Entre la Corte Suprema de Justicia de la República del Paraguay, domiciliada en Pedro Blasio Testanova y Mariano Roque Alonso en la ciudad de Asunción, representada para este acto por su Presidente DR. CESAR MANUEL DIESEL JUNGHANNS nombrado al cargo por Acordada N° 1501 de fecha 17 de febrero de 2021, denominada en adelante la CONTRATANTE, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con Cédula de Identidad N° ________________, denominada en adelante el CONTRATISTA, denominadas en conjunto "LAS PARTES" e, individualmente, "PARTE", acuerdan celebrar el presente contrato "SERVICIO DE TRATAMIENTO DE AGUA PARA EL EDIFICIO DEL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN", el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
El presente contrato tiene por objeto establecer las obligaciones que asumen la CONTRATANTE y la CONTRATISTA, en relación al Llamado del Programa Anual de Contrataciones LICITACIÓN POR CONCURSO DE OFERTAS PAC N° 42/2021 SERVICIO DE TRATAMIENTO DE AGUA PARA EL EDIFICIO DEL PALACIO DE ASUNCIÓN - PLURIANUAL, adjudicada por Resolución de la Corte Suprema de Justicia CSJ Nº. de fecha de.dede 21 y que serán proveídos por la CONTRATISTA a la CONTRATANTE, de acuerdo a los documentos del presente contrato.
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
Los documentos adicionales del contrato son:
Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID Nº 393.092
El presente llamado es PLURIANUAL, por lo tanto la validez de la contratación de los ejercicios fiscales 2022, 2023 estarán sujetas a las previsiones presupuestarias establecidas para la operación de acuerdo al Art. 14. Disponibilidad Presupuestaria de la Ley Nº 2051/2003 de Contrataciones Públicas.
El presente Contrato es el resultado del procedimiento LICITACIÓN POR CONCURSO DE OFERTAS P.A.C. Nº 42/2020 SERVICIO DE TRATAMIENTO DE AGUA PARA EL EDIFICIO DEL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN - PLURIANUAL, convocado por la CONTRATANTE, según Resolución CSJ N° _ de fecha __ de __ La adjudicación fue realizada según Resolución CSJ N° __ de fecha __ de __
El precio unitario y total ofertado comprende todo gravamen y cualquier otro gasto en que incurra la CONTRATISTA en la ejecución del contrato. Queda entendido que están incluidos así mismo, los gastos generales y las utilidades del CONTRATISTA, así como los imprevistos y cualquier otro costo necesario conforme a lo previsto en este contrato, con excepción de cualquier ajuste de precios de acuerdo a las fórmulas y procedimientos establecidos.
N° de Orden |
N° de Ítem/Lote |
Descripción |
Marca |
Procedencia |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Precio Unitario |
Monto Total |
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El monto total del presente contrato asciende a la suma de: _________________________Total: [sumatoria]
El proveedor se compromete a proveer los bienes a la contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del contrato.
La contratante se compromete a pagar al proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el precio del contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en las condiciones contractuales.
GARANTÍA: El porcentaje de la Garantía de Fiel Cumplimiento es de: 5% (cinco porciento) del monto máximo a contratar
PORCENTAJE DE MULTA: 0,5% (cero coma cinco por ciento) del valor mensual del servicio en caso que se constate incumplimiento en la prestación de los servicios contratados. La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado. La contratante podrá rescindir administrativamente el contrato cuando el valor de las multas supere el monto de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
TASA DE INTERES POR MORA: El porcentaje de interés será de 0,01% (cero coma cero uno por ciento).
La vigencia del presente contrato será:
24 (veinticuatro) meses, contados a partir de la fecha de la firma del contrato
Los bienes y/o los servicios deberán ser entregados y/o prestados, dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas del pliego de bases y condiciones.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
El ADMINISTRADOR DEL CONTRATO será designado por la CONTRATANTE. El mismo deberá comunicar en tiempo y forma si el PROVEEDOR ha incumplido lo convenido, a fin de aplicar lo establecido en la cláusula Décima del presente contrato.
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales del presente pliego. Superado el monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo Nº 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas", modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales del presente pliego de bases y condiciones.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.