Adenda

Las modificaciones al presente procedimiento de contratación son los indicados a continuación: 

 

 

En virtud al inciso c del artículo 34 de la Ley 2051/03 que dispone para llevar a cabo la adjudicación correspondiente se deberá contar con un mínimo de tres ofertas susceptibles de analizarse técnica y económicamente, atendiendo al tipo de procedimiento al que se trate; y conforme a lo estipulado en las Resoluciones DNCP N° 522/15 y  805/2009;  los presentes deciden prorrogar la apertura y devolver el sobre.

 

La única oferta recibida es la siguiente:

 

  1. SELTZ S.A.    agua@seltz.com.py      RUC Nº 80012387