Suministros y Especificaciones técnicas

El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA

ESPECIFICACIONES TECNICAS

  1. BENEFICIARIO:

Funcionario/a permanente y contratado de la Contraloría General de la República, con su grupo familiar y adherentes.

Se entenderá por grupo familiar:

  1. Al titular casado/a (ya sea por matrimonio o unión de hecho debidamente reconocido judicialmente según las normas que regulan la materia), su cónyuge, sus hijos/as hasta los 23 años, hijos con capacidades diferentes mentales y/o físicas sin límites de edad. No siendo limitativo el número de hijos que componen el grupo familiar, en este caso.

Si el hijo/a del titular naciere en los Sanatorios adheridos a la prestadora, será considerado como parte del grupo familiar de forma inmediata, y con todas las coberturas contempladas en el contrato, siendo obligación del titular realizar la comunicación a la CGR para oficializar el vínculo, y esta a su vez a LA PRESTADORA DE SERVICIOS en un plazo no mayor de 10 días, para continuar con la cobertura. 

  1. El titular con divorcio vincular, podrá mantener como miembros del grupo familiar a sus hijos/as hasta los 23 años, hijos con discapacidad mental y/o física sin límites de edad y podrá incorporar en reemplazo de su ex cónyuge, a uno de sus padres. El divorciado que no tenga hijos menores de 23 años, podrá incluir a ambos padres sin límite de edad. Si el mismo volviere a contraer matrimonio formal, volverá a su condición de casado. La comunicación del nuevo estado civil debe ser dentro de los 30 días posteriores al hecho.
  2. El titular viudo/a, podrá mantener como miembros del grupo familiar a sus hijos/as hasta los 23 años, hijos con discapacidad mental y/o física sin límites de edad y podrá incorporar en reemplazo de su ex cónyuge, a uno de sus padres; El viudo que no tenga hijos menores de 23 años, podrá incluir a ambos padres sin límite de edad. Si el mismo volviere a contraer matrimonio formal, volverá a su condición de casado. La comunicación del nuevo estado civil debe ser comunicada dentro de los 30 días posteriores al hecho. 
  3. El titular soltero/a, podrá mantener como miembros y/o grupo familiar a sus hijos/as hasta los 23 años, hijos con discapacidad mental y/o física sin límites de edad, a uno de sus padres sin límite de edad y al otro hasta los 64 años; Si el mismo contrae matrimonio formal, la comunicación del nuevo estado civil debe ser comunicada dentro de los 30 días posteriores al hecho. 
  4. El funcionario/a casado/a también con funcionario/a de la Institución, uno de ellos podrá incluir, dentro de su grupo familiar, a ambos padres; a uno de ellos, sin límite de edad y al otro hasta los 64 años y el otro, a sus hijo/a/s hasta los 23 años, hijos con discapacidad mental y/o física sin límites de edad. En caso de que el titular no tenga hijos, ambos conyugues podrán incorporar, dentro de su grupo familiar, a ambos padres; a uno de ellos, sin límite de edad y al otro hasta los 64 años.

Los titulares podrán ser incorporados en cualquier mes del contrato, para lo cual la CGR comunicara el alta a la prestadora del 1 al 8 de cada mes.

Los beneficiarios de los titulares podrán ser incorporados en cualquier fecha de cada mes.

En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, la Contraloría General comunicará dicha situación a la prestadora de servicios y elevará la nómina correspondiente en reemplazo de los mismos, hasta el 8 (ocho) de cada mes previa a la facturación correspondiente y de la fecha del corte de cobertura al funcionario que fuera dado de baja.

Los funcionarios de la CGR que sean jubilados, podrán seguir como asegurados, con la misma cobertura, pero solo se incluirá al jubilado y su cónyuge. El pago por la cobertura correrá por cuenta del mismo y será de una prima de hasta el 70% (setenta por ciento) del precio adjudicado por cada titular, a ser abonado por cada uno de ellos (jubilado y cónyuge) a partir del inicio del siguiente mes ya abonado por la Institución. Su inclusión será de iniciativa exclusiva de cada titular y el pago por su cobertura correrá por cuenta del mismo. El jubilado deberá manifestar su intención de continuar con el seguro por escrito ante la DGGTH. El plazo para las incorporaciones deberá ser comunicado en el mismo acto del pedido de baja por jubilación y su vinculación deberá ser hasta la finalización del contrato.

Con relación a los beneficiarios titulares se aclara que la cantidad aproximada de los mismos asciende a 974 (novecientos setenta y cuatro), con su grupo familiar.

  1. BENEFICIARIOS ADHERENTES. 

La opción de incluir beneficiarios adherentes será de iniciativa exclusiva de cada titular y el pago por su cobertura correrá por cuenta del mismo. El plazo máximo para las incorporaciones será hasta 30 (treinta) días posteriores a la fecha de la incorporación del titular dentro de los servicios contratados y su vinculación deberá ser como mínimo de 12 (doce) meses desde la inclusión, y podrá renovarse por los siguientes meses hasta la finalización del contrato. Pasado los 12 meses desde la firma del contrato, se reabrirá el periodo de inclusión de adherentes pagos por 30 días.  La Prestadora de Servicios deberá aceptar la inclusión de nuevos beneficiarios adherentes. El ingreso y permanencia de los adherentes, será negociado por el titular directamente con la Prestadora de Servicios.

La inclusión de los beneficiarios adherentes por parte de la prestadora de servicios, no será necesaria la realización de estudios médicos, juntas médicas o discriminación alguna de beneficiarios adherentes, sea por la edad, afecciones o patologías pre existente.

Asimismo, el vínculo entre el titular del seguro médico y sus respectivos adherentes, podrá ser demostrado con la presentación de la siguiente documentación, según sea el caso: Certificado de Nacimiento, Libreta de Familia, Certificado de Matrimonio, Sentencia firme y ejecutoriada (Para los casos de personas con relación de dependencia directa del titular).

El listado es meramente enunciativo. Se entiende que toda la tramitación documental para el ingreso de los beneficiarios adherentes, el pago correspondiente y su permanencia, será realizada personalmente por el titular del seguro médico con la prestadora de servicios, sin intervención de la contratante, bajo las condiciones establecidas en el PBC.

Se podrá incluir como Beneficiarios/as Adherentes a los padres, hermanos/as, abuelos/as, nietos/as e hijos mayores de 23 años, hasta el segundo grado de consanguinidad, personas en relación directa de dependencia del titular, mediante Sentencia Firme y Ejecutoriada, en todos los casos sin límites de edad y hasta 5 (cinco) personas como máximo.

El titular abonará por los mismos, directamente a la Prestadora de Servicios, una prima de:

* Hasta el 55% (cincuenta y cinco por ciento) por cada adherente hasta los 64 años, del precio adjudicado por cada titular.

* Desde los 65 años y hasta 70 años, abonará el 60% (sesenta por ciento) del precio adjudicado por cada titular.

* Desde los 71 años en adelante abonará el 70% (setenta por ciento). El precio será establecido luego de la adjudicación y no tendrá incidencia en la cotización de la licitación.

Los adherentes tendrán ciertas diferencias de cobertura, las que se estipulan en el apartado n° 14.

Los adherentes deberán permanecer en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del presente contrato o en su caso hasta el día en que el titular del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley. Ante el caso que el adherente se vuelva titular (funcionario de la CGR) o se produzca su fallecimiento, serian otras de las causales del término de contrato (directo) entre la prestadora de Servicios y el adherente

  1. CARNET DE IDENTIFICACIÓN.

LA PRESTADORA DE SERVICIOS, proporcionará a cada Beneficiario, dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a la firma del contrato y la entrega oficial de la nómina de funcionarios, una Tarjeta de Identificación nueva de carácter intransferible, que lo acreditará como tal.

La pérdida o extravío de la Tarjeta de Identificación, se deberá comunicar de inmediato a la Empresa, (por el titular o representante) para la emisión de una nueva tarjeta, pero de igual forma podrá recibir asistencia médica con la presentación de la Cédula de Identidad. El costo de reimpresión de las tarjetas de identificación, estará a cargo del beneficiario. La reimpresión se deberá realizar sin más trámite alguno.

Igualmente, la PRESTADORA DE SERVICIOS, con la tarjeta de identificación, entregará una copia de los servicios y coberturas a cada titular, con el listado de Profesionales Médicos, en convenio y otros profesionales a su servicio, con indicación de especialidades, consultorios, domicilio de consultorios y teléfonos actualizados.

 

  1. VIGENCIA DE LOS SERVICIOS.

Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios PARA LOS BENEFICIARIOS, una vez QUE INICIE EL PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO FIRMADO POR AMBAS PARTES CON LA ENTREGA DE LA NÓMINA DE FUNCIONARIOS AL PROVEEDOR ADJUDICADO.

Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los asegurados antigüedad alguna, ni chequeo médico previo, para la prestación de los servicios contratados.

Para el acceso de los funcionarios a los servicios, la Contratante hará entrega del listado de titulares con sus números de documentos de identidad, dirección, fecha de nacimiento y estado civil, dichos datos serán suficientes para el acceso a los servicios entre tanto se proceda a la confección del carnet del asegurado. La entrega será realizada en las oficinas de la Dirección de Bienestar Social, dependiente de la Dirección General de Gestión del Talento Humano.

El titular del seguro médico (funcionario) deberá completar un formulario bajo los términos de declaración jurada para su inclusión al listado de beneficiarios. Asimismo, deberá adjuntar copias de los documentos respaldatorios para la inclusión de su grupo familiar al listado de beneficiario del seguro médico.

 

  1. OBLIGACIONES DE LA PRESTADORA-PLANTEL MÉDICO, SANATORIAL Y ADMINISTRATIVO.
  2. 5.1. Los profesionales médicos de la lista de la Prestadora de Servicios estarán a disposición del beneficiario en sus horarios de consultorio, sin que puedan alegarse razones reglamentarias de ordenamiento interno, que impidan la atención por parte de cualquiera de los profesionales del listado de la Prestadora de Servicios, salvo causas de indisponibilidad fundadas en las leyes de la República.
  3. 5.2. La administración de la Prestadora de Servicios, contará con un personal permanente con el suficiente poder de decisión para la atención de los beneficiarios, durante y fuera de los horarios administrativos en días inhábiles inclusive; para el cumplimiento de esta cláusula, la Prestadora deberá comunicar a la CGR por escrito la nómina del de los funcionarios con sus respectivos números telefónicos, en el plazo de 5 (cinco) días hábiles desde la firma del contrato.
  4. 5.3. La Prestadora de Servicios deberá proveer, cuando lo solicite la Contraloría General, datos estadísticos respecto a consultas, intervenciones, análisis clínicos, internaciones, imágenes, utilización de servicios de urgencias y emergencias en un plazo máximo de 8 (ocho) días hábiles desde la recepción de la solicitud. En caso de solicitarse historias clínicas, la entrega por parte del sanatorio deberá ser aprobada por el paciente ya que la misma es confidencial.
  5. 5.4. Las empresas sub-contratadas por la Prestadora de Servicios brindarán los servicios bajo las mismas condiciones requeridas en el Contrato.
  6. 5.5. La utilización de los equipos, maquinarias, instrumentales y otros, propios de los sanatorios habilitados, siempre y cuando corresponda su utilización, empleados en cirugías, especialidades médicas, cualquier tipo de intervención y otros, del presente contrato tendrán cobertura total (100%), por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto alguno siempre que pertenezcan a los sanatorios habilitados y los procedimientos cuenten con cobertura.
  7. 5.6. El carnet identificatorio junto con la Cédula de Identidad, será válido para su utilización en todos los Sanatorios en convenio en el Territorio Nacional, sin la necesidad de presentar ninguna otra documentación respaldatoria, excepto la indicación médica correspondiente.
  8. 5.7. Se entenderá por año de contrato el que va desde la firma del mismo hasta los 24 meses de vigencia y sus prórrogas en el caso que las hubiera. Haciendo la salvedad que para las coberturas contempladas en el presente contrato se reiniciará el conteo de los servicios previstos en el mismo luego del periodo de los primeros 12 meses (año). En caso de que existan una o más coberturas que se contrapongan, siempre se tomará la que más favorezca al beneficiario. 
  9. 5.8. La visación de las solicitudes para los estudios de cualquier naturaleza se realizará por fax o vía correo electrónico, sin necesidad de acudir hasta las instalaciones de la Prestadora de Servicios, la misma deberá ser respondida en un plazo no mayor a 2 (dos) horas de recibido el correo o fax. Para la solicitud de cobertura de intervenciones/ internaciones se establece un plazo máximo de contestación de 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles.
  10. 5.9. Durante la vigencia del contrato, la Prestadora de Servicios no podrá disminuir la cantidad ni la calidad de los servicios sanatoriales, laboratoriales, por imágenes, profesionales médicos, así como de ningún centro de diagnóstico, requeridos en el PBC y ofertados por la Prestadora de Servicios a menos causas de fuerza mayor y siempre que sean reemplazados por otros de igual calidad y servicio, estos deberán ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 (cuarenta y ocho) horas de anticipación, y explicar el motivo de dicha sustitución,  caso contrario la contratante se reserva el derecho de solicitar otra opción.
  11. 5.10. Los precios de los medicamentos facturados no podrán exceder los montos establecidos      por el MSPyBS, los cuales serán considerados para las auditorías médicas en el control de las facturaciones emitidas por las prestadoras de servicio. En caso de que el paciente cuente con seguro de IPS, la prestadora de servicios podrá autorizar el ingreso de drogas para el tratamiento de enfermedades crónicas y/u oncológicas.
  12. 5.11. Todo medicamento o insumo que no haya sido utilizado íntegramente en el paciente, pero ha sido cobrado o descontado del cupo de cobertura de manera íntegra, será de propiedad del BENEFICIARIO y tendrá que ser entregado al mismo, salvo restricciones legales para medicamentos controlados.
  13. 5.12. El servicio administrativo de EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá estar a disposición del beneficiario en forma permanente (24 horas al día), incluyendo sábados, domingos y feriados para casos de urgencia, a fin de proveer la cobertura sanatorial a los servicios requeridos, como así también los trámites de visaciones y coberturas. Asimismo, deberá proveer la nómina del plantel administrativo responsable de los diferentes servicios con los respectivos números telefónicos de contacto para los fines pertinentes, en el plazo de 5 (cinco) días hábiles desde la firma del contrato.
  14. 5.13. En caso que el paciente cuente con la medicación de uso habitual al momento del ingreso, deberá informar al centro asistencial a modo de evitar que se le sea suministrado con costo durante la permanencia en la internación.
  15. 5.14 En caso de discrepancias en la definición y/o aplicación de las prestaciones contractuales, se actuará conforme a lo que establezca la dependencia especializada del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, posición que deberá ser acatada por las partes.
  16. 5.15. Las solicitudes de aclaraciones, reclamos o incumplimientos realizados por la contratante a la prestadora de servicios deberán ser respondidos por la prestadora en el plazo de 72 (setenta y dos) horas hábiles, contados a partir de la comunicación realizada por la DBS y DP, dependiente de la DGGTH, caso contrario serán comunicados a la Dirección Operativa de Contrataciones de la CGR, para los trámites correspondientes.
  17. 5.16. LA PRESTADORA DE SERVICIOS, cuando lo requiera el BENEFICIARIO o el titular del contrato, entregara el estado de cuenta cada 24 (veinticuatro) y las coberturas médicas emitidas, con todos los detalles de los gastos imputados.  En ningún caso la Contraloría General de la República podrá ser garante de las deudas contraídas por el titular.  El desconocimiento del estado de cuenta por parte del titular, no será causal para el desconocimiento de la deuda, en caso de coberturas.
  18. 5.17. Los sanatorios adheridos en convenio con la prestadora del servicio, se abstendrán de imponer al paciente para la prestación de los servicios médicos, cualquier condición que lesione su derecho a la intimidad, tales como filmaciones, tomas fotográficas u otros similares.
  19. 5.18. En el caso de que el paciente necesite sangre, plasma y/o derivados, el sanatorio o centro asistencial deberá proveer los mismos, según su disponibilidad y solicitar posteriormente al grupo familiar, el cual deberá realizar la reposición correspondiente.
  20. 5.19. El proveedor pondrá a disposición de los asegurados el listado de profesionales en convenio con CO-PAGO.
  21. 6.COBERTURA.

Las coberturas son desde la firma del contrato por 12 meses y luego se reinicia por los otros 12 meses, ya que el año contrato corresponde a 24 meses

Se entenderá por Cobertura Total, la inclusión de los honorarios médicos, honorarios del anestesista, internaciones, estudios de imágenes y de diagnóstico y análisis laboratoriales, paramédicos, tratamientos ambulatorios, ambulancias y traslados y otros necesarios para la debida atención médica, conforme a lo establecido para cada servicio y/o especialidad, dentro del territorio nacional, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherente por evento y año de contrato (reinicio a los 12 meses de la firma).

Se entenderá como cobertura por evento, a todo servicio sanatorial, médico, clínico, relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones hasta tanto no se hayan resuelto, sin límite de internaciones, y/o procedimientos médicos quirúrgico, sin importar el diagnóstico o motivo de la internación. La prestadora de servicio, deberá demostrar en forma efectiva la relación existente entre una situación y otra para que pueda ser considerada como el mismo evento. En caso que no se pueda demostrar la relación entre una y otra o que exista duda a criterio de la contratante, se considerará como un evento independiente.

Se entiende que la cobertura, durante una internación, se dará por el diagnóstico fundamental que motivó la misma, aunque el paciente padezca otras afecciones.

Se otorgará cobertura a beneficiarios con enfermedades congénitas (según detalle), como así también los casos adquiridos.

En caso de que existan una o más coberturas para un mismo evento, siempre se tomará la que más favorezca al beneficiario.

Además, se incluirá la libre elección (dentro de la cartilla de prestadores propuesta por la Prestadora de Servicios) de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones).

Todos los servicios contemplados en el contrato podrán ser realizados en los centros habilitados por la Prestadora de Servicios, sean de internación o no, a libre elección del beneficiario.

Toda orden de internación que demande más de un servicio sanatorial (Internación Clínica, Internación quirúrgica, Cirugía, UTI, Alta Complejidad), la Prestadora de Servicios tendrá como indicador, a los efectos de emitir la cobertura, la que corresponda a cada servicio, que se detalla en el pliego de bases y condiciones.

Con respecto a los Centros de Diagnósticos, en la ciudad de Asunción, la Prestadora de Servicios debe contar, ya sean estos, parte de los servicios de los centros asistenciales, sanatorios y/o de los centros para el efecto por lo menos:

Cinco Laboratorios propios o contratados y los que formen parte del Centro Asistencial, de los cuales uno de ellos deberá contar con Certificación de Calidad Internacional.

Cinco Centros de Imágenes propios o contratados, y los que formen parte del Centro Asistencial: que deberán contar con el Certificado de Registro y Habilitación, otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Para los centros de Diagnósticos y laboratorios de análisis clínicos: estos servicios deben cubrir a los que concurren en forma programada o de urgencia las 24 hs del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas.

En caso que los laboratorios designados por la prestadora para las coberturas aranceladas no dispongan de los servicios para el asegurado, se le deberá asignar otro laboratorio dentro de los límites establecidos en el contrato.

Si el paciente se encuentra imposibilitado físicamente de acudir al laboratorio, podrá solicitar el servicio a domicilio, en cuyo caso las muestras para dichas determinaciones serán retiradas del domicilio por los laboratorios contratados, debiéndose solicitar el servicio vía telefónica y previa autorización de la Prestadora de Servicios. Los recargos por traslados de equipos a sanatorios serán por cuenta de la Prestadora de Servicios.

Debe entenderse por imposibilitado al paciente que no puede acudir al laboratorio por razones de salud que impidan su movilización normal o se encuentre discapacitado, aun cuando se lo pueda movilizar en silla de ruedas. El electrocardiograma, en caso de urgencias, se llevará al domicilio de los beneficiarios.

Debe contar por lo menos con 5 (cinco) centros de fisioterapia y rehabilitación (propios o tercerizados).

El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla (mínimo), Radiografías, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia.

6.1 ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL.

En consultorios, internaciones y servicios de urgencias en las siguientes especialidades (eventos clínicos y quirúrgicos), sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos, que no sean de alto riesgo y conforme a las siguientes condiciones: La Prestadora de Servicios cubrirá los honorarios profesionales en consultorios para tratamientos clínicos, estudios y/o procedimientos quirúrgicos de carácter ambulatorio detallados en los anexos correspondientes.

En servicios de guardia para casos de urgencias: La cobertura de medicamentos nacionales e importados y descartables sin excepción incluyendo antibióticos (primera dosis inyectable indicada por el médico de guardia) del cien por ciento (100%), en los servicios dispuestos que pueda necesitar el beneficiario.

            6.1.1 Honorarios médicos en las siguientes especialidades. El siguiente listado no es limitativo y comprende todas las especialidades convencionales y troncales cubiertas por las medicinas prepagas.

 

      1. 6.1.1.1. Alergología + Test alérgicos: consultas, y de urgencias e interconsultas en consultorios y/o sanatoriales. Test alérgico: a cargo de la Prestadora de Servicios. Vacunas (independientemente a la forma de suministro) para tratamientos de alergia según prescripción médica hasta 12/año/beneficiario.
      2. 6.1.1.2. Anatomía Patológica (incluyendo biopsia de todo tipo). Estudios de materiales pequeños, medianos y grandes; incluye biopsias extemporáneas.
      3. 6.1.1.3. Anestesiológica, incluye analgesias en partos.
      4. 6.1.1.4. Cardiología clínica y pediátrica: incluye asistencia operatoria a solicitud del cirujano.
      5. 6.1.1.5. Cirugía broncopulmonar/cirugía torácica ítem alta complejidad.
      6. 6.1.1.6. Cirugía cardiaca + cateterismo cardiaco diagnóstico: angioplastia transluminal, coronaria, colocación de marcapasos, colocación de sten coronario, según alta complejidad.
      7. 6.1.1.7. Cirugía general menor (tratamiento de uña encarnada, pie de atleta u otras patologías) mediana y mayor (incluido derecho operatorio).
      8. 6.1.1.8. Cirugía plástica reparadora funcional (no estética), consulta e interconsulta.
      9. 6.1.1.9. Cirugía videolaparoscópica de apéndice, hernia, ginecológicos, endometriosis, y vesícula 100%, otras 80% (uso del video sin cargo para el asegurado).
      10. 6.1.1.10. Cirugías del Sistema Nervioso Periférico, incluyendo las de columna vertebral ítem de alta complejidad.
      11. 6.1.1.11. Clínica Geriátrica.
      12. 6.1.1.12. Clínica médica Inspección Médica en general.
      13. 6.1.1.13. Clínica neurológica.
      14. 6.1.1.14. Dermatología Clínica y Quirúrgica (Adultos y Niños): Consultas en horario normal, de urgencias e interconsultas. Incluye descartables y medicamentos en procedimientos convencionales. Asimismo, biopsias de piel y cirugías menores en consultorio. Procedimientos con láser cobertura del 70%.
      15. 6.1.1.15. Dietología (Consultas).
      16. 6.1.1.16. Endocrinología (Adultos y Niños): Consultas en horario normal, de urgencias e interconsultas.
      17. 6.1.1.17. Fisioterapia y Kinesiología: ambulatoria y en pacientes internados. RPG e Hidroterapia hasta 10 diez sesiones por evento/beneficiario/año. Las siguientes 10 sesiones con 50% a cargo del paciente. Láser y ondas de choque cargo paciente, con arancel preferencial. Cobertura del 100% en las primeras 10 sesiones de rehabilitación cardiológica y las siguientes 10 sesiones con 50% a cargo del proveedor adjudicado.
      18. 6.1.1.18. Flebología: consultas, estudios y procedimientos quirúrgicos por vía convencional no estética (safenectomia interna o externa más flebectomía unilateral y bilateral). Procedimientos láser: hasta lo convencional.
      19. 6.1.1.19. Fonoaudiología, consultas, estudios, tratamientos y evaluaciones rehabilitación hasta 24 (veinticuatro) sesiones/año/beneficiario.
      20. 6.1.1.20. Gastroenterología, incluyendo procedimientos endoscópicos o videoendoscópicos con fines de diagnóstico o terapéuticos. Endoscopía Digestiva Alta, rectosigmoideoscopía, colonoscopia, extracción de cuerpos extraños en tubos digestivos, esclerosis de lesiones sangrantes en tubos digestivos, electrocoagulación, papilotomía, polipectomía.
      21. 6.1.1.21. Ginecología, Obstetricia y Ginecología Infantil: consulta en horario normal, de urgencia e interconsulta, incluyendo histeroscopía diagnóstica y terapéutica, así como procedimientos convencionales como legrado biópsico, legrado evacuador; raspado uterino diagnóstico, canonización de cuello por leep, evacuación uterina segundo trimestre del embarazo con mecanismo de parto, estudio de análisis clínicos y estudios de diagnósticos todos con 100% de cobertura. La cobertura en Hipertrofia mamaria y Ginecomastia, será solo para sala y derecho operatorio.
      22. 6.1.1.22. Hematología (Adultos y Niños): consultas en horario normal y de urgencias e interconsultas en consultorios y/o sanatoriales. Hemoterapia, transfusiones sanguíneas, sean clínicas o quirúrgicas, incluyendo serología y materiales descartables, hasta 7 (siete) sesiones y procedimientos, como así también la asistencia operatoria cuando el caso lo requiere. Queda a cargo del beneficiario la provisión de sangre y plasma.
      23. 6.1.1.23. Hepatología.
      24. 6.1.1.24. Honorario de radioterapia hasta 6 sesiones, por evento por beneficiario por año, con cobertura total del 100%. A partir de la 7ma. Sesión remitirse a los límites de alta complejidad.
      25. 6.1.1.25. Honorarios en quimioterapia (adultos y niños) hasta 6 sesiones por evento/beneficiario/año con cobertura del 100%. A partir de la 7ma sesión remitirse a los límites de alta complejidad.
      26. 6.1.1.26. Infectología.
      27. 6.1.1.27. Laserterapia en intervenciones sobre la retina, Mapeamiento de retina c/ dilatación de pupila. Tratamiento de la retinopatía diabética: honorarios para la aplicación de medicamentos tipo Avastin o similares. Degeneración macular con inyecciones (medicamentos: a cargo paciente con arancel preferencial). Incluye honorarios de médicos habilitados 100% de cobertura.
      28. 6.1.1.28. Monitoreo cardiológico intraoperatorio.
      29. 6.1.1.29. Monitoreo fetal. Analgesias en partos, cesáreas y otros procedimientos quirúrgicos.
      30. 6.1.1.30. Nefrología: Consultas. Procedimientos quirúrgicos indicados. Procedimientos por vía endoscópica cobertura del 80%. Incluye honorarios de médicos habilitados. Materiales descartables y medicamentos según Apartado de Internaciones Clínicas/Quirúrgicas, en los procedimientos requeridos.
      31. 6.1.1.31 Neumología: fisioterapia respiratoria hasta 10 sesiones por evento, por beneficiario.
      32. 6.1.1.32. Nutricionista. Nutrición en adultos y niños. Consultas en consultorios e interconsultas hasta 6 (seis) /beneficiario/año.
      33. 6.1.1.33. Oftalmología: Oftalmología (Adultos y Niños): Consultas en horario normal, de urgencia e interconsultas; forman parte de la consulta: estudio de fondo de ojo con oftalmoscopia indirecta y/o lente de Goldman y la toma de presión, Gonioscopía; Cirugías: Cataratas con implante de lente intraocular (lente LIO hasta ₲ 700.000 y sustancia viscoelástica sin cobertura) y facoemulsificación para cataratas, una cirugía de miopía (para defectos superiores a 5 dioptrías) por grupo familiar. Honorarios de médicos habilitados 100% de cobertura. Uso de equipo de faco y microscopio por los centros habilitados de la Aseguradora; glaucoma; chalazion; heridas penetrantes simple del globo ocular; Cuerpo extraño corneal, conjuntival, Heridas de Párpado; enucleación 100% cobertura honorarios médicos habilitados según agenda de Profesionales; Lavado de vías lagrimales; cauteterización de saco lagrimal (quirófano) con anestesia general, heridas penetrantes complicadas del globo ocular; sutura conjuntiva; inyección retrobulbar; heridas de vías lagrimales; Crosslinking: honorarios y medicamento 70% de cobertura. Biometría oftálmica, Pterigión (injerto cargo paciente).
      34. 6.1.1.34. Oncología (Adultos y Niños): Cirugías cuando el carcinoma se refiere a tumores sólidos y solamente en el primer acto quirúrgico el 100% de cobertura, 50% de cobertura en el segundo acto quirúrgico y en el tercer acto quirúrgico 25% de cobertura; honorarios médicos con quimioterapia (adultos y niños) hasta 6 seis sesiones por evento por beneficiario por año.
      35. 6.1.1.35. Otorrinolaringología: incluye consultas, estudios, cirugías y/o procedimientos indicados (endoscópicos con cobertura del 80%). Turbinectomía, septumplastia. Otoneurología: consultas, estudios. Oído BERA- estudio completo del oído, Audiometría.
      36. 6.1.1.36. Pediatría y Neonatología, Inspección Médica en general. Incluye: Inyecciones, vacunas y su aplicación en vacunatorio del sanatorio cabecera de la Prestación de servicios (en caso de contar con uno) o el que sea determinado por la prestadora para proveer el servicio, con las vacunas que son las obligatorias y provistas por el Ministerio de Salud Pública, según la disponibilidad de éste último, (listado enunciativo no limitativo) sin cargo para el asegurado, tales como: BCG, SABIN, ANTITETÁNICA, ANTISARAMPIONOSA, TRIPE, DPT, HEPATITIS, MENINGITIS Y ANTIAMARILICA, conforme a la edad establecida por el Ministerio de Salud, como así también las vacunas para el tratamiento de ASMA hasta 10 por grupo familiar, como también las vacunas contra la influenza, varicela, hepatitis, con cobertura del 100% (cien por ciento) para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes.
      37. 6.1.1.37. Podología: tratamiento de uña encarnada, pie de atleta u otras patologías.
      38. 6.1.1.38. Proctología.
      39. 6.1.1.39. Psicología: hasta 12 consultas/beneficiario/año.
      40. 6.1.1.40. Psicopedagogía, hasta 24 sesiones/año.
      41. 6.1.1.41. Psiquiatría: consultas en horario normal y de urgencias e interconsultas en consultorios y/o sanatoriales hasta 12 consultas/beneficiario/año.
      42. 6.1.1.42. Rehabilitación neurológica.
      43. 6.1.1.43. Reumatología clínica: consultas en horario normal y de urgencias e interconsultas en consultorios y/o sanatoriales.
      44. 6.1.1.44. Toxicología (se excluye en caso de adicciones).
      45. 6.1.1.45. Traumatología y Ortopedia (clínica y quirúrgica), Artroscopia de rodilla y menisectomía 100%. Otras artroscopías 80%.
      46. 6.1.1.46. Urología, consultas y procedimientos indicados: Endoscopia urológica, RTU de próstata y vejiga 100%. Otras Cirugías endoscópicas 80%.

 

LAS ATENCIONES EN ESPECIALIDADES QUE NO SE ENCUENTREN EXCLUIDAS, SE AJUSTARÁN A LOS TÉRMINOS DEL CONTRATO; ES DECIR, COBERTURA TOTAL 100% EN HONORARIOS PROFESIONALES, EN CONSULTORIOS E INTERNACIONES.

Listado de profesionales en las distintas especialidades: Se tendrá en cuenta la cantidad mínima requerida por cada especialidad.

  • El oferente deberá garantizar conforme las Especificaciones técnicas, como mínimo, la asistencia médica en las siguientes especialidades, cuyo listado no es limitativo y comprende las especialidades cubiertas por las medicinas pre pagas:

ITEM

ESPECIALIDAD

Cantidad mínima requerida

1

ALERGOLOGÍA E INMUNOLOGIA CLÍNICA

7 (siete)

2

ANATOMIA PATOLÓGICA

7 (siete)

3

ANESTESIOLOGIA, INCLUYE ANALGESIA EN PARTOS.

10 (diez)

4

ALERGIA PEDIÁTRICA E INMUNOLOGÍA CLÍNICA

3 (tres)

5

CARDIOLOGÍA

10 (diez)

6

CARDIOLOGÍA INFANTIL

2 (DOS)

7

CIRUGIA CARDIACA

3 (TRES)

8

CIRUGÍA DE MANO

2 (DOS)

9

CIRUGÍA DE CABEZA Y CUELLO

1 (UNO)

10

CIRUGÍA NEUROLOGICA

3 (TRES)

11

CIRUGÍA ONCOLOGICA

3 (TRES)

12

CIRUGÍA INFANTIL

5 (CINCO)

13

CIRUGIA PLASTICA REPARADORA

3 (TRES)

14

CIRUGIA TORAXICA

3 (TRES)

15

CIRUGÍA VASCULAR PERIFERICA

1 (UNO)

16

CIRUGIA VIDEOLAPAROSCOPICA

2 (DOS)

17

CIRUGÍA Y UROLOGÍA PEDIATRÍCA

5 (CINCO)

18

CIRUGIA GENERAL MAYOR, MENOR O MEDIANA

20 (VEINTE)

19

CIRUGÍA MAXILOFACIAL

1 (uno)

20

CLINICA MÉDICA

20 (VEINTE)

21

COLOPROCTOLOGÍA

3 (TRES)

22

DERMATOLOGÍA

10 (DIEZ)

23

DERMATOLOGÍA INFANTIL

2 (DOS)

24

DIABETOLOGÍA

5 (CINCO)

25

ENDOCRINOLOGIA

5 (CINCO)

26

FISIOTERAPIA Y KINESIOLOGÍA  AMBULATORIA (CON CENTROS)

5 (CINCO)

27

FLEBOLOGIA

6 (SEIS)

28

FONOUDIOLOGIA-FONIATRA

4 (CUATRO)

29

GASTROENTEROLOGIA

10 (DIEZ)

30

GASTROENTEROLOGIA INFANTIL

1 (UNO)

31

GERIATRÍA

3 (TRES)

32

GINECOLOGIA Y OBSTETRICIA

20 (VEINTE)

33

HEMATOLOGIA

3 (TRES)

34

HEMATOLOGIA PEDIATRICA

1 (UNO)

35

HEMOTERAPIA

2 (DOS)

36

HEPATOLOGIA

1 (UNO)

37

INFECTOLOGÍA

3 (TRES)

38

INFECTOLOGÍA PEDIATRICA

1 (UNO)

39

MASTOLOGIA

4 (CUATRO)

40

MEDICINA FAMILIAR

1 (UNO)

41

NEFROLOGIA

5 (CINCO)

42

NEUROLOGIA

5 (CINCO)

43

NEUROLOGIA PEDIATRICA

4 (CUATRO)

44

NEUMOLOGIA

10 (DIEZ)

45

NEONATOLOGIA

2 (DOS)

46

NUTRICIONISTA: HONORARIOS POR NUTRICIÓN ENTERAL Y PARENTERAL

5 (CINCO)

47

OFTALMOLOGIA

10 (DIEZ)

48

OFTALMOLOGIA PEDIATRICA

2 (DOS)

49

ONCOLOGIA CLINICA

5 (CINCO)

50

ONCOLOGIA PEDIATRICA

1 (UNO)

51

OTONEUROLOGIA - ESTUDIOS

1 (UNO)

52

OTORRINOLARINGOLOGIA

10 (DIEZ)

53

PATOLOGIA TGI Y COLPOSCOPIA

1 (UNO)

54

PEDIATRIA

20 (VEINTE)

55

PERITANOLOGIA

1 (UNO)

56

PSICOLOGÍA CLINICA

5 (CINCO)

57

PSICOLOGIA INFANTIL

2 (DOS)

58

PSICOPEDAGOGIA

5 (CINCO)

59

PSIQUIATRIA

3 (TRES)

60

TRAUMATOLOGIA Y ORTOPEDIA

10 (DIEZ)

61

TRAUMOTOLOGIA Y ORTOPEDIA INFANTIL

2 (DOS)

62

TOXICOLOGIA CLINICA

2 (DOS)

63

REUMATOLOGIA

5 (CINCO)

64

UROLOGIA

10 (DIEZ)

65

UROLOGÍA INFANTIL

2 (DOS)

  • Las siguientes especialidades deberán contar con un mínimo de 10 profesionales especialistas (básicas) que cuenten con 5 años de experiencia o más en la especialidad, de reconocida capacidad e idoneidad: 1) CIRUGIA GENERAL MAYOR, MENOR O MEDIANA 2) CLINICA MÉDICA, 3) GINECOLOGIA Y OBSTETRICIA y 4) PEDIATRIA.

 

6.2 CONSULTAS AMBULATORIAS.

Deberán estar habilitados para consultas en consultorio, sin cargo para el beneficiario, todos los médicos propuestos en el llamado, conforme a la guía de profesionales de la Prestadora de Servicios.

El beneficiario, su grupo familiar y adherentes global podrán consultar con un profesional médico que no pertenezca al plantel de profesionales adheridos a la Prestadora de Servicios, no más de 01 (una) vez por mes y la cobertura se realizará por el sistema de reembolsos hasta ₲ 150.000 (guaraníes ciento cincuenta mil) por consulta.

La solicitud de reembolso por parte del beneficiario, podrá efectuarlo hasta 30 días posteriores a la consulta y el pago o reembolso se realizará dentro de los 30 días posteriores a la solicitud de reembolso.

6.3 HONORARIOS MÉDICOS EN INTERNACIONES CLÍNICAS Y/O QUIRÚRGICAS.

Los honorarios de los profesionales médicos indicados en la guía de prestadores y que atiendan a beneficiarios internados para los casos clínicos y/o quirúrgicos estarán a cargo de la prestadora de servicios, con cobertura del 100%.

En el caso de que el médico tratante, el paciente o el responsable de este, requiera la presencia de otro profesional integrante del plantel médico, como interconsultante, estará a cargo de la Prestadora de Servicios, hasta 6 veces por evento, conforme a la práctica y a la ética médica, y sus aranceles deberán estar ajustados a lo estipulado por las sociedades respectivas. Si el paciente o el responsable de éste, requiera la presencia de un profesional interconsultante, que no sea integrante del plantel médico de la Prestadora, la misma se hará cargo de hasta 3 (tres) visitas hasta el monto estipulado por las sociedades respectivas y por sistema de reintegro y la diferencia, si hubiere, correrá por cuenta del beneficiario.

La presencia del médico clínico, cardiólogo, pediatra o de cualquier otra especialidad en la sala de operaciones, cuando se requiera será con cobertura total a cargo de la prestadora de servicios. El pedido debe ser realizado por el cirujano interviniente.

Honorarios de los anestesistas según lista de prestadores habilitados, estarán cubiertos para cirugías y en estudios de diagnóstico.

Honorarios médicos del equipo médico quirúrgico en las cirugías videolaparoscópicas (apéndice, hernia, vesícula, patologías de ovario, endometriosis 100%, y artroscopía (menisectomia 100%), otras artroscópicas 80%.

Honorarios médicos en cirugías oncológicas hasta en el primer acto quirúrgico el 100% de cobertura, 50% de cobertura en el segundo acto quirúrgico y en el tercer acto quirúrgico, 25% de cobertura.

Honorarios del equipo quirúrgico para cirugías plásticas reparadoras funcionales, exclusivamente para casos de accidentes y/o casos traumáticos ocurridos durante la vigencia el presente contrato

Honorarios del patólogo en biopsias de materiales pequeños, medianos y grandes, incluyen biopsias extemporáneas y por congelamiento.

Los honorarios de los hemoterapeutas serán cubiertos hasta un máximo de 7 (siete) transfusiones por evento. Honorarios por la asistencia operatoria cuando el caso lo requiere.

En el caso de atención obstétrica del parto normal, el equipo estará integrado por el ginecólogo, el pediatra y el anestesista. En los casos de parto por cesárea el equipo estará integrado por el ginecólogo, un ayudante, el pediatra, el hemoterapeuta y el anestesista.

En los casos de internaciones en la U.T.I., la atención estará a cargo del coordinador de la Unidad y/o terapista habilitado por la Prestadora de Servicios

Honorarios profesionales para hemodiálisis por insuficiencia renal aguda hasta 06 (seis) sesiones por cada integrante del beneficiario y adherentes, entiéndase: por cada beneficiario titular, componente de su grupo familiar y adherente y año. Luego arancel preferencial

Honorarios profesionales de intervenciones quirúrgicas de patologías crónicas, congénitas, pre-existente o neoplásicas, cobertura de honorarios de la 1° y 2° cirugía 100% y la tercera con 50%, otras con arancel a cargo del asegurado.

Honorarios en cirugías de malformaciones congénitas en hijo de titulares nacidos bajo la vigencia de este contrato, 1º y 2°cirugía por: Pie bot, hidrocefalia (no incluye válvulas, ni materiales), ano in-perforado, hernias inguinales o inguino escrotales, labio leporino, criptorquidia, postectomía, estrechez de píloro y cataratas. Las siguientes con arancel preferencial.

Mastología- oncológicas por alta complejidad.

  1. 6.3 SERVICIOS SANATORIALES.

Los centros convencionales y los de alta complejidad, deberán reunir los requisitos mínimos exigidos por la Superintendencia de Salud, para las respectivas categorías.

La Prestadora de Servicios deberá tener habilitados sanatorios en la Capital, Gran Asunción e Interior del país.

En el caso de requerir alquiler de equipos (videolaparoscópicos y artroscópicos) a ser utilizados en cirugías, el mismo estará a cargo de la Prestadora de Servicios, así como los honorarios del anestesista.

    1. 6.3.1. SANATORIOS DE LA CAPITAL.

Cantidad mínima: 7 (siete), de los cuales:

  • 4 (cuatro) centros de alta complejidad (nivel 3).
  • 3 (tres) centros convencionales (nivel 2).

Todos deberán ser a libre elección de los beneficiarios dentro de la cartilla de prestadores propuesta por la Prestadora de Servicios.

Los centros convencionales (nivel 2) y los de alta complejidad (nivel 3), deberán reunir los requisitos mínimos exigidos por la Superintendencia de Salud. Uno de los centros nivel 3 debe contar dentro de sus instalaciones cuanto sigue: Centro de Especialidades Pediátricas, Servicio de Hemodinamia , Unidad de Medicina Transfusional y Unidad Coronaria, todos ellos habilitados por el MSP y BS, igualmente deberá contar con equipo de tomografía y de resonancia magnética con certificado de funcionamiento demostrado a través de la ficha técnica respectivamente., así como también por lo menos 2 establecimientos de nivel 3 con unidad de terapia intensiva niños/neonatal ubicados en la ciudad de Asunción.

En caso que no exista disponibilidad de alta complejidad en Sanatorio de la prestadora, el traslado del paciente se realizará a otro del mismo nivel.

 

    1. 6.3.2. CENTROS ASISTENCIALES EN GRAN ASUNCIÓN E INTERIOR DEL PAÍS.

Con relación a los sanatorios habilitados para ciudades periféricas y el interior del país, se podrán presentar sanatorios que cuentan con la categorización del MSP y BS Nivel 1 y/o también aquellos que se encuentren habilitados por el mismo, aunque no cuenten con la categoría requerida.

Se incluye un sanatorio de nivel 3, como mínimo, en una de las ciudades de la Gran Asunción.

Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y estudios por imágenes, en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales, de conformidad a lo establecido en este Contrato.

Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.

Si la Prestadora de Servicios no cuenta con sanatorios propios o tercerizados en determinadas localidades deberá proceder al reintegro o reembolso total de los gastos en que incurrió el beneficiario de acuerdo a la cobertura establecida, dentro de los límites del contrato como máximo a los quince días hábiles de presentadas las facturas respectivas al proveedor adjudicado.

Para las internaciones, la Prestadora de Servicios deberá habilitar los centros asistenciales con las coberturas respectivas en los lugares que se citan a continuación y que son mínimas:

ITEMS

CIUDAD

CANTIDAD MINIMA REQUERIDA

1

ASUNCION

7 (SIETE)

2

SAN LORENZO

2 (DOS)

3

FERNANDO DE LA MORA

1 (UNO)

4

LUQUE

1 (UNO)

5

ÑEMBY

1 (UNO)

6

LAMBARE

1 (UNO)

7

CAACUPE

1 (UNO)

8

EUSEBIO AYALA

1 (UNO)

9

CAAGUAZU

1(UNO)

10

CORONEL OVIEDO

1 (UNO)

11

VILLARRICA

2 (DOS)

12

CIUDAD DEL ESTE

2 (DOS)

13

CONCEPCION

1(UNO)

14

SAN ESTANISLAO

1(UNO)

15

VILLA HAYES

1(UNO)

16

LOMA PLATA

1(UNO)

17

CAAZAPA

1(UNO)

18

ENCARNACION

2 (DOS)

19

SAN JUAN BAUTISTA

1(UNO)

20

SAN IGNACIO

1(UNO)

21

PARAGUARI

1(UNO)

22

PILAR

1(UNO)

23

PEDRO JUAN CABALLERO

1 (UNO)

24

SALTOS DEL GUAIRA

1 (UNO)

25

SAN PEDRO DEL YKUAMANDYJU

1 (UNO)

Observación: Si durante la vigencia del contrato el proveedor adjudicado ya no contase con la cantidad mínima requerida de prestadores en las ciudades detalladas en el listado los servicios darán por reintegros hasta los límites exigidos en el contrato, como máximo a los quince días hábiles de presentadas las facturas respectivas al proveedor adjudicado.

 

  1. 6.4. INTERNACIONES CLÍNICAS/QUIRÚRGICAS EN SALA NORMAL.

Cobertura de medicamentos y descartables para internaciones clínicas, quirúrgicas, partos y cesáreas por valor de 20.000.000 (veinte millones), por evento y en todo concepto para el beneficiario titular.

Cobertura de medicamentos y descartables para internaciones clínicas, quirúrgicas, partos y cesáreas por valor de 13.000.000 (trece millones), por evento y en todo concepto, para el grupo familiar del titular, se entiende cónyuge, hijos hasta los 23 años y discapacitados sin límite de edad y padres que no sean adherentes pagos.

La cobertura deberá ser inmediata en los SANATORIOS habilitados por la Prestadora de Servicios, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante. Las internaciones se realizarán en los sanatorios del listado de prestadores en convenio de la Prestadora de Servicios, en habitaciones individuales que cuentan con: baño privado, teléfono, T.V. color con sistema de cable, aire acondicionado, cama para el acompañante. Incluye, además, dieta oral convencional del paciente indicado por el médico tratante, dieta enteral (preparados nutricionales hasta ₲ 1.200.000 y parenteral, en caso de ser necesario y de acuerdo a las indicaciones de los profesionales (preparados nutricionales hasta 03 días), servicio de enfermería y médicos de guardia del sanatorio, oxigenoterapia en sala hasta ₲ 6.000.000 (seis millones), por evento).

Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, según listado de coberturas contempladas en los anexos de estudios laboratoriales y de medicina por imágenes, pensión sanatorial, derechos operatorios y honorarios médicos.

Todas las ordenes de internación deberán estar emitidas y/o solicitadas por un profesional médico del listado de prestadores en convenio y/o tratante.

Los derechos operatorios de las cirugías autorizadas por la Prestadora de Servicios tendrán una cobertura de 100%, salvo aquellas expresamente excluidas.

Las internaciones serán cubiertas hasta un máximo de 30 (treinta) días por evento. Deben estar cubiertos, con cobertura del 100%, los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas cubiertas, así como la utilización de: electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, monitor fetal, videolaparoscopio, cuna térmica, servicio de incubadora, carpa de oxígeno, luminoterapia convencional, monitor, colchón de agua/aire, incubadora de transporte, saturador de oxígeno, artroscopía, oxigeno terapia hasta ₲ 6.000.000 (seis millones).

Deberán estar cubiertas las internaciones derivadas por COVID 19 para el titular, según detalle:

  • Pensión Sanatorial 5 días.
  • Pensión del médico tratante por 5 días.
  • Interconsultas de especialistas hasta 2 (dos).
  • Visitas de especialistas hasta 3 (tres).
  • Medicamentos y descartables hasta 4.000.000 (cuatro millones).
  • Estudios laboratoriales y de diagnósticos según contrato.
  • Terapia Intensiva hasta 5.000.000 (cinco millones) en todo concepto.
  • PCR para SARS COV2 50% (CINCUENTA) de cobertura.

Cobertura por COVID 19 para grupo familiar y adherentes internados.

  • Pensión Sanatorial 5 días.
  • Pensión del médico tratante por 5 días.
  • Interconsultas de especialistas hasta 2 (dos).
  • Visitas de especialistas hasta 3 (tres).
  • Medicamentos y descartables hasta 2.000.000 (dos millones).
  • Estudios laboratoriales y de diagnósticos según contrato.
  • Terapia Intensiva hasta 5.000.000 (cinco millones) en todo concepto.
  • PCR para SARS COV2 50% (CINCUENTA) de cobertura.

Si un beneficiario se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en centro más cercano. Estos casos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, parto y otras urgencias. Ocurrido el episodio se deberá comunicar a la Prestadora de Servicios dentro de las 24 horas. La Prestadora de Servicios se deberá hacer cargo del paciente, asumiendo todos los gastos hasta el límite de las coberturas e indicando su traslado o continuidad en dicho centro, incluyendo el servicio de ambulancia.

  1. 6.5. TERAPIA INTENSIVA, TERAPIA INTERMEDIA, INCUBADORA Y LUMINOTERAPIA (ADULTOS Y NIÑOS).

Tiempo de internación: durante 25 (veinticinco) días/grupo familiar/ por cada evento.

Servicios cubiertos: Honorarios profesionales del jefe del servicio y médicos de guardia, dieta oral convencional del paciente indicado por el médico tratante, dieta enteral (preparados nutricionales hasta ₲ 1.200.000) y parenteral (en caso de ser necesario y de acuerdo a las indicaciones de los profesionales con cobertura de preparados hasta 4 días) equipos propios de la U.T.I., cuidado de enfermería y todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos medicina por imágenes y servicios laboratoriales y radiológicos según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes. Oxigeno terapia hasta ₲ 6.000.000 (seis millones) por evento. Uso incubado y Luminoterapia dentro de los límites de terapia intensiva.

A partir del día 26 (veintiséis) la cobertura será del 50% (cincuenta) por ciento, a cargo del beneficiario y el 50 % (cincuenta por ciento) restante a cargo de la Prestadora de Servicios y hasta un total de 40 días, en concepto de: pensión sanatorial, uso de equipos de la unidad, honorarios médicos del terapista y médicos de guardia y estudios auxiliares necesarios según anexos correspondientes.

Se deberá permitir el ingreso del paciente a Terapia Intensiva o Intermedia, sin el previo depósito de una garantía o aval de esa naturaleza; sin embargo, una vez agotada la cobertura, la prestadora de servicios podrá obrar según corresponda.

Cobertura de medicamentos, descartables hasta 30.000.000 (treinta millones) por evento, por beneficiario.

Desde el primer día de internación el sanatorio deberá proveer a solicitud del grupo familiar, un extracto detallado de los descartables, medicamentos, consultas, y cualquier otro gasto que fuese imputado a la línea de crédito del paciente, en un plazo máximo de 24 (veinticuatro) horas a pedido del solicitante.

En caso que el paciente cuente con seguro del Instituto de Previsión Social y se encuentre internado en el sanatorio de cabecera, el proveedor podrá autorizar el ingreso de medicamentos y otros insumos, equipos y dispositivos de tratamientos mediante el documento expedido por el IPS, según Política del Sanatorio habilitado por la prestadora.

 

  1. 6.6. SERVICIOS DE URGENCIAS.

Debe estar integrado por profesionales capacitados en los servicios asistenciales indicados por la Prestadora de Servicios. Cuando el caso lo requiere deberá contarse con la asistencia de: cirujanos, obstetras, pediatras o cualquier otro especialista según sea el evento, las 24 hs. y todos los días, aún domingos y feriados, para adultos y niños. Además de los mismos se deberá convocar en caso que el médico de guardia lo requiera, a cualquier otro profesional de la subespecialidad necesaria en la mayor brevedad posible.

Cobertura de medicamentos y material descartable utilizado en urgencia con cobertura de 100%.

Disponer ambulancias para todo tipo de traslado (baja, mediana y alta complejidad), con unidad coronaria móvil. Estos servicios deben incluir honorarios médicos y derechos de urgencia.

La Prestadora de Servicios, proveerá atención médico-quirúrgica derivada de accidentes, incluyendo los derivados de eventos deportivos, que no sean de alto riesgo, según coberturas estipuladas.         

Se incluye la cobertura de antibióticos en casos de servicios de urgencia donde estos sean indicados al paciente. Se refiere a la primera dosis de antibiótico inyectable, indicado por el Médico de Guardia.

Los procedimientos en los servicios de urgencia, incluyen: Consulta, suturas o cirugía menor y/o mediana, curaciones, extracción de cuerpos extraños, extracción de uña encarnada, enyesados simples, drenajes de abscesos o hematomas, taponamiento nasal, descubierta venosa, sondaje vesical, lavado de oído, lavado gástrico, traqueostomía, subclavia, con los correspondientes servicios de enfermería. El listado es enunciativo y no limitativo.

      Todos los equipos propios del servicio de urgencia deben estar dentro de la cobertura.

                 

  1. 6.7. SERVICIOS AMBULATORIOS.

Se entiende por servicios ambulatorios, aquellos prestados sin internación del beneficiario y que se realizan en sala de procedimientos o sala de urgencias de los sanatorios habilitados tales como curaciones posoperatorias, cambio de sonda vesical, procedimientos dermatológicos y gastroenterológicos según siguiente detalle:

      1. Extracción de cuerpos extraños de tubo digestivo
      2. Esclerosis de lesiones sangrantes tubo digestivo
      3. Papilotomia
      4. Colangiopancreatografiaretrogada
      5. Electrocoagulación de lesión sangrante
      6. Polipectomia

La cobertura de medicamentos y descartables hasta ₲ 1.200.000 para los procedimientos gastroenterológicos; hasta ₲ 150.000 en procedimientos dermatológicos y 30% a cargo del abonado en curaciones programadas, cambios de sonda vesical, cambio de gastrostomía y otros no considerados de urgencia.

Deberán encontrarse habilitados para consultas en consultorio, sin cargo para el beneficiario, todos los médicos propuestos en el llamado y acreditados en la guía de profesionales de la Prestadora de Servicios, salvo casos de fuerza mayor en que algún profesional deba ser reemplazado, en cuyo caso se le comunicará a la contratante por escrito.

La Prestadora de Servicios cubrirá los honorarios profesionales en consultorios para tratamientos clínicos, estudios (según anexos) y/o procedimientos quirúrgicos de carácter ambulatorio (excepto los excluidos) y en casos de internaciones sean estas clínicas y/o quirúrgicas en las especialidades indicadas, sean accidentales o no y los derivados de actividades deportivas, que no sean las de alto riesgo; incluyendo instrumentales y equipos propios de los sanatorios habilitados, tanto en diagnóstico o tratamiento.

 

  1. 6.8. OTROS SERVICIOS CUBIERTOS TOTALMENTE.
    1. 6.8.1. Cirugía General y videolaparoscopia: mayor, mediana, menor. Adultos y pediátrica. Convencionales y no convencionales. Cirugía video laparoscópica (uso del video sin cargo para el asegurado) de vesícula, hernia, apéndice, ginecológicas y endometriosis y artroscópico honorarios médicos y anestesista 100%. Cualquier otra cirugía que pueda realizarse por este medio, honorarios médicos 100%, anestesista, uso del equipo e instrumentales para realizar dicho procedimiento 80%. En cualquiera de los casos el uso del equipo e instrumentales podrá realizar dicho procedimiento será sin cargo para el beneficiario.
    2. 6.8.2. Deben estar cubiertos los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas que se contemplen con cobertura en el presente contrato. La Prestadora/Centro asistencial en ningún caso podrá solicitar depósito, garante o aval alguno en concepto de garantía para la realización de alguna intervención quirúrgica.
    3. 6.8.3. Deben estar cubiertos, con cobertura del 100%,  todos los honorarios para procedimientos menores, además  de los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas (excepto las excluidas), incluyendo todos los equipos necesarios para llevar adelante los procedimientos quirúrgicos-intervenciones y que sean de propiedad de los Centros Habilitados, como: utilización de electrocardiógrafo, ecógrafos, rayos X, colchones de aire-agua, monitor cardiaco, monitor  fetal, cuna térmica, carpa de oxígeno, tomógrafo, ecocardiógrafo, Bomba de contra pulsación intraaórtica, saturador de oxígeno, Equipo de video Endoscopio, Equipo de video laparoscopia, Equipo de Artroscopia, Microscopio, bomba de Infusión, Litotriptor, Incubadora de transporte, Equipo de gasto cardiaco, Gastos de traslado de equipos y recargos por fuera de hora. El listado es limitativo y los equipos no detallados y que sean de propiedad de los profesionales o deban ser alquilados, no gozarán de cobertura por parte de la Prestadora de Servicios, (excepto equipos de videolaparoscopía (hernia, vesícula, ginecológicos, apéndice y artroscopia), cuyo alquiler estará cubierto por la Prestadora.
    4. 6.8.4. Diabetologia Endocrinología (Consultas y elaboración de dietas, por prescripción médica no estética).
    5. 6.8.5. Diálisis/Hemodiálisis en insuficiencia renal aguda hasta 6 (seis) por año, por beneficiario.
    6. 6.8.6. Ejercicios de rehabilitación vestibular hasta 10/beneficiario/año.
    7. 6.8.7 Electrocardiograma de reposo y de esfuerzo (ergometría), Holter, SlecsMidi (esp. Reinyección) gatillado, electroencefalograma, audiometrías, ultrasonográficos, con cobertura total a cargo de la Prestadora y/o Centro Asistencial.
    8. 6.8.8. Endocrinología, Nutrición incluye consultas y tratamientos, dietas por prescripción médica no estética, además de las necesarias en caso de los recién nacidos.
    9. 6.8.9. Estudios anatomopatológicos (Punciones y biopsias de tejidos y órganos), Punciones en general, (incluyendo los procedimientos de tomas de muestras y el análisis respectivo de la misma). Estudios de materiales pequeños, medianos y grandes; incluye biopsias extemporáneas.
    10. 6.8.10. Examen médico preventivo anual a solicitud del beneficiario, que incluya examen clínico, análisis de rutina, rayos x de tórax, ECG, y para mujeres estudio de PAP y mamografía tendrá una cobertura total sin costo para el beneficiario. También deberá incluirse los estudios solicitados para el chequeo escolar.
    11. 6.8.11. Honorarios por Transfusionista Hemoterapia Incluye Serología, hasta 7 (siete) sesiones por beneficiario/año.
    12. 6.8.12. La detección del Virus de Papiloma Humano (HPV).
    13. 6.8.13. Las demás entidades clínicas y tratamientos están cubiertos, como crisis hipertensivas, crisis asmática, reacciones alérgicas, intoxicación en niños, lupus, anginas de pecho, infarto del miocardio, accidente cerebro vascular, descompensaciones diabéticas, entre otras, conforme a las condiciones del presente contrato.
    14. 6.8.14. Malla quirúrgica hasta Gs 1.500.000 (guaraníes un millón quinientos mil).
    15. 6.8.15. Mapeo ambulatorio de la presión arterial sin costo para el BENEFICIARIO (se refiere al titular, grupo familiar y adherente).
    16. 6.8.16. Nebulizaciones hasta 10 (diez) por evento, conforme a indicación médica, servicio de enfermería, toma de presión arterial, medicamentos y materiales descartables según lo establecido para cada servicio.
    17. 6.8.17. Oftalmología. Ejercicios ortópticos y pleópticos.
    18. 6.8.18. Procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (videoendoscopios, uroscopios, etc.) y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico (según anexos), cirugía o tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, y extracción de cuerpos extraños en tubos digestivos, esclerosis de lesiones sangrantes, electrocoagulación, papilotomía, polipectomía y ERCP, uso de equipos y videos. Ecoendoscopías y cápsulas endoscópicas con arancel preferencial a cargo del beneficiario.
    19. 6.8.19. Procedimientos endoscópicos, con fines de diagnóstico (según anexos), cirugía o tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, y extracción de cuerpos extraños (uso de equipos y videos). Ecoendoscopías y estudios con cápsulas endoscópicas, con arancel preferencial.
    20. 6.8.20. Quemaduras en general hasta el 35 % de la superficie corporal, más del 35% será considerada de alta complejidad, conforme a las limitaciones establecidas en el presente PBC, y en el caso que sea necesario y a indicación médica, el evento podrá ser trasladado y tratado en una entidad pública y exclusiva para su atención.
    21. 6.8.21. Test de Covid-19 : PCR y antígeno (cobertura del 50%).
    22. 6.8.22. Test de influenza
    23. 6.8.23. Test para Dengue
    24. 6.8.24. Tratamiento con quimioterapia (adultos y niños) cobertura en los siguientes conceptos: medicamentos no oncológicos, oncológicos, reactivos, contrastes, sustancias radioactivas hasta los Gs. 30.000.000 de alta complejidad por evento, por beneficiario, por año. Derecho a sala con cobertura del 100% conforme al ítem 13 alta complejidad.
    25. 6.8.25. Tratamiento con radioterapia (adultos y niños) cobertura en los siguientes conceptos: medicamentos no oncológicos, oncológicos, reactivos, contrastes, sustancias radioactivas hasta los Gs. 30.000.000 de alta complejidad por evento, por beneficiario, por año. Derecho a sala con cobertura del 100% conforme al ítem 13 alta complejidad.
    26. 6.8.26. Urología, consultas, endoscopía urológica y quirúrgica, cirugías incluyendo postectomía por fimosis congénita R.T.U. de próstata, (litotripsia ultrasónica, litotripsia endoscópica y litotripsia extracorpórea 80%). El uso de catéteres doble J y los materiales o insumos que el facultativo solicite, dentro de los límites establecidos para medicamentos y materiales descartables, en procedimientos quirúrgicos.
    27.  
    28. 6.9. SERVICIOS DE AMBULANCIA.

La Prestadora de Servicios brindará el Servicio de Ambulancia a través de empresas de reconocida capacidad y solvencia para el traslado dispuesto por el médico tratante o el personal de la ambulancia, dentro de la Capital y municipios colindantes; así mismo, este servicio deberá contar con Unidades Móviles de Unidad Coronaria.

Dicha cobertura comprende:

    1. 6.9.1 Atención de urgencia y/o emergencias.
    2. 6.9.2 Traslados desde o hasta el Sanatorio, de baja, mediana y alta complejidad en casos de urgencia/emergencia.
    3. 6.9.3 Electrocardiograma a domicilio.
    4. 6.9.4 Medicamentos y descartables utilizados en la urgencia y/o emergencia.
    5. 6.9.5 Dichos servicios serán sin cargo para los beneficiarios, las 24 horas, incluyendo domingos y feriados.
    6. 6.9.6 Hasta 5 traslados por beneficiario/año para casos de pacientes encamados que deban ir a consulta, curaciones, estudios o reciban el alta médica.
  1. VISITAS DOMICILIARIAS.

Visitas con carácter no urgente a cargo del plantel del servicio de ambulancia. Estas visitas deberán realizarse en toda la zona de la capital y hasta un radio circundante de 30 kilómetros.

Debe también contemplarse la asistencia, para análisis, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total también a cargo de la Prestadora de Servicios, siempre que se compruebe fehacientemente que el paciente se halla imposibilitado de concurrir a los servicios mencionados.

 

  1. DE LA MATERNIDAD.

La cobertura deberá ser en el parto vaginal y la cesárea, para el beneficiario titular, su cónyuge y de acuerdo a lo siguiente:

  • Honorarios de los médicos que pertenezcan al staff de la Prestadora de Servicios.
  • Internación.
  • Nursery.
  • Derechos operatorios.
  • Incubadora, luminoterapia (hasta el tope de internación en terapia intensiva).
  • Medicamentos y materiales descartables de acuerdo a lo establecido para internaciones quirúrgicas, partos y cesáreas. 
  • Estudios laboratoriales y obstétricos según anexos.
  • Oxigenoterapia. De acuerdo a lo establecido para internaciones clínicas, quirúrgicas y partos.
  • Se deberán cubrir además los siguientes eventos: control de embarazo, aborto espontáneo, legrado, embarazo ectópico, mola, internaciones clínicas ligadas al curso del embarazo (Ej. Eclampsia, diabetes gestacional, hiperémesis gravídica).
  1. 8.1  PREMATUREZ

Entiéndase por cobertura de la prematurez, aquellos gastos relacionados al diagnóstico y tratamiento de la misma: los estudios se regirán según anexos y las internaciones según el ítem correspondiente de internación en sala o UTI.

 

  1. ESTUDIOS DE DIAGNÓSTICO.

Todos los estudios deberán ser solicitados por un profesional médico.

El uso de la sala de procedimientos, para la realización de estudios de diagnóstico, tendrá una cobertura del 100%. Incluye uso del equipo necesario (video), materiales descartables y/o insumos, anestesia, honorarios médicos y honorarios del anestesista, según lo estipulado para cada especialidad.

Los recargos por traslados de equipos a sanatorios o domicilios serán por cuenta de la Prestadora de Servicios.

  1. 9.1. MEDICINA POR IMÁGENES.

La especialidad comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico más abajo detallados que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de: honorarios médicos y del anestesista, medicamentos, materiales descartables, anestesia, sustancias de contraste (incluidos los pacientes alérgicos) a cargo de la Prestadora de Servicios.

Exámenes radiológicos simples o contrastados, invasivos y/o convencionales con cobertura total. Deberán realizarse en los institutos especializados habilitados por la Prestadora y a opción del beneficiario.

En caso que existan cambios en cualquiera de los centros contratados, deben ser reemplazados por otros de la misma categoría y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48 hs. de anticipación.

LISTADO DE ESTUDIOS CUBIERTOS: Estudios con 100% de cobertura (incluye medicamentos, materiales descartables, anestesia, honorarios médicos y del anestesista).

Los estudios no detallados en el listado tendrán una cobertura del 60% (sesenta por ciento) a cargo de la Prestadora de Servicios.

            Angioplastia transluminal percutánea arterial

            Abdomen simple

            Acufenometria

            Angiografía carótida 2 lados

            Angiografía carótida c-lado

            Angiografía de miembro 1 lado

            Angiografía de miembro 2 lados

            Angiografía de cualquier miembro o parte del cuerpo

            Angiografía digital 3D

            Angioresonancia

           Angiofluorescengrafia

            Angiofluorescencinografia (ojos)

            Antebrazo en todas las posiciones

            Aortografía lumbar o abdominal

            Apéndice

            Árbol urinario simple

            Arteriografía cerebral. 2 lados

            Arteriografía cerebral. c- lado

            Arteriografía selectiva (abdominal o tórax)

            Arteriografía selectiva dos arterias

            Arteriografía selectiva renal 1 lado

            Arteriografía selectiva renal 2 lados

            Audiometría

            Autorefracción con ciclopejia

            Biligrafina o colangiografía endovenosa

            Brazo en todas las posiciones

            Bronco grafía 2 lados

            Bronco grafía c/lados

            Cadera o pelvis en todas las posiciones

Campimetria computarizada                                                                                                

           Cavum

            Cavum contrastado

            Cistografía

            Clavícula en todas las posiciones

            Codo en todas las posiciones

            Colangiografía endovenosa (biligrafina)

            Colangiografía operatoria

            Colangiografía pos-operatoria

            Colangiografía retrograda con papilotomía

            Colangiografía retrograda simple

            Colangiografía trans-parientohepático

            Colecistografía oral

            Colon contrastado

            Colon doble contraste

            Colon por ingestión

            Columna cervical en todas las posiciones

            Columna dorsal o lumbar en todas las posiciones

            Columna panorámica (espinografía) en todas las posiciones

            Control radiológico en maniobras traumatológicas

            Costilla en todas las posiciones

            Colonoscopía

            Cráneo en todas las posiciones

            Cráneo para ortodoncia

            Crioterapia

            Curva de presión ocular

            Dilatación (ciclopejia)

            Dedo 2 posiciones

            Dental en todas las placas

            Dental oclusal

            Dental seriado

            Densitometría ósea

            Ecobiometria ambos ojos

            Electrocardiograma

            Electroencefalograma

            Electromiograma de 1 miembro

            Electromiograma de 2 miembros

            Electromiograma de 4 miembros

            Electronistagmografia

            Electronistagmografia/prueba vestibular

            Endoscopía digestiva alta

            ERCP

            Ergometría

            Esófago

            Espirometria

            Esternón en todas las posiciones

            Examen de retina

            Examen ortoptico

            Fistulografía

            Flebografía cada lado

            Fondo de ojo

            Galactografía bilateral previa mamografía

            Galactografía bilateral sin placa simple

            Galactografía c/lado c/previa mamografía

            Galactografía sin placa simple 1 lado

            Gasto cardiaco.

            Histerosalpinnografia

            Hombro en todas las posiciones

            Holter de latidos

            Impedanciometria

            Intestino delgado o tránsito intestinal

            Laparoscopia

            Laringografía contrastada                                                                                                                

            Linfografía cada lado

            Linfografía dos lados

            Logoaudiometria

            Litotripsia por nefrostomía

            Litotripsia uretral

            Mama (pieza operatoria) p/placa

            Mama (reperage para biopsia) p/placa

            Mamografía en todos los lados

            Mano en todas las posiciones

            Mapeamiento de retina

            Mastoide en todas las posiciones

            Maxilar inferior en todas las posiciones

            Maxilar inferior c/ortopantomografía

            Mielografía s/ contraste ni especialista

            Mielografía c/ contraste y con especialista

            Muñeca en todas las posiciones

            Muslo o fémur en todas las posiciones

            Oclusión macular retiniana

            Oclusión vascular retinal

            Orbitas c/posición

            Ortopantomografía

            Otomicocopia

            Otoemisiones acústicas

            PAP

            Papilografia o video papilografia digital

            Paquimetria (cada ojo)

            Paquimetria de córnea AO

            Penescopia

            Perimetria doble frecuencia

            Perfil biofísico

Pet Scan: 50%, 01/grupo familiar/año.

            Pies en todas las posiciones

            Pielografía ascendente

            Pielografía endovenosa o riñón contraste

            Pierna en todas las posiciones

            Potenciales evocados auditivos

            Potenciales evocados auditivos cerebrales

            Potenciales evocados somato sensitivos

            Potenciales evocados visuales

            Placa suplementaria

            Pruebas vestibulares

            Resonancia magnética nuclear: hasta 5/grupo familiar/año, y otras con cobertura del 50%.

            Rectosimoidoscopía

            Rodilla en todas las posiciones

            Saco lagrimal

            Saco lagrimal (radio. como especialista)

            Sacro-coxis en todas las posiciones

            Scopia como complemento de examen c/T.V.

            Scopia arco c por 1 hora

            Scopia arco c por más de 1 hora

            Senos faciales en todas las posiciones

            Sialografía en todos los lados

            Somnografía o Estudio del Sueño: 01 grupo familiar/año

            Prick test para aeroalergenos y prueba para contrastes.

            Spect-TAC. Hasta 1/grupo familiar/año

            Timpanometria

            Test alérgicos.

            Tobillo en todas las posiciones

            Topografia de córnea (bilateral)

            Topografia óptica coherente

            Tórax en todas las posiciones

            Tránsito intestinal o intestino delgado                                                                                              

            Transparieto-hepática

            Uretrocistografía

            Urotac hasta 1/grupo familiar

            Urograma de excreción

            Vesícula simple

            Ecocardiogramas y otros estudios cardiológicos

            Eco doppler en general

            Ecocardiograma c/doppler bidimensional

            Ecocardiograma sin doppler

            Eco-stress

            Eco-stress con dobutamina

            Ecografías:

            Ecografía abdominal

            Ecografía de mamas

            Ecografía de tiroides

            Ecografía del bazo

            Ecografía ginecológica y obstétrica

            Ecografía morfológica Ecografía morfológica del 3°, 6° y 9° mes.

            Ecografía hígado-vías biliares-vesícula

            Ecografía intracavitaria c/residuo

            Ecografía intra-operatoria

            Ecografía oftálmica

            Ecografía panencefálica

            Ecografía prostática

            Ecografía prostática intracavitaria

            Ecografía renal

            Ecografía 4D

            Ecografía testicular

            Ecografía transvaginal

            Ecografía tridimensional

            Ecografía de tejidos blandos

            Punciones con control ecográfico

            Tomografía axial computada/TAC o TCMS hasta 5 por beneficiario/año

            Angiotac

            Tomografía computada cráneo

            Tomografía computada miembros

            Tomografía computada tórax

            Tomografía computada abdomen inferior

            Tomografía computada abdomen superior

            Tomografía computada pelvis

            Tomografía computada columna cervical

            Tomografía computada columna dorsal

            Tomografía computada columna lumbar

            Tomografía computada de árbol urinario (URO TAC)

            Medicina Nuclear 80%

            Cámara-gamma (perfusión miocárdica con talio, tecnecio, S.P.E.C.T.)

            Centellografía glándula salivar

            Centellografía sangrado intestinal

            Centellografía cerebral

            Centellografía de tiroides o mapeo

            Ventriculograma isotópico

            Centellografía hepática

            Centellografía ósea

            Centellografía pulmonar

            Centellografía renal

            Centellografía testicular

 

            RADIOTERAPIA: Hasta 6 sesiones/beneficiario/año.

            Angiomas radiot. sup. d.t. 10 irrad. p/campo

            CA. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo

            CA. cuello-cuerpo uter. más anexo

            Carcinoma de lengua lesión ganglionar anexo                                                                                

            Carcinoma mamario b cobalto s/op. c/ cada ganglio.

            Carcinoma mamario cobalto solo tumor s/ cicat.

            Carcinoma pene lesión sola co. irrad. p/ campo

            Carcinoma pene más campo anexo r. gang

            Carcinoma vejiga cobalto irrad. p/ campo

            Carcinoma cutáneo epitel. d.t. 25 p/campo

            Carcinoma esofágico más campo anexo

            Carcinoma esofágico lesión sola cobalto

            Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto

            Carcinoma laríngeo más campo anexo

            Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/ campo

            Carcinoma oral más campo anexo

            Carcinoma pulmonar cobalto

            Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto

            Carcinoma s/maxilar más campo anexo

            Cicatriz queloide s/ aplicación

            Huesos (tumores) co. irrad. por campo

            Linfomas co. irrad. nodalinfodiaf.

            Linfomas co. irrad. nodalsupradiaf.

            Linfomas co. irrad. nodal total

            Linfomas co. una región ganglionar

            Radioterapia antiinflam. prom. c/ aplic.

            Seminoma co. rad. prof. d.t. 50 irrad.nod.tot.

 

  1. 9.2. ESTUDIOS LABORATORIALES.

Estudios laboratoriales para pacientes ambulatorios e internados, con cobertura total, según anexo.

Este servicio debe estar habilitado todos los días durante las 24 horas del día y deberá cubrir a los pacientes a domicilio, dentro del territorio nacional en caso de pacientes físicamente imposibilitados o a aquellos que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24 horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables y las determinaciones químicas y microbiológicas, según anexos.

    1. 9.2.1 LISTADO DE ESTUDIOS CUBIERTOS.

Los análisis no detallados en el siguiente listado tendrán una cobertura del 50% (cincuenta por ciento), a cargo de la Prestadora de Servicios.

Ácido cítrico

Ácido fenil Pirúvico

Ácido Láctico

Ácido úrico

Ácido vanilMandelico (AVN)

ACTH 

Adenovirus anticuerpo IGG

Adenovirus anticuerpo IGM

Adenovirus antígeno

Addis. Recuento de Aglutinación de partículas de latex para:

            A. Escherichiacoli Ki

            A. Hemophilusinfluenzae tipo b

            A. Legionellapneumofila

            A. Nesseriameningitidis grupo a

            A. Nesseriameningitidis grupo b

            A. Nesseriameningitidis grupo c

            A. StroptococusPheumoniae

            A. Stroptococus beta hemolitico grupo a

            A. Stroptocicus grupo b

Aglutinas Anti a

Aglutinas Anti b

AIDS-ac                                                                                                                                           

Albúmina

Alcohol

Aldolasa

Aldosterona

Alfa 1 antitripsina

Alfafetoproteina (APF)

A/G

Amilasa

Amonio

ANA

Anca C PR3 (ANCA-C)

Anca P MPO (ANCA-P)

Androstenediona       

Anticuerpo (AC) anti helicobacter pylori IGA

Anticoagulante lupico

Anfetamina

Antibiogramas para gérmenes aeróbicos

Antibiogramas para gérmenes anaeróbicos

Ac. Anti nDNA

Ac. Anti Microsomales

Ac. Anti Mitocondriales

Ac. Anti Musculo Liso (ASMA)

Ac. Anti Nucleares

Ac. Anti Tiroglobulinas

Ac. Anti Tiroides

Ac. Anti Toxoplasma IgG

Ac. Anti Toxoplasma IgM

Ac. Anti Tripanosoma IgG

Ac. Anti Tripanosoma IgM

Ac. Anti VirusSinciciall Respiratorio(VSR)

Ac. Heterofilos

A.F.P. 

Antígeno Carcinoembrionario (CEA), en todas sus modalidades.

Antígenos Febriles

Antígeno Prostatico específico (PAS)

Anticuerpo (AC) anti centrómero

Anticuerpo (AC) anti endomisio IgA

Anticuerpo (AC) anti endomisio IgG L

Anticuerpo (AC) anti endomisio IgM

Anticuerpo (AC) anti gliadina IgA

Anticuerpo (AC) anti gliadina IgM

Anticuerpo (AC) anti helicobacter pylori IgG

Anticuerpo (AC) anti RNP- ENA

Anticuerpo (AC) anti SCL - 70

Anticuerpo (AC) anti SS A (RO)

Anticuerpo (AC) anti SS B (LA)

Anticuerpo (AC) anti CCP

Apolipoproteina b

Aspegillus

ASTO 

Autovacunas

Azucares reductores 

BAAR 

Barbituricos

Bence-Jones

Benedict, Reacción de:

Beta 2 microglobulina en sangre

Beta crosslaps

BNP (péptido natri urético tipo B): 01 beneficiario/año

Bicarbonato

Billirubina total, directa e indirecta

Bilis, cultivo

Bioquímica de plasma Seminal                                                                                            

C 3

C 4

Calcio 

CA 125

CA 15-3

Calcitonina

Calculo Urinario

Campo oscuro

Campylobacter

Cannabinoides

Capacidad de fijación de hierro (TIBC)

Carbamazepina

Cardiolipina IGA AC

Catecolaminas

CEA antigenocarcinoembrionario

CA

CA 19-9 antigenosangre. 

Células LE

Cetonemia

Cetonuria

Cetoferoides 17

CH 50 

Chagas (Ac. Anti Trypanosoma IgG e IgM)

Chlamydia

Citomegalovirus-ac-IgG

Citomegalovirus-ac-IgM

Citrato

Ck

Ck-mb

Clearance de Creatinina

Cloruros

CMV-ac-IgG

CMV-ac-IgM

Creatinina

Coagulograma

Cobre 

Cocaina

Coccidioidina

Colesterol esterificado

Colesterol HDL

Colesterol-LDL

Colesterol total

Colesterol VLDL

Colinesterasa 

Coloración de Giemsa

Coloración de Gram

Coloración de Ziehl

Complemento hemolitico (CH 50)

Coombs Directo

Coombs Indirecto

Coprocultivo

Coprología Funcional 

Coproporfirinas

Cortisol

Crasis sanguinea por hematólogo

Crioglutininas

Crioglobulinas

Criptococus

Cristales-Identificación

Cuerpos Cetonicos

Cultivo en Aerobiosis                                                                                                                       

Cultivo en Anaerobiosis

Cultivo en Thayer-Martin

Cultivo para BAAR

Cultivo para GC

Cultivo para hongos

Cultivo para listeria

Cultivo para Mycoplasma

Curva de tolerancia oral a la glucosa

           Dehidroepitandrostenediona (DHEA-S04)

Dehidrotestosterona  

Dengue AG (antígeno)

Dengue anticuerpo (AC) IGG

Dengue anticuerpo (AC) IGM

Dímero D

Difteria, Cultivo

Digoxina

DNA-ac

Dioxido de carbono (CO2)

D-Xilosa

EBV-EA-ac

EBV-VCA-ac

Electroforesis de hemoglobina

Electroforesis de lipoproteínas

Electroforesis de proteínas

Enzimas cardiacas

Electrólitos

Eosinófilos

Epstein-Barr Virus-ac

Eritrosedimentación

Escherichiacolienteropatogeno

EscherichiacolikI. latex

Esperma, cultivo

Esputo. Coloración para BAAR

Esputo. Cultivo para gérmenes comunes

Esputo. Eosinofilos y mastocitos

Esteatocrito

Estradiol

Estriol libre

Estrógenos totales

Estudio capilar. Investigación de hongos

Exceso de base

Factor reumatoideo

Factor reumatoideo cuantitativo

Factor reumatoideoisotópico IGA

Factor reumatoideo isotópico IGG

Factor reumatoideo IGM

Fenilhidantoina

Fenilanina

Fenobarbital

Ferritina

Fibrinógeno

Fibrinolisis

Formula leucocitaria

Fosfatasa acida prostática (pap)

Fosfatasa Acida total y prostática

Fosfatasa alcalina

Fosfatidil-gilierol en liq. amniótico

Fosfolipidos

Fósforo

Fragilidad osmotica de los hematies

Frotis de sangre periferica

Frotis de sangre periférica p/ hepatólogo

Fructosa                                                                                                                                          

Fructosamina 

FSH

FTA-abs-IgG

FTA-abs-IgM

FTI

Galactosa neonatal

Gamma Globulinas

Gamma GT

Garganta. Cultivo

Gases arteriales

Gastrina

GC. Cultivo

GH (Hormona de crecimiento)

Gliadina lgG-IGM

Globulina

Glóbulos blancos

Glóbulos rojos

Glucohemoglobina

Glucosa

Glucosa 6 fosfato de deshidrogenasa (G6PD)

Glucosa. Curva de tolerancia

Glucosa pre y pos prandial

Glucosuria

Gonadotrofina Corionica (hCG)

Gota gruesa

GOT

GPT

Graham-Test

Grupo sanguíneo

Guayaco

Gravindex

Ham-test

Hamburger-test         

Hamber

Haptoglobina  

HbA 1c

Hdelta

HAV-ac

HAV-ac-IgM

HBc-ac

HBc-ac-IgM

HBDH

HBe-ac

HBe-Ag

HBs-ac

HBs-Ag

hCG- sub-unidad beta

HDL-Colesterol

Heces. Benedict

Heces. Examen parasitológico

Heces. Flora microbiana

Heces. Frotis  

Heces. Hongos

Heces. Microscopia Funcional

Hematrocrito

Hemocultivo en aerobiosis

Hemocultivo en anaerobiosis

Hemoglobina 

Hemoglobina. Electroforesis 

Hemoglobina fetal

Hemoglobina. glucosilada (Hb A 1c) 

Hemograma                                                                                                

Hemoparásitos

Hemophilus influenzae tipo b.látex

Hepatitis (ac y Ag) ver HAV y HB

Hepatitis B IGG

Hepatitis B IGM

Hepatitis C (HCV) anticuerpo IGG

Hepatitis C (HCV) anticuerpo IGM    

Hepatograma (GPT GOT FA- BT- BD BI GAMACT)/perfil

Hepático

Herpes

H.G.H.

HLA B27

Hidatidosis-ac

Hidroxicorticosteroides 17

Hidroxi-Indol-Acetico 5 (5HIAA)

Hidroxiprogesterona  

Hidroxiprogesterona Neonatal

Hierro sérico

Hisopado Faríngeo

Histoplamina

HIV-ac

Homocisteina/ Homocistina/cistina

Hongos. Cultivo e identificación

Hongos. Examen en fresco

Hormona de crecimiento (hGh)

Hormona Folículo Estimulante (FSH)

Hormona Lactogeno Placentaria (hP)

Hormona Luteinizante (LH)

IgA

IgD

IgE

IgG

IgM

Inclusiones citomegálicas

Indices hematimétricos

Índice de Tiroxina Libre

Influenza A (por hisopado)

Influenza B (por hisopado)

Inmunoelectroforesis

Inmunoglobinas

Insulina

Klesbsiella pneumoniae

Lactosa

LAP

Larvas de vermes

Látex para Escherichiacoli k 1

L. Haemophilus influenzae tipo b

L. Neusseria meningitidis grupo A

L. Neisseria meningitidis grupo B

L. Neisseria meningitidis grupo C

L. Streptococcus pneumonias

L. Streptococcus beta hemolíticos    

L. Streptococcus grupo B

Lavado gástrico (análisis del contenido)

LCR. Citoquímico

LCR. Cultivo

LDH

LDL-Colesterol

LE

Lecitina en líquidoamniótico

Legionella Pheumiphila. latex

Leishmania en anticuerpo IGG                                                                                                        

Leishmania en anticuerpo IGM

Lesión genital. Coloración de gram

Lesión genital. Coloración de fontana

Lesión genital. Estudio microbiológico

Lesión en la piel. Cultivo para hongos

Lesión de uñas. Cultivo para hongos

LH

Linfa cutánea. Coloración de Ziehl

Lipasa

Lípidos totales

Liquido amniótico. Cultivo

Liquido amniótico. Fosfaditil-glicerol

Liquido articular. Citoquimico

Liquido articular. Cristales

Liquido articular. Cultivo

Liquido ascítico. Cultivo

Liquido gástrico-duodenal. Parásitos.

Liquido peritoneal. Cultivo

            Liquido pleural. Cultivo

Liquido pleural. citoquímico

Listeria

Litio

Madurez Fetal (fosfatydil glicerol)

Magnesio

Magnesio eritrocitario

Marihuana

Mastositos

Metahemoglobina

Metotrexate

Micosis oportunistas

Micosis profundas

Micosis subcutáneas

Micosis superficiales

Microalbuminuria

Mioglobina     

Moco cervical

Monotest

Morfina

Mucoproteínas

Mycobacterium Tuberculosis

Micoplasma Hominis.

Neiseriae Gonorrea

Neiseriae Meninigitidis.GrupoA.látex

Neiseriae Meninigitidis.GrupoB.látex

Neiseriae Meninigitidis.GrupoC.látex

N. 5 Nucleotidasa

NTX

Oído cultivo

Opiáceos: no en consumo intencional

Orina, físico-químico y del sedimento

Orina. cultivo

Oxalato

Oxiurius

Parásitos. Investigación e identificación

Parathormona (PTH) 

PAS (Antigenoprostatico específico) 

PAS libre

Paul-Bunell (presuntivo)

pOO2 

po2     

pDF    

Peptido C

Ph.                                                                                        

Phenistix

Plaquetas

Plaquetas/ hematólogo

Plasma seminal

Porfobilinogeno

Potasio

PPD

Preparación de células LE

Productos de degradación de la fibrina

Progesterona

Prolactina

Proteínas C

Proteínas S

Proteínas C reactiva

            Proteínas de Bence-Jones

Proteínas Electroforesis

Proteínas totales

Protomorfinas

Protozoarios

Prueba de concentración

Prueba de dilución

Prueba de lazo

Prueba de tolerancia oral a la glucosa

Prueba de tolerancia a la lactosa

Prueba de Tzanck

PTH

Pus. Cultivo

Punta de catéter Cultivo

Quimiotripsina                                   

Quistes de protozoos 

Raspado de lengua. Cultivo para hongos

Reacción de Huddleson

Reacción de Widal

Recuento de Addis    

Recuento de linfocitos

Relación A/B

Relación calcio/creatinina

Relacion PAS/PAS libre

Reticulositos

Retracción del coágulo

RK 39 Leishmaniasis kalaazar

Rh

Rotavirus

Rubeola IgG

Rubeola IgM

Sangre oculta.

Saturación de oxígeno

Secreción conjuntival. Cultivo

Secreción endocervical. Cultivo

Secreción faríngea. Cultivo

Secreción genital. Cultivo

Secreción nasal. Cultivo

Secreción nasal. Eosinofilos y mastositos

Secreción prostática. Cultivo

Secreción purulenta. Cultivo

Secreción traqueal. Cultivo

Secreción uretral. Cultivo

Secreción bulbar. Cultivo

Simis-Hunner - test

Shigella.Cultivo

SO2

Sodio                                                                                                                                               

Somatomedina - c

Staphylcoccus aureus

Streptococcus. Cultivo

Streptococcus. Beta hemolítico grupo A. látex

Streptococcus. Grupo B.latex

Streptococcus. pneumoniae

Streptonasa B

Streptozima

Swin - up

T3 libre

T3 total

T3 uptake

T4 libre

T4 total

Test de absorción a la xilosa

Test de Coombs Directo

Test de Coombs Indirecto     

Test de estimulación con ACTH

Test de estimulación hormona de crecimiento

T.* con ejercicios* con L-Dopa

Test de estimulación con LH/RH

Test de estimulación con TRH

Test de Ham

Test de O´Sullivan

Test de supresión con dexametosona

Test de Sims-Huner

Test de HPV

Test de IRT

Test de piecito (tsh neonatal, tripsina inmunoreactiva, fenilalanina)

TIBC (Capacidad de fijación del hierro)

Tiempo de coagulación sanguínea

Tiempo de Protrombina y coagulación

Tiempo de tromboplastina parcial activada

Timol

Tine test

Tzanck - Prueba de

Tipificación

Tiroglubina

Tiroperoxidasa anticuerpo (tipo AC)

Testosterona libre

Toxoplasmosis- ac IgG, IgM

Transferrina

Transglutaminasa tisular anticuerpo IGA

Transglutaminasa tisular anticuerpo IGG

Trichomonas vaginalis

Triglicéridos   

Troponina I, cuantitativa

Troponina cuantitativa, sangre

Trypanosomacruzi-ac

TSH

TTPa

Ulcera genital. Cultivo

Urea

Ureaplasma urealyticum

Urobilina

Urobilinogeno

Van de Kamer

Vandil - Mandelic - Acid (AVM)

Varicela zoster IgG, anticuerpos, suero.

Vermes

VDRL

VIH-ac

Vicent's Angina. Frotis

Virocitos

VLDL Colesterol                                                                                                                              

VSR - ac

Vitamina D

Widal. Reacción de

Xilosa. Test de absorción

 

  1. SEGURO DEL VIAJERO PARA EL TITULAR POR RAZONES LABORALES.

SEGURO DEL VIAJERO PARA EL TITULAR POR RAZONES LABORALES.

Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y estudios de imagen para casos de urgencias en el exterior a los beneficiarios, con un máximo de 15 días de cobertura y hasta U$S 15.000 por viaje. Traslado asistido desde el exterior hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad.

Para usufructuar el seguro del viajero por razones laborales, la prestataria deberá habilitar el servicio en un plazo máximo de 48hs. hábiles, posterior a la comunicación del asegurado a la Prestadora, previo al viaje. En caso de que el beneficiario no comunique a la Prestadora el viaje, no podrá acceder a la prestación con cobertura ni al reintegro correspondiente.

 

  1. COBERTURA FARMACÉUTICA Cobertura mínima del 25% (veinte y cinco por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias, de todo tipo de (Preventivo y curativo) de medicamentos nacionales y 20% (veinte por ciento) en medicamentos importados, en cualquier forma de pago (efectivo, tarjeta de crédito y/o débito).

La cobertura farmacéutica deberá ser de por lo menos 3 (tres) cadenas de farmacias.

 

  1. DE LAS LIMITACIONES DE LA COBERTURA

La cobertura descripta no será aplicable en los siguientes eventos y sus consecuencias (estudios, internaciones y cualquier gasto relacionado).

  1. 12.1. Intento de autoeliminación. Autoagresión.
  2. 12.2. Cirugía con fines estéticos. Las cirugías reparadoras no comprendidas entre las cubiertas.
  3. 12.3. Esterilidad, infertilidad, control de la natalidad.
  4. 12.4. Enfermos mentales excepto cobertura de consultas con psiquiatra.
  5. 12.5. Laserterapia excepto las nombradas.
  6. 12.6. Septumplastia y rinoseptumplastia.
  7. 12.7. Cirrosis: en Alcohólicos en fase crónica.
  8. 12.8. Vaporización de próstata.
  9. 12.9. Operaciones en párpados a excepción de las nombradas en honorarios médicos.
  10. 12.10. Estudios inmunohistoquímicos, estudios cromosómicos, receptores hormonales.
  11. 12.11. Remodelación mamaria. Plastias mamarias en general.
  12. 12.12. Sangre, plasma y derivados. Plasma enriquecido en plaquetas en todas sus aplicaciones.
  13. 12.13. Medicamentos fijadores del calcio e infiltraciones con factores de crecimiento o para revitalización de cartílagos, aunque sean aplicados en forma intraoperatoria.
  14. 12.14. Formolizaciones.
  15. 12.15. Tratamientos especializados en alergias. Vacunas hasta los límites establecidos.
  16. 12.16. Acupunturas, homeopatía, quiropraxia, medicina ortomolecular y cualquier especialidad o tratamiento alternativo o experimental no aceptado internacionalmente como de comprobada eficacia.
  17. 12.17. Tratamiento estético en dietología. (A excepción de consultas).
  18. 12.18. Lipoaspiración.
  19. 12.19. Ecoendoscopia y estudios con cápsula endoscópica.
  20. 12.20. Cuidados paliativos o enfermos terminales.
  21. 12.21. Terapia del dolor: excepto consultas que si estarán cubiertas.
  22. 12.22. Prótesis, coils, marcapasos, resincronizadores, audífono y todo equipo o insumo que quede dentro del paciente y que no esté debidamente detallado como con cobertura.
  23. 12.23. Secuelas de quimioterapia y radioterapia.
  24. 12.24. Ortesis, complementos de marcha, yeso acrílico, productos de aseo personal, pañales.
  25. 12.25. Diagnóstico neurofisiológico de la impotencia sexual masculina y técnica de fertilización asistida.
  26. 12.26. Lesiones causadas por investigaciones en etapas experimentales, no reconocidas por instituciones oficiales o científicas.
  27. 12.27. Trasplantes de órganos.
  28. 12.28. Lesiones provocadas por actos dolosos, consecuencia de reyertas o alteraciones de orden público.
  29. 12.29. Lesiones provocadas bajo la acción de drogas, estupefacientes o alcohol. En caso que el paciente o familiares se nieguen a la realización de los estudios pertinentes se tomará como positivo.
  30. 12.30. Todo hecho ocurrido en transgresión a las leyes de tránsito vigentes, demostrado por sentencia de las autoridades competentes.
  31. 12.31. Cualquier condición o tratamiento relacionado con el virus VIH positivo o del tratamiento del SIDA.
  32. 12.32. Alcoholismo, intoxicaciones debido al abuso del alcohol, abuso o adicción a drogas.
  33. 12.33. Tratamiento de lesiones corporales que el/los beneficiarios se haya/n infringido intencionalmente a si mismo/s.
  34. 12.34. Tratamiento de enfermedades o lesiones originadas como resultado directo o indirecto de catástrofes naturales, Guerra internacional y guerra civil, Acciones bélicas, Fenómenos naturales, Lluvia radiactiva, Terrorismo.
  35. 12.35. Quemaduras cuando excedan el 35% de la superficie corporal.
  36. 12.36. Cirugía bariátrica/metabólica o cualquier método para el control del peso.
  37. 12.37. Implante de TAVI o similares.
  38. 12.38. Implante coclear.
  39. 12.39. Diálisis en insuficiencia renal crónica.

 

  1. ALTA COMPLEJIDAD

 

HONORARIOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS.

El criterio a ser empleado en este ítem es el de lograr una cobertura de:

  • HONORARIOS MÉDICOS: deberán estar cubiertos 80% por la Prestadora de Servicios.  Derecho a sala cobertura del 100%.
  • PROTESIS TRAUMATOLOGICAS: 50% y hasta un límite máximo de G 10.000.000.- por la Prestadora de Servicios (para la determinación de porcentajes se tendrá en cuenta los valores de mercado).
  • MEDICAMENTOS Y MATERIALES DESCARTABLES: hasta la suma de G. 30.000.000 (guaraníes treinta millones) por evento.
  • MEDIOS AUXILIARES DE DIAGNOSTICO: deberán estar cubiertos los mencionados en el listado de cobertura según anexo de medicina por imágenes.
  • SERVICIOS LABORATORIALES: deberán estar cubiertos los mencionados en el listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales.

Colocación de marcapasos y otros dispositivos intracardiacos (cobertura de marcapasos o dispositivos intracardiacos hasta ₲ 8.000.000).

Cirugía cardiaca con circulación extracorpórea:

  • Reemplazo valvular aortica, mitral y biológica (Excepto las excluidas).
  • Cirugía cardiovascular en general (periféricas y otras) adquiridas.
  • Cirugía Bypass coronario.
  • Cirugía Neurológica S.N.C. Cerebro y columna.
  • Artroplastias.
  • Angioplástia transluminal coronaria: cubre hasta 1 (uno) stent medicado o no medicado. Angioplastias en general.
  • Litotripsia extracorpórea: honorarios 80%.
  • Equipo de contra pulsación intraaórtica: 80%.
  • Incubadora de transporte 100%.
  • Medicina nuclear (exámenes de tiroides y riñón) ventrículo grama isotópico: 80%.
  • Litotripsia ultrasónica 80%

La presente lista es meramente enunciativa y no limitativa, por cuanto, quedan comprendidos todos aquellos procedimientos de alta complejidad que hagan a las especialidades que forman parte del contrato y que se realicen dentro del territorio nacional excepto las expresamente excluidas.

 

  1. BENEFICIARIOS ADHERENTES

Para las internaciones clínicas se cubrirán hasta 03 internaciones /año. Pensión cobertura de hasta 15 días por año y una cobertura de medicamentos y descartables de G 5.000.000.- por evento.

Estudios según anexos.

Internaciones quirúrgicas programadas hasta 02 por año según ANEXO CIRUGIA y una cobertura de medicamentos y descartables de hasta G 8.000.000.- por evento.

Los procedimientos quirúrgicos con cobertura serán los siguientes. Para los procedimientos no nombrados la cobertura se aplicará, exclusivamente a la parte sanatorial (excepto en patologías excluidas que no gozarán de cobertura).

 

14.1    ANEXO - CIRUGÍA

14.1.1  Oftalmología

  • Extracción cuerpo extraño conjuntival
  • Extracción de cuerpo extraño de cornea
  • Facoemulsificación del cristalino
  • Drenaje de glándula o saco lagrimal (absceso)
  • Lavado de saco lagrimal (consultorio)

Cateterización del saco lagrimal (quirófano) con anestesia general

Cirugía de cataratas (no incluye lente intraocular)

 

14.1.2    Otorrrinolaringología

  • Miringotomía con colocación de tubo de drenaje (diábolos) uni o bilateral (no incluye costo de diábolo)
  • Cauterización de cornetes
  • Turbinectomía parcial o completa simple (única o múltiple). Resección submucosa del cornete inferior.
  • Reducción manual de fractura nasal (en quirófano)
  • Electrocauterización de varices septales con anestesia general.
  • Cirugía videoendoscópica funcional de senos paranasales uni o bilateral (cobertura honorarios 70%).
  • Sinusotomía combinada maxilar, frontal, etmoidal y esfenoidal p/ vía ext. o transmaxilar bilateral (cobertura honorarios 70%).
  • Traqueotomia / traqueostomia (Temporal o definitiva)
  • Amigdalectomía o adenoidectomía o adenoamigdalectomía
  • Taponamiento nasal anterior
  • Laringoscopia directa con extracción de cuerpo extraño
  • Extracción cuerpo extraño nariz, con anestesia local
  • Lavado de oído unilateral o bilateral

 

14.1.3   Cirugía torácica: según cobertura de alta complejidad

 

14.1.4    Mastología

  • Biopsia de mama unilateral
  • Biopsia con marcado preoperatorio
  • Citopunción
  • Punción de mama
  • Insición y drenaje de absceso mamario
  • Mastectomia simple unilateral
  • Cuadrantectomía simple
  • Cuadrantectomía mas linfadenectomía axilar
  •   Linfadenectomía axilar
  • Biopsia percutanea con tru-cut (sin materiales)
  • Biopsia con marcado con arpon
  • Punción de mama bajo pantalla ecográfica
  • Mastectomía más vaciamiento axilar

 

14.1.5    Flebologia convencionales

  • Safenectomía interna o externa más flebectomía unilateral
  • Safenectomía interna o externa más flebectomía bilateral
  • Safenectomía interna o externa bilateral más flebectomía bilateral

 

14.1.6    Cirugia general y videolaparoscopica- Dermatologia.

Apéndice, vesícula y exploradora por video 100% honorarios. Otras 80%

  • Videolaparoscopia exploradora
  • Herniorrafía umbilical (como único procedimiento)
  • Herniorrafía epigástrica
  • Herniorrafía o hernioplastia inguinal unilateral
  • Tratamiento quirúrgico de la hernia inguinal unilateral por videolaparoscopía
  • Hernia estrangulada o complicada herniorrafía o hernioplastía inguinal bilateral
  • Omentectomia parcial o total
  • Biopsia de pared abdominal
  • Herniorrafia incisional o por evisceración
  • Paracentesis abdominal
  • Tratamiento quirurgico de la hernia inguinal bilateral por videolaparoscopia
  • Laparotomia exploradora para liberacion de bridas (adhesiolisis)
  • Gastrorrafia (Ulcera gástrica perforada, herida, traumatismo)
  • Apendicectomia
  • Apendicectomia por videolaparoscopia
  • Tratamiento quirurgico de la peritonitis de origen apendicular por videolaparoscopia
  • Colectomia parcial con colostomia a lo hartman (alta complejidad)
  • Cuerpo extraño de recto - Extracción quirúrgica
  • Colectomia parcial sin colostomia por videolaparoscopia
  • Hemorroidectomia abierta o cerrada
  • Hemorroides - ligadura elastica (por sesión)
  • Absceso anorrectal - drenaje
  • Absceso isquiorrectal - drenaje
  • Trombosis hemorroidaria - exeresis (trombectomia)
  • Fistulectomia anal en un tiempo
  • Anorectoscopía
  • Esfinterotomia lateral interna (Esfinterotomía anal)
  • Colecistectomia por videolaparoscopia
  • Colecistectomia sin colangiografia
  • Escision de uña, lecho o repliegue ungueal
  • Sutura herida simple
  • Incision y drenaje de absceso profundo (extracción de cuerpo extraño profundo)
  • Incision y drenaje de absceso o superficial (forúnculos, hematomas, cuerpo extraño)
  • Escision local de lesion de piel o glandula de piel, cicatrizal, inflamatoria o tumoral benigna (quiste sebáceo, ántrax, nevus.)
  • Incision y drenaje de absceso subcutaneo.
  • Extraccion de cuerpo extraño superficial escision de lipoma gigante escision local de piel, tejido ungueal, nevus o tumor benigno
  • Escision de tumor de tejido celular subcutaneo
  • Biopsia de piel, tumores superficiales, tejido celular subcutaneo. Linfonodo superficial, etc
  • Toma de biopsia con punch
  • Toma de biopsia por incision y sutura
  • Extirpacion de lesion de piel (verruga, nevus) por electrocoagulacion o aplicacion de sustancias quimicas

 

14.1.7    Urología. Cirugías endoscópicas 80%

  • Colocacion endoscopica de doble j, cambio o extraccion
  • Colocacion ureteroscopica de doble j
  • Cateterismo vesical evacuador - sondaje vesical
  • Cistolitotomia a cielo abierto
  • Cistolitotripsia transuretral
  • Uretrotomia interna endoscopica
  • Dilatacion uretral (por sesión)
  • Adenomectomia prostatica suprapubica
  • Reseccion endoscopica trasuretral de prostata (r.t.u.) (incluye cistoscopia) biopsia prostatica (no incluye costo de aguja)
  • Biopsia prostatica ecodirigida (no incluye equipo ni descartables)
  • Drenaje de absceso escrotal
  • Orquifunilectomia radical
  • Biopsia de pene
  • Incision de prepucio (postotomia)
  • Nefrolitotomia anatrofica
  • Pielolitotomia

 

14.1.8    Ginecoobstetricia

  • Salpingectomia. Ooforosalpingectomia
  • Salpingostomia
  • Quistectomia por videolaparoscopia.
  • Electrocauterio de endometriosis
  • Quistectomia
  • Biopsia de cuello uterino
  • Miomectomia uterina abdominal (como unica operacion)
  • Legrado evacuador. Raspado uterino terapeutico
  • Legrado biopsico. Raspado uterino diagnostico
  • Electrocoagulacion de cuello uterino o criocoagulacion (tratamiento completo)
  • Histerectomia total abdominal o vaginal
  • Conizacion de cuello por leep (sin internacion)
  • Histeroscopia terapeutica: cobertura 70%
  • Legrado endocervical
  • Biopsia mas legrado endocervical
  • Biopsia endometrial.
  • Biopsia de polipo endometrial mas legrado de base exceresis de quiste vaginal
  • Biopsia vulvar

 

14.1.9    Traumatología

  • Osteotomia tibia, perone
  • Reseccion parcial femur
  • Tratamiento incruento fractura de humero
  • Tratamiento incruento fractura de cubito y radio
  • Tratamiento incruento fractura de radio y cubito, combinado
  • Tratamiento incruento fractura de carpo hasta dos
  •   Tratamiento incruento fractura de cada uno hasta dos metacarpianos
  • Tratamiento incruento fractura de falanges (miembro superior) mas de dos
  • Tratamiento incruento fractura de perone
  • Tratamiento incruento fractura de tibia y perone
  • Tratamiento incruento fractura maleolares tibiales, marginales anterior y posterior
  • Tratamiento incruento fracturas huesos del tarso hasta dos
  • Tratamiento incruento fractura de metatarsianos hasta dos
  • Tratamiento incruento fractura de falanges (miembro inferior) hasta dos
  • Cirugia de fracturas (osteosintesis)
  • Fractura de extremidad proximal del humero
  • Fractura de clavicula
  • Fractura diafisiaria de humero
  • Fractura supracondilea
  • Fractura de olecranon
  • Fractura diafisiaria de cubito o radio
  • Fractura de extremidad distal del radio (intraarticular)
  • Fractura de falanges (miembro superior) (hasta dos)
  •  Fractura supracondilea de femur
  •  Fractura diafisiaria de la tibia
  • Fractura bimaleolar con diastasis o trimaleolar
  • Artrocentesis diagnostica o terapeutica
  • Meniscectomia
  • Ligamento cruzado (50% cobertura honorarios médicos)
  • Luxacion - tratamiento incruento (Aplicación de yeso, Férula o Aparato de Tracción)
  •  Hombro: manguito rotador
  •  Radiocubital inferior o superior
  • Codo (radio-cubito-humero)
  • INCISION EN MUSCULOS DEL TORAX, ABDOMEN Y RAQUIS (exploración, drenaje, extracción cuerpo extraño, biopsia)
  • INCISION EN MUSCULO DEL HOMBRO, BRAZO, ANTEBRAZO, MANO (exploración, drenaje, extracción cuerpo extraño, biopsia)
  • Operaciones en tendones. Vainas tendinosas y fascia
  • Incision en cuello, hombro, codo, cadera, muslo, rodilla
  • Incision antebrazo, muñeca, mano, pierna, tobillo, pie
  • ESCISION O RESECCION DE VAINA TENDINOSA (quiste sinovial) en miembro superior e inferior
  • TENOPLASTIA (con alargamiento, acortamiento o injerto de otros tendones no mencionados) HASTA DOS
  • Tenorrafia supraespinoso, biceps, tendon rotuliano y tendon de aquiles
  • Tenorrafia en pie hasta 2 tendones
  • Tenolisis

 

14.1.10  Cirugía Pediátrica

 

  • Sutura de herida simple
  • Sutura de herida de zonas nobleS (cara, mano, planta de pies, genitales, perianal)
  • Drenaje de abscesos superficiales y ganglios superficiales (adenoflemón)
  • Extraccion de cuerpo extraño
  • Herniorrafia inguinal, hidrocele, quiste de cordon, quiste de epididimo unilateral
  • Apendicectomia no complicada
  • Colecistectomia
  • Reduccion de parafimosis bajo anestesia general

 

14.2 TERAPIA INTENSIVA:

 

Cobertura de hasta 10 días de pensión y medicamentos y descartables hasta g 12.000.000.-

 

14.3       ALTA COMPLEJIDAD:

Honorarios profesionales 50% y medicamentos y descartables g 15.000.000.- no incluye prótesis stent, válvulas, coils, sutura mecánica, cementos biológicos, dispositivos de usos terapéuticos y similares.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

En este apartado, la convocante deberá:

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado.

Lic. Gladys Benítez de Oviedo, Directora General de la Dirección General de Gestión del Talento Humano (DGGTH)

  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada.

La asistencia médica es de vital importancia para salvaguardar la salud y la vida misma de las personas, así es que con la contratación de seguro médico la Contraloría General busca brindar cobertura médica integral para todos los funcionarios.

  • Justificar la planificación. (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal)

El llamado se realiza de forma periódica, considerando la necesidad de asegurar que el servicio sea prestado en el plazo que dure el contrato sin interrupciones.

  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas

Las Especificaciones Técnicas fueron elaboradas en función a las necesidades de cobertura, buscando obtener los mayores beneficios a favor del asegurado, de acuerdo a todos los servicios que se brindan dentro de las distintas especialidades médicas.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:

Ítem

Descripción del bien

Cantidad

Unidad de medida

Lugar de entrega de los bienes

Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes

(Indicar el N°)

(Indicar la descripción de los bienes)

(Insertar la cantidad de bienes a proveer)

(Indicar la unidad de medida de los bienes

(Indicar el nombre del lugar)

(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s)

 

 

 

 

 

 

NO APLICA

Plan de entrega de los servicios

 

 

Ítem

Descripción del servicio

Cantidad

Unidad de medida de los servicios

Lugar donde los servicios serán prestados

Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios

1

SEGURO MEDICO CORPORATIVO

1

Unidad

En las direcciones presentadas en la oferta por la empresa adjudicada y las modificaciones según sea el caso.

Inmediata en todos los Servicios a partir de la firma del Contrato.

 

 

 

 

 

 

 

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

No aplica

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:

No aplica

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:

Planificación de indicadores de cumplimiento:

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: Informes mensuales

Serán presentados 24(veinticuatro) informes

Frecuencia: mensual.

Planificación de indicadores de cumplimiento:

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

24 (veinticuatro) informes de la Dirección de Bienestar y Desarrollo del Personal, dependiente de la Dirección General de Gestión del Talento Humano, referente a los funcionarios activos y el cumplimento del contrato con los mismos

24 (veinticuatro) informes de la Dirección de Bienestar y Desarrollo del Personal, dependiente de la Dirección General de Gestión del Talento Humano, referente a los funcionarios activos y el cumplimiento del contrato con los mismos.

 

Abril 2022 marzo 2024

De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
   
     
     
     
     
     
     
     

 

Criterios de Adjudicación

La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

 

 

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

 

1. Personas Físicas / Jurídicas

a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;

c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;

d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;

e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.

f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato.

2. Documentos. Consorcios

a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.

b) Original o fotocopia del consorcio constituido.

c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.

d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.