Consulta 4:
El PBC en su página 22/158 en la Sección Capacidad Técnica Item 3 Listado de: en su punto 6; reza:
Centros asistenciales en Asunción (Nivel 3 mínimo cuatro, Nivel 2 mínimo tres) según categorización de la Superintendencia de Salud. Uno de los Sanatorios nivel 3 de la Capital debe contar con el Equipo de resonancia magnética las 24 horas, con certificación de equipo en funcionamiento comprobada a través de su ficha técnica
Solicitamos modificar conforme al siguiente término:
Centros asistenciales en Asunción (Nivel 3 mínimo cuatro, Nivel 2 mínimo tres) según categorización de la Superintendencia de Salud. Uno de los Sanatorios nivel 3 de la Capital debe contar con servicio de resonancia magnética las 24 horas, con certificación de equipo en funcionamiento comprobada a través de su ficha técnica y/o constancia de funcionamiento, cuyo servicio de resonancia, puede ser brindado por el sanatorio Nivel 3, dentro o fuera del predio del mismo, mediante servicio tercerizado fuera del establecimiento, a través de centros de imágenes especializados, para lo cual deberán presentar contrato con dichos centros especializados en imágenes
El motivo de esta solicitud obedece, a que la única prestadora que podría brindar un servicio de resonador propio como menciona el requerimiento de capacidad técnica son los sanatorios Britanico y Migone en Asunción, ambos sanatorios tiene su propia empresa de medicina prepaga, por lo cual esto LIMITA Y EXCLUYE la participación de otros oferentes que podrían brindar igual o MEJOR cobertura en este servicio a través de servicios TERCERIZADOS ESPECIALIZADOS Y CON TECNOLOGIA ACTUALIZADA, teniendo en cuenta lo expuesto solicitamos se modifique o excluya este item que DIRECCIONA EL PLIEGO HACIA ACTUAL PRESTADORA.
El PBC en su página 22/158 en la Sección Capacidad Técnica Item 3 Listado de: en su punto 6; reza:
Centros asistenciales en Asunción (Nivel 3 mínimo cuatro, Nivel 2 mínimo tres) según categorización de la Superintendencia de Salud. Uno de los Sanatorios nivel 3 de la Capital debe contar con el Equipo de resonancia magnética las 24 horas, con certificación de equipo en funcionamiento comprobada a través de su ficha técnica
Solicitamos modificar conforme al siguiente término:
Centros asistenciales en Asunción (Nivel 3 mínimo cuatro, Nivel 2 mínimo tres) según categorización de la Superintendencia de Salud. Uno de los Sanatorios nivel 3 de la Capital debe contar con servicio de resonancia magnética las 24 horas, con certificación de equipo en funcionamiento comprobada a través de su ficha técnica y/o constancia de funcionamiento, cuyo servicio de resonancia, puede ser brindado por el sanatorio Nivel 3, dentro o fuera del predio del mismo, mediante servicio tercerizado fuera del establecimiento, a través de centros de imágenes especializados, para lo cual deberán presentar contrato con dichos centros especializados en imágenes
El motivo de esta solicitud obedece, a que la única prestadora que podría brindar un servicio de resonador propio como menciona el requerimiento de capacidad técnica son los sanatorios Britanico y Migone en Asunción, ambos sanatorios tiene su propia empresa de medicina prepaga, por lo cual esto LIMITA Y EXCLUYE la participación de otros oferentes que podrían brindar igual o MEJOR cobertura en este servicio a través de servicios TERCERIZADOS ESPECIALIZADOS Y CON TECNOLOGIA ACTUALIZADA, teniendo en cuenta lo expuesto solicitamos se modifique o excluya este item que DIRECCIONA EL PLIEGO HACIA ACTUAL PRESTADORA.
Debe ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones considerando que es imperativo que por lo menos un Sanatorio de los ofertados cuente con el Equipo de resonancia magnética para garantizar la atención rápida, en caso de urgencia, ya que no es lo mismo que el equipo se encuentre fuera del sanatorio ya que eso implicaría el traslado del paciente, fundamentalmente es imprescindible para las lesiones traumáticas de consideración que puede conllevar secuelas irreversibles. Cabe mencionar que además de los Sanatorios Británico y Migone, los Sanatorios La Costa y Santa Julia también cuentan con dicho equipo y que los Sanatorios Británico y Migone tienen convenios con varias empresas de medicina prepaga tales como SIME, PROMED, REYVA, Salud Protegida, Plan Médico Francés Samaja, quienes en otras licitaciones públicas ofrecieron el servicio.
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CONSULTA 5
Consulta 5:
En concordancia a lo solicitado en la consulta 3; solicitamos el ajuste de los términos expuestos en el item de Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica que citado en su:
ITEM 3 Listado de: en el punto 4 debe quedar redactado de la siguiente forma:
Punto 4 Centros ESPECIALIZADOS y/o Centros asistenciales con pabellón/área pediátrica para CONSULTAS, URGENCIAS y/o PROCEDIMIENTOS y/o INTERNACION. (mínimo dos) uno de ellos con terapia intensiva habilitada.
ITEM 9
Constancia que uno de los Sanatorios nivel 3 de la Capital CUENTA CON Equipo de resonancia magnética las 24 horas PROPIO O CON SERVICIO TERCERIZADO DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD.
Consulta 5:
En concordancia a lo solicitado en la consulta 3; solicitamos el ajuste de los términos expuestos en el item de Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica que citado en su:
ITEM 3 Listado de: en el punto 4 debe quedar redactado de la siguiente forma:
Punto 4 Centros ESPECIALIZADOS y/o Centros asistenciales con pabellón/área pediátrica para CONSULTAS, URGENCIAS y/o PROCEDIMIENTOS y/o INTERNACION. (mínimo dos) uno de ellos con terapia intensiva habilitada.
ITEM 9
Constancia que uno de los Sanatorios nivel 3 de la Capital CUENTA CON Equipo de resonancia magnética las 24 horas PROPIO O CON SERVICIO TERCERIZADO DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD.
Debe ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones por las razones expuestas en las Respuestas precedentes.
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CONSULTA 6
Consulta 6:
Solicitamos el ajuste de los términos expuestos en la página 33/158 CENTROS ASISTENCIALES EN ASUNCIÓN párrafo 1 donde dice:
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, urgencias y de emergencias, 24 horas, en Asunción. El Contratista deberá habilitar como mínimo 7 (siete) centros asistenciales en Asunción, de los cuales, como mínimo 4 (cuatro) deben ser del Nivel 3 y 3 (tres) del Nivel 2 según la categorización de la Superintendencia de Salud(uno de los Sanatorios nivel 3 de la Capital debe contar con el Equipo de resonancia magnética las 24 horas, con certificación de equipo en funcionamiento comprobada a través de su ficha técnica).
Debe decir:
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, urgencias y de emergencias, 24 horas, en Asunción. El Contratista deberá habilitar como mínimo 7 (siete) centros asistenciales en Asunción, de los cuales, como mínimo 4 (cuatro) deben ser del Nivel 3 y 3 (tres) del Nivel 2 según la categorización de la Superintendencia de Salud Uno de los Sanatorios nivel 3 de la Capital CUENTA CON Equipo de resonancia magnética las 24 horas PROPIO O CON SERVICIO TERCERIZADO DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD.
Y en el párrafo 4 donde dice:
Además deberá contar con dos centros especializados en pediatría y un Centro o Sanatorio especializado en Traumatología para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación
Debe decir:
Además deberá contar con dos centros especializados en pediatría y/o centros asistenciales con pabellón/área pediátrica y un Centro o Sanatorio especializado en Traumatología para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación
El motivo de esta solicitud obedece, a fin de que sean tenidas en cuenta las capacidades de los diversos sanatorios a ser ofertados (CMB, ITALIANO, que cuentan con reconocida trayectoria en el parea pediátrica), y, que no necesariamente solo puede el también reconocido Instituto Privado del Niño
Solicitamos el ajuste de los términos expuestos en la página 33/158 CENTROS ASISTENCIALES EN ASUNCIÓN párrafo 1 donde dice:
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, urgencias y de emergencias, 24 horas, en Asunción. El Contratista deberá habilitar como mínimo 7 (siete) centros asistenciales en Asunción, de los cuales, como mínimo 4 (cuatro) deben ser del Nivel 3 y 3 (tres) del Nivel 2 según la categorización de la Superintendencia de Salud(uno de los Sanatorios nivel 3 de la Capital debe contar con el Equipo de resonancia magnética las 24 horas, con certificación de equipo en funcionamiento comprobada a través de su ficha técnica).
Debe decir:
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, urgencias y de emergencias, 24 horas, en Asunción. El Contratista deberá habilitar como mínimo 7 (siete) centros asistenciales en Asunción, de los cuales, como mínimo 4 (cuatro) deben ser del Nivel 3 y 3 (tres) del Nivel 2 según la categorización de la Superintendencia de Salud Uno de los Sanatorios nivel 3 de la Capital CUENTA CON Equipo de resonancia magnética las 24 horas PROPIO O CON SERVICIO TERCERIZADO DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO DE SALUD.
Y en el párrafo 4 donde dice:
Además deberá contar con dos centros especializados en pediatría y un Centro o Sanatorio especializado en Traumatología para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación
Debe decir:
Además deberá contar con dos centros especializados en pediatría y/o centros asistenciales con pabellón/área pediátrica y un Centro o Sanatorio especializado en Traumatología para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación
El motivo de esta solicitud obedece, a fin de que sean tenidas en cuenta las capacidades de los diversos sanatorios a ser ofertados (CMB, ITALIANO, que cuentan con reconocida trayectoria en el parea pediátrica), y, que no necesariamente solo puede el también reconocido Instituto Privado del Niño
Debe ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones por las razones expuestas en las Respuestas precedentes.
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CONSULTA 7
Consulta 7:
Solicitamos el ajuste de los términos expuestos en la página 34/158 OTRAS CONSIDERACIONES párrafo 2 donde dice:
Deberá contar con dos centros especializados en pediatría, uno de ellos con terapia intensiva habilitada, y un Centro o Sanatorio especializado en Traumatología para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación
Debe decir:
Deberá contar con dos centros especializados en pediatría y/o centros asistenciales con pabellón/área pediátrica y un Centro o Sanatorio especializado en Traumatología para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación
El motivo de esta solicitud obedece, a fin de que sean tenidas en cuenta las capacidades de los diversos sanatorios a ser ofertados (CMB, ITALIANO, que cuentan con reconocida trayectoria en el parea pediátrica), y, que no necesariamente solo puede el también reconocido Instituto Privado del Niño
Solicitamos el ajuste de los términos expuestos en la página 34/158 OTRAS CONSIDERACIONES párrafo 2 donde dice:
Deberá contar con dos centros especializados en pediatría, uno de ellos con terapia intensiva habilitada, y un Centro o Sanatorio especializado en Traumatología para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación
Debe decir:
Deberá contar con dos centros especializados en pediatría y/o centros asistenciales con pabellón/área pediátrica y un Centro o Sanatorio especializado en Traumatología para consultas, cirugías, estudios, tratamientos, urgencias que debe contar con quirófanos, arco en C y servicio de internación
El motivo de esta solicitud obedece, a fin de que sean tenidas en cuenta las capacidades de los diversos sanatorios a ser ofertados (CMB, ITALIANO, que cuentan con reconocida trayectoria en el parea pediátrica), y, que no necesariamente solo puede el también reconocido Instituto Privado del Niño
Hay partes del Pliego de Bases y Condiciones que son estándares para provisión de bienes y/o prestación de servicios y que no se pueden modificar, sin embargo, está claro que el objeto del llamado es la PRESTACIÓN DE SERVICIO MÉDICO Y SANATORIAL INTEGRAL.
17
Beneficiarios Directos.
como se conforma el grupo familiar en caso que funcionarios de la misma institucion convocante esten casados entre sì?
Cada Titular, en el caso de estarcasado con otro funcionario dentro de la misma institución, deberá ser tratado como titular soltero, entiéndase que cada uno podrá contar con sus beneficiarios directos y beneficiarios adherentes conforme a los parámetros establecidos en las Especificaciones Técnicas.
18
Especialidades.
se listan entre las especialidades MONITOREO CARDIOLOGICO INTRAOPERATORIO no siendo esta una especialidad médica, favor corregir que se trata de cobertura para el mencionado servicio.
se listan entre las especialidades MONITOREO CARDIOLOGICO INTRAOPERATORIO no siendo esta una especialidad médica, favor corregir que se trata de cobertura para el mencionado servicio.
El Monitoreo Cardiológico Intraoperatorio es una cobertura, por tanto se interpretara como tal
19
Cobertura COVID-19:
Estudios laboratoriales, de imágenes y diagnósticos, para titulares, grupo familiar y adherentes, cuales serian los limites de cobertura para estos servicios?
Estudios laboratoriales, de imágenes y diagnósticos, para titulares, grupo familiar y adherentes, cuales serian los limites de cobertura para estos servicios?
Los límites serán según lo establecido en el contrato para estudios laboratoriales, de imágenes y diagnósticos
20
Porcentaje de multas.
establece, La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado. En el presente llamado no aplica la entrega de bienes, es prestacion de servicios, favor aclarar.
establece, La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado. En el presente llamado no aplica la entrega de bienes, es prestacion de servicios, favor aclarar.
Este apartado del pliego no puede ser modificado, siendo una disposición estándar de la DNCP y corresponde a la provisión de bienes y/o prestación de servicios, y se aplica de igual manera a ambos.