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Datos de la Verificación

Usuario Verificador
grojas
Tipo de Verificación
Comunicación de Reparo
Fecha de Solicitud
22-10-2021 - 13:35
Fecha de Fin
27-10-2021 - 07:30
Estado
Publicado
Comentarios Adicionales
*Error en la fecha tope para realizar consulta. Tope de Consulta se encuentra fuera de plazo al momento de realizar la verificación. **Capacidad Financiera- punto 5 y 6, solicitamos adecuar al PBC estándar de Seguros de Bienes (...En los casos de contratación directa y concurso de ofertas no se podrán requerir reaseguros). ***Resolución DNCP N° 1208/21, art. 4, recordamos a la Convocante, tener en cuenta los requerimientos establecidos en la normativa vigente en cuanto a las firmas respectivas. ****Los ajustes realizar por Adenda.

Observaciones

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Datos del SICP
Situación
Error en la fecha tope para realizar consulta
Descripción
En cuanto a la fecha tope para realizar consultas, observamos que se ha establecido un plazo que no se adecua a la normativa legal. Res. DNCP N° 5695/19.

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Se ha modificado el Pliego Estándar
Descripción
Se verifican modificaciones al pliego estándar. Se solicita su adecuación

Tema
CARGA DE DATOS DE LLAMADOS
Sección
Documentos del SICP
Situación
Documentos sin firma/ aclaración de firma
Descripción
Se solicita a la convocante remitir el documento firmado y/o con las aclaraciones de firmas correspondientes.

Tema
NOTA DE RESPONSABILIDAD
Sección
Documentos del SICP
Situación
Nota de responsabilidad
Descripción
1) La máxima autoridad del organismo, entidad o municipalidad, o quien haya sido delegado para el efecto, vía resolución, es quien autoriza cada etapa del procedimiento de contratación. Consideración Normativa: Art. 28, 30, 33, 34 inc. c) de la Ley N° 2051/03; Art. 11, 33, 81, 84, 98 del Decreto N° 2992/19; Art. 2, 12, 15 inc. c), 30, 38, 63, 68 de la Res. DNCP N° 5695/19. 2)  La verificación que realiza la DNCP sobre el proceso de contratación, en sus distintas etapas, no supone aprobación o autorización del mismo. Por lo que la realización del procedimiento licitatorio, en los términos y condiciones dadas, es exclusiva responsabilidad de la convocante. Consideración Normativa: Art. 67 de la Res. DNCP N° 5695/19. 3) La Convocante es la responsable de los precios obtenidos y ejecutados en las distintas etapas del proceso licitatorio, debiendo otorgar al Estado las mejores condiciones de contratación, sujetándose a los criterios de razonabilidad, austeridad y disciplina presupuestaria. Consideración Normativa: Art. 4 inc. a) de la Ley de Contrataciones Públicas del Paraguay N° 2051/03. Res. DNCP N° 1890/20. Res. DNCP N° 1697/20. Art. 15 y 85 del Decreto N° 2992/19.