Suministros y Especificaciones técnicas

El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.

Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.

El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.

Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas

Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

SISTEMA  DE ENERGIA CC

 

1.            GENERALIDADES PARA CENTRALES TELEFÓNICAS.

                El sistema de energía es el conjunto de elementos cuya función es proveer la energía eléctrica necesaria para la alimentación en forma ininterrumpida de los equipamientos que componen el sistema de telecomunicaciones de COPACO S. A., tales como equipos de transmisión, conmutación, planta externa, internet, etc., a partir de la energía eléctrica alterna AC de la red pública comercial o de un grupo electrógeno.

El presente capítulo describe las especificaciones técnicas de los sistemas de energía y sus componentes, contemplando las características de alimentación ( 48VDC) que deberá ceñirse la empresa contratista.

                Los equipos de energía a suministrarse serán de alta calidad, armados en origen, cuya construcción deberá cumplir con las normas internacionales reconocidas para la alimentación de los equipos de telecomunicaciones. Deberá ser explícito en la oferta cuáles son las normas que cumplen los equipos a suministrarse.

                La empresa contratista deberá acreditar mediante, ser Representante Oficial, Distribuidor Autorizado para el Paraguay o Certificado de Autorización  del Fabricante, Representante o Distribuidor.

                Los sistemas de energía cotizados deberán cumplir con las exigencias necesarias para el buen funcionamiento de los equipos de comunicación y también con las especificaciones detalladas en este capítulo. Los bienes adquiridos contarán con una placa identificadora con el número y año de Contrato.

                La contratista deberá prever que todo el sistema de energía a suministrar deberá consistir en un equipo de rectificadores, sistema de supervisión, control y alarma, elementos de protección y maniobra y elementos para distribución y conexión necesarios para la alimentación de los consumidores.

                Los sistemas deben funcionar correctamente dentro de las condiciones eléctricas y ambientales estipuladas que se describe a continuación.

                Condiciones nominales de la red de alimentación de energía primaria:

* Tensión nominal (Vrms):               trifásica con neutro aterrado 3x380V, ±10 % y/o monofásica con tensión de 220V, ±10 %, (se permite rango diferente, con supervisión automática).

* Frecuencia:                                                  50 Hz, ± 2%.

                Rango de condiciones ambientales en los locales donde serán instalados los equipos:

*                              Temperatura ambiente:    0 a 45    ºC.

*                              Humedad relativa:              30 a 95  %.

                Los equipamientos del sistema de energía se suministrarán con componentes normalizados de acuerdo a los criterios que se establecen en este capítulo.

                Deberán contar con prestaciones de autodiagnóstico y autoexclusión de modo que ninguna falla en ella pueda causar daños a los equipos que se alimentan.

                Deberán poder instalarse y permanecer en funcionamiento en la misma sala que los equipos de comunicación existentes, sin provocar ningún tipo de interferencias y/o perturbaciones en los mismos.

 

 2.           CARACTERISTICA DEL SISTEMA DE ENERGIA.

                La tensión de corriente continua nominal que la planta de energía suministrará para la alimentación de los equipos, será de - 48 Voltios Nominales. El polo positivo estará conectado al potencial de tierra.

                Los sistemas de energía deberán estar dentro de un Rack y estar equipados de módulos rectificadores idénticos, cada uno de los cuales tendrá una corriente de salida mínima nominal de 36 Amperes o 1,73 KW de potencia.

                NO SE equiparán con baterías en este llamado pero si debe estar preparado la planta de energía para aguantar Banco de Batería de 100 a 150 AH.

 

3.            COMPONENTES Y CONSTRUCCION.

                Los  sistemas de energía estarán dispuestos en un (1) único bastidor vertical de pie o pared. Contendrá las siguientes divisiones o módulos:

1). Módulos rectificadores (dispositivos conversores de energía eléctrica alterna en energía eléctrica de corriente continua).

2). Módulos de supervisión del sistema de alimentación, incluida el sistema remoto de puerto Ethernet

3). Módulos de distribución de corriente continua.

4). Módulo de desconexión de batería 

5). Módulo de protección y supervisión de batería.

                El bastidor será protegido contra la eventual entrada de cuerpos sólidos superiores a 12 mm, desde cualquier parte (frente, fondo, costados y parte superior). 

En el caso de instalaciones internas los puntos del 1 al 5 deberán estar en un mismo bastidor.

 

4.            DIMENSIONAMIENTO.

                En la oferta se indicarán con detalle de los equipamientos ofertados, se deberá tener en cuenta las cantidades y capacidades indicadas en la planilla de suministro de bienes y servicios.

                Igualmente el consumo de corriente para recargar las baterías del sistema de alimentación a un 90 % de su capacidad, en un intervalo máximo de tiempo de 10 horas, suponiendo que previamente sufrió una descarga profunda hasta una tensión final de 1,70 voltios por celda o elemento.

                Al número de rectificadores indicado en la planilla se incluye un rectificador de redundancia. La cantidad total de rectificadores (incluyendo el redundante) deberá ser  conforme se indica en la planilla de suministro.

 

5.            OPERACION.

                Las baterías estarán conectadas en paralelo con la salida de tensión continua de los módulos rectificadores (desde ahora simplemente rectificadores), y como consecuencia también con los consumidores, de tal forma que a las fluctuaciones o ausencia de energía eléctrica de la red pública, las baterías puedan suministrar energía en forma ininterrumpida durante el período de respaldo para la cual fueron calculadas.

                Al retornar el suministro de corriente alterna de la red pública o del grupo electrógeno, el sistema de alimentación procederá a suministrar la corriente necesaria a los consumidores, así como la recarga en forma correcta al banco de baterías.

                Las transiciones entre una y otra fuente de energía (rectificadores y baterías) para los consumidores, serán tal que la tensión de alimentación de los mismos se mantendrá en todo instante dentro de los límites tolerables de correcto funcionamiento de los equipos de telecomunicaciones.

                Todos los consumidores se conectarán al sistema de alimentación a través de disyuntores termo magnéticos unipolares, fusibles NH o tipo cartucho en porta fusibles, accesibles desde el frente del equipo, ubicados en la parte frontal del bastidor, que se encontrarán en el módulo de distribución de corriente continua.

                Para las conexiones eléctricas a las baterías se preverán juegos de barras de fácil acceso dentro del equipo, para la conexión de los conductores. Estas barras estarán conectadas internamente a la salida de los rectificadores a través de fusibles tipo NH y/o Contactor de desconexión de baterías si lo tuviere.

                El Módulo de desconexión de batería será comandado por un circuito de protección y supervisión de batería.

                En el Módulo de supervisión de batería habrá disponibilidad de conectar hasta el doble de la cantidad de baterías de la oferta inicial, previéndose con esto mantener la autonomía de la entidad  agregando baterías, ante un posible crecimiento del equipo telefónico.

                Los juegos de barras, fusibles NH y Contactor de desconexión de baterías (si lo tuviere), estarán dimensionados cada uno para soportar la corriente total de salida que el sistema es capaz de suministrar en su grado máximo de expansión.

                Todos los rectificadores tendrán sus salidas de corriente continua conectadas  en paralelo, repartiendo la corriente total que exigen las cargas (consumidores y baterías), entre cada rectificador en idéntica cantidad de corriente en equilibrio.

 

6.            PRESTACIONES.

                Preferiblemente el sistema contará con la posibilidad de separar manualmente del sistema de cada uno de los rectificadores (o cada conjunto de rectificadores) y el o los bancos de baterías, sin sacar de servicio la planta de energía. Del mismo modo, se podrá conectar un rectificador (o conjunto de rectificadores) a un banco de baterías para proceder a darle una carga especial en forma separada del resto del sistema.

                El usuario del equipo podrá visualizar, a través de un instrumento con visor digital en el Módulo de supervisión del sistema de alimentación y/o en el Módulo de protección y supervisión de batería, el valor de la corriente al consumidor, la corriente a las baterías, la tensión del consumidor, la tensión de las baterías, así como el valor de tensión y corriente entregado por cada módulo rectificador.

               El sistema admitirá la posibilidad de programar el valor máximo de corriente hacia las baterías,  procedente de los rectificadores.

                En el Módulo de protección y supervisión de la batería, se deberá poder ajustar un valor de tensión de baterías por debajo del cual se desconectarán las mismas del consumidor mediante un Contactor. El mismo se reconectará  automáticamente al estar presente el suministro de corriente alterna y en un valor de tensión de baterías que también será posible programar.

                El sistema deberá tener protección contra sobretensiones transitorias que se presenten en la línea de alimentación de la red pública por motivos de descargas atmosféricas. Las mismas tendrán una tensión residual baja (menor a 500V).

                En el Módulo de supervisión del sistema de alimentación o en el Módulo de protección y supervisión de batería deberá existir un comando manual para que los rectificadores pasen al modo carga de ecualización de baterías.

                Este modo establecerá un valor pre ajustable como tensión de salida del sistema, de acuerdo a la recomendación del fabricante de las baterías.

 

7.            MODULO DE SUPERVISION DEL SISTEMA DE ALIMENTACION.

                El sistema de supervisión (Módulo de supervisión del sistema de alimentación) examinará continuamente los valores relevantes del sistema, controlará el reparto de corriente y la tensión de salida de los rectificadores en función de la temperatura de baterías, y generará alarmas en las distintas situaciones.

                     El Módulo de supervisión del sistema de alimentación deberá contar con instrumentos digitales con visor numérico, clase 2, apreciación 0,1V y 1A, para examinar los valores de tensión y corriente de consumidores y baterías respectivamente. Permitirá también la visualización de los valores de tensión y corrientes individuales de cada módulo rectificador.

                El Módulo de supervisión del sistema de alimentación enviará las alarmas que funcionarán de forma independiente y que llegara a través del cableado instalado hasta el sistema de redes existente en cada uno de los siguientes casos:

Alarma Nº 1:        Cuando se produzca un corte del suministro de la red pública.

Alarma Nº 2:        Cuando suceda una de las dos situaciones siguientes:

a)            Si la tensión de las baterías está por debajo de 2.10 V por celda o elemento en valor absoluto (rango ajustable desde 2.00 a 2.9 V por elemento de batería).

b)            Cuando se detecte una corriente  mayor a 5 A. suministrándose por parte de las baterías.

Alarma Nº 3:        Cuando  suceda cualquiera de las siguientes situaciones:

a)            Falla de un rectificador.

b)            Quema de cualquier fusible.

c)            Apertura de un disyuntor o fusible del sistema de alimentación.

d)            Cuando la tensión continua de salida sobrepase los 2.40 V por elemento de batería en valor absoluto (rango que será ajustable de 2.30 a2.50 V por elemento de batería).

                Además los rectificadores deberán ser gestionados remotamente mediante conexión Ethernet LAN/WAN, permitiendo su configuración, monitoreo y gestión de todo el equipamiento, ofreciendo las siguientes características mínimas:

  • Monitoreo:
    • Estado de los módulos rectificadores
    • Estado de las baterías (voltaje, corriente, autonomía, falla, corto circuito, etc.)
    • Temperatura del sistema
    • El voltaje AC de entrada
    • El voltaje DC de salida
    • Corriente de carga de las baterías
    • Enviar notificaciones en caso de eventos  (Ej.: vía mail, sms, etc.)
  • Auditoria
    • Debe ser capaz de llevar un historial de todas las alarmas presentadas,
    • Log de trabajos realizados
    • Respaldo de configuraciones
  • Gestión
    • Vía web browser para gestión local y remota
    • TCP/IP
    • SNMP (En caso que la oferta resultara ganadora, el Oferente adjudicado deberá especificar dentro de su PID (Proyecto de Ingeniería de Detalle) los OID (Object Identifier) para obtener las variables medibles del sistema rectificador, a fin de que COPACO S.A. puede utilizarlo para su sistema de gestión global (Ej.: Voltaje, corriente, temperatura, estado de batería, etc.)

                

8.            DOCUMENTACIONES TECNICAS.

                La Contratista deberá presentar adjunto a su oferta, la documentación técnica completa (especificaciones, manuales de instalación, operación y mantenimiento, todos en idioma español) de los sistemas propuestos en  2 (dos) juegos impresos y uno en medio magnético.

                La Contratista deberá suministrar todos los elementos que aunque no estén especificados en este capítulo, sean necesarios para el correcto funcionamiento e instalación de los equipos.

9.            RECTIFICADORES.

                Serán los responsables de suministrar tensión y corriente continua CC de salida, de forma regulada y estabilizada tanto a los consumidores como a las baterías.

                En el suministro de los rectificadores se deben considerar una configuración redundante del tipo N+1; en donde (N) es igual a la suma de la corriente de todos los consumidores más la corriente de carga de las baterías en 10 Horas; o en su defecto la capacidad indicada por COPACO S.A. en la planilla de suministro.

9.1.      TECNOLOGIA.

                Serán de última tecnología, del tipo conmutado en rangos de frecuencias no audibles (high frecuency switching power supply) y microprocesadores. Además deberá estar incluido el Software de configuración del equipo ofertado.

                Los módulos serán de fácil y rápida instalación, retiro o sustitución en el bastidor del sistema de alimentación (intercambiable en caliente), sin necesidad de ninguna clase de corte de suministro hacia el consumidor. De lo anterior se desprende que cada rectificador debe ser fácilmente manejable por un operario.

                Deberán trabajar cada uno de ellos en forma autónoma e independiente, aún en el caso de mal funcionamiento o salida de servicio del Módulo de supervisión del sistema de alimentación, y su tensión de salida habitual será del valor especificado en el ítem 9.2 como Vf.

                A efectos de no perturbar la red de C.A., al ser conectado a la misma, el rectificador arrancará en forma lenta y progresiva hasta alcanzar la condición de carga demandada.

                En caso de accionarse el comando manual de paso a carga de ecualización, la tensión total de los rectificadores se elevará al valor especificado en el ítem 9.2.

                En caso de avería de un rectificador, los rectificadores no averiados deben asumir la carga total, manteniendo la corriente de carga de los consumidores y baterías en los mismos valores anteriores al instante de la avería.

                Deberán poder regular la tensión de salida en función de la temperatura según los datos del fabricante de las baterías. Esta función será comandada por el Módulo de supervisión del sistema de alimentación.

                Se deberá especificar la corriente nominal de salida de los rectificadores (In).

 9.2.        ESPECIFICACIONES ELECTRICAS (CADA RECTIFICADOR):           SISTEMA 48 VCC

SALIDA (LOS VALORES DE TENSIÓN ESTÁN EN VALOR ABSOLUTO)

Tensión de salida nominal (Vn) según el caso....                                                      48 Vcc  

Limitación de corriente (ajuste).........................                                                        50 a 100 % In

Limitación de corriente trabajando en carga normal......                                          5 a 100 % In

Ajuste manual de tensión de flotación (Vf).........                                                     52.0 a 56.0 Vcc

Ajuste manual de tensión de carga de ecualización....                                            54.0 a 60.0 Vcc

Regulación estática de Vf............................                                                               +/-1%    

RUIDOS:

Psofométrico.......................................                                                                      <2 mV  (CCITT A)

Pico a Pico......................................................                                                           < 200 mV        

Eficiencia en condiciones nominales....................                                                       >90 %             

Eficiencia al 50% de In.........................................                                                          >80 %             

MTBF...................................................................                                                               >100000 hs   

Protección a la salida.....................................                                                 fusible o disyuntor    

ENTRADA

Factor de potencia en todo punto de funcionamiento                                                              > 0.90

Armónicos en la corriente                                                                                                              Según IEC 1000-3 Sección 2

Ruido:    Bajo ruido ambiental                                                                                        < 35dB (A), 1 m

                Cuando el margen de la tensión de red escape del margen especificado previamente de Vrms +/- 10% el rectificador se bloqueará (autoexclusión)  y cuando el suministro de la tensión de red vuelva a los márgenes especificados, los rectificadores entrarán en funcionamiento en forma automática sin necesidad de intervención alguna de un medio exterior a la planta de energía.

                Deberá existir histéresis entre los valores en que se desconecta el rectificador por alta tensión de la red, y en el que se reconecta al bajar el nivel de tensión de la misma. Idénticamente debe suceder entre los valores en que se desconecta y reconecta por baja tensión de la red.

                Todas las unidades del mismo tipo serán de igual capacidad, tamaño y modelo, y con posibilidad de crecimiento modular.

                Los rectificadores deberán permitir la selección en forma individual del tipo de alimentación que recibirán, ya sea de la red comercial o la de emergencia. Si se selecciona solamente la red comercial, el rectificador quedará fuera de servicio ante la falla de red durante el lapso de tiempo que dure ésta, al volver la energía comercial asumirá de nuevo la carga. Los demás rectificadores entraran en servicio ya sea con la red de emergencia.

                En el caso de que el sistema ofertado admita una señal externa de falta de red, que permita inhibir el funcionamiento de rectificadores elegidos a voluntad, se admitirá una única alimentación, en cuyo caso también se deberán incluir disyuntores termo magnéticos individuales. La Contratista deberá implementar lo necesario para el uso de esta opción (instalación de relé auxiliar, etc.)

9.3.         INSTRUMENTACION, MANDOS E INDICADORES.

                Cada rectificador deberá contar con la posibilidad de realizar mediciones de tensión y corriente de salida, además de los bancos de baterías y otros parámetros indicadores. También contará con mando individual de paso a carga de igualación, así como leds indicadores de:

a).           Equipo energizado.

b).           Funcionamiento normal

c).           Rectificador en falla.

 

10.          DISTRIBUCION DE CORRIENTE CONTINUA.

         Deberá incluir el equipo un tablero o Gabinete de Distribución de corriente continua. En éste, además de los fusibles o interruptores que sean necesarios para proteger las líneas de alimentación, se agregarán dos interruptores o fusibles de salida para eventualmente alimentar  los convertidores y en todos los casos dos (2) interruptor de 30 amperes, dos (2) interruptor de 20 amperes y dos (2) de 10 Amperes en 48V, totalizando 6 interruptores como reserva.

 

11.          RECEPCION DEL SISTEMA DE ALIMENTACION.

                Previo a que COPACO S.A. asuma la operación y el mantenimiento de los sistemas de energía, se procederá a verificar el correcto estado de funcionamiento y mantenimiento del mismo. Se aceptará el normal desgaste de los equipos por su uso correcto desde su puesta en servicio.

                Los componentes de los sistemas de energía y accesorios deteriorados dentro del periodo de garantía, por causas atribuibles a fabricación o defectos de montaje e instalación, deberán ser sustituidos por materiales nuevos sin ningún costo adicional para COPACO S.A.

                El periodo de garantía es de doce (12) meses contados desde la fecha de la Recepción Técnica Provisoria de los equipos.

 

12.       GARANTIA.

                El Contratista debe garantizar el correcto funcionamiento de los equipos suministrados y de los trabajos realizados por un período de doce (12) meses contados a partir de la fecha de la firma del Acta de Recepción Técnica Provisoria de los equipos por parte de COPACO S. A.-

Esto significa que en caso de que debido a errores de diseño y/o insuficiencia calidad de materiales y componentes se produzcan averías durante el período de garantía, mudanza de las características eléctricas especificadas o modificación del aspecto de los materiales y componentes, el Contratista debe modificar, reparar y/o reemplazar estos equipos en el lugar en donde están instalados, a fin de subsanar en forma definitiva las causas que originaron las averías. Dichas modificaciones, reparaciones y/o reemplazo deberán realizarse en un tiempo no mayor a 10 días hábiles, a partir del momento de recibir el contratista el reclamo correspondiente, corriendo por cuenta de éste los gastos de dicho procedimiento.-

Identificación de la unidad solicitante y justificaciones

  • Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Ing. José Alvarez, Jefe División Energía y Grupo Electrógeno; TSE Víctor Rodríguez, Jefe Departamento Energía y Climatización; Ing. Gilberto Rivas, Gerente Técnico.
  • Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: La solicitud obedece a la necesidad de adquirir estos Equipos Rectificadores que son Fuente de Alimentación, que sirven para dar inicio óptimo de funcionalidad y respaldo a todo el Sistema de Telecomunicaciones de nuestra Compañía COPACO S.A., tomando en consideración que es necesario para el mantenimiento Preventivo y Correctivo de todos los equipos que necesitan la alimentación -48VDC, y acompañar las ampliaciones de los servicios que brinda la Compañía COPACO S.A. en todo el territorio Nacional.
  • Justificar la planificación: La planificación para la adquisición de dichos bienes es temporal, atendiendo que el sistema de energía es el conjunto de elementos cuya función es proveer energía eléctrica necesaria para la alimentación en forma ininterrumpida de los equipamientos que componen el sistema de telecomunicación de COPACO S.A.
  • Justificar las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas fueron elaboradas por el área solicitante, basándose en las necesidades descritas en las mismas.

Plan de entrega de los bienes

La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación: 

ITEM

PRODUCTO

CANT.

UNIDAD DE MEDIDA

LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES

FECHA FINAL DE ENTREGA DE LOS BIENES

1

-Gabinete porta módulo como mínimo 03 (tres) slot con Unidad AC, y Unidad de Distribución de Corriente Continua para 120A.

-Incluyendo 03 (tres) Módulos Rectificadores                                                                             de -48VCC 36 A como mínimo y 01 (un)  Módulo del Sistema de Supervisión, Control y Alarma remota; los mismos deberán contar con un total de 8 (ocho) llaves termo magnéticas:

- 1 (uno) para corte general, con sus respectivos descargadores de mínimo 40 KA para fase y neutro protección total del Sistema modular ante eventuales sobrecargas y/o corto circuitos.

- 6 (seis) llaves termo magnéticas para alimentación de los consumidores en corriente continua las cuales serían de 2 de 30A, 2 de  20A y 2 de 10A.

28

UNIDAD

División Almacenes y Suministros Isla Bogado Luque. De Lunes a Viernes de 08:00 a 15:00 hs.

120 (ciento veinte) días contados a partir del día siguiente a la fecha de la firma del Contrato

Planos y diseños

Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:

No aplica

Embalajes y documentos

El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:

La Contratista deberá presentar adjunto a su oferta, la documentación técnica completa (especificaciones, manuales de instalación, operación y mantenimiento, todos en idioma español) de los sistemas propuestos en  2 (dos) juegos impresos y uno en medio magnético.

1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.

2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

                PRUEBAS DE LOS SISTEMAS DE ENERGIA.

                Se realizará en conjunto por parte de COPACO S.A. y la Contratista, pruebas de cumplimiento de las condiciones de funcionamiento de los equipos de energía, y de todas las funciones especificadas en las Especificaciones Técnicas.

                Estas pruebas no eximirán a la Contratista de los daños que los equipos de energía suministrados puedan sufrir por falla propia, ni de los daños que puedan ocasionar en otros equipos del suministro, ni en terceros.

                Estas pruebas son a los efectos de verificar el funcionamiento, recepciones, pagos y aplicación de multas, no entendiéndose por ellas la caducación de cualquiera de las exigencias de este pliego en cuanto al cumplimiento de los suministros y garantías.

                Los elementos que no cumplan con este ensayo serán rechazados y deberán ser sustituidos por la Contratista sin cargo para COPACO S. A. Estas pruebas serán efectuadas como mínimo con una semana previa a la entrada en servicio del equipo, y la Contratista avisará a COPACO S.A. el momento en que podrá hacerse las pruebas las mismas con por lo menos 5 días de antelación a la fecha prevista.

                Para esto, la Contratista dispondrá de un técnico especializado y con experiencia en los temas de plantas de energía.  La Contratista presentará el curriculum del técnico respectivo, luego de la adjudicación.

                En caso de que el curriculum o la actuación posterior del técnico no sean satisfactorias para los intereses de COPACO S.A., esta se reserva el derecho de exigir la sustitución del mismo.

                Para efectuar las verificaciones y pruebas de funcionamientos de los Rectificadores, se utilizará un PROTOCOLO DE PRUEBAS que será elaborado por la Contratista y sometidos a *REVISION* y APROBACION de COPACO S. A., previo a la realización de las mismas. COPACO S. A. estará facultado a agregar ítem de mediciones y pruebas en el PROTOCOLO que a su criterio cree necesario.

                Será responsabilidad de la Contratista proveer todos los instrumentos para las pruebas de los sistemas de energía (amperímetros de C.A. y C.C., resistencia de descarga para las pruebas de capacidad de las baterías, Multímetro, osciloscopio, etc.).

                Las pruebas se considerarán finalizadas cuando la planta de energía cumpla sus funciones sin la más mínima anomalía.

                Cada planta de energía se aprobará cuando durante las respectivas pruebas no se detecten anomalías tales que, a juicio de COPACO S.A., puedan poner en peligro el servicio de telefonía, su autonomía o la propia planta de energía.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Indicadores de Cumplimiento

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:

Una vez concluida la entrega total de los suministros adquiridos conforme al Plan de entregas, EL PROVEEDOR deberá comunicar por escrito a LA CONTRATANTE y solicitar el Acta de Recepción Técnica Provisoria.-

Dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a dicha solicitud, LA CONTRATANTE deberá realizar las verificaciones técnicas de los suministros y si los mismos se ajustan a las Especificaciones Técnicas y
demás documentos del Contrato, se emitirá el Protocolo de Pruebas Técnicas a ser suscripto por el fiscal responsable y EL PROVEEDOR, el cual servirá de base para la emisión del Acta de Recepción Técnica
Provisoria por parte de la Gerencia Técnica.-

Una vez completada la entrega, luego de 12 (doce) meses de haberse emitido el Acta de Recepción Técnica Provisoria y toda vez que no exista ningún punto pendiente, LA CONTRATANTE emitirá el Acta de Recepción Técnica Definitiva del suministro, a solicitud del  PROVEEDOR.-
En caso que EL PROVEEDOR, no solicite el Acta de Recepción Técnica Definitiva, LA CONTRATANTE solicitará por única vez, la presentación de la misma en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles, posteriormente se reserva el derecho de emitirlo de oficio.

Planificación de indicadores de cumplimiento:

El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: ACTA DE RECEPCIÓN TÉCNICA PROVISORIA Y ACTA DE RECEPCIÓN TÉCNICA DEFINITIVA.

INDICADOR

TIPO

FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC)

CONTRATO

ACTA DE RECEPCIÓN TÉCNICA PROVISORIA

Dentro de los 5(Cinco) días siguientes a la solicitud presentada por el Proveedor se elaborara el protocolo a ser suscripto por el Fiscal responsable y el Proveedor, el cual servirá de base para la emisión del Acta de Recepción Técnica Provisoria 

CONTRATO

ACTA DE RECEPCIÓN TÉCNICA DEFINITIVA 

Luego de 12 meses de haberse realizado la recepción técnica provisoria

 

Criterios de Adjudicación

La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.

1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.

2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.

3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.

En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.

Notificaciones

La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:

1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.

2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.

3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.

4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.

5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.

 

Audiencia Informativa

Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.

La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.

La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.

La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.

Documentación requerida para la firma del contrato

Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.

 

  1. Personas Físicas / Jurídicas
  • Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos;
  • Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social;
  • Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS;
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación;
  • Certificado de cumplimiento tributario vigente a la firma del contrato.

       2. Documentos. Consorcios

  • Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes.
  • Original o fotocopia del consorcio constituido.
  • Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio.
  • En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación.