Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

ADENDA N° 3

SUBASTA A LA BAJA ELECTRONICA - LPN N° 02/21 - ID N° 394.773

SEGURO MÉDICO CORPORATIVO - AD REFERENDUM.-

A LOS OFERENTES PARTICIPANTES DE SUBASTA A LA BAJA ELECTRONICA LPN N° 02/21, PARA EL SEGURO MEDICO CORPORATIVO - AD REFERENDUM, SE COMUNICA LAS SIGUIENTES MODIFICACIONES:

  1. EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS (SICP), EN LO REFERENTE A:"DATOS DE LA CONVOCATORIA", apartado "ETAPAS Y PLAZOS", se modifican las fechas límites establecidas para consultas, respuestas, inicio de propuestas, límite de propuestas, inicio de etapa competitiva, entrega de ofertas y fecha de apertura de ofertas.

 

  1. EN PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PUBLICADO EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LAS CONTRATACIONES PÚBLICAS (SICP), EN LO REFERENTE A:
  • En la Sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIO DE EVALUACIÓN:
  1. En el Apartado Experiencia requerida, se modifica donde dice: Demostrar la experiencia en Servicio de Seguro Médico Corporativo con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto máximo de la presente licitación, de los 3 años. 2018, 2019 y 2020.

Queda redactado:

Demostrar la experiencia en Servicio de Seguro Médico Corporativo con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 (cincuenta) % como mínimo del monto máximo de la presente licitación, de los 3 últimos años. 2019, 2020 y 2021.

 

  1. En el apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida, se modifica donde dice:

1. Copia de Contratos y/u órdenes de compra/servicio y/o facturas, referentes a prestación de Servicio de Seguro Médico Corporativo de los años 2018, 2019 y 2020, de al menos 900 asegurados al mes, que deberán acreditar la capacidad de suministro, donde la sumatoria de dichos contratos deberá ser por un valor igual o mayor al 50 (cincuenta)% del monto máximo a ser contratado.

2. Constancia satisfactoria de haber prestado servicios de seguro médico a Instituciones  Públicas  y/o  Privadas  con  por  lo  menos  900  titulares  por  año, ejecutados en los últimos 3 (tres) años (2018, 2019 y 2020). Podrán presentar la cantidad que fueren  necesarias, siempre  y  cuando  dichos  servicios  hayan  sido realizados dentro del periodo mencionado.

Queda redactado:

1. Copia de Contratos y/u órdenes de compra/servicio y/o facturas, referentes a prestación de Servicio de Seguro Médico Corporativo de los años 2019, 2020 y 2021, de al menos 900 asegurados al mes, que deberán acreditar la capacidad de suministro, donde la sumatoria de dichos contratos deberá ser por un valor igual o mayor al 50 % (cincuenta por ciento) del monto máximo a ser contratado.

2. Constancia satisfactoria de haber prestado servicio de seguro médico a Instituciones Públicas y/o Privadas con por lo menos 900 titulares por año, ejecutados en los últimos 3 (tres) años (2019, 2020 y 2021). Podrán presentar la cantidad que fueren necesarias, siempre y cuando dichos servicios hayan sido realizados dentro del periodo mencionado.

 

  1. En el apartado CAPACIDAD TÉCNICA, se modifica donde dice: Deberá contar, en la Capital, como mínimo, con 5 (cinco) Centros de Medicina por Imágenes propios o contratados, y los que formen parte del Centro Asistencial: Deberán contar con el Certificado de Registro y Habilitación, otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de los cuales al menos uno (1) deberá contar con servicio de atención las 24 horas. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas. El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla, Radiografía, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia con fuente de braquiterapia.

Queda redactado: Deberá contar, en la Capital, como mínimo, con 5 (cinco) Centros de Medicina por Imágenes propios o contratados, y los que formen parte del Centro Asistencial: Deberán contar con el Certificado de Registro y Habilitación, otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de los cuales al menos uno (1) deberá contar con servicio de atención las 24 horas. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas. El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla, Radiografía, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia.

 

  1. En el apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, inciso c, se modifica donde dice: C. Habilitaciones de Sanatorios ofrecidos, emitidos por el Ministerio de Salud y Bienestar Social e inscripción en el Registro de Empresas Prestadoras de Servicios de Salud de la Superintendencia de Salud que se encuentren vigentes al momento del inicio de la etapa competitiva de la SBE. Se exceptúa éste requisito para el caso de los Centros asistenciales en determinadas localidades detalladas en el listado precedente, en los cuales el oferente se comprometa, a través de una Declaración Jurada, que las coberturas se darán por el sistema de reintegro hasta los límites exigidos en el contrato, como máximo a los quince días hábiles de presentadas las facturas respectivas al proveedor adjudicado. Se aclara que ésta excepción no incluye a los Sanatorios y Centros asistenciales de Asunción y Gran Asunción (Fernando de la Mora, Luque, Lambaré y San Lorenzo), dejando establecido que su incumplimiento será causal de descalificación de la oferta presentada.

Queda redactado de la siguiente forma: c. Habilitaciones de Sanatorios ofrecidos, emitidos por el Ministerio de Salud y Bienestar Social y certificación de categorizaciones expedidas por la Superintendencia de Salud, conforme a lo requerido en las Especificaciones técnicas, que se encuentren vigentes al momento del inicio de la etapa competitiva de la SBE. Se exceptúa éste requisito para el caso de los Centros asistenciales en determinadas localidades detalladas en el listado precedente, en los cuales el oferente se comprometa, a través de una Declaración Jurada, que las coberturas se darán por el sistema de reintegro hasta los límites exigidos en el contrato, como máximo a los quince días hábiles de presentadas las facturas respectivas al proveedor adjudicado. Se aclara que ésta excepción no incluye a los Sanatorios y Centros asistenciales de Asunción y Gran Asunción (Fernando de la Mora, Luque, Lambaré y San Lorenzo), dejando establecido que su incumplimiento será causal de descalificación de la oferta presentada.

 

  1. En el apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica,  inciso g. se modifica donde dice: Detallar en carácter de Declaración Jurada el Listado de Centros de Medicina por imágenes ofrecidos propios o contratados, como mínimo, conforme a lo requerido en el PBC, con su correspondiente razón social, número de teléfono y dirección. Deberá contar, en la Capital, como mínimo, con 5(cinco) Centros de Medicina por Imágenes propios o contratados, y los que formen parte del Centro Asistencial que deberán contar con el Certificado de Registro y Habilitación, otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de los cuales al menos uno (1) deberá contar con servicio de atención las 24 horas. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas. El oferente deberá especificar en cuales de los centros propuestos se realizan los siguientes estudios: PET SCAN, ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla, Radiografías, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia con fuentes de braquiterapia.

Queda redactado: g. Detallar en carácter de Declaración Jurada el Listado de Centros de Medicina por imágenes ofrecidos propios o contratados, como mínimo, conforme a lo requerido en el PBC, con su correspondiente razón social, número de teléfono y dirección. Deberá contar, en la Capital, como mínimo, con 5(cinco) Centros de Medicina por Imágenes propios o contratados, y los que formen parte del Centro Asistencial que deberán contar con el Certificado de Registro y Habilitación, otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de los cuales al menos uno (1) deberá contar con servicio de atención las 24 horas. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas. El oferente deberá especificar en cuales de los centros propuestos se realizan los siguientes estudios: PET SCAN, ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla, Radiografías, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia.

 

 

  • En la Sección SUMINISTROS REQUERIDOS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el apartado: Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas CPS:

 

  1. En el numeral 2. BENEFICIARIOS ADHERENTES se agrega la siguiente aclaración: Ante el caso que el adherente se vuelva titular (funcionario de la CGR) o se produzca su fallecimiento, serian otras de las causales del término de contrato (directo) entre la prestadora de Servicios y el adherente.
  2. En el numeral 5 OBLIGACIONES DE LA PRESTADORA PLANTEL MÉDICO, SANATORIAL Y ADMINISTRATIVO, específicamente en el 5.7, se modifica donde dice:

Se entenderá por año de contrato el que va desde la firma del mismo hasta los 24 meses de vigencia y sus prórrogas en el caso que las hubiera. Haciendo la salvedad que para las coberturas contempladas en el presente contrato se reiniciará el conteo de los servicios previstos en el mismo luego del periodo de los primeros 12 meses (año). En caso de que existan una o más coberturas que se contrapongan, siempre se tomará la que más favorezca al beneficiario, específicamente a lo que tenga relación con la reiniciación de los servicios dentro de los 12 meses (año) de la firma del contrato.

Queda redactado: 5.7 Se entenderá por año de contrato el que va desde la firma del mismo hasta los 24 meses de vigencia y sus prórrogas en el caso que las hubiera. Haciendo la salvedad que para las coberturas contempladas en el presente contrato se reiniciará el conteo de los servicios previstos en el mismo luego del periodo de los primeros 12 meses (año). En caso de que existan una o más coberturas que se contrapongan, siempre se tomará la que más favorezca al beneficiario. 

 

  1. En el numeral 6. Cobertura, se modifica donde dice: El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla (mínimo), Radiografías, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia con fuentes de braquiterapia.

Queda redactado de la siguiente forma: El oferente adjudicatario deberá especificar en cuales centros se realizan los siguientes estudios: ELECTROENCEFALOGRAFÍA, Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 64 CORTES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear con CAMPO ABIERTO y con equipo de 3 Tesla (mínimo), Radiografías, Ecografías, Ecocardiografía, Mamografía, Radioterapia.

  1. En el numeral 6. Cobertura, se agrega la siguiente aclaración: Las coberturas son desde la firma del contrato por 12 meses y luego se reinicia por los otros 12 meses, ya que el año contrato corresponde a 24 meses.
  2. En el numeral 6. Cobertura 6.1 ASISTENCIA MÉDICA Y SANATORIAL, numeral 6.1.1.36, se modifica donde dice: Pediatría y Neonatología, Inspección Médica en general. Incluye: Inyecciones, vacunas y su aplicación en vacunatorio del sanatorio cabecera de la Prestación de servicios (en caso de contar con uno) o el que sea determinado por la prestadora para proveer el servicio, con las vacunas que son las obligatorias y provistas por el Ministerio de Salud Pública (listado enunciativo no limitativo) sin cargo para el asegurado, tales como: BCG, SABIN, ANTITETÁNICA, ANTISARAMPIONOSA, TRIPE, DPT, HEPATITIS, MENINGITIS Y ANTIAMARILICA, conforme a la edad establecida por el Ministerio de Salud, como así también las vacunas para el tratamiento de ASMA hasta 10 por grupo familiar, como también las vacunas contra la influenza, varicela, hepatitis, con cobertura del 100% (cien por ciento) para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes.

Queda redactado: Pediatría y Neonatología, Inspección Médica en general. Incluye: Inyecciones, vacunas y su aplicación en vacunatorio del sanatorio cabecera de la Prestación de servicios (en caso de contar con uno) o el que sea determinado por la prestadora para proveer el servicio, con las vacunas que son las obligatorias y provistas por el Ministerio de Salud Pública, según la disponibilidad de éste último, (listado enunciativo no limitativo) sin cargo para el asegurado, tales como: BCG, SABIN, ANTITETÁNICA, ANTISARAMPIONOSA, TRIPE, DPT, HEPATITIS, MENINGITIS Y ANTIAMARILICA, conforme a la edad establecida por el Ministerio de Salud, como así también las vacunas para el tratamiento de ASMA hasta 10 por grupo familiar, como también las vacunas contra la influenza, varicela, hepatitis, con cobertura del 100% (cien por ciento) para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes

  1. En el numeral 6.3 HONORARIOS MÉDICOS EN INTERNACIONES CLÍNICAS Y/O QUIRÚRGICAS, se modifica donde dice: Honorarios profesionales para hemodiálisis por insuficiencia renal aguda hasta 06 (seis) sesiones, por cada beneficiario titular, componente de su grupo familiar y adherente y año. Luego arancel preferencial.

Queda redactado: Honorarios profesionales para hemodiálisis por insuficiencia renal aguda hasta 06 (seis) sesiones por cada integrante del beneficiario y adherentes, entiéndase: por cada beneficiario titular, componente de su grupo familiar y adherente y año. Luego arancel preferencial.

  1. En el numeral 11. COBERTURA FARMACÉUTICA, se modifica donde dice:  Cobertura mínima del 25% (veinte y cinco por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias, de todo tipo de (Preventivo y curativo) de medicamentos nacionales y 20% (veinte por ciento) en medicamentos importados, en cualquier forma de pago (efectivo, tarjeta de crédito y/o débito). El descuento previsto debe ser computado sin la necesidad de presentar receta médica (salvo aquellos medicamentos controlados), y con la presentación del carnet del seguro médico.

La cobertura farmacéutica deberá ser de por lo menos 3 (tres) cadenas de farmacias.

Queda redactado : Cobertura mínima del 25% (veinte y cinco por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias, de todo tipo de (Preventivo y curativo) de medicamentos nacionales y 20% (veinte por ciento) en medicamentos importados, en cualquier forma de pago (efectivo, tarjeta de crédito y/o débito).

La cobertura farmacéutica deberá ser de por lo menos 3 (tres) cadenas de farmacias.

 

SE MANTIENEN INALTERABLES TODAS LAS DEMÁS CONDICIONES ESTABLECIDAS EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES DEL LLAMADO Y EN EL SICP.

 

As. 27/01/2022

 

Abg. Teresa Wagner, Directora

Dirección Operativa de Contrataciones

Contraloría General de la República

Se detectaron modificaciones en las siguientes cláusulas:
Sección: Requisitos de calificación y criterios de evaluación
  • Experiencia requerida
  • Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida
  • Capacidad Técnica
  • Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Sección: Suministros requeridos - especificaciones técnicas
  • Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Se puede realizar una comparación de esta versión del pliego con la versión anterior en el siguiente enlace: https://www.contrataciones.gov.py/licitaciones/convocatoria/394773-seguro-medico-corporativo-ad-referendum-1/pliego/4/diferencias/3.html?seccion=adenda