Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Adicionalmente a lo establecido en el párrafo anterior el oferente deberá considerar las siguientes condiciones de participación:
Que se encuentren registrados/as en el Sistema de Información de Proveedores del Estado (SIPE), debiendo suscribir ante el mismo una Declaración Jurada en la cual manifiesta que tiene pleno conocimiento y acepta las reglas del proceso, para su activación como oferente. La Declaración Jurada referida, podrá ser descargada desde el SICP, módulo del SIPE.
Que activados/as conforme al SIPE posean su Usuario y Contraseña, personal e intransferible, salvo que los mismos hayan sido cancelados por el sistema, de conformidad a la reglamentación específica. La pérdida del usuario y contraseña deberá ser comunicada a la DNCP para que, a través del sistema, sea bloqueado el acceso inmediatamente; y
Como requisito para la participación en la Subasta a la Baja Electrónica, el oferente deberá manifestar en el campo previsto en el sistema electrónico, que cumple plenamente los requisitos de habilitación y que su propuesta de precios está conforme con las exigencias del pliego de bases y condiciones.
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora de la etapa competitiva.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
|
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
|
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
|
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
|
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
| 5. Declaración Jurada por la que el oferente garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores dependientes y como prestador de servicios para el Estado según formulario proforma. |
| 6. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) |
| 7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
| 8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
| 9. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) |
|
10. Documentos legales |
|
10.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
|
|
|
|
10.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
|
|
|
|
10.3. Oferentes en Consorcio. |
|
|
|
|
4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
|
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes al inicio de la etapa competitiva.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices: Según lo que corresponda.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio de los 3 últimos años (2018, 2019, 2020.)
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio de los 3 últimos años (2018, 2019, 2020).
La rentabilidad no será negativa en promedio de los 3 últimos años (2018, 2019, 2020).
Deberán cumplir con el siguiente parámetro: Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los ejercicios fiscales (2019,2020).
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los ejercicios fiscales (años 2019-2020).
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
| a. Copia simple de Balance General y Cuadro de Resultados de los años (2018, 2019, 2020) |
|
b. Formulario 106 de los años señalados en caso de ser contribuyente únicamente de este impuesto. |
| c. Formulario 104 de los años señalados en caso de ser contribuyente únicamente de este impuesto. |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices: El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia:
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
| 1. Experiencia mínima de 5 (CINCO) años en la realización de los servicios de limpieza de edificios, demostrada a través de las copias de contratos o certificados presentados conforme a la fecha de la firma y vigencia de los mismos, con sus respectivas Constancia Escrita de conformidad de los servicios prestados satisfactoriamente |
|
2. Constancia emitida por instituciones u organismos de pertenecer a grupos o ser miembro de programas de reciclados de residuos. |
|
3. Constancia de Registro de Proveedores de Servicios REPSE, expedida por el Ministerio de Industria y Comercio. |
|
4. La empresa debe poseer seguro contra riesgos varios, que cubre las responsabilidades emergentes de roturas o daños de cualquier clase que fuesen causados por los empleados de la empresa. (Presentar DDJJ). |
|
5. El oferente deberá tener como actividad principal la de Servicios de Limpieza, con antigüedad minina de 5 (Cinco) años en la prestación remunerada de servicios de Limpieza en el mercado nacional, comprobada por medio de la constancia de RUC tanto para Sociedades como las Unipersonales donde se evidencie la Limpieza de Edificios como actividad principal. |
|
6.Comprobación de desempeño anterior, mediante certificado o constancia emitida por persona jurídica de derecho público o privado, para la cual el Oferente prestó servicios de limpieza, con un plazo mínimo de 12 (doce) meses ininterrumpidos aplicados en los años, 2016, 2017, 2018 ,2019 y 2020. Los certificados deberán estar acompañados de las copias de los contratos. |
|
7. Copias de Contratos ejecutados de servicios de aseo y limpieza integrales de los últimos 3 (tres) años (2018, 2019 y 2020) cuyo monto sea igual o superior al 50 % del monto total ofertado en la presente licitación. Se admitirán sumas de contratos para la obtención de la cantidad del porcentaje, dentro de los años mencionados. |
|
8. Presentar contratos que demuestren la ejecución de los servicios mínimo 1 (un) contrato y certificado, actas definitivas o constancias por cada año de experiencia 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, de haber realizado servicios de limpieza con empresas públicas o privadas a las cuales ha prestado servicio de limpieza. Se exige que cada contrato haya empleado al menos a 30 (treinta) trabajadores asignados y vigencia de 12 (doce) meses, acompañados de la planilla mensual de personal en IPS, con el ticket de pago correspondiente de cada mes, a partir de la fecha de formalización del contrato, acompañado del certificado de cumplimiento con el seguro social emitida por el IPS, donde se compruebe la cantidad requerida. |
Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices: El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
En relación a las muestras de insumos de limpieza:
El Comité de Evaluación podrá solicitar al oferente muestras de los insumos a ser utilizados para verificar que los mismos traten de productos aprobados y certificados por las autoridades competentes. NO trata de un criterio de evaluación si no de constatación, que servirá de evidencia para el control ante una eventual adjudicación.
PARA OFERENTES EN CONSORCIO: En caso de consorcios los integrantes podrán sumar los requisitos para cumplir de manera conjunta lo exigido en el presente PBC. Asimismo, se deberá indicar cuál es el líder del consorcio.
|
1. Debido a la naturaleza de las labores donde el servicio prestado por el oferente estará en contacto con equipamientos que operan con energía eléctrica como monitores, impresoras, trituradoras, fotocopiadoras, teléfonos, calculadoras, racks de servidores, conexiones eléctricas, artefactos lumínicos entre otros, vehículos en movimiento en el estacionamiento, trabajos en altura como limpieza de vidrios y contacto con productos químicos entre otros el oferente, deberá contar en su plantel con por lo menos 01 un técnico laboral de Seguridad ocupacional a modo de prevención de la salud ,integridad , manejo de recursos etc., quien estará encargado de elaborar un plan básico de condiciones seguras de trabajo e identificar los peligros en materia de higiene y seguridad para la aplicación de medidas de intervención acorde al sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo (SG-SST), el citado personal se deberá encontrarse inscripto por el contratista y aportando al seguro social del Instituto de Previsión Social por lo menos (seis) meses anterior a la etapa competitiva. De conformidad al Art. 274 del Código del Trabajo, en referencia al empleador, prescribe: ...adoptar cuantas medidas sean necesarias, incluidas las actividades de información, formación, prevención de riesgos... de manera que las normativas legales labores vigentes y concordantes como el Art. 271, Art. 272, Art. 273, Art. 274 y Art. 275 del Decreto 14.390/92 exigen que la Empresa adopte dicha medida a favor de sus empleados. Debe presentar el registro habilitante emitido por Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social vigente al momento del presente llamado. |
|
2. Al tratarse de un trabajo de Alto Riesgo como la Limpieza de Vidrios en Altura, se deberá contar con la asistencia de por lo menos (3) personas para realizar dicha labor. Cada una de ellas debe contar con capacitación certificada en trabajos en altura emitida por Consultoras del rubro de seguridad ocupacional o Cuerpo de Bomberos Nacional. |
|
3. De conformidad al Art. 284 del Decreto 14390/92 establece la observancia laboral que las empresas con 100 o más trabajadores a su cargo deberán poseer Comisiones Internas de Prevención de Accidentes (CIPA) y para acreditar dicho requisito deberán estar debidamente reconocidas y homologadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. |
|
4. Certificado de Cumplimiento Laboral, expedido por el MTESS (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social). Sin observaciones; deberá corresponder al Servicio Solicitado e indefectiblemente con los Años de experiencia y/o antigüedad de la Empresa solicitada en el PBC. |
|
5. Constancia de Inscripción en el Registro Obrero Patronal del IPS, deberá corresponder a la actividad comercial principal del Servicio Solicitado indefectiblemente con los Años de Experiencia y/o Antigüedad de la Empresa solicitado en el PBC y al menos la cantidad total de empleados solicitados en el PBC, así como también las constancias de presentación de las planillas del IPS correspondientes al mes fenecido de la apertura de sobres de conformidad a lo previsto en dicho Decreto Nº 580/08. |
|
6. Reglamento interno de condiciones de trabajo, homologado, legalizado y registrado por el MTESS (Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social). |
|
7. Constancia de no adeudar aporte de obrero patronal, expedido por el Instituto de Previsión Social actualizado y la planilla presentada a dicha Institución. Estas documentaciones deberán corresponder al mes vencido anterior a la fecha de apertura de sobres. Toda documentación que no corresponda a dicho periodo no será válida. |
|
8. Declaración Jurada del IVA, correspondiente al mes precedente a la fecha de la apertura de oferta. |
|
9. Copia de la Declaración jurada de Impacto Ambiental expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Social (MADES), del sitio de disposición final, de acuerdo a las normas establecidas en el Reglamento del Código Sanitario para la disposición final de desechos sólidos. |
|
10. Copia de Contrato de Programas de Gestión de Residuos reciclables del sitio de disposición final concordante con la Declaración de Impacto Ambiental emitida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) que demuestre que el oferente entrega o entregara los residuos al sitio habilitado por la Autoridad competente. No se aceptará contratos que indiquen un sitio diferente al estipulado en la Declaración Jurada de Impacto Ambiental. |
|
11. Comprobantes, facturas legales que manifieste contar con los equipos y maquinarias suficientes y apropiadas, para satisfacer las necesidades de la convocante en lo que respecta a la limpieza de los espacios requeridos, como mínimo de las siguientes maquinarias: a. Mantenedoras tipo industrial que limpia, pule, encera y lava alfombras, con cepillos de cerda, nylon y paños sintéticos. b. Aspiradoras de polvo tipo industrial, con capacidad mínima de 3.000 m²/hora. c. Aspiradoras de polvo tipo vertical, con una capacidad mínima de 200 m²/hora. d. Hidrolavadoras a presión con motor trifásico para agua caliente y fría para el lavado de los pisos. |
|
12. DDJJ de contar con uniformes para cada funcionario (con distintivo de la empresa adjudicada para su identificación) y materiales para el cumplimiento de los servicios solicitados. |
|
13. Constancia de Registro de Proveedores de Servicios REPSE, expedida por el Ministerio de Industria y Comercio. |
|
14. Constancia emitida por instituciones u organismos de pertenecer a grupos o ser miembro de programas de reciclados de residuos. |
|
15. La empresa debe poseer seguro contra riesgos varios, que cubre las responsabilidades emergentes de roturas o daños de cualquier clase que fuesen causados por los empleados de la empresa. Para el efecto deberá presentar una DDJJ, y una vez adjudicado deberá presentar el documento respectivo sobre el seguro. |
|
16. Declaración Jurada de que los productos proveídos serán de calidad industrial, no se aceptarán productos de fabricación casera, los insumos deberán contar con la especificación técnica del producto y precinta de seguridad. |
|
17. Certificado escrito emitido por el productor o distribuidor del producto desinfectante cuyo principio activo sea el PHMG (CLOROHIDRATO DE POLIHEXAMETILEN GUANDININA 1% AGUA, C.S) (desinfectante liquido de amplio espectro a nivel local firmado y sellado, original o copia autenticada por escribanía a nombre de la empresa oferente. Autorización del Fabricante, Representante o Distribuidor (para Distribuidor de Productos Importados: Autorización expedida por el representante para el Paraguay de la Marca Ofertada, Acompañada del documento que acredite la representación invocada). |
|
18. Constancia de Visita Técnica a los Edificios del MH (todas las dependencias afectadas). |
|
19. Declaración Jurada que indique la cantidad de empleados con que cuenta, acompañando la planilla de liquidación de IPS. |
|
20. El oferente deberá presentar con su carta de oferta las especificaciones técnicas de los equipos a ser utilizado para la prestación de los servicios ofertados, detallando específicamente, marca, modelo, año de fabricación, capacidad y cualquier otra información relevante inherente al funcionamiento de los equipos, de acuerdo a lo solicitado en las especificaciones técnicas. El oferente deberá tener en cuenta la lista de equipos requeridos en las EE.TT. del presente PBC. |
|
21. Declaración Jurada del Listado de insumos (productos de limpieza) a ser utilizados para la prestación del servicio, indicando marca y procedencia. |
|
22. Declaración Jurada que cuenta con responsable de riesgos laborales: De conformidad a las normativas laborales vigentes, se requiere que las empresas cuenten con responsables de evaluación de riesgos laborales, de la implementación de cuantas medidas sean necesarias para prevenir accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y para el cumplimiento de las normas de salud y seguridad en el trabajo, tal como lo descripto en el Art. 274 del código del trabajo, en referencia al empleador, prescribe. adoptar cuantas medidas sean necesaria, incluidas las actividades de información, formación, prevención de riesgos por lo que se requiere que durante el contrato la empresa adopte dicha medida para con sus empleados destinados para la ejecución de los trabajos. |
|
23. En relación a las muestras de insumos de limpieza: El Comité de Evaluación podrá solicitar al oferente muestras de los insumos a ser utilizados para verificar que los mismos traten de productos aprobados y certificados por las autoridades competentes. NO trata de un criterio de evaluación si no de constatación, que servirá de evidencia para el control ante una eventual adjudicación. |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
No aplica
El vencedor de cada grupo subastado será el oferente que ingresó el menor precio. En los casos de igualdad de precios, queda como vencedor el que lo haya ingresado primero.
Siempre que el criterio de desempate establecido, no sea aplicable, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme las disposiciones del Decreto 7781/06, para las Contrataciones con Organismos de la Administración Central, el Oferente que resulte adjudicado, deberá contar con una cuenta corriente y/o caja de ahorro habilitada en un Banco de plaza, o en su defecto, hallarse en condiciones de poder habilitar una cuenta corriente y/o caja de ahorro a su nombre, a fin de poder hacer efectivo el Pago Directo a Proveedores y Acreedores vía acreditación en cuenta bancaria.