etiquetas adhesivas para el efecto), teniendo la posibilidad de cambio del producto a 45 días antes del vencimiento.

 

GARANTÍA

A ser aplicado para cada Item.

  1. De conformidad a lo establecido en las especificaciones técnicas las garantías serán proveídas por el periodo requerido o en el caso de no haberse establecido deberán contar con una garantía mínima de 6 meses.
  2. La garantía deberá abarcar contra toda falla de diseño y/o fabricación (variaciones de concentración, principios activos de los insumos, consistencia, medidas y/o granulometría, alteraciones o deficiencias en los componentes químicos o minerales del bien), contado a partir de la fecha de entrega. La misma será aplicada en cualquier momento de la ejecución del contrato para la provisión de los bienes requeridos, conforme a lo establecido en el apartado de INSPECCIONES Y PRUEBAS GENERALES DE LOS BIENES.
  3. La gestión de la ejecución de la garantía, deberá poder ser hecha a través del Oferente, corriendo en su caso, por cuenta del Oferente que resulte adjudicado, la gestión de dicha ejecución.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

Item

Código de Catalogo

Descripción del Bien / servicio

LUGAR DE ENTREGA

FECHA FINAL DE ENTREGA

1

11111612-001

CALIZA EN POLVO (CARBONATO DE CALCIO)

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

2

12164503-9998

FOSFATO DICALCICO

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

3

42121604-001

SAL

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

4

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO MINERAL PARA CERDOS

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

5

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO PARA CERDOS

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

6

12164503-9998

NÚCLEO MINERAL PARA CERDOS

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

7

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO MINERAL PARA BOVINOS LECHERAS

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

8

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO PARA BOVINOS LECHERAS

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

9

12164503-9998

NÚCLEO MINERAL PARA BOVINOS LECHERAS

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

10

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO MINERAL PARA OVINOS - CAPRINOS

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

11

12164503-9998

NÚCLEO VITAMÍNICO PARA OVINOS - CAPRINOS

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

12

12164503-9998

NÚCLEO MINERAL PARA OVINOS - CAPRINOS

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

13

12164503-9998

SECUESTRANTES DE MICOTOXINA

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

14

41116130-343

LISINA

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

15

51191902-999

METIONINA

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

16

51191902-999

TREONINA

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

17

51191902-999

COLINA

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

18

51191902-999

BIO - COLINA

Fábrica de Alimentos Balanceados de la Facultad de Ciencias Veterinarias UNA, sito en Mcal. Estigarribia km 10 1/2

De lunes a viernes de 08:00 hs. a 12:00 hs.

 05 (cinco) días hábiles contados a partir de la recepción de la Orden de Compra. 

  • La provisión de los bienes se realizará en coordinación con la Dirección de Administración y Finanzas y la Unidad encargada de Administrar el Contrato.
  • La firma Adjudicada será responsable del cumplimiento del plan de entregas, cuyo incumplimiento obligará a la aplicación de las multas establecidas para el presente proceso.

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

Los productos que fueren remitidos en embolsados dispondrán lo siguiente: Etiquetas o impresiones de serigrafías: Marca del producto, Nombre de producto, Presentación (Kilo), Elaborado por, Planta Industrial, Dirección, Vencimiento, Indicar los requerimientos de la especie y categoría correspondiente al pedido solicitado en unidades de medidas estándar UI, mgr, ppm/kgr., Uso o Aplicación, Número de teléfono de atención al cliente, Registro y habilitación expedida por la entidad competente. Obs.: deberá llevar impreso en tinta indeleble (rojo o negro) en la parte visible la leyenda USO EXCLUSIVO DE LA FCV-UNA. Transporte: Deberá ser del tipo furgón o carrocería cerrada, para el traslado de los productos embolsados. Los vehículos deberán contar con carrocerías cerradas, adecuadas al volumen del producto a ser transportado y estar acondicionado higiénicamente. No deberán transportarse conjuntamente con sustancias nocivas (Ej.: productos de limpieza e higiene, insecticidas, plaguicidas y otros productos que pudieran contaminar el producto).

1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

Una vez adjudicado, las inspecciones y pruebas se realizarán en base a las especificaciones técnicas requeridas, verificando que el bien ofertado cumple con todas y cada una de ellas, en caso contrario serian devueltas y en un plazo no mayor a 05 (cinco) días corridos contados a partir de la recepción de la Nota de Comunicación por parte del Proveedor y/o de su rechazo en la recepción misma del bien, la adjudicataria deberá volver solicitar la verificación del bien ajustándose estrictamente a las especificaciones técnicas requeridas evitando así la causal de rescisión del contrato contraído entre las partes. Los bienes deberán ser nuevos y estar bien embalados, no se deberá observar ninguna avería de forma y contenido, se realizará una inspección minuciosa de cada BIEN por los técnicos designados por la convocante. En los casos que se requieren y/o en cualquier etapa de la ejecución del contrato, ante indicios o detección de variaciones de concentración, principios activos de los insumos, la convocante podrá requerir informes laboratoriales del INTN, el CEMIT o a través de sus laboratorios, que servirán como una herramienta de verificación de los parámetros determinados en las especificaciones técnicas. Para dichas pruebas, el proveedor deberá cubrir los costos y reponer directamente la cantidad utilizada para el muestro de calidad, en el plazo indicado. En el caso que se detectará diferencias entre lo requerido y lo proveído conforme a los análisis realizados, se remitirá todo el lote del insumo analizado, el cual deberá ser repuestos en el plazo indicado.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la Contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La Contratante podrá requerirle al Proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el Contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el Contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del Contrato. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del Proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la Contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Para Bienes: Nota de Remisión, la cual deberá llevar la firma y aclaración de los responsables asignados de la dependencia receptora para el efecto.

Frecuencia: mínimo conforme a la necesidad en atención al tipo de bien requerido.

Planificación de indicadores de cumplimiento: Se ha optado por la aplicación de la modalidad por Contrato Abierto por Cantidades mínimas y máximas, que, por la naturaleza del llamado, no puede determinarse cantidad ni frecuencia.

Criterios de Adjudicación

La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo - CPS
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato 

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del consorcio constituido.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.