En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ÍTEM 3 NAS, Instalación, dice:
“El oferente deberá contar con por lo menos, 1 (uno) Técnico Certificado en la administración y/o configuración de equipos del tipo nas y/o storage de la marca ofertada.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que este requerimiento sea opcional ya que la instalación del equipo podría llevarse a cabo a través del Centro Autorizado de Servicio de la marca ofertada, el cual cuenta con técnicos certificados para llevar a cabo la instalación y puesta en producción. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ÍTEM 3 NAS, Instalación, dice:
“El oferente deberá contar con por lo menos, 1 (uno) Técnico Certificado en la administración y/o configuración de equipos del tipo nas y/o storage de la marca ofertada.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que este requerimiento sea opcional ya que la instalación del equipo podría llevarse a cabo a través del Centro Autorizado de Servicio de la marca ofertada, el cual cuenta con técnicos certificados para llevar a cabo la instalación y puesta en producción. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Se solicita respetuosamente al oferente adecuarse a las especificaciones técnicas.
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ÍTEM 3 NAS, Almacenamiento para Sistema Operativo independientes, los mismos deberán ser del tipo SSD, dice:
“Como mínimo de 256GB espejados.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados discos del tipo SSD de 240GB espejados como mínimo ya que esta es la capacidad base con la cual los distintos fabricantes disponibilizan sus discos para equipamientos NAS de este tipo: 240 GB, 480 GB, 960 GB y así sucesivamente; de esta forma se podrá ofertar de manera exacta lo requerido por la Convocante y de acuerdo a los precios referenciales para este ítem. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ÍTEM 3 NAS, Almacenamiento para Sistema Operativo independientes, los mismos deberán ser del tipo SSD, dice:
“Como mínimo de 256GB espejados.”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que sean aceptados discos del tipo SSD de 240GB espejados como mínimo ya que esta es la capacidad base con la cual los distintos fabricantes disponibilizan sus discos para equipamientos NAS de este tipo: 240 GB, 480 GB, 960 GB y así sucesivamente; de esta forma se podrá ofertar de manera exacta lo requerido por la Convocante y de acuerdo a los precios referenciales para este ítem. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
*-ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 4: Equipo de Monitoreo Ambiental
En el Pliego de Bases y Condiciones, Seccion SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICASTÉCNICA, ITEM 4: Equipo de Monitoreo Ambiental, dice:
Cantidad unidades: 2 (dos)
Ademas dice:
“Monitoreo Central: Estará conformado por un software de aplicación interactivo para gerenciamiento de ambiente remoto monitoreado por la unidad de supervisión.”
Sobre este punto, entendemos que la convocante solicita 2(dos) Equipos de Monitoreo que serán implementados en sitios diferentes, y que el Monitoreo Central estará conformado por un Software de aplicación interactivo para gerenciamiento de ambiente remoto “instalado” en el propio hardware de cada Equipo de Monitoreo Ambiental solicitado ( unidad de supervisión ). Favor confirmar si nuestra apreciación es la correcta. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante.
02-07-2021
09-07-2021
*-ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ITEM 4: Equipo de Monitoreo Ambiental
En el Pliego de Bases y Condiciones, Seccion SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICASTÉCNICA, ITEM 4: Equipo de Monitoreo Ambiental, dice:
Cantidad unidades: 2 (dos)
Ademas dice:
“Monitoreo Central: Estará conformado por un software de aplicación interactivo para gerenciamiento de ambiente remoto monitoreado por la unidad de supervisión.”
Sobre este punto, entendemos que la convocante solicita 2(dos) Equipos de Monitoreo que serán implementados en sitios diferentes, y que el Monitoreo Central estará conformado por un Software de aplicación interactivo para gerenciamiento de ambiente remoto “instalado” en el propio hardware de cada Equipo de Monitoreo Ambiental solicitado ( unidad de supervisión ). Favor confirmar si nuestra apreciación es la correcta. Lo previamente solicitado lo extendemos a fin de que los potenciales oferentes puedan ofertar de manera adecuada a lo requerido por la convocante.
En Pliego de Bases y Condiciones, Plan de entrega de los bienes, dice:
“Provisión de equipos: 60 días corridos desde el día siguiente de la firma del contrato.”
Solicitamos a la convocante que los plazos de entrega sean de 90 (noventa) días corridos desde el día siguiente de la firma del contrato como mínimo ya que las fábricas aun no operan con normalidad por la situación de pandemia que estamos atravesando a nivel mundial y esto dificulta una rápida producción de los equipos solicitados. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En Pliego de Bases y Condiciones, Plan de entrega de los bienes, dice:
“Provisión de equipos: 60 días corridos desde el día siguiente de la firma del contrato.”
Solicitamos a la convocante que los plazos de entrega sean de 90 (noventa) días corridos desde el día siguiente de la firma del contrato como mínimo ya que las fábricas aun no operan con normalidad por la situación de pandemia que estamos atravesando a nivel mundial y esto dificulta una rápida producción de los equipos solicitados. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
La prolongación de plazos no es factible debido a que conllevaría el riesgo el riesgo de no ejecutar el presupuesto asignado para este año, por lo que se solicita respetuosamente al oferente adecuarse a las especificaciones técnicas.
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Experiencia - Ítem Storage NAS
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ÍTEM 3 NAS, Instalación, dice: “El oferente deberá contar con por lo menos, 1 (uno) Técnico Certificado en la administración y/o configuración de equipos del tipo nas y/o storage de la marca ofertada.” Solicitamos respetuosamente a la convocante que para cumplir con este requerimiento sea permitido que la Certificación pueda ser de otra marca con respecto a la ofertada pero de nivel Professional ya que la certificación en la Tecnología de Storage es estandarizado y esto avala que el técnico tenga la capacidad en la implementación de equipamientos de una tecnología en particular pero de diferentes marcas, además esto permitirá la mayor participación de potenciales oferentes y atendiendo al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, ÍTEM 3 NAS, Instalación, dice: “El oferente deberá contar con por lo menos, 1 (uno) Técnico Certificado en la administración y/o configuración de equipos del tipo nas y/o storage de la marca ofertada.” Solicitamos respetuosamente a la convocante que para cumplir con este requerimiento sea permitido que la Certificación pueda ser de otra marca con respecto a la ofertada pero de nivel Professional ya que la certificación en la Tecnología de Storage es estandarizado y esto avala que el técnico tenga la capacidad en la implementación de equipamientos de una tecnología en particular pero de diferentes marcas, además esto permitirá la mayor participación de potenciales oferentes y atendiendo al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Se solicita respetuosamente al oferente adecuarse a las especificaciones técnicas.
26
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
En el Pliego de Bases y Condiciones, Experiencia requerida, dice: “Demostrar la experiencia en la provisión de los bienes ofertados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 6 años.” Solicitamos respetuosamente a la convocante que permita la presentación de comprobantes en la provisión de los bienes ofertados de equipos de otra marca a la Ofertada pero de la misma tecnología (Servidor, Storage, etc) ya que esto es suficiente para demostrar la Experiencia del Oferente en la provisión e instalación de equipamientos informáticos de la misma índole a lo solicitado en el presente pliego, además de que esto permitirá la mayor participación de potenciales oferentes y atendiendo al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
02-07-2021
09-07-2021
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia
En el Pliego de Bases y Condiciones, Experiencia requerida, dice: “Demostrar la experiencia en la provisión de los bienes ofertados con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos 6 años.” Solicitamos respetuosamente a la convocante que permita la presentación de comprobantes en la provisión de los bienes ofertados de equipos de otra marca a la Ofertada pero de la misma tecnología (Servidor, Storage, etc) ya que esto es suficiente para demostrar la Experiencia del Oferente en la provisión e instalación de equipamientos informáticos de la misma índole a lo solicitado en el presente pliego, además de que esto permitirá la mayor participación de potenciales oferentes y atendiendo al Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado.
Se solicita respetuosamente al oferente adecuarse a las especificaciones técnicas. En la sección de experiencia requerida en el PBC no se limita a que la facturación sea de la misma marca a la ofertada.
27
ITEM 2 EQUIPO NAS
Solicitamos aclarar que el equipo solicitado en el item 2, equipo NAS debe tratarse de un equipo de propósito específico (NAS) y que no serán aceptadas líneas de servidores adaptados con sistemas operativos para "verse" como NAS.
Solicitamos aclarar que el equipo solicitado en el item 2, equipo NAS debe tratarse de un equipo de propósito específico (NAS) y que no serán aceptadas líneas de servidores adaptados con sistemas operativos para "verse" como NAS.
Solicitamos aclara si serán aceptados procesadores de la marca AMD o si bien la convocante cuenta con una dependencia tecnológica con INTEL. Esta aclaración permitirá que todos los proveedores oferten en igualdad de condiciones.
Solicitamos aclara si serán aceptados procesadores de la marca AMD o si bien la convocante cuenta con una dependencia tecnológica con INTEL. Esta aclaración permitirá que todos los proveedores oferten en igualdad de condiciones.
Se solicita respetuosamente al oferente adecuarse a las especificaciones técnicas, las especificaciones técnicas no limitan a ninguna marca de procesador en particular.
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ITEM 4 Equipo de Monitoreo Ambiental
ITEM 4 Equipo de Monitoreo Ambiental
En donde dice "Medición Digital del Estado de la Puerta: Indicador de abertura de puerta a través de un relé (Estado abierto / Cerrado)."
Se solicita encarecidamente a la convocante aclarar de si dicha puerta se refiere a la puerta del RACK o de la sala de DC
En donde dice "Medición Digital del Estado de la Puerta: Indicador de abertura de puerta a través de un relé (Estado abierto / Cerrado)."
Se solicita encarecidamente a la convocante aclarar de si dicha puerta se refiere a la puerta del RACK o de la sala de DC
PLAZO DE REPOSICION DE BIENES
En donde dice "El plazo de reposición de bienes para reparar o reemplazar será de: hasta 5 días hábiles siguientes de la notificación, durante el periodo que dure la garantía. Ante incumplimientos se comunicará a la UOC para la gestión pertinente"
Se solicita encarecidamente a la convocante extender este plazo a por lo menos 15 días habiles, de tal manera a que se cuente con un tiempo prudencial para el diagnóstico y reposición de la pieza en caso de ser necesario.
PLAZO DE REPOSICION DE BIENES
En donde dice "El plazo de reposición de bienes para reparar o reemplazar será de: hasta 5 días hábiles siguientes de la notificación, durante el periodo que dure la garantía. Ante incumplimientos se comunicará a la UOC para la gestión pertinente"
Se solicita encarecidamente a la convocante extender este plazo a por lo menos 15 días habiles, de tal manera a que se cuente con un tiempo prudencial para el diagnóstico y reposición de la pieza en caso de ser necesario.