El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
1.1. Lista de Bienes
ITEM |
DESCRIPCIÓN |
UNIDAD DE MEDIDA |
CANTIDAD |
COD. CATÁLOGO |
1 |
Módulo TN13LSX 10Gbit/s Wavelength Conversion Unit. |
unidad |
8 |
43221807-004 |
2 |
Módulo TN12OAU100 Optical Amplifying Unit. |
unidad |
6 |
43221801-001 |
3 |
Módulo TN12OAU101 Optical Amplifying Unit |
unidad |
6 |
43221801-001 |
4 |
Módulo TN12OBU103 Optical Booster Unit |
unidad |
6 |
43221801-001 |
5 |
Módulo TN12OBU104 Optical Booster Unit |
unidad |
6 |
43221801-001 |
6 |
Módulo DCU 60 Km Dispersion compensation unit |
unidad |
6 |
43221807-003 |
7 |
Módulo TN52SCC01 system control and communication unit |
unidad |
6 |
43221807-001 |
1.2. Los bienes a ser adquiridos deben cumplir con las siguientes especificaciones:
1.2.1 Módulo TN13LSX de 10Gbit/s:
1.2.1.1 Debe ser compatible con el equipamiento DWDM existente Optix OSN 6800 Huawei.
1.2.1.2 La unidad óptica transponder, debe poseer por lo menos un canal de 10 Gbit/s y convertirlas a señales de OTU2 o de OTU2e dentro de la banda C de canalización para los equipos DWDM que se conforman con recomendaciones de ITU-T. La salida OTU debe ser sintonizable.
1.2.1.3 El módulo debe poseer un alcance de 10 Km con entrada multirate de 10 Gbit/s para tener acceso a las OC-192, STM-64 ,10GE LAN, 10GE WAN, FC1200 y OTU 2.
1.2.1.4 La potencia máxima media emitida debe ser de: +2dBm.
1.2.1.5 La potencia mínima media emitida debe ser de: -3dBm.
1.2.1.6 Deberá soportar tolerancia a la dispersión: 800ps/nm.
1.2.1.7 Para el lado DWDM el tipo de conector debe ser LC/UPC.
1.2.1.8 El módulo LSX ofertado debe soportar codificación / decodificación FEC y AFEC (Forward Error Correction y Adaptive Forward Error Correction)
1.2.1.9 Módulo SFP (Small Form-Factor Pluggable) 10 Gbps Óptico:
1.2.1.9.1 Debe ser proveído una unidad por cada Módulo TN13LSX de 10Gbit/s.
1.2.1.9.2 Debe ser compatible con el transponder LSX, con entrada y salida óptica para conectores del tipo LC/UPC, para enlaces con distancias igual o mayor a 10 Km.
1.2.1.9.3 Deben cumplir los estándares ITU-T G.707 y G.957, para ventanas de 1310nm.
1.2.1.9.4 Los niveles de transmisión de -6 a -1 dBm y sensibilidad de recepción de -14 dBm al menos.
1.2.2. Módulo TN12OAU100 - Optical Amplifying Unit
1.2.2.1 Debe ser compatible con el equipamiento DWDM existente Optix OSN 6800 Huawei.
1.2.2.2 Rango de ganancia nominal dentro de la banda C(ITU-T G.694.1): 16dB a 25,5dB.
1.2.2.3 Potencia máxima de salida óptica: 18dBm.
1.2.2.4 Ganancia ajustable con una precisión de 1dB.
1.2.3. Módulo TN12OAU101 - Optical Amplifying Unit
1.2.3.1 Debe ser compatible con el equipamiento DWDM existente Optix OSN 6800 Huawei.
1.2.3.2 Rango de ganancia nominal dentro de la banda C(ITU-T G.694.1): 20dB a 31dB.
1.2.3.3 Potencia máxima de salida óptica: 20dBm.
1.2.3.4 Capacidad de ajuste de Ganancia con una precisión de 1dB.
1.2.4. Módulo TN12OBU103 - Optical Booster Unit
1.2.4.1 Debe ser compatible con el equipamiento DWDM existente Optix OSN 6800 Huawei.
1.2.4.2 Potencia de ganancia nominal dentro de la banda C(ITU-T G.694.1): 23dB.
1.2.4.3 Potencia máxima de salida óptica: 20dBm.
1.2.4.4 Capacidad de ajuste de Ganancia con una precisión de 1dB.
1.2.5. Módulo TN12OBU104 - Optical Booster Unit
1.2.5.1 Debe ser compatible con el equipamiento DWDM existente Optix OSN 6800 Huawei.
1.2.5.2 Potencia de ganancia nominal dentro de la banda C(ITU-T G.694.1): 17dB.
1.2.5.3 Potencia máxima de salida óptica: 16dBm.
1.2.5.4 Capacidad de ajuste de Ganancia con una precisión de 1dB.
1.2.6. Módulo DCU - Dispersion Compensation Unit
1.2.6.1 Debe ser compatible con el equipamiento DWDM existente Optix OSN 6800 Huawei.
1.2.6.2 Compensación de dispersión cromática para distancias de 60 km - DCM (C).
1.2.6.3 Rango de operaciones para longitudes de onda correspondientes a la banda C(ITU-T G.694.1): 1525 ~ 1568 nm
1.2.6.4 Compensación de dispersión para fibras G.652
1.2.6.5 Máxima Perdida por Inserción: 6.3 dB.
1.2.6.6 Dispersión del modo de polarización: 0,6 ps.
1.2.6.7 Potencia máxima permitida: 20 dBm
1.2.7 Módulo TN52SCC01 - System Control and Communication Unit
1.2.7.1 Debe ser compatible con el equipamiento DWDM existente Optix OSN 6800 Huawei.
1.2.7.2 El módulo debe ser capaz de ser utilizado como unidad de Gestión y Comunicación de los equipos Optix OSN6800 Huawei de la red de COPACO S.A.
1.2.7.3 Debe ser capaz de garantizar la comunicación entre las placas instaladas en los chasis de los equipos Optix OSN6800 Huawei y de estos con el sistema de Gestión Centralizada U2000.
1.2.7.4 Debe permitir la conexión en cascada entre los subracks de los equipos Optix OSN6800.
1.2.7.5 Debe garantizar la operación del reloj de sincronismo de la red.
1.2.7.6 Debe controlar y administrar la fuente de alimentación de respaldo del chasis OSN6800.
1.2.7.8 Debe ser compatible para operar en los slots 17 y/o 18 de los diferentes subracks de los equipos Optix OSN6800 Huawei.
1.3. Garantía de funcionamiento
1.3.1 El Oferente debe garantizar el reemplazo inmediato y a su costo, cualquier equipo o material que no cumpla con lo especificado en los documentos del contrato.
Nombre |
Cargo |
Dependencia |
Ing. Mathias Weiler Britez |
Encargado de despacho |
Div. Redes de transmisión - Dpto. Transmisión y Acceso - Sub Gerencia Planificación Gerencia Técnica |
Necesidad |
Los módulos a ser adquiridos serán utilizados para la optimización de la red de transporte que actualmente se encuentra operativa y corresponden a nodos principales para la transmisión de todos los servicios de la compañía en su área de cobertura. |
Planificación |
La planificación corresponde a la necesidad temporal. |
Especificaciones técnicas |
Las EE.TT son de acuerdo a los requerimientos necesarios para la compatibilidad con los equipos actualmente activos en la red de transmisión DWDM de la compañía. |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
Módulo TN13LSX 10Gbit/s Wavelength Conversion Unit. |
8 |
unidad |
Almacenes de COPACO S.A., sito en Isla Bogado Luque, Calle: Campo Vía (al lado del I.P.T. - FI UNA y la CIE). Horario: de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 Hs. |
A los 60 días calendario a partir del día siguiente de la firma del contrato. El suministro a ser entregado debe estar acompañado con la nota de remisión correspondiente. |
2 |
Módulo TN12OAU100 Optical Amplifying Unit. |
6 |
unidad |
||
3 |
Módulo TN12OAU101 Optical Amplifying Unit |
6 |
unidad |
||
4 |
Módulo TN12OBU103 Optical Booster Unit |
6 |
unidad |
||
5 |
Módulo TN12OBU104 Optical Booster unit |
6 |
unidad |
||
6 |
Módulo DCU 60 Km Dispersion Compensation Unit |
6 |
unidad |
||
7 |
Módulo TN52SCC01 System Control and Communication Unit |
6 |
unidad |
Una vez concluida la entrega total de los bienes adquiridos en virtud del Contrato, se tendrá 10 (diez) días hábiles para realizar las verificaciones técnicas de los suministros y si los mismos se ajustan al Protocolo de Pruebas Técnicas a ser suscrito por el fiscal responsable y el Oferente, éste deberá comunicar a COPACO S.A, solicitando la Recepción Técnica Provisoria adjuntado el protocolo de pruebas firmado.
La fecha de entrega de los suministros en los Depósitos de la División Almacenes y Suministros de COPACO S.A, será considerada la fecha de terminación real del suministro, en caso de que las verificaciones técnicas resulten satisfactorias.
Los pendientes registrados en el Protocolo de Pruebas Técnicas o en el Acta de Recepción Técnica Provisoria correspondiente, deberán ser levantados por EL PROVEEDOR en un lapso no mayor a 10 (diez) días contados desde la notificación al PROVEEDOR, el no cumplimiento de éste plazo hará incurrir al mismo en la imposición de multas de acuerdo con lo establecido en el Contrato.-
La emisión del Acta de Recepción Técnica Definitiva, significará a todos los efectos, el cumplimiento por parte del oferente, de todas sus obligaciones contractuales y será emitido a solicitud del interesado, luego de 365(trescientos sesenta y cinco) días corridos de haberse realizado la Recepción Técnica Provisoria del suministro.
En caso que EL PROVEEDOR, no solicite el Acta de Recepción Técnica Definitiva, LA CONTRATANTE solicitará por única vez, la presentación de la misma en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles, posteriormente se reserva el derecho de emitirlo de oficio.-
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Acta de Recepción Técnica Provisoria y Acta de Recepción Técnica Definitiva.
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión |
Nota de Remisión |
60 (sesenta) días corrido contados a partir del día siguiente de la fecha de la firma del contrato |
Recepción Técnica Provisoria |
Protocolo de Pruebas Técnicas/ Acta de Recepción Técnica Provisoria |
Dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes al ingreso de la solicitud del contratista, la contratante deberá realizar las verificaciones técnicas de los suministros y si los mismos se ajustan a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del contrato, se emitirá el Protocolo de Pruebas Técnicas que servirá de base para la Recepción Técnica Provisoria. |
Recepción Técnica Definitiva. |
Acta Recepción Técnica Definitiva. |
Será emitido a solicitud del proveedor, luego de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos de haberse realizado el Acta de Recepción Técnica Provisoria. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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